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ciones conexas de los derechos humanos motivadas por la orientación
sexual y la identidad de género”. En el resultado de la votación se puede
apreciar la resistencia y la dificultad que persiste para insertar la temáti-
ca
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. Cabe destacar que el Consejo de Derechos Humanos (2014) aprueba
otra resolución sobre orientación sexual e identidad de género en la que
acoge con beneplácito el informe del Alto Comisionado elaborado en razón
de la resolución del año 2011, le solicita su actualización y decide conti-
nuar ocupándose del tema.
La importancia de estas resoluciones radica en que son producidas por un
órgano político de ONU, es decir que fueron votadas y aprobadas directa-
mente por los representantes de los países miembros y no por expertos o
especialistas independientes. En consecuencia, ponen en agenda la temáti-
ca y marcan una dirección concreta hacia la que se dirigen la acción de go-
bierno así como las violaciones a los derechos humanos que se toman
como prioritarias.
Por otro lado, en el año 2011 la cuestión de los derechos sexuales se define
aún más y se plantea de forma central en los informes de los relatores espe-
ciales, así parece que los informes del año 2010 preparaban el terreno para
lo que venía. En este sentido, destacamos el Informe del Alto Comisionado
(2011) que se enfoca en las leyes y prácticas discriminatorias y actos de
violencia cometidos contra personas por su orientación sexual e identidad
de género. Dicho informe comienza por describir las normas internaciona-
les aplicables y afirma como principio básico de derechos humanos la no
discriminación; además indica que el término “cualquier otra condición so-
cial” incluye la orientación sexual y la identidad de género en todos los
pactos del sistema de ONU. Aborda las diferentes violencias que se han
documentado por los distintos organismos de la ONU como “Asesinatos,
violaciones y otros actos de violencia discriminatoria”; “Tortura y otros
tratos crueles, inhumanos y degradantes”; “Derecho de asilo de las perso-
nas perseguidas por su orientación sexual o identidad de género”. Tam-
bién pone en tela de juicio las leyes por las que se penalizan las relaciones
homosexuales consentidas entre adultos y otras leyes utilizadas para crimi-
LAURA NATALIA MILISENDA
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La resolución fue aprobada por 23 votos contra 19 y 3 abstenciones. Votos a favor:
Argentina, Bélgica, Brasil, Chile, Cuba, Ecuador, Eslovaquia, España, Estados Unidos
de América, Francia, Guatemala, Hungría, Japón, Mauricio, México, Noruega, Polonia,
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República de Corea, Suiza, Tailandia,
Ucrania, Uruguay. Votos en contra: Angola, Arabia Saudita, Bahrein, Bangladesh, Ca-
merún, Djibouti, Federación de Rusia, Gabón, Ghana, Jordania, Malasia, Maldivas,
Mauritania, Nigeria, Pakistán, Qatar, República de Moldova, Senegal, Uganda. Absten-
ciones: Burkina Faso, China, Zambia.