Revista de Derecho Romano Número I (2019)
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ORIGEN Y SIGNIFICADO DE CIERTAS PALABRAS

ORIGIN AND MEANING OF SOME WORDS
Por Juan José Alba Crespo

Resumen: Las palabras, en cuanto vehículo de las ideas, requieren conocer su significado originario, es decir
su etimología. El análisis pertinente se refiere a una serie de palabras usuales en el lenguaje común y en el
jurídico, tales como hombre, persona, nacer, legítimo, tutela, testamento, muerte, etc., que pueden ser de
utilidad a los que comienzan los estudios jurídicos y, especialmente, el del derecho romano.
Palabras clave: Homo, vir, persona, nacer, agnatus, cognatus, affinis, nomen, familia, infantia, tutela,
testamento, herencia.
Abstract: Words, as representing ideas, need to know their original meaning, that is to say, their etimology.
The relevant analysis of a series of habitual words used in the ordinary language as wellas in legal language
such as: man, person, legitimate, be born, testament, guardianship, death, etc. wich can be useful to those who
start legal studies specially Roman Law.
Key words: Homo, vir, person, be born, agnatus, cognatus, affinis, nomen, family, infantia, guardianship,
will, heritage.
Artículo publicado bajo Licencia Creative Commons Atribución-No Comercial-Sin
Derivar. © Universidad Católica de Córdoba
http://dx.doi.org/10.22529/rdr.2019(1)04

Exposición efectuada el 22.6.2007, en el XI° Curso de Profundización en Derecho Romano, organizado
por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Católica de Córdoba y la Asociación de
Derecho Romano de la República Argentina.
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Ex profesor de Derecho Romano en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de las Universidades
Nacional y Católica de Córdoba. Mail: [email protected]om.
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APRECIACIONES INICIALES
A raíz de un ofrecimiento que me hiciera la doctora Cristina Filippi, debo ocuparme
ahora de la etimología de algunas palabras vinculadas al objeto de este curso.
Ante todo, debo decirles que no soy un filólogo, ni mucho menos, sino apenas un
mero amante de las palabras, que se deleita interiorizándose de los avatares de su vida.
Porque las palabras, como los seres humanos, nacen, crecen, se reproducen y
mueren. Nacen para representar una idea y luego forman familias de palabras que derivan
de ellas; tienen un sentido, una significación originaria, pero como hay más ideas que
palabras, al sentido originario se le agregan otros. Tenemos, entonces, la etimología que
estudia el origen de las palabras. Su nombre viene del griego tyimos) que signfica ‘el
verdadero sentido’. Junto a la etimología, está la semántica, cuyo nombre viene del griego
(semanticós) derivado de (semaíno) que, entre otras cosas, quiere decir ‘significar, tener un
significado’. La semántica se ocupa, en consecuencia, del significado de las expresiones.
¿Y por qué meternos con las palabras? Porque ellas son el vehículo de las ideas; no
podemos pensar en aquello que no podemos nombrar. No basta pronunciar las palabras,
también hay que entenderlas, comprenderlas, porque recién así adquieren todo su
esplendor.
En el lenguaje jurídico actual muchas de las palabras usadas resultan
incomprensibles para el hombre común: piénsese, por ejemplo, en usucapión, en obligación
o en tradición. Esto no sucedía en la antigua Roma. Así como el derecho era tomado de la
misma realidad de la vida ex facto oritur ius
1
la terminología jurídica fue tomada del uso
común del lenguaje. Ciertamente que no cualquiera era un jurisconsulto, no cualquiera
estaba en condiciones de entender las sutilezas de una argumentación jurídica, pero
cualquiera podía tener una idea clara de las instituciones porque las palabras con que se
señalaban eran las del lenguaje usual. Así usucapio significaba hacerse dueño de una cosa
por la posesión: usu quiere decir mediante el usus’ y usus equivale a posesión; capio
1
Del hecho surge el derecho. Es lo que, con otras palabras, dice ALFENO ante la consulta sobre el choque de
los carros en la cuesta capitolina contenido en D. 9.2.52.2: in causa ius esse positum (en el caso mismo está
planteado el derecho [¿o solución?]).
