LA HISTORIA DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA
LA HISTORIA DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA 1
THE HISTORY OF LEGAL INFORMATICS
Por Carlos Arturo HERNÁNDEZ2( )
Valentina CASTAÑEDA PIRAQUIVE3( )
RESUMEN: La tecnología avanza de forma continua y sus avances han contribuido con el desarrollo evolutivo no solo de la ciencia sino también en el área del derecho, la competencia, la gran demanda y exigencias en materia jurídica día a día se van acoplando a los cambios latentes y con ellos apuntan a un futuro en el que sus habilidades respondan de manera rápida y decisiva porque de eso dependerá la permanencia de estas en el contexto actual, es lo que lleva al cuestionamiento de donde surge la informática jurídica.
PALABRAS CLAVES: Historia de la informática, Informática Jurídica Decisoria, tecnología en la labor jurídica, informática jurídica
ABSTRACT: Technology advances continuously and its advances have contributed to the evolutionary development not only of science but also in the area of law, competition, the great demand and demands in legal matters, day by day, they are coupled with the latent changes and With them they point to a future in which their skills respond quickly and decisively because their permanence in the current context will depend on that, which leads to the question of where legal informatics comes from.
KEY WORDS: History of computing, Decision-making Legal Informatics, technology in legal work, legal informatics
1 Artículo recibido el 22 de agosto de 2024 y aprobado para su publicación el 30 de septiembre de 2024. El presente texto es un producto de unvestigacion del Programa de Derecho de la Fundación Universitaria San Martin con Codigo: PYI-2023-046 en el grupo de investigación Ciencias Sociales y Económicas: Entorno y Comunidad.
() Doctor en Derecho Humanos, catedrática de la materia en Derecho Digital, Docente investigador reconocido en Colombia por Minciencias. Miembro del Instituto Legal-Tech UCC. Comité Científico Externo de la Revista de Blockchain e Inteligencia Artificial.
() Abogada egresada de la Universidad Autónoma de Colombia.
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Artículo publicado bajo Licencia Creative Commons Atribución-No Comercial-Sin Derivar. © Universidad Católica de Córdoba
DOI http://dx.doi.org/10.22529/rbia.2024(5)0 5
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I. INTRODUCCIÓN .
La historia de la informática jurídica nace en Colombia desde la aplicación de las nuevas tecnologías de la información y comunicación (Tic´s), una ciencia que ha sido aplicada en el Derecho porque facilita la labor de Servidores Públicos, juristas, abogados y quienes están interesados en el acceso a la justicia. Aunque la informática jurídica nace en el mundo desde los años 50´con la creación de las computadoras, sin embargo, esta ha sido difícil de aplicar, pero los intentos de la humanidad generaron tal necesidad de almacenar información y automatizarla para que no sea alterada ni olvidada con el paso del tiempo.
La informática jurídica surge como una herramienta para suplir la necesidad de adaptar el derecho a los modelos de inteligencia artificial con el fin de alcanzar un sistema que entienda el razonamiento jurídico, por la obsolescencia en el manejo de documentación. La informática es aplicable a todas las profesiones existentes en el mundo, en el campo del derecho se utiliza para tratar información netamente jurídica de forma automática facilitando la verificación de la autenticidad de la información.
La tecnología avanza de forma continua y sus avances han contribuido con el desarrollo evolutivo no solo de la ciencia sino también en el área del derecho, la competencia, la gran demanda y exigencias en materia jurídica día a día se van acoplando a los cambios latentes y con ellos apuntan a un futuro en el que sus habilidades respondan de manera rápida y decisiva porque de eso dependerá la permanencia de estas en el contexto actual, es lo que lleva al cuestionamiento de donde surge la informática jurídica.
En la actualidad se habla de información jurídica como una herramienta que pone a disposición la tecnología para ayudar a los jueces y abogados a procesar la información judicial a través de las computadoras y los medios electrónicos; esto corresponde a lo que se sabe sobre que es la informática jurídica y como se aplica, pero lo que falta por conocer son los avances de la informática jurídica en los procesos judiciales en Colombia actualmente.
Por lo anterior, se plantea como pregunta de investigación ¿Cuáles son los avances de la informática jurídica en los procesos judiciales en Colombia actualmente?, esto en vista que el derecho y todo el aparato judicial debe modernizarse teniendo en cuenta las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación, una era que conlleva a la inversión del
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Consejo Superior de la Judicatura, que permite que los sujetos procesales puedan interactuar de manera ágil y rápida para darle celeridad a los procesos en Colombia.
Para ello, se requiere desarrollar como Objetivo General identificar los avances de la informática jurídica en los procesos judiciales en Colombia actualmente, teniendo como periodo de referencia los años de 2018 a 2021.
