53
*
CONICET-UB.
María Pastore
*
Resumen
Este artículo presenta las propuestas de democracia deliberativa de Ha-
bermas, Cohen, Nino y Bohman. El criterio de selección de los autores
se apoya en que Habemas es quien establece la novedad de encontrar el
equilibrio entre la democracia liberal y la republicana por medio de la
reconstrucción de una democracia deliberativa pero, ahora, para socie-
dades extensas y, por tanto, dependientes del sistema representativo.
Cohen es importante en tanto sistematiza las concretas condiciones de
posibilidad de la democracia deliberativa; Nino argumenta establecer
una posición intermedia entre deliberación —Habermas— y neocon-
tractualismo Rawls, mientras Bohman representa el esfuerzo de
emular a su maestro —Habermas— pero con una fundamentada dosis
de crítica que plantea desde Rawls.
Palabras clave: Democracia – Deliberación – Espacio público.
Abstract
This article reviews and analyzes the ideas of Habermas, Cohen, Nino
and Bohman about the deliberative democracy. Habermas found the
balance between the liberal and the republican democracy by proposing
the reconstruction of a deliberative democracy, but now for extensive
La democracia deliberativa
como propuesta superadora
Código de referato: SP.161.XXVII.13.
STUDIA POLITICÆ Número 27 ~ invierno 2012
Publicada por la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales,
de la Universidad Católica de Córdoba, Córdoba, República Argentina.
27 - invierno 2012
54
STUDIA POLITICÆ
societies, which are dependent on the representative system. Cohen is
important for his systematization of the concrete conditions that make
possible the deliberative democracy; Nino claims to have established an
intermediate position between deliberation —Habermas— and
neocontractualism —Rawls—. Bohman follows Habermas as his
disciple, but enriches his argument with a criticism well informed by the
ideas of Rawls.
Keywords: Democracy – Deliberation – Public Space.
Introducción
N
UESTRO artículo tiene por objeto revisar y analizar las diversas
manifestaciones de la democracia deliberativa a partir de la pro-
puesta habermasiana de encontrar un punto medio entre la tradición
liberal y la republicana. El origen de este tipo de democracia se vincula con
la consolidación de la democracia formal, aquella que se agota en los pro-
cedimientos oligarquizados de la sociedad civil. Precisamente, la democra-
cia deliberativa está destinada a devolver la participación a la ciudadanía
en su sentido originario, es decir, como verdaderos mandatarios de la clase
política, otorgando legitimidad a las políticas públicas que respondan a sus
demandas.
Nuestro argumento se estructura a partir de las propuestas de Habermas,
Cohen, Nino y Bohman acerca de los requisitos y funcionamiento de la de-
mocracia deliberativa. Estos autores profundizan en las condiciones que
hacen tal democracia posible en una sociedad altamente oligarquizada en
sus decisiones, en lucha contra el privatismo ciudadano y contra la crecien-
te desigualdad. Habemas descubre el equilibrio entre la democracia liberal
y la republicana por medio de la reconstrucción de una democracia delibe-
rativa pero, ahora, para sociedades extensas y, por tanto, dependientes del
sistema representativo. Cohen es importante en tanto sistematiza las con-
cretas condiciones de posibilidad de la democracia deliberativa. Nino, por
su pate, argumenta establecer una posición intermedia entre deliberación
—Habermas— y neocontractualismo —Rawls—. Bohman sigue a Haber-
mas, pero su planteo se enriquece a partir de la crítica que le hace a su
maestro, crítica fundamentada en las ideas de Rawls.
Rawls no es un autor que sostenga en sus planteos la democracia delibera-
tiva sino que se define como un neokantiano —al igual que Habermas—,
liberal y neocontractualista. Sin embargo, este autor es recurrente en los
planteos de todos los autores precedentes porque toman de él sus principa-
les propuestas para contraponerlas con las de Habermas.
55
La propuesta deliberativa habermasiana
Habermas (1995) describió un pacto implícito entre la sociedad política y
la civil durante la vigencia del Estado de bienestar. En dicho pacto, se
intercambiaba legitimidad por bienes y servicios materiales y simbólicos,
con el consecuente abandono de la participación política ciudadana a cam-
bio de dichos beneficios. De esta manera, surgió la “democracia formal”,
constituida por políticos profesionales —según el planteo shumpeteriano,
entre otros—, en la cual los ciudadanos fueron “domesticados” y separados
del espacio público: se colonizaban sus “mundos de la vida”, por lo que se
producía el abandono de la esfera pública, de la deliberación y, finalmente,
de la solidaridad social a cambio del privatismo ciudadano dedicado a per-
seguir sus intereses individuales.
A partir de este contexto, y con el advenimiento del Estado post-social,
propio del fenómeno de la globalización, se agudizó la crisis política fruto
de la desigualdad y la fragmentación crecientes, lo que implicó, por un
lado, un mayor privatismo ciudadano y, por otro, el surgimiento de movi-
mientos sociales con el objetivo de crear nuevos espacios de participación
política, a fin de manifestar los intereses generales insatisfechos y, a la vez,
disputar el poder a una sociedad política largamente oligarquizada, que ya
no respondía a las expectativas de la sociedad.
Al considerar esta situación, Habermas propone una democracia de tipo de-
liberativo que fortalezca la participación y la discusión a través de la for-
mación de múltiples esferas públicas, provenientes de la sociedad civil, que
presionen sobre las instituciones y que ejerzan un férreo control sobre sus
representantes. Así, la democracia deliberativa se apoya en cuatro ejes ge-
nerales:
1. La crítica a la democracia liberal y al Estado de Bienestar en sus
versiones economicista-técnica y totalitaria, que anulan la dimensión
política de toda práctica social.
2. La crítica a ciertos supuestos del modelo de democracia republicano,
a partir del reconocimiento de la complejidad de las sociedades mo-
dernas basadas en el pluralismo.
3. El reconocimiento de los ciudadanos como sujetos racionales, capa-
ces de decidir en función de sus intereses y necesidades, tanto indi-
viduales como colectivas.
4. La apuesta a la posibilidad de reconstruir una sociedad civil a partir
de principios democráticos, sobre la base de la comunicación entre
MARÍA PASTORE
27 - invierno 2012
56
STUDIA POLITICÆ
iguales que libremente actúan y deciden, con un fin cooperativo, a
través de diferentes modelos de participación individual y colectiva
(Rodríguez y Lerussi, 2002: 3).
En esta concepción se pone en juego la teoría del discurso que, a partir del
principio de soberanía popular y por medio del procedimiento que institu-
cionaliza la participación, exhorta a la deliberación según una ática particu-
lar. La misma se propone como una idea regulativa de la normativa proce-
dimental.
Así Habermas, a partir de la crítica de los modelos liberal y republicano de
la democracia, construye una tercera alternativa: el modelo de democracia
deliberativa. A pesar de que prefiere la democracia republicana a la liberal
—o formal—, también la abandona, básicamente, por su excesivo idealis-
mo y por la dependencia directa del proceso democrático de las virtudes
ciudadanas orientadas a un único bien común, obstáculo infranqueable en
sociedades pluralistas y complejas.
Por ello, el modelo de la democracia deliberativa establece la cooperación
entre los individuos para alcanzar resultados que puedan ser aceptados por
todas las partes, aunque por motivos diferentes. Estos motivos surgen de
una pluralidad de discursos, a partir de los cuales puede establecerse una
voluntad común “no sólo por vía del entendimiento ético, sino también me-
diante la ponderación y el equilibrio de intereses y mediante transacciones
y compromisos, mediante una elección racional de los medios con vistas a
un fin, mediante justificaciones morales y mediante comprobaciones de
que es jurídicamente coherente” (Habermas, 1994-b: 10).
En la deliberación, se vinculan las consideraciones pragmáticas con los
compromisos, los discursos de auto-entendimiento y los relativos a la justi-
cia. Se presume que, bajo las condiciones de un suministro de información
suficiente, ajustada a la realidad de los problemas, y de su elaboración, se
consiguen resultados racionales (Habermas, 1998-b: 372). La fuerza legiti-
madora surge de la estructura discursiva en donde se forman la opinión y la
voluntad públicas, siendo el nivel discursivo la variable más importante.