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significa ‘tomar, adquirir, apropiarse’. La palabra resulta más decidora que la propia
definición que nos suministra Modestino: ‘usucapión es la agregación del dominio
mediante la continuación de la posesión por el tiempo determinado por la ley’
2
. Obligatio
no daba ni da- idea de deber como oportere- sino de ‘vínculo, ligamen, atadura’, que en
los comienzos podía llevar hasta la servidumbre. Pero no es una atadura cualquiera, sino
que está calificada por el prefijo ob- que indica que tiene una finalidad precisa y
determinada, que es el cumplimento de la prestación
3
. Traditio señalaba la acción y efecto
de trasladar una cosa de las manos de uno a las de otro, porque trado significa justamente
eso: entregar, dar, pasar una cosa del poder de uno al de otro. Por consiguiente, cualquier
romano podía conocer con exactitud el contenido de cualquier institución jurídica. Como
hoy en día esto ya no ocurre, es necesario remontar el camino que vienen recorriendo las
palabras que usamos en materia jurídica. Creo que ello permite tener una noción más clara
de las instituciones.
Como según dicen las fuentes, todo derecho ha sido constituido por causa de los
hombres4 y dado que el objeto del curso se refiere esencialmente al comienzo y
finalización de la vida del hombre, me ha parecido que lo más adecuado es referirse, ante
todo, a la palabra HOMBRE.
Su etimología es interesante. Viene, como todos saben, del latín homo, que significa
justamente eso: hombre. Homo, a su vez, viene de humus, que fue la forma primera de
designar la tierra, que era el lugar donde vivían y siguen viviendo- los hombres. Así como
a los dioses se les llamaba de esa manera por ser habitantes del cielo (deus, divus; dius,
dies, cielo luminoso), al hombre se le dice homo porque vive en la tierra (humus). Y el
hombre está tan vinculado a la tierra, que al morir, vuelve a ella: humatus es el enterrado;
4
inhumare significa enterrar. Recordemos que, entre muchas otras palabras, de la misma raíz
que hombre, vienen homicida: compuesto de homo (hominem) + caedere (matar): matar a
un hombre; y tambien humilis, que físicamente señala a quien se queda en la tierra, pero
2
D. 41.3.3: Usucapio est adectio dominii per continuationem possessionem temporis lege definiti.
3
Por eso es importante la definición contenida en la Instituta de Justiniano (3.13 [14] pr.): La obligación es el
vínculo jurídico que nos constriñe en la necesidad de cumplir la prestación debida, según el derecho civil
(Obligatio est iuris vinculum, quo necessitate adstringimur alicuius solvandae rei secundum nostrae civitatis
iura).
4
I. 1.2.12.
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que desde el punto de vista moral califica a quien tiene esa virtud, lamentablemente tan
poco difundida hoy, que es la humildad.
Cabe recordar que los romanos tenían además la palabra VIR, que también puede
traducirse por hombre, pero que en realidad significa más precisamente ‘varón’, es decir
hombre por contraposición a mujer, el hombre en tanto ser dotado de los atributos propios
de la masculinidad. Mientras homo es el άω (ánthropos) de los griegos vir equivale a άή
(anér) Recuerden que virtud viene de virtus, que originariamente carece de contenido moral
y señala especialmente aquello que es propio del vir.
Una palabra que interesa recordar aquí es PERSONA. Dejando de lado su eventual
origen etrusco (phersu), parece cierto que deriva de per + sonare. Per significa ‘a traves
de’, mientras que sonare vale por sonar, hacer escuchar un sonido ’, de donde el
compuesto persono, que equivale a ‘hacer resonar, resonar a través’. Inicialmente, persona
se habría utilizado para indicar una máscara que los actores usaban en el teatro a fin de
amplificar el sonido de la voz; luego se habría extendido al propio actor y finalmente habría
pasado a señalar a quien tiene naturaleza humana, con lo que aparecería como sinónimo de
homo. Me parece conveniente destacar aquí que para el derecho romano persona no es
sinónimo de sujeto de derecho, sino de ser humano, de hombre. Como prueba, baste lo
dicho por Gayo en su Instituta
5
:
“Todo el derecho que usamos se refiere a las personas, a las cosas o a las acciones.
En primer lugar tratemos de las personas.
Ciertamente, la primera división del derecho de las personas es ésta: todos los
hombres o son libres o son esclavos.”
Nuestro homo nace de la unión de un hombre y de una mujer: es engendrado.
NACER en latín se dice nascor (inicialmente gnascor) que es un derivado de geno y gigno,
-is, genui, genitum, gignere: que significa engendrar y luego, por extensión producir,
causar. De aquí también viene gens (el grupo de individuos que provienen de los mismos
ancestros); genius (divinidad que preside cada nacimiento y luego la de cada individuo y
por extensión las inclinaciones innatas de cada uno); genitor (el que engendra), y de allí
germen (lo engendrado) de donde viene germanus (hermano) o sea el que es de la misma
5
1.8: Omne autem ius quo utimur, vel ad personas pertinet vel ad res vel ad actiones. Et primus videamus de
personis. 1.9: Et quidem summa divisio de iure personarum haec est, quod omnes homines aut liberi sunt aut
servi.