Así mismo, los objetivos específicos de la presente investigación se basarán en verificar la historia de la informática jurídica en Colombia, teniendo en cuenta sus elementos, características e instituciones propias. Analizar los avances legislativos de la informática jurídica a nivel internacional y su incidencia en la aplicación en Colombia y proponer un adecuado manejo de la informática jurídica en los procesos judiciales en Colombia para que pueda mejorar el acceso a la administración de justicia con las Nuevas Tecnologías de la Información. Esta investigación es de relevancia para el mundo académico, especialmente para los estudiosos del derecho, porque existe la necesidad de encontrarse en latente actualización siendo un tema que ha tenido incidencia en la modernización del derecho, de los sistemas de digitalización de documentación e implementación de la oralidad, haciendo presencia más fuerte por la pandemia, una situación que obligo al sistema judicial a implementar la virtualidad, reforzando las plataformas y aplicaciones para verificar documentación, radicar demandas, realización de audiencias, traslados, un sinfín de actos procesales que son esenciales para el proceso judicial y acceso a la justicia.
Los avances de la informática jurídica no han sido suficientes debido a las evidencias que arrojan la existencia de la lentitud en el proceso judicial, por el difícil desarrollo de las audiencias que necesitan de la aplicación de las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación de todas las partes; es esencial el conocimiento y manejo de documentación en línea, que se encuentra en plataformas que son de uso exclusivo de los despachos judiciales. No obstante, Colombia sigue siendo un país subdesarrollado que ha tenido que atravesar
por crisis en la actualización y digitalización de información importante en los despachos judiciales, expedientes, memoriales, oficios, entre otros que son de relevancia en la administración de justicia. Por ello, se requiere seguir ejemplos de países que han avanzado en la informática jurídica para que el acceso a la justicia sea eficiente y sobre todo transparente,
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cumpliendo con los principios generales del derecho y los fines esenciales del Estado Social de Derecho.
La investigación será de tipo teórico - descriptivo, porque pretende exponer el tema sobre la informática jurídica a través de la recolección de información tomando como base diversas fuentes tales como libros o artículos; para de esta manera observar, presentar, explicar, analizar y ampliar conocimientos sobre dicho tema, por lo tanto, no implicará experimentación práctica que permita resolver la pregunta problema.
II. ANTECEDENTES DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA EN COLOMBIA . Conceptos de la Informática Jurídica
Peña (s.f.) en su investigación encuentra que la concepción de la informática jurídica es una herramienta que es utilizada por los operadores del derecho, una “universalidad de problemas que surgen de transformaciones que el derecho ha ido realizando como imposición de ciertas actividades novedosas que se desarrollan en el ámbito social”, donde se requiere de regulaciones nuevas para darle sentido a la justicia (p. 23).
La informática jurídica permite el procesamiento, conservación y recuperación rápida de universos jurídicos definidos, que contiene volúmenes de información grandes, es decir, es una disciplina que requiere de la ayuda de computadoras que hacen de la función jurisdiccional más eficiente. (Chiriboga, s.f., p. 58).
Historia de la Informática Jurídica
Nace según Téllez (2018) es una técnica disciplinaria que tiene por objeto el estudio de conocimientos de informática aplicables a la recuperación de información jurídica, nace en la década de los cincuenta, cuando se comienza a utilizar las primeras computadoras en niveles no solo matemáticos sino lingüísticos. “En el año de 1949 queda señalado el nacimiento de la informática, así como el uso de ordenadores y computadoras en el mundo jurídico se comenzó a hablar en los años en que nace la Cibernética de NNorbert Wiener en 1948” (Pichardo, 2019).
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En el año de 1960 en reunión ante la Asociación Americana de Abogados quedo confirmada la informática jurídica en la Capital de los Estados Unidos, Washington, D.C., un logro para la evolución del derecho y la investigación en el campo de la norma y actividad jurídica (Pichardo, 2019).
Estavillo (2015) habla de antecedentes de la informática jurídica cuando aparece por primera vez la jurimetría, que es el uso de los ordenadores en el derecho, que aparece en diferentes obras jurídicas en el año 1963 escrita por Hans Baade “Jurimetrics: the metbodology of legal inquir”, donde se evidencia el desarrollo de esta materia en tres diferentes tipos de investigación.
En primer lugar, se encuentra la aplicación de modelos lógicos a normas jurídicas que se han establecido con criterios tradicionales. En segundo lugar, aplicar el ordenador a la actividad jurídica y en tercer lugar prever futuras sentencias de los jueces (Estavillo, 2015).
Sin embargo, existió en la época insatisfacción en los resultados ofrecidos por la jurimetría, pero en los años 1966 y 1969 aparecieron instrumentos teóricos atractivos por la cibernética que hicieron en Europa la designación de nuevas estadísticas entre la cibernética y el derecho trabajos puramente interesantes.