De este modo, en la política deliberativa prima la razón comunicativa, ne-
cesaria para lograr acuerdos por medio de la búsqueda cooperativa, que se
justifican por razones que implican intereses generalizables de los partici-
pantes.
Aunque Habermas se muestra cauto a la hora de considerar la posibilidad
de transformación de la opinión pública en poder comunicativo, establece
que la deliberación dependerá de que los ciudadanos puedan desempeñarse
en el proceso democrático previsto en la Constitución, y lo hagan activa-
57
mente bajo dichos principios. Además, serán necesarias ciertas condiciones
sociales que, a modo de ideas reguladoras, posibilitarán la auto-organiza-
ción de la comunidad jurídica, pero que no están a disposición de la volun-
tad de los ciudadanos.
Por último, es necesario reconocer, una vez más, la tensión entre facticidad
y validez. La facticidad, propia de la realidad social, se encuentra permeada
por la desigualdad, la exclusión, la coacción y el conflicto propios de las
sociedades complejas. La validez se presupone a partir de un modelo nor-
mativo que contempla procedimientos e instituciones para que garanticen
ciertas condiciones para una democracia que supere el estadio de la forma-
lidad, y no se encamine hacia la utopía republicana.
Aunque advierte que el procedimiento debe estar en conosonancia con
las pautas culturales propias y específicas de la sociedad en donde se im-
plante el marco normativo general, en su modelo de democracia delibera-
tiva, Habermas se apoya en la caracterización que de la deliberación hace
Cohen:
1. Las deliberaciones se efectúan en forma argumentativa, es decir, me-
diante el intercambio regulado de informaciones y razones entre par-
tes que hacen propuestas y las someten a la crítica.
2. Las deliberaciones son inclusivas y públicas.
3. Las deliberaciones están exentas de coerciones externas. Los partici-
pantes son soberanos en la medida en que sólo están ligados a los
presupuestos comunicativos y reglas procedimentales de la argumen-
tación.
4. Las deliberaciones están exentas de coerciones internas que puedan
mermar la igual posición de los participantes. Todos tienen las mis-
mas oportunidades.
5. Las deliberaciones se enderezan. en general. a alcanzar un acuerdo
racionalmente motivado y pueden. en principio. proseguirse ilimita-
damente o retomarse en cualquier momento. Pero a las deliberacio-
nes políticas ha de ponérseles término mediante el acuerdo mayorita-
rio (...) La regla de la mayoría funda la presunción de que la opinión
mayoritaria, falible, puede servir como base racional de una praxis
común hasta nuevo aviso, es decir, hasta que la minoría haya con-
vencido a la mayoría de la corrección de sus concepciones.
6. Las deliberaciones políticas se extienden a la totalidad de las mate-
rias que pueden regularse en interés de todos por igual.
MARÍA PASTORE
27 - invierno 2012
58
STUDIA POLITICÆ
7. Las deliberaciones políticas se extienden, también, a la interpreta-
ción de las necesidades y al cambio de actitudes y preferencias
prepolíticas. (Cohen, 1989:17 –y ss.)
En este contexto, es fundamental el respeto de un pluralismo razonable, en
el que ninguna perspectiva moral o religiosa sea una prueba para la acepta-
bilidad de los argumentos, ya que todas las perspectivas tienen el mismo
peso. Para ello, todos los individuos se reconocen mutuamente como libres
e iguales. La libertad se relaciona con la profesión del pluralismo y la
igualdad con el hecho de que todos pueden participar de la deliberación
proponiendo temas, soluciones y críticas en base a la argumentación, para,
finalmente, sopesar las propuestas. Además, la igualdad puede compren-
derse a partir de que la distribución del poder y de los recursos no incide en
sus posibilidades de contribuir a la deliberación.
La perspectiva de Joshua Cohen
Cohen, muy cerca de Habermas, considera que la legitimidad que autoriza
a ejercer el poder estatal debe surgir de decisiones colectivas de los miem-
bros iguales de esa sociedad (Cohen, 2001). De acuerdo con la concepción
deliberativa, “una decisión es colectiva siempre que surja de disposiciones
de elección colectiva vinculante que establezcan condiciones de razona-
miento libre y público entre iguales que son gobernados por las decisiones”
(Cohen, 2001: 236). La idea que subyace es la de relacionar el ejercicio del
poder con las condiciones de razonamiento público. Al igual que Haber-
mas, trata de establecer las condiciones de comunicación bajo las que se da
una formación discursiva de la voluntad y de la opinión por parte de los
ciudadanos, los que generan, así, poder comunicativo que resulta del peso
institucionalizado de esa voluntad y esa opinión sobre el ejercicio del poder
político.
También, al igual que Habermas y que Rawls, Cohen plantea la existencia
de un pluralismo razonable, en el sentido de que existen filosofías de vida
diferentes e incompatibles —para Rawls, doctrinas comprehensivas del
bien—, por lo que, en una sociedad democrática, deben poder convivir to-
das a partir de la razonabilidad, que se manifiesta en individuos dispuestos
a vivir con otros en términos que esos otros, en tanto libres e iguales, tam-
bién encuentran aceptables.
Sin embargo, desde el punto de vista político, es necesario llegar a algún
tipo de acuerdo, sobre todo para el logro de una democracia basada en la
deliberación. En este sentido, a pesar de la existencia de tradiciones mora-
59
les distintas e independientes, se puede esperar que surjan importantes ele-
mentos de consenso político a partir de la adquisición de ideas y principios
encarnados en las instituciones compartidas. Además, debe considerarse a
los ciudadanos como personas morales —como lo hacen Rawls y Haber-
mas—, a partir de la igualdad ante la ley y de la igualdad de los derechos
civiles y políticos, lo que hace que se perciban mutuamente como iguales
bajo el punto de vista moral. De esta manera se puede llegar al acuerdo;
porque los ciudadanos se han desarrollado en el seno de una democracia
razonablemente estable y estarán familiarizados con las ideas políticas que
se expresan en común a partir de las instituciones, y se justifican a partir
de la educación moral y política.
Así, al igual que Rawls, Cohen llega al planteo del consenso superpuesto,
aunque sin admitirlo ni mencionarlo. Baste considerar que sostiene que la
adquisición de las ideas morales no se lleva a cabo exclusivamente median-
te las instituciones, sino que los ciudadanos deben adaptar a sus diferentes
filosofías de vida las ideas políticas y el concepto de sí que adquieren a tra-
vés de las instituciones. Por ello, se adaptan las perspectivas religiosas,
morales o filosóficas para compatibilizarlas con una concepción política;
aunque ese acuerdo no vaya más allá de los valores políticos. Por ese moti-
vo, en una sociedad democrática, los valores políticos se institucionalizan,
pero no las ideas morales, religiosas o filosóficas. De modo que “al excluir
un consenso amplio sobre valores, la existencia del pluralismo razonable
puede indicar que una concepción procedimental de la democracia, limita-
da a valores como la apertura y la imparcialidad, es la única elección que
queda” (Cohen, 2001: 243-4).
La democracia deliberativa pone el razonamiento público, no la discusión,
en el centro de la justificación política Así, la democracia deviene en un
sistema de ordenamientos sociales y políticos que vincula institucionalmen-
te el ejercicio del poder con el razonamiento libre entre iguales. El razona-
miento público implica la defensa y crítica de instituciones y programas en
función de que otros, como libres e iguales, tienen razones para aceptarlos,
partiendo del pluralismo razonable y del supuesto de que los demás ofrece-
rán justificaciones adecuadas. Queda claro, una vez más, que Cohen sigue
a Rawls y a Habermas en su intento de dar validez a las normas que surjan
a partir de la deliberación; su legitimación se basa en una suerte de impera-
tivo categórico, en el sentido que se puede normativizar sólo aquello con
respecto a lo cual cualquier posible participante pudiera acordar, libre y ra-
cionalmente.
