Smart contracts frente al consumidor hipervulnerable
DOI:
https://doi.org/10.22529/rbia.2020.1(1)04Palavras-chave:
Smart Contracts, Derecho del Consumidor, Consumidor Hipervulnerable, Consumidor Hipervulnerable Digital, Resolución SCN 139/2020, Resolución SCN 270/2020Resumo
Un smart contract celebrado con un consumidor, debe configurarse sobre relaciones jurídicas sencillas y fácilmente interpretables para facilitar el deber de información.La Resolución 139/2020 reafirma conceptos del estatuto protectorio del consumidor. Por lo cual el proveedor de un smart contract tiene un deber reforzado de colaboración en todos los procedimientos administrativos en los que esté involucrado un consumidor hipervulnerable.Downloads
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Publicado
2020-11-17
Edição
Seção
Artículos
Como Citar
Smart contracts frente al consumidor hipervulnerable. (2020). Revista Blockchain E Inteligencia Artificial, 1. https://doi.org/10.22529/rbia.2020.1(1)04