Reseña
Cristianismo y derechos humanos. Inuencias recíprocas, desafíos comunes.
De: Borgoño, Cristian, Ediciones UC Santiago de Chile, 2018.
Por: Leandro Omar El Eter
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La obra “Derechos Humanos y Cristianismo” muestra una mirada antigua, medieval, mo-
derna y contemporánea acerca de las relaciones entre las libertades y el catolicismo. Se
expone un acercamiento entre ambos ámbitos de análisis. Por otra parte, se dene al cristia-
nismo como una religión transversal de otras disciplinas. Se describe la realidad de manera
amplia e integral, y no de forma parcial y sesgada.
El contenido abarca diversos aspectos losócos y teológicos, estudiados desde una órbita
caracterizada por un orden divino, y que trasciendo al mundo meramente terrenal.
El libro reseñado establece una comparación entre el cristianismo y los derechos humanos.
Dicho de otra manera, se presenta una caracterización de las reglas de conducta desde una
perspectiva santa, con la utilización de fundamentos sólidos y perdurables con el transcurso
del tiempo.
El autor se llama Cristian Borgoño. Es Doctor en Bioética y Profesor Universitario en la
Ponticia Universidad Católica de Chile. Se caracteriza por la humanización de sus escri-
tos, desde una visión católica y defensora de la vida y dignidad humana. Tiene una impronta
humanística y utiliza instrumentos axiológicos, de forma constante.
No cabe duda alguna, que el derecho natural, eterno y divino tienen coincidencias signi-
cativas e inseparables. Así, el punto de encuentro entre ellos es el respeto por la naturaleza
humana. Por ello, el “principio pro persona” gobierna el contenido central del orden social
justo.
Se presenta un vasto campo de las ciencias sociales, que abarca fenómenos tales como las
legislaciones que protegen la gura de la víctima, las garantías constitucionales, el derecho
a la intimidad, el principio de no discriminación y el acceso a grupos marginados y vulne-
rables al goce de la justicia distributiva. Dichas conquistas enaltecen la dignidad humana.
Tiene once capítulos. La estructura es adecuada, equilibrada y ordenada. Se induce a un
mundo jurídico con elementos cristianos. A lo largo de la lectura, se observa un etilo cohe-
rente, losóco y contundente, para generar convencimiento acerca de la posición adop-
tada.
El capítulo número uno se denomina “Sagrada escritura y derechos humanos”. La sagrada
escritura evidencia la aparición de derechos humanos. Es cierto que la terminología no es
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Profesor de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de la Universidad del
Norte Santo Tomás de Aquino (UNSTA). Correo electrónico: leandroeleter@yahoo.com.ar
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propia de la Edad Antigua. No obstante, ello, las acciones descriptas, en diferentes citas
bíblicas, demuestran la protección de la condición de persona.
El cristianismo es una religión que incentivó las relaciones entre los seres humanos desde la
comprensión y el respeto. Así, la aparición de un Dios humilde y justo, cambió la concep-
ción y percepción de la realidad.
Se observa una comparación entre las conductas religiosas y derechos reconocidos. Las
causas de vulnerabilidad tales como la discapacidad, la pertenencia a comunidades minori-
tarias, la victimización, la pobreza y la marginalidad constituyen cuestiones narradas en la
Santa Biblia. Sin embargo, son abordadas con otra mirada y enfoque.
El capítulo número dos se denomina “El cristianismo antiguo y su aporte a la idea de dere-
chos humanos”. Se contribuye a la comprensión de los derechos humanos desde una óptica
cristiana. Se especica acerca de la existencia del mundo. Es decir, que se fundamenta la
existencia de los preceptos legales en un origen divino.
El capítulo número tres se denomina “Orden jurídico medieval, derecho natural y derechos
humanos”. En el mismo, se estudian las relaciones entre los derechos humanos y su origen
natural. En la Edad Media, se concibieron nociones tendientes a humanizar las relaciones
entre los seres humanos. La justicia, la igualdad, la proporcionalidad y la equidad fueron
valores que contribuyeron una concepción amparada en la virtud, con fundamento en el
orden natural.
Las virtudes y los valores morales se consideran pilares fundamentales de la convivencia
social. Del mismo modo, Santo Tomás de Aquino y San Agustín son intelectuales que mos-
traron un rumbo losóco con justicación en la gura de Dios.
El capítulo número cuatro se denomina “La controversia indiana”. Se detallan las leyes de
indias, y su importancia en la organización de la sociedad. La controversia tiene asidero en
la contradicción entre normas que protegen la dignidad humana, y aquellas que tienen un
contenido totalmente distinto. Las normas descriptas tuvieron un sentido de ordenación so-
cial. También, se consideró al origen del poder como divino, y a su incidencia en la historia
de los pueblos.