A la hora de llegar al acuerdo, pueden surgir interpretaciones distintas que
hagan imposible la convergencia, por lo que deberá recurrirse al principio
de la mayoría. Este opera de manera positiva cuando se apela a considera-
MARÍA PASTORE
27 - invierno 2012
60
STUDIA POLITICÆ
ciones que son ampliamente reconocidas como importantes. El hecho de
que una propuesta tenga apoyo mayoritario valdrá por sí mismo como ra-
zón para respaldarla, y aun quien esté en desacuerdo, podrá aceptar como
legítimos los resultados de un procedimiento deliberativo.
En cuanto al objeto de la deliberación, no es el de modificar las preferen-
cias de los ciudadanos reduciendo su diversidad, sino el de tomar decisio-
nes colectivas. De igual modo, hay que tener en cuenta que el principio
deliberativo del razonamiento público ayuda a reducir la diversidad de las
preferencias políticamente relevantes, porque son modeladas en el proceso
del propio razonamiento público.
En conclusión, la concepción deliberativa está estrechamente relacionada
con la idea de elección colectiva vinculante a partir de razones comparti-
das, lo que permite un vigoroso ideal de legitimidad política. El requisito
de contar con razones compartidas para el ejercicio del poder político ex-
presa la pertenencia plena e igualitaria de todos al cuerpo soberano, esta-
bleciendo una razón y una voluntad común que autorizan al ejercicio de
ese poder. Es importante tener en claro que las razones compartidas se
vinculan sólo al ámbito político, por lo que es inaceptable emplear cual-
quier perspectiva abarcativa o comprehensiva para dicho ámbito. Final-
mente, al igual que en el consenso superpuesto, el poder estatal es respal-
dado por consideraciones reconocidas como razones por las diferentes
perspectivas que suscriben los ciudadanos razonables, a quienes se tiene
por iguales.
La concepción dialógica de Carlos Santiago Nino
Otro autor necesario para nuestro análisis es Nino (1997) por su planteo
de la concepción deliberativa de la democracia como una concepción
dialógica. Considera que las esferas política y moral se encuentran inter-
conectadas, y que el valor de la democracia radica en la moralización de
las preferencias de las personas. Establece que el procedimiento demo-
crático es el más confiable para acceder al conocimiento de los principios
morales.
Con el objeto de explicar la teoría deliberativa, Nino defiende una con-
cepción constructivista del conocimiento de los principios de la morali-
dad social, argumentando a favor de ésta a partir del análisis contrapues-
to de Rawls y Habermas, porque considera que se acercarían a la
posición correcta, a pesar de que no logran superar ciertas críticas. Nino
argumenta que Habermas coincide con Rawls en que existen presupues-
61
tos formales como el de imparcialidad, que son decisivos para dar vali-
dez a los principios morales. Sin embargo, se plantean muchas diferen-
cias: mientras para Rawls estos son presupuestos formales de un razona-
miento moral monológico, para Habermas son reglas de una práctica
social del discurso intersubjetivo. Para Rawls, la validez de los principios
morales se da por la satisfacción del requisito de la imparcialidad; para
Habermas, en cambio, requieren de un consenso de facto para ser consti-
tuidos mediante la regla de la imparcialidad. En última instancia, Rawls
considera que se puede concluir que un principio moral es válido a través
de la reflexión individual: elitismo moral. Para Habermas, esto es imposi-
ble, debido a que sólo la discusión colectiva en la búsqueda cooperativa
de la verdad puede alcanzar el conocimiento moral, y la solución respal-
dada por todos o por la mayoría es automáticamente correcta: populismo
moral.
Para Nino, las tesis más plausibles acerca de la constitución y el conoci-
miento de la verdad moral implican construir una posición intermedia en-
tre Rawls y Habermas. En la esfera ontológica, cree que Rawls es defi-
ciente porque no toma en cuenta el aspecto de la práctica social del
discurso moral. Esto le permitiría incorporar el relativismo propio de las
variaciones históricas en el modo de argumentación moral. Si admitimos
que el discurso tiene presupuestos valorativos, como el principio de auto-
nomía, debe considerarse la práctica social actual del discurso moral.
La tesis sustentada por Nino incorporaría lo mejor de ambas posiciones.
En primer lugar, es una práctica social en la cual la argumentación es un
intento por conformar los resultados a los presupuestos. Estos últimos in-
cluyen principios sustantivos, como el de autonomía, del cual pueden de-
ducirse juicios morales más específicos. Asimismo, reglas formales como
la imparcialidad sirven como filtros para los principios y alientan un dina-
mismo que posibilita la sanción de otras normas.
En cuanto al nivel epistemológico, Nino también establece una síntesis
entre ambos autores. El procedimiento de la discusión y decisión colecti-
vas, constituido por el discurso moral, es el método más confiable para
llegar a una verdad. A veces también es posible que la reflexión indivi-
dual implique llegar a una conclusión correcta e imparcial, y así contri-
buir a la discusión o pedir individualmente que sea reabierta. De todas
formas, el proceso colectivo resulta siempre más confiable, porque legiti-
ma la obligación de observar lo decidido de esta manera. A partir de di-
cha síntesis, emergería lo que Nino denomina “constructivismo epistemo-
lógico”, referido a su concepción de la democracia deliberativa. En
primer lugar, considera que la unanimidad resulta un equivalente funcio-
nal de la imparcialidad, debido a que la solución a un conflicto resuelto
MARÍA PASTORE
27 - invierno 2012
62
STUDIA POLITICÆ
por unanimidad demostrará ser probablemente imparcial y moralmente
correcta, en tanto todos la acepten libremente y sin coerción. Cuando el
discurso es institucionalizado y reemplazado por cuestiones operativas
por el principio de la mayoría, es decir su sucedáneo, debe analizarse si
este aún cumple con la imparcialidad. A simple vista puede observarse
que, al no contener los intereses de todos los involucrados, este principio
resulta ser parcial. Sin embargo, el pasaje de la unanimidad al principio
de mayoría —que es una característica definitoria del proceso democráti-
co— no sólo surge ante la imposibilidad de lograr la unanimidad, sino
porque debe tomarse una decisión en tiempo limitado. Así, “la democra-
cia puede definirse como un proceso de discusión moral sujeto a un lími-
te de tiempo” (Nino, 1997: 167).
Es interesante tener en cuenta que en las discusiones morales, sean infor-
males o institucionalizadas, las personas evitan postular posiciones auto-
interesadas cuando creen que no serán vistas como argumentos genuinos.
Asimismo, cuando formulan una declaración que es rechazada por otros
participantes porque no se considera un argumento genuino, terminan
modificando su posición. Todo esto contribuye al progreso de la discu-
sión hacia la aplicabilidad de criterios de imparcialidad, contra indivi-
duos paralizados por el autointerés o por la indiferencia hacia las solu-
ciones propuestas. Justamente, la discusión intersubjetiva ayuda a
detectar los errores de hecho y los lógicos, aunque no hay garantías de
que la mayoría tenga siempre razón sobre el juicio individual. La discu-
sión contribuye a detectar los errores fácticos y lógicos, porque la obser-
vancia fáctica y el uso de las reglas de inferencia son producto de facul-
tades que todos los individuos tienen y no es común que la mayoría
cometa el mismo error.
También debe tomarse en cuenta la dimensión afectiva de la comunica-
ción, aunque tiene un rol auxiliar con respecto al valor epistémico del
proceso de argumentación y decisión colectiva. Efectivamente, existen
ciertos factores emocionales —como el fenómeno de psicología de ma-
sas, el carisma, la habilidad retórica, entre otros— que pueden obstaculi-
zar el descubrimiento de la verdad moral. Superarlos requiere mecanis-
mos que cambien esta dinámica y enfaticen el descubrimiento de la
verdad moral mediante la discusión intersubjetiva.