En 1968 con el estudio de diferentes fenómenos científicos con la utilización de la computadora en el derecho, Lozano (s.f.) propuso sustituir el término de jurimetría por el de iuscibernética, subdividiendo este último en cuatro modos:
1. “El primer modo o aproximación corresponde al ámbito de la filosofía social y consiste en considerar el Derecho como un subsistema respecto al sistema social.
2. La segunda aproximación de Lozano consiste en identificar el derecho como un verdadero sistema que tiene vida autónoma, en cuanto que es generado, aplicado y anulado por órganos regulados por el propio derecho; así, el derecho puede interpretarse como un sistema que autorregula. Así, considerado aislado del resto de la sociedad, es interpretado como un sistema cibernético con retroacción.
3. La tercera aproximación iuscibernética llevó a Lozano a un sector ya manejado por la jurimetría de Loevinger; esto es, la aplicación de la lógica y de otras técnicas de formalización al derecho, con el fin de llegar a un uso concreto de la computadora.
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4. La cuarta aproximación se refiere al uso de la computadora en el campo del derecho; es decir, a la adquisición de las técnicas necesarias para poderlo usar en el sector jurídico” (Estavillo, 2015).
Historia de la Informática Jurídica en Colombia
La aplicación de la informática jurídica en Colombia se fundamenta en la necesidad social, del cual hace referencia Adolfo Santodomingo quien preparo en proyectos de aplicación de informática jurídica que no se deben pensar en abstracto, sino pensando en el volumen de población que tiene la necesidad de ordenar su sistema jurídico (p. 28).
El ordenamiento jurídico en Colombia comprende diferentes ramas del derecho, que son distintas, pero requieren de la necesidad de ordenarse jurídicamente, porque existen un sin número de leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas, entre otras que son necesarias que las personas conozcan, el reto es la codificación de las mismas a través de nuevos instrumentos técnicos que hacen parte de la informática jurídica.
Por ello, conforme lo anterior la enseñanza del derecho debe reunir todos los requisitos académicos con la aplicación de herramientas informáticas que permitan el acceso al conocimiento de todas las normas, y la formación del abogado sea integral.
Existen entonces, diferentes etapas para llegar a la Organización Colombiana de Informática Jurídica, las cuales son:
La difusión por medio de líderes de la comunidad, como, por ejemplo, Magistrados, jueces, Notarios, Directivos de Colegios de Abogados, de Editoriales Jurídicas, Decanos de Facultades Del Derecho, entre otras.
Difusión en conferencias y seminarios realizados para abogados y estudiantes de facultades del derecho.
Difusión por medio de cursos, seminarios, donde se usan instrumentos de técnica y comunicación jurídica, dirigidos a profesores, abogados, estudiantes de derecho.
Formación de grupos de informática jurídica novedosos que se encargaran de la investigación a fondo de esta especialidad, con el fin de fomentar su uso en los actores del derecho.
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La organización de Asociación Colombiana de Informática Jurídica sin ánimo de lucro que conlleva a innovar y dar a conocer métodos de enseñanza y formación en informática jurídica que servirá para cumplir con los fines del conocimiento y organización del ordenamiento jurídico. (Mantilla, 1980).
Características de la Informática Jurídica.
Las características de la informática jurídica según Chiriboga (s.f.) es que reúne todo un sistema de información, que requiere de cumplir con las exigencias del ser humano, y hacer que el conocimiento del derecho sea más fácil y accesible.
La automatización y digitalización de datos jurídicos, normas que deben ser eficientes, aprovechables, accesibles y agiles.
Cumplir con los fines esenciales del Derecho, con los objetivos y principios de cada rama del derecho.
Hacer del ordenamiento jurídico un sistema transparente, que cumpla con los requerimientos de los individuos al acceder a la justicia de manera eficiente y ágil.
Clasificación de la Informática Jurídica
Para este autor existen tres tipos de informática jurídica, de gestión, documental y decisoria, las cuales se diferencias así:
Informática Jurídica de Gestión: es la aplicación de la informática en las tareas de abogados, jueces, peritos, y sujetos que hacen parte del mundo del derecho, que se realiza con el uso de las “computadoras y programas de procesamiento de textos, de almacenamiento de datos, para efectuar comunicaciones mediante redes, etc.” (Peña, s.f., p. 24).
Informática jurídica de Documental: prende otorgar soluciones a dificultades en el trabajo, para la recuperación de documentos jurídicos, leyes, gacetas, sentencias, expedientes entre otros, “(…) la cantidad de estos documentos jurídicos ha crecido de manera tan elevada que ha hecho imprescindible la utilización de potentes motores de búsqueda” (Peña, s.f., p. 24).
