Daño moral a las personas jurídicas y a las simples asociaciones
Résumé
Planeamiento de la cuestión. La opinión que no compartimos. Nuestra respuesta. Concepto de daño y de daño moral. Conclusión: las personas jurídicas y asociaciones pueden recibir daños extrapatrimoniales resarcibles que son independientes de toda repercusión patrimonial. Algunas objeciones y soluciones respectivas. Argumento de la indistinción entre los daños morales "objetivables" y los daños patrimoniales indirectos. Argumento de la falta de sentido que tendría el resarcimiento del daño moral a una persona jurídica. Argumento que afirma que los ataques a los bienes extrapatrimoniales de una persona jurídica o asociación, en realidad no reultan daños morales a ella, sino de los individuos que son sus miembros. Distinta respuesta para las socieddes con fines de lucro. El daño moral a los entes colectivos en el derecho positivo argentino y en el proyecto de reformas del Poder Ejecutivo. La tesis que admite el daño moral a los entes colectivos y su resarcimiento en la doctrina argentina. Clases de daños extrapatrimoniales que pueden recibir las personas jurídicas y asociaciones; ¿son ellas pasibles de daños a la intimidad?. Daños extrapatrimoniales al Estado y a sus departamentos. Una observación final: daños extrapatrimoniales y perjuicios económicos indirectos.Téléchargements
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Publié
2012-09-11
Numéro
Rubrique
Artículos
Comment citer
Daño moral a las personas jurídicas y a las simples asociaciones. (2012). Anuario De Derecho Civil, 1, 135-168. https://revistas.bibdigital.uccor.edu.ar/index.php/ADC/article/view/911