Por otro lado, los factores emocionales pueden ayudar al progreso de la
deliberación, en cuanto impulsan la discusión moral y mueven a conven-
cer a otros de la verdad de las proposiciones. El elemento emocional se
encuentra presente cuando uno trata de justificar las propias acciones y
actitudes frente a otras personas y cuando evalúa los intereses de los de-
más. Asimismo, es fundamental el proceso emocional de identificación
63
por medio del cual se asume un punto de vista moral —asunción de im-
parcialidad—, ya que requiere ponerse en el lugar del otro a partir de la
imaginación y de la empatía. Finalmente, las emociones juegan un papel
importante en las sanciones informales de asignación de culpa y aisla-
miento social que recae sobre quienes cometen errores evidentes que re-
dundan en su propia conveniencia. El deseo de evitar el castigo social es
una poderosa razón para cumplir con las reglas de la argumentación y tra-
tar de ser lo más imparcial posible.
Por otra parte, para Nino, la tendencia a la imparcialidad puede lograrse a
nivel colectivo en la deliberación debido a dos factores: el impacto del
teorema de Condorcet y una agregación de intereses satisfechos. El teore-
ma sostiene que, si presumimos que cada miembro facultado para decidir
tiene la tendencia a adoptar la decisión correcta, la probabilidad de que la
decisión sea correcta aumentará cuando se incrementa el número de
miembros que deciden. El corolario establece que las decisiones tomadas
por la regla de la mayoría simple son probablemente más correctas para
grupos pequeños que la decisión del miembro más competente del grupo.
Por tanto, cuantas más personas apoyan una solución, se puede asumir
que los intereses de más personas son satisfechos, aunque la aproximación
a la unanimidad por sí misma no es suficiente para demostrar lo acertado
de una solución.
Al mismo tiempo, debe tenerse en claro que el proceso democrático con
valor epistémico no es una situación de discusión ideal, sino una situa-
ción realista y concreta. La formación de facciones que defiendan intere-
ses crudos es inevitable y la negociación sobre la base del autointerés es
irrefrenable. En ese contexto, es importante prestar atención a la repre-
sentación, porque resuelve la imposibilidad de la comunicación directa y
los detalles técnicos con ella vinculados, en sociedades de grandes di-
mensiones. Los representantes gozan de cierta distancia de los intereses
crudos y así pueden ayudar a neutralizar el poder de las facciones, porque
no permiten el monopolio de ninguna de ellas. Podríamos decir que la re-
presentación es un mal necesario. Las personas directamente involucra-
das, por lo general, no tienen ni el tiempo, ni la experiencia, ni el poder
para ser escuchadas.
No obstante, se pueden concebir mecanismos que minimicen los males
aparejados por la representación. Para el autor, podría plantearse como una
delegación que prosiga la discusión a partir del punto alcanzado por los
electores durante el debate que condujo a la elección de los representantes.
En los casos de la representación indivisible —elección presidencial—, el
representante debería estar obligado a sostener la posición que lo llevó al
poder y continuar su propia reflexión a partir de ese punto, utilizando su
MARÍA PASTORE
27 - invierno 2012
64
STUDIA POLITICÆ
conocimiento técnico para implementar las propuestas por las cuales fue
elegido. En el caso de la representación divisible —elección de un cuerpo
colectivo—, ese cuerpo debería reflejar el apoyo recibido de cada posición
de los electores y continuar su deliberación a partir del punto al que llegó
la ciudadanía al final de la campaña electoral, tratando de alcanzar mayor
especificidad de las posiciones a través de la discusión y el conocimiento
técnico.
Por su parte, los partidos actúan como intermediarios en el proceso demo-
crático y pueden materializar mejor esta visión de la representación, en la
medida en que se organicen alrededor de posiciones ideológicas, sistemas
de valores y modelos de sociedad, y no sobre la base de puros intereses.
Es fundamental que los individuos participen en el debate democrático, no
sólo para representar sus intereses, sino para justificarlos a partir de pro-
posiciones normativas que deberían ser generales, universalmente aplica-
bles y, por ello, aceptables desde un punto de vista imparcial. En este con-
texto, los partidos pueden simplificar la tarea enormemente si ofrecen al
electorado un menú de posiciones ideológicas que armonicen intereses en
conflicto.
En conclusión, para Nino, la concepción deliberativa de la democracia,
apoyada sobre su valor epistémico, emerge a partir de la confrontación
con el problema del conocimiento moral, del intento de Rawls de evitar
los extremos en cuanto a la reflexión individual, y de las consideraciones
de Habermas acerca del populismo moral. Esta concepción implica que el
consenso alcanzado luego de la discusión colectiva debe ser confiable en
el proceso de conocimiento de asuntos morales, aunque esto no excluya
la confianza en la reflexión individual para expresar argumentos. Una vez
considerada esta concepción viable, su principal desafío será transferir el
valor epistémico del proceso informal de la discusión moral al procedi-
miento democrático institucionalizado, paso difícil, mas no imposible, de
llevar a cabo dentro del entramado institucional vigente.
La crítica de James Bohman
Finalmente, presentamos el planteo de Bohman (1996) que intenta re-
crear la visión de Habermas, su maestro, respecto a la democracia delibe-
rativa, otorgándole un papel principal a la desigualdad como causa de las
fallas del régimen actual. Bohman critica los acercamientos teóricos de la
democracia de tipo procedimental por considerarlos planteos ideales, que
no observan las condiciones existenciales y, de esa manera, privan a la
democracia de la posibilidad de la reforma. Por ello, sólo a través de una
65
democracia constituida alrededor de la deliberación pública, que saca a la
luz los problemas cotidianos de la sociedad civil, se podrán preservar la
pluralidad, la tolerancia y la cooperación, y así solventar los desafíos que
implican las diferencias sociales y la creciente complejidad de la vida
social.
Para llegar a esta conclusión, considera que los críticos (desde los comuni-
tarios hasta los demócratas radicales) de las actuales condiciones por las
que atraviesa la democracia para quienes las prácticas políticas se basan en
el autointerés, fruto de la fragmentación social, y permiten la distribución
desigual del poder social y económico, encuentran una misma solución: la
deliberación pública. Sin embargo, como sostienen que los ciudadanos se
ven incapacitados para implementar una deliberación realmente efectiva,
nos enfrentan a un “callejón sin salida”. Sin embargo, Bohman cree conce-
bir una posibilidad de cambio. Se propone demostrar que las instituciones
deliberativas pueden ser más democráticas a partir de mejoras en sus méto-
dos y condiciones de debate, discusión y persuasión. Plantea que el llama-
do en pos de “más deliberación” es una demanda de un orden político en el
que las decisiones involucren el uso público de la razón. Por tanto, la legi-
timidad de las decisiones se determinará por el juicio crítico de ciudadanos
libres e iguales.
Bohman retoma los planteos de Rawls y Habermas para demostrar que
ambos, desde distintas versiones, formulan el ideal del “uso público de la
razón”. Los dos pensadores realizan un inventario de los hechos sociales
sobre los que dicha razón debe operar. Para Rawls, la realidad se consti-
tuirá por “el hecho del pluralismo” y el conflicto endémico de él resultan-
te; para Habermas, se logrará por “la inevitable complejidad social”. Para
ellos, una teoría resulta adecuada si reconoce tanto las coacciones norma-
tivas como fácticas. Entonces, partiendo desde ambos teóricos, Bohman
intenta desarrollar una teoría de la deliberación pública que, en el mismo
sentido, contribuya a la comprensión práctica de las posibilidades políticas
actuales.
Enuncia su teoría deliberativa, adecuada a tres niveles, con el objetivo de
conducir a la práctica política y a su reforma. En primera instancia, adopta
una posición más pluralista que la que permite el discurso habermasiano y,
a la vez, plantea un rol más amplio y dinámico para el uso público de la ra-
zón que la neutralidad liberal rawlsiana
1
. En segundo lugar, comparte con
MARÍA PASTORE
1
Rawls sostiene que desde las diversas concepciones comprehensivas del bien se puede
constituir una concepción política de justicia en la que todos puedan consentir, libre y
voluntariamente, porque de algún modo sus posturas están contempladas.
27 - invierno 2012
66
STUDIA POLITICÆ
ambos autores el énfasis en la razón pública en la deliberación. En tercer
lugar, adopta la misma metodología y un fuerte acento en la relación entre
las preocupaciones normativas, descriptivas y prácticas.