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Informática Jurídica Decisoria: es la aplicación de técnicas y modelos de inteligencia artificial al derecho con el fin de lograr sistemas de razonamiento jurídico, trabajando a partir de sistemas inferenciales y lógica normativa. Para diseñar estos sistemas requiere de un trabajo de investigación en la práctica del derecho, considerando que el futuro es relevante la informática jurídica.
III. Análisis Legal, Tratados Internacionales y Jurisprudencia que regula la Informática Jurídica en Colombia .
Leyes :
- Ley 74 de 1968 es la norma por medio de la cual se reconocen "Pactos Internacionales de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de Derechos Civiles y Políticos, así como el Protocolo Facultativo de este último, aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en votación unánime, en Nueva York, el 16 de diciembre de 1966", en lo que atañe a la información es un derecho y obligación gar información a todos los Estados lo ratificado por los mismos en instrumentos internacionales, para que así mismo, creen leyes sobre las disposiciones establecidas en el pacto. Por ello, es esencial, crear herramientas informáticas que otorguen información a los Estados Parte de lo ratificado, estando obligados a aceptarlo (Congreso de la República, Ley 74 de 1968).
- Ley 2052 del 25 de agosto de 2020: “por medio del cual se establecen disposiciones transversales a la rama ejecutiva del nivel nacional y territoriales y a los particulares que cumplan funciones públicas y/o administrativas, en relación con la racionalización de trámites y se dictan otras disposiciones”, en la presente define conceptos que tiene que ver con la informática jurídica, que comprende la automatización y digitalización de los tramites que serán de responsabilidad al interior de las entidades, conforme a los lineamientos del DAFP y el Min. Tics.
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Así mismo, tiene en cuenta los trámites en línea, aquellos que los ciudadanos deben realizar conforme a los parámetros que establece las Tics en los plazos y condiciones que establece la norma a través de sus canales virtuales.
- Ley 48 de 1975 adhesión de Colombia a la Convención Universal sobre el Derecho de Autor, firmado en Ginebra en 1952 y revisada en París en 1971, es otra norma importante para la protección de formalidades ante registros, criticados notariales, pago de tasas, fabricación o publicación, entre otros, que protegen los derechos de autor, estableciendo que los derechos del titular deben llevar el símbolo © acompañado del nombre del titular, el año de publicación, de manera que muestre que el derecho de autor está reservado. Con este ejemplo, se puede demostrar la importancia de la informática jurídica, y sus inicios para la protección de derechos en el territorio colombiano, asegurando el goce y ejercicio de los derechos de autor con la protección de datos utilizando la informática y diferentes tecnologías por los Estados.
- Ley de Privacidad de 1988, integra mecanismos para la protección de información personal de los individuos, la cual daría aplicación a determinadas organizaciones privadas, inversión de del Gobierno Australiano que proporcionaría a la empresa privada sostenimiento para prestar servicios de salud, intercambio de información.
Esta ley aplica principios Australianos de privacidad o APPs (siglas en ingles), que presentan derechos y obligaciones en el manejo de información personal, privacidad que permite que las empresas australianas manejen información personal de manera transparente, por ello, requiere que las entidades APP creen políticas públicas que describan las prácticas y sistemas relacionados con la gestión de la información personal.
- Decreto 1360 de 1989, por el cual se reglamenta la inscripción del soporte lógico (software) en el Registro Nacional del Derecho de Autor, donde se hace una creación propia del dominio literario. Aquí se hace esencial el soporte lógico software que comprende elementos como los siguientes:
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- Programa de Computador: es la expresión de un conjunto organizado de instrucción, lenguaje natural o codificado, cuyo fin es que la maquina sea capaz de procesar información, obteniendo una función, tare o resultado especifico.
- Descripción de Programa: es la presentación de procedimientos completos, que detrminar instrucciones del programa de computador correspondiente.
- Material Auxiliar: material diferente del programa del computador, pero que facilita su comprensión o aplicación, descripción e instrucción para los usuarios.
- Ley 72/1989, de 20 de diciembre de 1989, por la cual se definen nuevos conceptos y principios sobre la Organización de las Telecomunicaciones en Colombia y sobre el régimen de concesión de los servicios y se confieren unas facultades extraordinarias al Presidente de la República. (Diario Oficial nº 39.111 de 20 de diciembre de 1989). (Derogada por Ley 1341 de 2009), sin embargo, otorga el concepto de telecomunicación como una transmisión, emisión, recepción de signos, sonidos, escritos, datos e información de diferente naturaleza, “por hilo, radio, medios visuales u otros sistemas electromagnéticos” (Asamblea Constituyente, Ley 72 de 1989, art. 2).
