Apuntes sobre rendición de cuentas

Autores

  • Maximiliano R. Calderón
  • Lucía Irigo

DOI:

https://doi.org/10.22529/rfd.2022(6)5%20%20

Palavras-chave:

Rendicion de cuentas - Deber de información - Interés

Resumo

Existen innumerables situaciones en las que una actividad, asunto o negocio (en el sentido más amplio de la expresión) se desarrolla por una persona que no es el titular exclusivo del interés involucrado. En estos supuestos, el titular del interés (sobre cuyo patrimonio repercutirán las consecuencias de lo actuado por quien efectivamente interviene en el negocio) posee un derecho fundamental: el de ser informado respecto a la forma en que se desarrolló la gestión y cuáles fueron los resultados obtenidos. Este fenómeno se reitera en diversos contextos, contractuales y no contractuales. Este deber de información se traduce en una obligación específica: la de rendir cuentas, cuyos aspectos se encuentran normados sustancial y procesalmente.

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Publicado

2023-07-04

Edição

Seção

Artículos

Como Citar

Apuntes sobre rendición de cuentas. (2023). Revista De La Facultad De Derecho Y Ciencias Sociales De La Universidad Católica De Córdoba, 6, 1-16. https://doi.org/10.22529/rfd.2022(6)5