En este punto, se vuelve imprescindible definir la democracia deliberativa
según Bohman: la democracia implica, indudablemente, alguna forma de
deliberación pública, en la que los ciudadanos consienten en darse sus
propias leyes con razones valederas para obedecerlas. Así, la decisión po-
lítica es legítima si se produce en la deliberación pública, más allá de los
intereses personales de los individuos, reflejando un interés general que
implique el bien común de la sociedad. Para la teoría deliberativa es fun-
damental que los ciudadanos y sus representantes, antes de decidir, exami-
nen sus intereses y razones en un forum público. De esta manera, el pro-
ceso deliberativo fuerza a los ciudadanos a justificar sus decisiones
apelando a los intereses comunes o argumentando en términos de razones
que “todos pudieran aceptar”. En esto, es evidente la referencia a Rawls y
a Habermas. Para los detractores, no obstante, como este estándar de
acuerdo es difícil de lograr, es considerado un ideal regulativo y contra-
fáctico. Sin embargo, tal concepción de democracia presupone tener en
cuenta que el proceso de deliberación pública elabora las razones en pos
de una decisión más racional. Básicamente, las razones se vinculan con la
publicidad, que implica la posibilidad de resultados convincentes para to-
dos; en este sentido la deliberación se encuentra con el concepto rawlsia-
no de razonabilidad
2
.
Indudablemente la deliberación pública cuenta con un acervo de valores o
ideales políticos, un background de cultura política que supone acuerdos
compartidos, al estilo del consenso superpuesto
3
rawlsiano. Se acude a
Kant —común referente de Habermas y Rawls— como el primero en
plantear “el uso público de la razón”, que fue retomado por Habermas en
su teoría discursiva de la democracia. Aquí, el concepto es utilizado
2
Rawls aclara la diferencia entre razonable y racional. Lo razonable se vincula con los
términos de cooperación social que articulan la idea de reciprocidad y mutualidad. Esto
se verifica cuando la norma se somete a la prueba de intersubjetividad. En cambio la ra-
cionalidad atiende a la ventaja individual del participante.
3
El consenso superpuesto se compone de las doctrinas comprehensivas razonables
que suscriben la concepción política, cada una desde su punto de vista, en una suerte
de convergencia de ciertas ideas políticas compartidas por todos. La unidad social se
basa en un consenso sobre la concepción política, mientras que la estabilidad es posi-
ble cuando las doctrinas que forman el consenso son afirmadas por los ciudadanos y
los requisitos de justicia no entran demasiado en conflicto con los intereses esenciales
de los ciudadanos.
67
como una consideración epistémica acerca del uso público de la razón,
procedimental y complejo a la vez; explica la racionalidad de la delibera-
ción en términos del ideal de los procedimientos de argumentación. Las
creencias y acciones revisten un carácter racional en tanto puedan ser apo-
yadas públicamente por buenas razones, durante un intercambio discursi-
vo en el que los participantes tratan de alcanzar un acuerdo sobre la base
del mejor argumento, libre de coerción y abierto a todos los participantes.
De manera similar, Rawls sostiene un “procedimentalismo impuro”, par-
tiendo de que las buenas razones en la deliberación deben apelar a las ba-
ses públicas de justificación para resolver las diferencias. En este contex-
to, el poder político debe ejercerse sólo dentro del marco de la
Constitución, en la cual se encuentran las ideas esenciales que cualquier
ciudadano libre e igual puede apoyar a la luz de los principios e ideales
comunes a su razón humana —claro planteo referido al imperativo categó-
rico kantiano.
De esta manera, el uso público de la razón, definido en términos de dis-
curso —Habermas— o de razón humana común —Rawls—, es propio de
la deliberación democrática. El dilema que se presenta es la carencia de
acuerdos preexistentes y de valores compartidos, hecho que se expresa en
la norma de la publicidad: si es muy fuerte, lo que se comparte puede
presuponer demasiado y, así, excluir a muchos ciudadanos; si es muy dé-
bil, demanda poco y no ofrece soluciones a los problemas que se presen-
tan en las actuales circunstancias. En este sentido, por ejemplo, Rawls
cometería el error de permitir que los principios fuesen cambiados cada
vez que las circunstancias lo demanden. Demasiados acomodamientos a
los hechos sociales pueden producir principios prácticos e instituciones
estables, pero a un alto precio para la democracia. Para Bohman, lo apro-
piado sería, entonces, adoptar un acercamiento histórico y político para
construir normas prácticas para la deliberación actual, en sociedades plu-
ralistas y complejas.
Tanto Rawls como Habermas aceptan que los ideales democráticos están
limitados por los hechos sociales del “pluralismo” y de “la inevitable com-
plejidad social”. Para Bohman, la principal contribución de estos autores a
la teoría democrática ha sido metodológica. Por ejemplo, Rawls en su
obra Liberalismo Político toma en cuenta las condiciones sociales e histó-
ricas específicas de una sociedad moderna democrática. Dichas condicio-
nes requieren considerar principios de justicia, de manera que tal concep-
ción sea práctica y consistente con los límites de la democracia política.
Esto redunda en una lección metodológica: se deben tomar en cuenta los
hechos sociales y las condiciones históricas que requiere la democracia
deliberativa, de modo que sean prácticos y consistentes con los límites de
MARÍA PASTORE
27 - invierno 2012
68
STUDIA POLITICÆ
la política democrática. Se puede concluir que, cuando se plantea que los
ideales normativos se sometan al nivel práctico bajo las actuales condicio-
nes sociales e históricas, se debe recurrir a una teoría crítica de la socie-
dad, que apunte a una concepción política de justicia. Recordemos que la
justicia tiene prelación sobre el bien en cuanto se toman ciertos principios
que pueden ser acordados por todos, mientras se respete el pluralismo ra-
zonable
4
.
Por su parte, Habermas sostiene que la democracia no puede organizar a la
sociedad como a un todo, porque el procedimiento democrático debe estar
grabado en contextos y no puede regularse a sí mismo prescindiendo de
ellos. Estos contextos son producto de la complejidad social, por lo que
ninguna concepción normativa de la política o de la ley puede ser desarro-
llada con independencia de un modelo descriptivamente adecuado de la
complejidad de la sociedad contemporánea. Sin este componente, las nor-
mas se vuelven abstractas e ideales vacíos, antes que reconstrucciones de la
racionalidad de las prácticas actuales. Además, se corre el riesgo de ignorar
los límites sistémicos de los costos de la información y decisión en el pro-
ceso deliberativo, así como las asimetrías de competencia, saber y disponi-
bilidad de información, los límites de la atención pública y otras carencias
de los recursos deliberativos.
Para Habermas, las posibilidades de la democracia son muy limitadas debi-
do a la imposición de las barreras sociales e históricas, por lo que una esfe-
ra pública abierta no puede asegurar que los ciudadanos influirán en los re-
sultados de los procedimientos institucionales. Por ello, Habermas se
muestra pesimista acerca de la posibilidad de transformar las actuales for-
mas de la democracia constitucional. No obstante, Bohman pretende de-
mostrar que una teoría de la democracia deliberativa puede reconocer la
existencia del pluralismo y de la complejidad, y aun así defender los idea-
les de autonomía y soberanía de los ciudadanos.
Por su parte, para Rawls, los límites de la democracia están en parte defi-
nidos por otros sucesos sociales: el pluralismo razonable y el hecho de
que un régimen democrático es durable y seguro sólo si es voluntaria y li-
bremente apoyado por, al menos, la mayoría de sus ciudadanos política-
mente activos. Para él, la concepción de justicia debe tomar en cuenta es-
tos hechos, mientras para Habermas, se debe considerar la diferenciación
de las instituciones modernas y su mecanismo de integración social como
requerimientos básicos de cualquier teoría práctica de legitimación. Para
Bohman, es Rawls, y no Habermas, quien llega a la conclusión apropiada:
4
Se vincula a las posturas individuales consideradas razonables por la sociedad.