- El Decreto 1900 de 1990, se reforman las normas y estatutos que regulan las actividades y servicios de telecomunicaciones y afines (Derogado por Ley 1341 de 30 de julio de 2009), no obstante, indica que las telecomunicaciones deben ser utilizadas como instrumentos que impulsen el desarrollo del país en diferentes aspectos, económico, social y político, para elevar el nivel de vida de los habitantes de Colombia.
- El Decreto 1794 de 1991 expide normas sobre servicios de valor agregado y telegráficos, y reglamenta el Decreto 1900 de 1990, definiendo como servicios telemáticos aquellos que hacen uso de servicios básicos y permiten intercambiar información entre terminales con “protocolos establecidos para sistemas de interconexión abiertos” (Presidente de la República, Dto, 1794, 1991, art. 1).
- Con el Decreto 2150 de 1995 trata sobre sistemas electrónicos, buscando la simplificación de trámites ante Entidades Estatales, lo que es muy provechoso, de gran avance para la informática jurídica en Colombia, se suprimen trámites ante la
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administración pública que dificultan el acceso a la misma, se hace más onerosa y lenta. En concordancia con las actividades de la administración pública que deben aplicar los principios fundamentales a la “igualdad, moralidad y eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones” (Presidente de la República, Dcto, 2150 de 1995).
Para el año 2000, se crean diferentes normas que aplican el uso de sistemas especializados para el manejo de información de entidades del Estado, el comercio exterior, firma digital, entre otros, es el año, donde se impulsa Colombia al manejo de una informática jurídica, con ayuda de tecnologías, planes tarifarios e internet, por ejemplo la Ley 594 de 2000, que trata de la Ley General de Archivos, La Ley 598 de 2000 que creo el Sistema de información para vigilar la contratación estatal, SICE, entre otros, la Resolución 7652 de 2000 de la DIAN, que reglamentó el uso y publicación de actuaciones e información vía intranet e internet.
En el año 2001 se crearon proyectos de ley con el fin de desarrollar el comercio electrónico, y el uso de nombres de dominio. Para el año 2002 se estableció el sistema de declaración y pago de impuestos distritales a través de medios electrónicos (Decreto 55 del 2002), se regula parcialmente el dominio punto .co (Resolución 600, 2002), mediante Resolución 575 de 2002 la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones (CRT), actualizo un solo cuerpo resolutivo.
Posteriormente, se siguieron reglamentando y creando normas con las nuevas tecnologías de la información y comunicación, necesarias para actualizar, manejar y cifrar información importante para diferentes entidades del Estado, y para el año 2021 mediante Decreto 045 de 2021 se derogo el Decreto 704 de 2018, y el articulo 1.1.2.3. del Decreto 1078 de 2017, reglamento del sector de tecnologías de información y comunicaciones. Mediante Directiva Presidencial 03 de 2021 se establecieron directrices para el uso de servicios de la nube, inteligencia artificial, seguridad digital y gestión de datos.
Para el año, 2022 mediante Decreto 088 de 24 de enero de 2022, “por el cual se adiciona el Título 20 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del
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Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Decreto 1078 de 2015, para reglamentar los artículos 3, 5 y 6 de la Ley 2052 de 2020, estableciendo los conceptos, lineamientos, plazos y condiciones para la digitalización y automatización de trámites y su realización en línea” (Presidencia de la República, Dcto, 088, 2022). En la actualidad se está tramitando proyecto de ley N° 323 de 2022 que pretende adoptar medidas para ejecutar las TICS en actuaciones judiciales que logren agilizar y flexibilizar el acceso a la justicia (Gaceta del Congreso 103, Lunes 21 de febrero de 2022).
Para la protección de datos personales y transferencia a terceros para las buenas prácticas de empresarios se generó el Decreto Único Reglamentario del Sector de Comercio (Decreto 255 de 2022) .
Se establecieron políticas de gobierno digital con el Decreto 767 de 2022, entendida como el uso y aprovechamiento de las TICS, con el fin de beneficiar a los ciudadanos, su calidad de vida y competitividad, de manera confiable y proactiva permitiendo el ejercicio de derechos de los usuarios que hacen parte del ciberespacio (Presidencia de la República, Dcto, 767 de 2022, art. 2.2.9.1.1.1).
IV. JURISPRUDENCIA .
Sentencia C-224 de 2019:
En la presente sentencia se menciona el Convenio de Consejo de Europa para la Protección delos Derechos Humanos y Libertades Fundamentales (1950), Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas (1966), y otros tratados internacionales que protegen el “derecho a la libertad de expresión, libertad de buscar, obtener y comunicar información e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, así como el respeto a la intimidad” (Corte Constitucional, sentencia C-224 de 2019).
El Articulo 16 de la Convención sobre la Ciberdelincuencia establece que cada Estado deberá legislar para la conservación de datos informáticos almacenados, datos electrónicos,
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datos sobre el tráfico almacenados en un sistema informático, especialmente cuando esos datos sean susceptibles de perdida.