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raza; también viene de nascor, natio (nación) de natus (participio pasivo de nasci) + io
‘acción (de).
De la misma raíz y compuestos de nascor son agnascor (de adg-), nacer al lado o
cerca de, de donde AGNATUS, pariente por el lado paterno, y COGNATUS, el que es de la
misma familia, pariente por la sangre, por oposición a AFFINIS (de ad-finis), pariente por
alianza, ya que las mujeres, en virtud del matrimonio cum manu, pasaban los límites (finis)
del territorio de su familia, para entrar en el de su marido o del pater de éste.
Mientras no se ha producido el alumbramiento, al engendrado se lo llama NASCITURUS:
el que nacerá, el que ha de nacer (participio futuro, sin duda
6
formado como moriturus, en
reemplazo de naturus cuyo uso no está demostrado).
El nacimiento no bastaba para integrar al recién nacido en el seno de la familia; era
menester que proviniese de iustae nuptiae (justas nupcias) y que fuera reconocido por ese
rex, sacerdos et iudex de la familia que era el pater. Colocado el niño a sus pies, si lo
levantaba con sus brazos (suscipere liberos) expresaba su reconocimiento de que era
legítimo y, por lo tanto, que quedaba incorporado a la familia. Como el niño era alzado y
colocado sobre las rodillas, que en latín se dice genus, era considerado genuinus y de allí
vendría ingenuus, es decir el engendrado dentro de la gens.
LEGITIMUS, que significa conforme a la ley, es un adjetivo derivado de lex,
palabra que en su origen hace referencia a un acuerdo entre lo humano y lo divino y luego a
algo convenido entre dos personas o grupos de personas. Lex ha sido vinculada a dos
verbos: legare y legere. El primero, que dio en castellano “legar”, significa enviar con un
encargo, confiar”, de donde viene también legatus “legado”. Cicerón dice que lex proviene
del verbo legere “elegir” y que mientras griego la palabra , salida del verbo νέμω
7
, conlleva
la idea de equidad, en Roma, en cambio, en el concepto de lex se privilegia la elección
8
.
Como un derivado de lex encontramos leguleius (leguleyo), con acepción peyorativa en
Cicerón: ‘el que hace chicanas jurídicas’. Entre los compuestos tenemos privilegium, de
privus y lex, ‘ley en favor de uno solo o de un grupo con exclusividad’; collega, con el
infijo de idea asociativa con, ‘el unido a otro por medio de una ley o un acuerdo’;
igualmente collegium ‘reunión de asociados por ley’; legislator, formado sobre el
6
Nómos, ‘ley humana’, ‘convención’, ‘costumbre’, que se corresponde con la latina lex.
7
Némo, ‘distribuir’
8
De leg. 1.6. 7
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sustantivo lator, que sale del participio pasado latus del verbo fero, fers, ferre tuli, latum
(llevar), ‘el que presenta o propone una ley’; y, de igual construcción que este último,
legislatio, ‘conjunto de leyes propuestas’.
Durante los primeros días posteriores al nacimiento (primordia
9
), el niño
(pupus
10
10) carecía de nombre, situación que se mantenía durante siete días en el caso de
las mujeres y de ocho en el de los varones, pasados los cuales se celebraba el dies lustricus
(día de la purificación): se lo purificaba con agua lustral, en presencia de los padres,
familiares y amigos, se ofrecía un sacrificio a los dioses, se le daban los primeros juguetes
(crepundia11
11
), se le colgaba la bulla (amuleto) del cuello y se le asignaba un praenomen.
Como es sabido, el romano tenía tres nombres: un praenomen, el primer nombre, el que va
antes, el nombre propio; un nomen, el gentilicio, esto es el que indicaba la gens; y un
cognomen que era el nombre familiar.
Nomen, significa ‘nombre’, se vincula al verbo nomino, -as, -are, -avi, -atum:
nombrar, denominar, designar por un nombre y tiene en nuestra lengua como derivados,
entre otros, a: nombrar, nomenclatura, mina, nominal, denominación, innominado,
sobrenombre, etc.
