Eficacia jurídica del principio constitucional de la dignidad de la persona

Autores

  • José María Porras Ramírez

DOI:

https://doi.org/10.22529/rdm.2020(2)02

Resumo

El empleo de una categoría moral, ajena al Derecho, como la de dignidad humana, se revela superflua cuando sólo sirve para que los operadores jurídicos la invoquen como mero refuerzo argumental de sus decisiones, más sin atribuirle eficacia resolutoria alguna. Aun así, la apelación a la dignidad humana puede ser de utilidad cuando contribuye al pleno reconocimiento de los denominados derechos de prestación, habitualmente faltos de una garantía efectiva. O en las ocasiones en que ayuda a identificar o descubrir nuevos espacios de libertad. No obstante, su cara negativa aparece cuando se recurre a ella para restringir el alcance de los derechos, a fin de salvaguardar una particular moral social que se considera amenazada por el ejercicio de aquéllos.

Publicado

2020-06-02

Edição

Seção

Artículos

Como Citar

Eficacia jurídica del principio constitucional de la dignidad de la persona. (2020). Revista De Derecho De Las Minorías, 2. https://doi.org/10.22529/rdm.2020(2)02

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