Para ello, será necesario asegurar el tráfico de datos e información con la participación de diferentes proveedores de servicios, garantizar la revelación rápida a la autoridad competente identificando a proveedores del servicio y la vía por la que se transmite la comunicación.
Sentencia T-043 de 2020:
Se reflejan los avances de la jurisprudencia y aplicación de pruebas electrónicas en diferentes procesos judiciales y en el ejercicio del derecho, en el ámbito probatorio se deben analizar elementos extraídos de mensajería instantánea, contando con metadatos que permitan el rastreo de información o capturas de pantalla respecto de afirmaciones o negaciones que realizan las partes. “Sobre estas últimas, la doctrina especializada les ha concedido el valor de prueba indiciaria ante la debilidad de dichos elementos frente a la posibilidad de realizar alteraciones en el contenido, por lo cual deben ser valoradas de forma conjunta con los demás medios de prueba” (Corte Constitucional, sentencia T-043, 2020. MP. José Fernando Reyes Cuartas).
La doctrina especializada hace referencia a las denominaciones de prueba digital, informática, tecnológica y electrónica, no obstante, existe un sector que ha manifestado que la prueba electrónica es la más adecuada desde el punto de vista lingüístico, ya que abarca la generalidad, para ello, la Corte trae a colación el significado según la RAE, que es todo lo pertinente a la electrónica, una acepción que conecta con algún dispositivo o maquina electrónica, análoga o digital, “dotada de una memoria de gran capacidad y de métodos de tratamiento de la información, capaz de resolver problemas matemáticos y lógicos mediante la utilización automática de programas informáticos” (Corte Constitucional, sentencia T- 043, 2020. MP. José Fernando Reyes Cuartas).
“Con ello se consideraría prueba electrónica a cualquier prueba presentada informáticamente y que estaría compuesta por dos elementos: uno material, que depende de un hardware, es decir la parte física de la prueba y visible para cualquier usuario de a pie, por ejemplo la carcasa de un Smartphone o un USB; y por otro lado un elemento intangible que es
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representado por un software, consistente en metadatos y archivos electrónicos modulados a través de unas interfaces informáticas” (Corte Constitucional, sentencia T-043, 2020. MP. José Fernando Reyes Cuartas).
La posición de la Corte deja a simple vista la importancia de la informática jurídica, aplicada a los conocimientos y elementos que se deben manejar al interior de un proceso judicial, así mismo, la organización para la administración pública y judicial a cargo del Estado. Y en lo que tiene que ver con la práctica de la prueba electrónica, es esencial recurrir a expertos para manipular los sistemas informáticos y de información que permitan tener claridad de la misma, análisis de correos electrónicos, mensajes de texto, video conferencia aplicados a pruebas testimoniales.
“Acerca de los SMS, es fácilmente reconocible el influjo que han tenido en la actualidad como método de comunicación y su empleo habitual en teléfonos móviles. En este escenario es relevante mencionar la aplicación WhatsApp, la cual se constituye como “un software multiplataforma de mensajería instantánea pues, además del envío de texto, permite la trasmisión de imágenes, video y audio, así como la localización del usuario” (Corte Constitucional, sentencia T-043, 2020. MP. José Fernando Reyes Cuartas)
IV. ANALISIS CRÍTICO PERSONAL.
En la historia de la Informática Jurídica en Colombia se ha dado un gran avance conforme a la aplicación de las Tecnologías de la Información y Comunicación (Tic´s), sin embargo, se ha logrado observar que en los procesos judiciales en Colombia y la digitalización de los expedientes judiciales, documentos públicos, actos que emanan de la administración pública, entre otros, existen falencias en la implementación de la informática, porque no cuentan todas las entidades con sistemas modernos que logren la modernización de procesos que tienen por fin interactuar, notificar, publicar, comunicar, transmitir información, etc.
Es inevitable que en el mundo del derecho se interactúe con la cibernética y sociedad, encontrándose una nueva rama de estudio del derecho que se ha venido desarrollando por doctrinarios, juristas y legisladores en el mundo, que ha servido de ejemplo en la aplicación de
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la informática jurídica en Colombia, un proceso lento, que ha venido transformando el actuar en los principales actores de las diferentes ramas del derecho.
Hoy en día el hombre sin la tecnología, cibernética e informática es insuficiente, ya que debe complementar su saber con documentación encontrada o recuperada a través de sistemas de información tecnológicos, documentación organizada que permite comunicarse con el mundo exterior.