El capítulo número cinco se denomina “Los derechos humanos en la modernidad”. Se des-
criben los derechos que fueron reconocidos universalmente. También, se hace mención de
la positivización de los mismos. Se menciona las políticas tendientes a erradicar la dis-
criminación, la pobreza y el desempleo. Además, se detalla la necesidad del acceso a un
servicio de educación y salud digno e igualitario. La universalidad y la internacionalidad
son caracteres propios de los derechos actuales.
El capítulo número seis se denomina “La positivización de los derechos humanos y la
irrupción de los derechos sociales”. Se abordan temáticas con incidencia colectiva. Simul-
táneamente, se establece la importancia de la positivización y efectividad. Por su parte, los
derechos sociales ocupan un espacio jurídico relevante. La asociación y el cooperativismo
muestran la necesidad de la incorporación de dichas instituciones en la esfera social y la-
boral.
Se estudia la noción de derechos de tercera generación, y su incorporación en las constitu-
ciones de los estados modernos.
El capítulo número siete se denomina “Los derechos humanos en el siglo XX y XXI”. El
autor utiliza recursos jurídicos y losócos, con el propósito de mencionar a derechos de
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los tiempos actuales. Por ende, en el siglo XX y XXI se ha contribuido a la comprensión de
las normas y a su aplicación. Tantos derechos individuales como colectivos fueron recono-
cidos por las comunidades.
La diversidad y el respeto por las diferencias son valores, que han penetrado en las con-
ciencias colectivas de las sociedades. También, las políticas públicas que han combatido la
tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, delimitan un rumbo de una
transformación cultural.
El capítulo número ocho se denomina “La doctrina social de la iglesia y los derechos
humanos”. A lo largo de la historia, la doctrina social de la iglesia y las encíclicas papales
fueron enseñanzas que tuvieron incidencia en la esfera política, social y económica de las
naciones.
Los Padres de la Iglesia fueron comunicadores de la cultura cristiana. Dicha concientiza-
ción, demuestra un equilibrio entre las libertades y la doctrina social.
El capítulo número nueve se denomina “El problema del fundamento de los derechos hu-
manos”. Se mencionan las justicaciones de las leyes inherentes a la naturaleza humana.
Existen circunstancias que exigen la aparición de los derechos. La pobreza, la discrimina-
ción por motivos de género o sexo, la pertenencia a comunidades indígenas o la despro-
tección de niños y niñas son situaciones que exigen el amparo de un marco jurídico. Los
derechos son los instrumentos idóneos para contemplar dichos agelos.
El capítulo número diez se denomina “Fundamento teológico de los derechos humanos”.
La lectura de dicho capitulo, expresa el origen de la teología y de los derechos humanos.
La teología es una ciencia, que aporta un marco teórico. Dicho encuadre permite compren-
der la realidad desde una visión cientíca y trascendente.
El capítulo número once se denomina “Los derechos humanos dentro de la iglesia”. Dicho
capitulo resume lo manifestado con anterioridad. En este sentido, el cristianismo tiene un
fundamento humano. La misericordia y el perdón han contribuido a establecer vínculos
sustentados en valores morales, y que trascienden en el tiempo.
En conclusión y de acuerdo a la comparación de los diferentes capítulos, la obra muestra
una investigación jurídica y religiosa amplia. Las fuentes bibliográcas consultadas son
numerosas y variadas. Existe una matización entre contenido de dos ciencias claramente
identicadas: el derecho y la teología. Del mismo modo, se observa una claridad en la ex-
posición y denición de nociones legales y religiosas, demostrando una utilización de un
vocabulario técnico y adaptado, para una comunidad académica de diferentes áreas y cam-
pos de estudio. La orientación elegida es diferente a cualquier otra producción cientíca,
dado que los elementos de fe y ciencia, se complementan a la perfección.
De acuerdo a la descripción y análisis de las diferentes partes, existe una interrelación
profunda y equilibrada entre las mismas. La ubicación justa y adecuada de los capítulos es
una manifestación de una cuidadosa proporción de un sistema literario, que contempla las
exigencias y demandas actuales.
Desde su evaluación y aportes realizados, se observa una visión que indaga acerca de la
razón de ser de las necesidades corporales y espirituales. La humanización de las concien-
cias individuales y colectivas es una conquista social y política, que tiene su explicación
en la ley eterna.
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En cuanto a su inserción, la misma se ubica en la Edad Contemporánea. Toma la noción
de humanidad, demostrando una comunión con las enseñanzas y sucesos cristianos. Dado
que se utilizan conceptos con sustento natural y universal, su inclusión histórica puede ser
contemplada desde el pasado y el presente
El uso de un vocabulario losóco permite comprender la realidad desde la razón. Es decir,
que Cristian Borgoño encuentra la verdad desde una óptica celestial y racional. Las expre-
siones axiológicas, por su parte, simbolizan una formación sustentada en nociones éticas y
morales. También, el estudio de la conducta humana representa una mirada que trasciende
el plano terrenal. En dicho sentido, el autor maniesta, de forma categórica, que el origen
del mundo proviene de Dios.