69
MARÍA PASTORE
estos hechos sociales no cambian el método de justificación sino los obje-
tivos prácticos de una teoría política. Estos objetivos —según Rawls—
deben ser entendidos pragmáticamente y dependen de la estructura de la
sociedad en que la teoría se sitúa. La estrategia de Bohman es más cerca-
na al constructivismo rawlsiano que al habermasiano, aunque difiere con
Rawls en que no pretende recapturar el contenido del liberalismo como
base pública de justificación.
Respondiendo al impedimento basado en el pluralismo cultural, se puede
sostener que la deliberación debe ser capaz de resolver los conflictos de va-
lores morales y principios entre los diversos grupos. La solución estribaría
en volver más dinámico y pluralista el uso de la razón a partir de la partici-
pación en la esfera pública. Asimismo, las crecientes desigualdades pueden
levantar un fuerte escepticismo sobre la democracia. Como salida, se puede
acudir al planteo de Amartya Sen (1992, 2000, 2003) que enfatiza las capa-
cidades y los recursos culturales necesarios para un funcionamiento políti-
co adecuado, cuando existen desigualdades económicas en el dominio polí-
tico. También hay varios mecanismos deliberativos que corrigen los efectos
de las desigualdades sociales actuales, como la acción colectiva y la solida-
ridad.
El marco público y los métodos de deliberación deben ser transformados
por los actores colectivos que emergen de la esfera cívica. Es un esfuerzo
por repensar el potencial de la democracia: la democracia radical ya no
significa la total transformación de la sociedad, sino un proyecto en etapas
de reforma, que se construye sobre los logros constitucionales e institucio-
nales del pasado. En esta democracia reformista, el rol de la crítica social
es mostrar los potenciales y los límites del empleo público y autónomo de
la razón práctica. A la luz de los objetivos de la política deliberativa, la ra-
zón pública no es sólo ejercida por el Estado y sus representantes, sino
también por la esfera pública de ciudadanos libres e iguales.
Justamente Bohman, para ilustrar la superioridad de la deliberación pública
dialógica en el momento de resolver problemas, menciona “los dilemas de
la diferencia”. La acción afirmativa demostró la emergencia de políticas
para lidiar con desigualdades persistentes; así, esta clase de expansión del
discurso no procedimental ni formal sobre la igualdad también ocurrió en
debates sobre el bienestar social y la salud pública. Un gran ejemplo fue el
New Deal, que reinterpretó las medidas correctoras de la reconstrucción.
De esta manera, la deliberación sobre ese tipo de políticas redunda en una
gran toma de conciencia acerca de la diversidad de necesidades dentro del
Estado de Bienestar. Vemos entonces que la participación efectiva va más
allá de proporcionar formalmente a los individuos afectados la oportunidad
de articular las barreras particulares que los afectan personalmente.
27 - invierno 2012
70
STUDIA POLITICÆ
Por cierto, se debe dar cuenta de los procesos históricos de transformación
que hicieron posible la introducción de nuevas razones públicas en la par-
ticipación deliberativa, por medio de la inclusión, en la esfera pública, de
representantes de instituciones y de movimientos sociales. Así, en contras-
te con el compromiso previo o con modelos procedimentales, las solucio-
nes ofrecidas en largos procesos históricos de deliberación encajan con un
modelo de articulación: los contenidos básicos del marco constitucional
son preservados dentro de interpretaciones aún más ricas y complejas, en
las cuales las crecientes y diversas necesidades se convierten en partes
componentes. La reforma adecuada pudo tener lugar sólo cuando los afec-
tados fueron capaces de articular sus necesidades y experiencias en la es-
fera pública. Ninguna reflexión contrafáctica puede reemplazar el diálogo
público en el que se discuten los problemas desde la perspectiva de quie-
nes los padecen.
Por su parte, Rawls sostiene que el liberalismo político emerge de los con-
flictos entre doctrinas morales opuestas, especialmente durante las guerras
de religión de la Modernidad temprana y los debates sobre tolerancia reli-
giosa. Los valores irreconciliables se mantienen como conflictos latentes,
por lo que el liberalismo comienza con el reconocimiento de que tales
desacuerdos son una característica duradera de las sociedades contempo-
ráneas y, además, un elemento que no puede ser eliminado de sus institu-
ciones políticas: son desacuerdos de principio, no meramente de interés.
Por ello para Rawls debemos distinguir los conflictos políticos del plura-
lismo cultural en términos de su profundidad.
Sin embargo, para Bohman, hay acuerdo general sobre los procedimien-
tos democráticos para acordar políticamente tales diferencias normativas.
Los conflictos se convierten en profundos cuando desafían el marco bási-
co de las asunciones morales y de los procedimientos políticos. Estos
conflictos profundos vuelven imposible un mundo sin pérdida moral o
coerción legal. Entonces se abren interrogantes sobre “los valores irre-
conciliables”, resueltos de manera insuficiente por el liberalismo político
de Rawls: ¿qué rol juega la razón en tales deliberaciones, si los mismos
estándares de racionalidad son sujeto de interpretaciones profundamente
conflictivas?, ¿qué bases públicas de justificación son adecuadas a tal
pluralismo?
Por otra parte el “método de evitación” rawlsiano implica dejar de lado,
mediante algún mecanismo pragmático, los conflictos con respecto a los
cuales no es posible un acuerdo público. Pero sería un error interpretar los
compromisos previos, y otras herramientas prácticas para la obtención de
resultados, como el núcleo de la racionalidad de las constituciones demo-
cráticas y utilizarlas en todos los casos. Por tanto, ni el consenso super-
71
puesto ni el método de evitación parecerían ser suficientes para acordar la
cuestión de la base pública de justificación para solucionar conflictos cul-
turales profundos.
Bohman sostiene que los conflictos profundos sólo pueden ser resueltos
públicamente en tanto el liberalismo político sea revisado en dos sentidos:
si la concepción política de justicia se formula de manera más dinámica y
si la razón pública se constituye “plural” y no, “singular”. Ambas caracte-
rísticas están ausentes, no sólo en la obra de Rawls sino también en la de
Habermas, con su noción procedimental de razón comunicativa. Esto su-
cede porque una concepción genuinamente pluralista de la razón pública
niega un único “punto de vista público” para construir los compromisos
morales razonables necesarios que resuelvan los conflictos profundos en
las democracias.
Rawls plantea una sola razón pública basada en el uso humano de la ra-
zón, que incluye las capacidades y procedimientos de la razón, tales como
hacer inferencias, sopesar evidencia y balancear las consideraciones en
competencia. A esto se le suma la capacidad ampliada para el pensa-
miento kantiana, que permite el proceso crítico e imparcial de deliberación
y juicio desde el punto de vista de cualquiera. De esta manera, las razones
públicas, en una sociedad pluralista, no presupondrán alguna concepción
del bien particular, desde el momento en que tales razones no tendrán un
alcance público. Una vez más, para Bohman, el problema residiría en que
los usos políticos de la razón pública deben incluir una multiplicidad de
puntos de vista.
Ahora bien, Bohman sostiene que si una sociedad es diversa y, por lo tan-
to, se encuentra dividida, no existe una sola esfera pública sino una multi-
plicidad de públicos de diferentes subgrupos y culturas. Volvemos así al
problema planteado por Rousseau de la pluralidad de “sociedades parcia-
les”, cada una con su propia versión de un punto de vista público que pue-
da ser explicado imparcialmente a los demás. Estos conflictos producen
dilemas entre los grupos; pero ciertamente, en aras de ser democráticos,
los discursos públicos deben considerar todas las interpretaciones.
Para lidiar con conflictos culturales profundos, la razón pública debe ser
plural y convertirse en un producto más dinámico e histórico. Hay que te-
ner en claro que la razón pública puede ser singular y plural al mismo tiem-
po. Es singular si se representa como una norma única de la deliberación
pública; a la luz de esta norma, los agentes acuerdan sobre alguna decisión
por las mismas razones públicamente accesibles. En este sentido, Rawls
sostiene que hay muchas razones no públicas, pero sólo una razón pública.
Habermas también hace una lectura similar, cuando clama por un solo pun-
MARÍA PASTORE
27 - invierno 2012
72
STUDIA POLITICÆ
to de vista universal como la presuposición ideal del discurso práctico, o
una sola perspectiva idealmente extendida.