Una vez reconocida su legitimidad, el recién nacido quedaba incorporado a la
FAMILIA. Aunque pareciera que debería ser a la inversa, familia deriva de famulus,
palabra que designa al servidor doméstico. Primero familia se habría referido al conjunto de
servidores y de esclavos que viven bajo el mismo techo, por oposición a gens, conjunto de
personas provenientes del mismo antepasado; después a toda la casa, comprendiéndose el
jefe (paterfamilias), su mujer, sus hijos, sus servidores y n sus animales y sus tierras,
todo lo que es indispensable para la vida de la familia.
9
Primordium resulta de primus ‘el primero, el más adelantado’ + ordior que, originariamente significó ‘urdir
una trama, comenzar a tejer’ y luego ‘comenzar, emprender’, denominación que parece muy adecuada ya que
en esos primeros días comienza a tejerse la vida del hombre.
10
Aunque suene parecido, nuestro ‘pupo’ (ombligo) no viene del pupus latino, sino del quechua púpu. Así lo
consigna el diccionario de la RAE como propio de Argentina, Bolivia y Chile. La voz aparece con el mismo
origen en el Diccionario del habla de los argentinos, publicado por la Academia Argentina de Letras (Buenos
Aires, Espasa, 2003), y en el Diccionario etimológico del lunfardo de OSCAR CONDE (Buenos Aires,
Taurus, 2004). Cabe señalar que en guaraní ‘ombligo’ se dice purú-ā (GUASCH, ANTONIO S.J.,
Diccionario castellano-guaraní y guaraní castellano. 5ª. ed., Asunción, Ed. Loyola, 1981).
11
La palabra designa también los pequeños juguetes que el niño llevaba colgados al cuello. Podría derivar de
crepo (hacer ruido), por intermedio de un adjetivo no atestiguado *crepundus, o tener origen etrusco, según
ERNOUT A. ET MEILLET A., Dictionnaire étymologique de la langue latine, Paris, Klincksieck, 2001.
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La primera etapa de la vida se conocía con el nombre de INFANCIA. Infans es el
que ‘no habla todavía, el que no sabe hablar, el que no puede hablar’, y viene de in- ‘no’ +
fans, participio activo de for, faris, fatus sum, fari: ‘hablar’.
Quedaba, entonces, el hijo dentro de la familia, pero sometido a la patria potestas,
esto es el poder del padre. Si éste fallecía, se convertía, a su vez, en un nuevo pater, pero si
era aún menor de edad, necesitaba de un tutor. TUTELA significa guarda, amparo,
protección, defensa y deriva del verbo tueor, -eris, -itus sum, -eri: mirar atentamente,
observar; velar por, proteger, sustentar, sostener. El sufijo -ela indica abundancia. Los
romanos encarnaron el amparo y protección en la diosa Tutela
12
, quien tenía un santuario
en una ciudad de la Galia Céltica, llamada Tullum (hoy Toul, cerca de Nancy, Francia),
capital de los Leuci, donde se fabricaba el tejido de malla muy fina que conocemos como
‘tul’. De tutela viene también el nombre de la ciudad de Tudela, ubicada en Navarra
(España). De la misma raíz son tutor e intuición, un instinto que muchas veces nos protege.
En una primera etapa, hasta los siete años, mientras el pupillus (pupilo, de pupus +
illus, dimintivo) era un infans minor, el tutor lo reemplazaba totalmente en los negocios,
gestionaba su patrimonio, actuaba mediante la GESTIO. Esta palabra, que significa
‘administración, gestión’, viene del verbo gero, -is, gessi, gestum, gerere, que significa
‘llevar sobre sí’, en definitiva, ‘gestionar’. Pero cuando superaba los siete años y hasta la
pubertad, los actos podían ser cumplidos por el menor, aunque requería la AUCTORITAS
de su tutor. Esta palabra viene de augeo, -es, -ere, -auxi, -auctum: aumentar, robustecer,
desarrollar, en ocasiones, enriquecer, acrecentarse, multiplicarse. De ahí el sustantivo latino
auctoritas, que significa ‘garantía, responsabilidad, que aumenta la confianza’. El tutor
venía de esta manera a aumentar la capacidad del pupilo, supliendo lo que le faltaba para
serlo plenamente. Recuérdese también que de la mancipatio surgía la actio auctoritatis por
la cual el que había transferido una cosa mediante aquel procedimiento, respondía ante
quien la había recibido si resultaba ser de propiedad de un tercero que la reivindicaba.
12
Conocida como Tutelina o Tutilina al comienzo, se le encomendaba la guarda de la mies recogida; luego,
con el nombre de Tutela, aparece como la diosa de la protección general (J. GUILLÉN, Vrbs Roma, Vida y
costumbres de los romanos, t. III: Religión y Ejército, Salamanca, Ed. Sígueme, 1980, p. 283 y s.).