“El hombre, dice, se encuentra sumergido en un mundo que percibe mediante sus sentidos. El cerebro y el sistema nervioso coordinan los informes que reciben, hasta que, después de almacenarlos, coleccionarlos y seleccionarlos, resurgen otra vez mediante órganos de ejecución, generalmente los músculos. Estos a su vez actúan sobre el mundo exterior y reaccionan sobre el sistema nervioso central mediante receptores tales como los extremos de la sensación cenestésica; la información que éstos proporcionan se combina con la acumulación de vivencias pasadas influyendo sobre las acciones futuras” (Mantilla, s.f., p.18)
Mantilla (s.f) en su estudio menciona a Adolfo Santodomingo Garrachana el cual indica que la información aporta al conocimiento, siendo importante para el hombre los significados, y lo que busca la informática es la representación escrita de los significados. “La informática necesita de conceptos objetivos, mientras la adquisición de conocimientos es algo totalmente subjetivo” (p.18).
Lo anterior, es esencial tener en cuenta para seguir con la evolución de la informática jurídica en Colombia, sin dejar de lado los sistemas clásicos que son también requeridos, pero si darles la transformación que indican los expertos, para hacer de los procesos más agiles, eficaces y transparentes.
Es claro que este tipo de procesos estiman un tiempo largo para ser aprovechado en todas sus dimensiones, sin embargo, desde el año 2000 y después de veintidós años, continúan falencias en procesos judiciales, ya que todavía se encuentran despachos digitalizando documentos y adecuando sistemas informáticos que sirvan para una asertiva comunicación con los usuarios.
El cambio o trasformación del sistema clásico, a la aplicación de la informática jurídica abarca costos que no pueden ir en contravía a la funcionalidad normal en los procesos
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judiciales, a la interacción entre jueces, legisladores, abogados, funcionarios y/o servidores públicos, que se encargan de dinamizar el aparato judicial en Colombia.
Cambios que estarán dados para el ahorro de espacio, disminución de costo de almacenamiento, facilidad en la consulta, comodidad para el trabajo de los servidores públicos que prestan sus servicios en juzgados que se encuentran al tope por el cumulo de expedientes, carpetas que se encuentran en mal estado y perjudican la claridad en los documentos, así mismo, se debe recordar que en diferentes despachos jurídicos se han encontrado plagas por una gran cantidad de archivo de documentos, expedientes que responsan en los juzgados, que no gozan de un adecuado archivo, generando riesgos en la salud de quienes acuden a diario a los mismos.
La tecnología en la labor jurídica es necesaria para asumir los problemas que se venían dando, y estar preparados para asumir nuevos problemas, diseñando estrategias para que no colapse el sistema que se va a implementar, combinando tanto el anterior como el más moderno.
También conlleva la aplicación de la informática jurídica, la educación y capacitación a todos los sujetos del derecho, para cumplir con las aspiraciones que se enfocan en la celeridad, eficacia, transparencia, conocimiento, entre otros principios que integran los intereses del Estado Social del Derecho.
Ahora bien, ¿es importante mencionar quien lidera la informática jurídica en el país?, y es la existencia de una comunidad informática, formada por estamentos judiciales, instituciones que desarrollen de manera aconsejable la aplicación de la informática jurídica.
No obstante, las condiciones de la informática jurídica se hacen cada día más fuertes, viendo la necesidad de interactuar a distancia, sin necesidad de desplazamiento, evitando transmisión de virus, situaciones que desde hace dos años ha tenido más acogida por la urgencia de dar apertura a todos los sectores no solo en el país sino a nivel mundial.
Existe hoy en día un vacío legislativo frente al presente tema, aunque en cada rama de derecho hace ahínco en la forma como se deben realizar notificaciones electrónicas, presentación, decreto y practica de pruebas electrónicas, pero en esencia de manera general no
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LA HISTORIA DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA
se refiere a la informática jurídica, sino que toma como antecedentes su evolución histórica y trabajos doctrinarios.
Ahora bien, no se puede confundir la informática jurídica con el derecho informático, porque este último contiene normatividad especifica que cuenta con el tratamiento de datos, delitos informáticos, autoridades competentes que revisan todo hecho que suscita en internet, donde se producen y el tiempo en que suceden, problemas que han surgido en cada rama del derecho al aplicarse la informática jurídica.
El derecho en su generalidad no es ajeno a la creciente información, donde son cada vez mayor el volumen de libros, sentencias, códigos, etc., que se hacen imprescindibles archivar bajo un sistema de procesamiento y digitalización electrónico. Viendo esta complejidad del mundo moderno, Colombia no puede quedarse atrás frente a otros países que han implantado esta tecnología años atrás al sistema jurídico sin contratiempos, y avanzando cada vez más. Esta transformación permite que el profesional en derecho soporte un cumulo de información, que es casi imposible memorizar, por ello, debe manejarla a través de plataformas o bases de datos personales, o aquéllas que manejan directamente las entidades del Estados, empresas privadas o mixtas, es así, como cobra importancia que el mundo del derecho evolucione de manera rápida, se implemente la informática en la sociedad “conviene destacar que para el derecho, la informática incide de dos maneras muy distintas, por una parte como herramienta de trabajo potencial con todo lo que dé mejora y progreso puede significar, y por otra como elemento al que hay que regular muy concienzudamente por su posibilidad de afectar de manera notable tanto a la esfera patrimonial como a la esfera personal de los ciudadanos” (Roig, s.f.).