El ideal de una ciudadanía común sólo pretende que continúe la coopera-
ción y el compromiso. Un acuerdo plural mínimo, que implica la coopera-
ción y el intercambio de razones públicas, no produce el colapso de la de-
liberación pública en una suerte de compromiso o modus vivendi, que
tanto Habermas como Rawls rechazan. Una vez que la deliberación no
depende exclusivamente del ideal de un acuerdo singular, otra forma de
compromiso se vuelve el objetivo de la deliberación pública: un compro-
miso que es evidentemente moral. Así, la clave para lograr el pluralismo
en la deliberación pública es considerar que una decisión política es legí-
tima cuando los ciudadanos-deliberadores no necesitan obtener un resulta-
do de su proceso deliberativo en el cual todos converjan, sino que es sufi-
ciente para ellos asumir que, dadas las condiciones de la deliberación, los
resultados y decisiones permiten la cooperación con otros por diferentes
razones racionales. Sólo si trasciende las restricciones de la imparcialidad
y la singularidad, puede la razón pública ser una norma que resuelva los
conflictos de principio en las democracias pluralistas.
Sin embargo, existe para Bohman un fuerte impedimento. La pobreza po-
lítica designa una falla de capacidad en la deliberación pública: un grupo
muestra falta de habilidad para hacer uso efectivo de su influencia en el
proceso deliberativo. Para ser mínimamente efectivo, un deliberador debe
poder iniciar el diálogo público sobre el tema que le concierne. Además,
debe tener la habilidad de evitar ser excluido de la vida pública, y que sus
preocupaciones sean continuamente ignoradas. Por cierto, los ciudadanos
tienen la capacidad de evitar tales desventajas persistentes sólo si la igual-
dad política establece un umbral de acceso a los recursos deliberativos y a
las condiciones necesarias para el desarrollo de las capacidades públicas,
lo cual nos lleva directamente al tema de la desigualdad social.
Justamente, como la deliberación pública no es compatible con las des-
igualdades sociales persistentes, la igualdad política en la deliberación
puede servir como un estándar crítico de legitimidad democrática. Esto
resulta muy útil como una norma contrafáctica, porque implica un con-
junto de condiciones sociales y culturales necesarias para una delibera-
ción pública exitosa. Más aún, la distribución equitativa de los costos
morales y políticos de las decisiones es un buen indicador de la justicia
deliberativa.
Pero las desigualdades se han extendido de manera tan grande que produ-
cen pobreza política entre muchos grupos de ciudadanos. Dicha pobreza
en la deliberación redunda en exclusión pública, a la vez que en inclusión
73
política. Como la disputa requiere recursos y capacidades de los que los
ciudadanos empobrecidos carecen, la pobreza política crea un círculo vi-
cioso análogo a la pobreza económica que se reproduce en la delibera-
ción. Aunque los pobres no puedan ser “comprados”, sus resentimientos
tienden a apoyar a los demagogos y a los cambios rápidos y cíclicos en
los regímenes. Así, el análisis basado en las capacidades muestra que la
exclusión pública y la inclusión no voluntaria son medidas operacionales
de desigualdad política. La igualdad relativa es, por tanto, una condición
primaria para la estabilidad social, tanto para Rousseau como para Rawls
y para muchas propuestas de democracia económica. A partir de esta me-
dida, el poder político puede ser desigual para una cierta extensión de
ciudadanos. Por ello, la igualdad deliberativa requiere condiciones distri-
butivas que aseguren la participación efectiva de todo el público en el
diálogo.
Por cierto, la habilidad para iniciar actos de deliberación representa el
umbral básico para la igualdad política. Es por ello que los grupos persis-
tentemente desaventajados no tienen una razón pública para reconocer la
legitimidad del régimen con el que no están de acuerdo, pero cuyo poder
sobre ellos los hace sujeto de decisiones que no pueden ignorar. Tal falta
de habilidad para iniciar la deliberación pública es un fenómeno general
de la interacción asimétrica, tanto en la relación cara a cara como en el
diálogo. Llevados al plano latinoamericano, el voto es un derecho univer-
sal que todos ejercemos, pero quien padece los efectos de la desigualdad
social, se encuentra preso de sus necesidades económicas y su voto puede
ser influido desde las distintas instancias de poder. En este caso, se trata
de sobrevivir y no de decidir.
Siguiendo a Habermas, podemos denominar tales violaciones de la calidad
comunicativa y las restricciones en la comunicación pública “comunica-
ción sistemáticamente distorsionada”. Esta involucra la acción estratégica
latente y es el resultado de la confusión entre la acción orientada al enten-
dimiento y aquella orientada al éxito, es decir, de la acción estratégica y de
la comunicativa. El poder es entonces diádico: es la habilidad de imponer
los planes y objetivos de uno sobre los otros. Cuando las restricciones es-
tructurales de la comunicación están presentes en la interacción, las razo-
nes pueden producir un acuerdo que no sería aceptado bajo las condiciones
de publicidad, de modo que la comunicación distorsionada puede incluso
hacer posible el consenso necesario para una mayor cooperación y partici-
pación, sin coerción ni fraude. Por ello, las restricciones comunicativas
pueden limitar la participación de la gente y su efectividad en la esfera pú-
blica, de la misma manera que de ellas puede emerger una solución a situa-
ciones problemáticas. Vemos, entonces, que la comunicación puede resul-
MARÍA PASTORE
27 - invierno 2012
74
STUDIA POLITICÆ
tar restringida para algunos y beneficiosa para otros, porque las consecuen-
cias de las distorsiones en la comunicación pública pueden producir des-
igualdad comunicativa.
Por todo lo anterior, es claro que la comunicación es distorsionada cuando
la distribución social del poder y de los recursos socava las condiciones
para el éxito comunicativo. En este contexto, Habermas plantea la “situa-
ción ideal de comunicación”
5
: es una condición ideal de igualdad comuni-
cativa en la que todos los hablantes tienen las mismas posibilidades. Sin
iguales oportunidades para emplear todas las formas del habla, ningún
acuerdo puede ser considerado como no coactivo. Para Bohman, las condi-
ciones ideales deben ser repensadas a partir de las capacidades. La forma
más importante de igualdad de oportunidades comunicativas es la capaci-
dad de iniciar el debate público y la discusión en un tema. Esta capacidad
representa un umbral de inclusión política, ya que estos actos requieren una
gran habilidad comunicativa, considerables recursos culturales y un impor-
tante acceso al poder político y a sus instituciones.
Ahora bien, la pobreza viola una de las principales condiciones para la de-
liberación exitosa, que consiste en la expectativa de contribuir en la delibe-
ración pública. Para reconocer la legitimidad de las decisiones y estar moti-
vados a cooperar, los ciudadanos deben saber que sus contribuciones serán
respetadas y no condicionadas por las cuestiones de desigualdad social. De
este modo, entendemos por pobreza política la inhabilidad de participar
efectivamente en el proceso democrático, y su consecuente vulnerabilidad
para las decisiones. Como ya hemos señalado, sus efectos son la exclusión
pública y la inclusión política, porque estos actores están legalmente inte-
grados en los acuerdos deliberativos en los que, sin embargo, no tienen real
influencia. Se produce, además, una disputa pública inefectiva, lo cual crea
el círculo vicioso de la pobreza política. Justamente, su silencio se transfor-
ma en consentimiento.
Sen, en la mayoría de sus escritos, se refiere a la medida apropiada o
umbral, que toma en cuenta la capacidad del agente para convertir los
recursos en medios para alcanzar sus objetivos: tal medida de capacidad
constituye la “agencia”
6
. Las personas con pocos recursos necesitan de
5
La situación ideal del habla no es ni una construcción empírica ni una mera construc-
ción ideal, sino una suposición inevitable, recíprocamente establecida en el discurso.
Puede, aunque no necesariamente, ser contrafáctica, si es una norma operante efectiva-
mente en la comunicación (BOHMAN, 1996:269).