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A cierta altura de su vida, nuestro homo advertirá que su ciclo vital está próximo a
terminar y, como la familia no puede quedar sin jefe, buscará un reemplazante. Para ello
testará y designará un heredero.
TESTAMENTO viene de testari ‘ser testigo, testar, hacer testamento’ (de testis
[‘testigo; testamento’] + -mentum ‘resultado’). El latín testis (‘testigo’) deriva de *terstis,
del indoeuropeo tri-st-i- ‘testigo’ (sentido implícito: ‘que está como tercero’), de tri- ‘tres’
(de trei- ‘tres’) + st- de sta- ‘estar de pie’. Recuérdese que el testamento consistía en una
declaración oral hecha en los comitia calata, teniendo a la asamblea del pueblo como
testigo, y que más tarde, el testamento per aes et libram requería la presencia de testigos.
En ese testamento se designaba el heredero (heres). No puedo dejar de recordar que en I.
2.10 pr.: se da una etimología distinta. Se dice allí: “Llámase testamento porque es
testimonio de la mente”
13
. En realidad, como lo apunta Aulo Gelio
14
y lo hemos visto hace
un momento, no es así. Lo que ocurre es que los jurisconsultos romanos y los compiladores
de la obra de Justiniano, muchas veces no trataron de hacer filología sino de dar una
significación que fuera clara y que permitiera recordar el verdadero sentido de la palabra
15
.
Decir que el testamento es el testimonio de la mente o del alma, señala lo que es
fundamental en él, esto es la voluntad del causante.
HERES es el sucesor universal mortis causa, quien viene a reemplazar al causante
en todo aquello que no sea estrictamente personal; es el continuador en la jefatura de la
familia. Inicialmente sólo admitía el género masculino porque únicamente el hijo varón
podía ser heredero, pero después es de género común. La palabra heres, proviene del
indoeuropeo ghero- (quizá de la idea de abandonado), de ghe- ‘soltar; ser soltado’, tal vez
porque al ser instituido es como si se lo dejara libre de la patria potestad, aunque ello se
verificase recién con la muerte del pater. De heres viene heredium, aquella pequeña
hacienda de dos yugadas que mencionan las XII Tablas; también hereditas, que podemos
traducir por herencia y con sentido abstracto y concreto, hereditarius, coheres, etc. Si bien
conocieron en época imperial tardía verbos como exheredo, -as, -are, -avi, -atum, no
tuvieron los clásicos un verbo que valiese por ‘heredar’, aunque en el latín vulgar existió
hereditare. Cabe señalar que nuestra palabra ‘herencia’ viene del latín haerentia que
13
Testamentum ex eo appellatur, quod testatio mentis est.
14
Not. at., 6.12. 10
15
S. RICCOBONO, Lineamenti della storia delle fonti e del diritto romano, Milano, Giuffrè, 1949, p. 87.
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significa ‘cosas vinculadas, pertenencias’, neutro plural proveniente de haero, -es, haesi,
haesum, harere, que significa ‘estar adherido, permanecer fijado a’. En castellano sufrió en
su sentido el influjo de heredad, heredero y su familia, pasando a significar primero ‘bienes
y derechos que se heredan’ y luego ‘derecho de heredar, sucesión en los bienes de un
difunto’.
Asegurada de esta manera la continuidad de la jefatura familiar, el pater puede
esperar tranquilo la MUERTE. Muerte viene del latín mors, que significa justamente eso y
morir, de morior, -eris, mortuus sum, mori del mismo significado, que reposan en el
indoeuropeo *mrti-. Sinónimo culto de morir es ‘fallecer’, que viene del latín fallo, -is,
fefelli, falsum, fallere, engañar, burlar, frustrar, quedar oculto. A la misma familia
semántica pertenecen desfallecer, falta, infalible y falacia. En lunfardo tenemos falluto,
individuo desleal, no confiable
16
. También guarda sinonimia con morir, la palabra
‘difunto’. Es curiosa la etimología de esta palabra, porque defungor, -eris, defunctus sum,
defungi, el verbo latino que le dio origen, quiere decir ‘cumplir, liberarse, pagar una deuda’.
Difunto es así quien ha cumplido su tiempo de vida, quien se ha liberado ya de su vida.
En la inteligencia de haber cumplido la obligación asumida, doy por terminada mi
exposición: defuncta est.
16
Los nativos de las otras provincias argentinas suelen atribuir esta característica a los cordobeses,
infundadamente para mí.