El avance tecnológico impele a diseñar instrumentos que sirvan para adaptarse a las exigencias de la sociedad y de las comunidades que deseen acudir a la justicia, exigencias que la informática jurídica trae consigo para aportar a la Teoría del derecho actual.
Tanto la historia de la informática jurídica, sus antecedentes y avances son importantes en la enseñanza a los sujetos del derecho, por ello, la Universidad Externado del Derecho, recomiendo su enseñanza e inclusión en pensum, para que el lenguaje que se lleva a cabo a
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través de sistemas avanzados sea reflejado en estas instancias, y así evitar congestión en los mismos, y confusiones que permiten que colapse el mismo.
Es inminente, el uso de herramientas como la computadora para lograr que la informática jurídica tenga efectos positivos ante sus usuarios, sin embargo, en la actualidad toda la población colombiana no cuenta con este implemento; tanto en despachos judiciales, como entidades públicas fallan las mismas por ser obsoletas, y no contar con presupuesto que modernice el área sistemática de cada sector.
Otra situación relevante, es la velocidad del internet, y las empresas que ofrecen el servicio del mismo, esto facilitaría evidentemente que la informática jurídica se de en óptimas condiciones, permitiendo descargar, conocer, informarse de archivos, interactuar entre sí a través de correo electrónico, plataformas, apps que logran acceder a reuniones, entre otras.
“El computador es una herramienta eficaz, un instrumento en la mano del hombre, que le permiten un mejor desarrollo dentro de la sociedad. Las facultades de derecho deben estar conscientes, y lo están cada vez más, de la necesidad de asumir el reto de incorporar en su seno aulas de informática jurídica aplicada, que forme futuros juristas en este campo. Hay que reconocer que con la informática jurídica al profesional del derecho se le abren nuevos caminos en el desarrollo de sus actividades” (Vargas, s.f, p. 3).
Una de las facultades en la enseñanza de la informática jurídica pionera en Colombia es la Universidad Externado, aquella que reúne varios ejemplares en bancos de datos jurídicos, recopila todos los estudios realizados por estudiantes, egresados, y docentes de la facultad de derechos, donde su primer ejemplar fue el de “Contratación Estatal”, que recopilo información sobre jurisprudencia, conceptos doctrinarios, decisiones judiciales y oda información que es clasificada con una metodología jurídica y sistema tesauros, un sistema que es famoso en el derecho porque a partir de palabras clave puede encontrar información (Vargas, s.f, p. 4).
En el derecho penal la historia de la informática jurídica se ha aplicado en Colombia al parecer desde que se implementó el Sistema de Derecho Penal Acusatorio, el cual aplica directamente sistemas informáticos virtuales, que son de gran importancia llevar a cabo para el desarrollo del proceso penal, el decreto probatorio de pruebas informáticas, la recepción y revisión de bases de datos, práctica de prueba electrónica, práctica de testigos que se
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encuentran a una distancia considerable, que puede acortarse por sistemas tecnológicos, uso de redes, entre otros.
La informática jurídica tiene que ver con todas las ramas del derecho y su modernización, lo que permite que ahora los procesos sean más dinámicos, eficaces, transparentes, donde se vislumbra el respeto de los principios generales del derecho, el debido proceso, la proporcionalidad en las decisiones judiciales que se hacen públicas, para el conocimiento de todas las personas interesadas, con algún tipo de excepciones, pero que logran una gran interacción con los administrados. “Por lo tanto, la informática jurídica puede ser considerada como fuente del derecho, criterio propio que tal vez encuentre muchos tropiezos debido a la falta de cultura informática que existe en nuestro país” (Aguilar, 2015, p. 24).
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https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=10003
Aguilar, Pablo A. (2015). ¿Derecho informático o informática jurídica?. Facultad de Derecho Universidad Nacional Autónoma de México. México. Recuperado en file:///C:/Users/Carolina%20Reina/Downloads/Dialnet - DerechoInformaticoOInformaticaJuridica- 7242751.pdf
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Chiriboga, Toapanta A. (s.f.). Tecnologías de la información aplicadas al derecho inmobiliario registral jurídico. UTN- FICA – EISIC. Recuperado en http://repositorio.utn.edu.ec/bitstream/123456789/525/6/04%20ISC%20154%20CAPITUL O_III.pdf
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