6
“Podemos considerar a la persona en términos de agencia, reconociendo y respetando
su capacidad para establecer objetivos, compromisos, valores, etc.” (SEN, 2003: 58).
75
la capacidad para actuar públicamente tanto como el logro del bienestar,
por lo que las democracias deben eliminar el funcionamiento inadecua-
do entre sus ciudadanos. Con respecto al tema de la deliberación, Sen
(2000) considera que la política de consenso social no sólo requiere que
las decisiones se basen en las preferencias individuales, sino que sean
sensibles al desarrollo de las preferencias y normas individuales. En
este escenario, son fundamentales el debate público y las interacciones
sociales en la formación de valores y compromisos compartidos. Las
ideas de justicia en los argumentos del debate público, a veces, resultan
en términos de acuerdo y otras, en inflexibilidad. Es importante advertir
que se pueden establecer acuerdos parciales, llegando a una solución
condicionada a determinadas cláusulas, sin que sea necesaria la unani-
midad, sobre todo cuando se comprende que las instituciones sociales
acordadas y las medidas económicas y sociales no ordenan todas las
posibilidades.
Sen establece que el mayor de los flagelos, el hambre recurrente, se ocasio-
na por la crisis de las relaciones sociales de derecho. Por su parte, para
Bohman, la mejor manera de evitar la crisis, es por medio del autogobierno
democrático, que impide la pérdida de control público sobre las redes dis-
tributivas. Así, para conjurar la pobreza política, es necesario recurrir a las
instituciones democráticas y a una esfera pública abierta, que puede crear
las condiciones para el cumplimiento de las expectativas políticas de efecti-
vidad. Cuando los grupos adquieren cierta posición en la esfera pública,
por medio de la habilidad de iniciar la deliberación democrática, comien-
zan a ser incluidos en la toma de decisiones.
Bohman introduce el concepto de períodos de renovación democrática, en
los que nuevos públicos organizan nuevas instituciones democráticas, y son
organizados por ellas. Hay un retraso temporal entre los públicos emergen-
tes que buscan reorganizar las instituciones y los públicos existentes. Así,
se crea una tensión entre estabilidad e innovación, similar a la fuerza mo-
triz que está detrás de la formación de cada nueva forma política. El públi-
co tiene que romper las formas políticas existentes; esto es difícil, porque
estas formas son los medios regulares del cambio institucional (Dewey,
1988). El intercambio entre los nuevos públicos y las instituciones estables
sucede cuando surgen fuentes de innovación, porque las instituciones se
vuelven rutinarias. Este intercambio tiene dos formas: por la expresión de
los críticos sociales y/o por la emergencia de movimientos sociales o la for-
mación de un nuevo público.
Una vez que la esfera pública es amplia y pluralista, importa señalar la
acción de grupos de actores públicos en movimientos sociales y asocia-
MARÍA PASTORE
27 - invierno 2012
76
STUDIA POLITICÆ
ciones, que están orientados a la esfera política pública. Estos actores
colectivos se entienden a sí mismos como parte de una esfera más am-
plia, conformada por grupos de ciudadanos. En este contexto, un ciuda-
dano se concibe como parte de una esfera pública que consiste de otros
ciudadanos, cada uno con identidades grupales y lealtades, los cuales
podrían ser potenciales cooperadores. En las grandes sociedades con-
temporáneas, los grupos antes que los individuos originan las nuevas
formas de comunicación e introducen nuevos temas en la discusión pú-
blica. Si estos actores son exitosos, un nuevo público cívico logra una
nueva comprensión, no sólo de un tema, sino también de los términos de
su vida en común.
Así, los movimientos sociales no sólo agrupan recursos, sino que al mis-
mo tiempo introducen temas y necesidades no contempladas por las ins-
tituciones. Los grupos exitosos deben emplear las normas de publicidad,
tales como la razonabilidad y la generalidad, para lograr convencer a los
demás. Deben participar en las ocasiones en las que el público delibera,
aunque frecuentemente tal evento no esté directamente bajo el control
del movimiento. Disputando la interpretación de tales eventos, se produ-
cen los cambios en la opinión pública. Por ello, los movimientos socia-
les deben desafiar el statu quo y mostrar nuevos significados; el nuevo
público debe proveer un nuevo marco para la deliberación pública, un
esquema interpretativo alternativo, que defina los problemas e intente
posibles soluciones. La disputa por las definiciones públicas es la clave
del debate.
Por todo ello, la revelación y la innovación, según Bohman, hacen posible
entender la racionalidad del cambio social y político. Así, puede verse el
contraste entre una relación reveladora y una rígida; esta última implica
las patologías del razonamiento, percepciones y expresión marcados por
una rigidez especial y por la carencia de multidimensionalidad. Sin embar-
go, un público puede reformar las instituciones sólo si logra movilizar una
mayoría deliberativa.
En términos políticos, los períodos de verificación pública siguen a even-
tos reveladores. El requerimiento democrático de la verificación pública
es parte del test que demuestra que los nuevos movimientos pueden pro-
vocar y promover la cooperación continuada. Al mismo tiempo, no obs-
tante, esos períodos abren canales para la resistencia a través de los cuales
los ciudadanos y actores estatales pueden movilizarse, para disputar al pú-
blico en formación. La capacidad de resistencia de los públicos viejos es
el precio de la estabilidad de las instituciones democráticas, en períodos
en los que la innovación no es requerida.
77
MARÍA PASTORE
Los críticos abren el campo de significados y acción introduciendo nuevos
temas, por lo que no sólo interpretan el mundo sino que lo cambian con su
crítica. Aquí, el mundo es el background cultural y el contexto que infor-
man las instituciones y los entendimientos dados por sentado. En el caso
de cambios políticos profundos, la fuente de muchos períodos extraordina-
rios de legislación democrática es la reafirmación de la soberanía popular
contra la resistencia de las formas rígidas de institucionalización y de las
enraizadas relaciones de poder.
En tales situaciones, se puede capturar el dinamismo del público, mos-
trando la superioridad de lo dialógico sobre los modelos procedimentales
y de compromiso. Estas revoluciones o renovaciones democráticas
7
son
exitosas, en gran parte, porque los actores públicos descubren el discurso
político, retórico y crítico correcto con el cual iniciar, en una comunidad
ampliada, la deliberación sobre eventos cruciales. En esos casos, se ini-
cian enormes períodos de lucha y conflicto, antes de cada transforma-
ción. No es inusual que tales períodos de “política constitucional” se ca-
ractericen por apelaciones morales, que son usualmente consideradas
“más elevadas” que la ley existente, y llaman la atención sobre una injus-
ticia vigente. La injusticia se convierte en problemática, iniciando la deli-
beración pública y la demanda de repensar el marco de las normas demo-
cráticas fundamentales.
Bohman propone la “revelación” como constituyente del lado innovador
del aprendizaje social, típico del uso público de la razón. En fases anterio-
res, las instituciones no pueden reflejar, articular u organizar la opinión
pública, la cual, en períodos de cambio, se forma por medio de la delibe-
ración de la sociedad ampliada, y así reorganiza y recrea las bases públi-
cas de las instituciones.
En esos momentos, la democracia radical y la soberanía popular están
concisamente reafirmadas, aun en el marco institucional existente. El pú-
blico ejercita su total dirección en estos períodos: la democracia es real-
mente radical sólo durante las crisis constitucionales e institucionales, en
el sentido de que los marcos operativos, interpretativos e institucionales
cambian a través de la deliberación pública y del aprendizaje. El espacio
para la democracia radical depende de la capacidad del público para ape-
lar a su principio de autocrítica de la soberanía popular, precisamente en
7
BOHMAN se refiere al argumento de ACKERMAN (1992), quien señala que hubo tres re-
voluciones en los Estados Unidos que cristalizaron como experiencias históricas para-
digmáticas: la fundación de la república, la guerra civil, la gran depresión y el New Deal
(BOHMAN, 1988: 230).
27 - invierno 2012
78
STUDIA POLITICÆ
esos momentos, cuando las instituciones ya no están abiertas para todo el
espectro de la opinión pública.
Finalmente, queda en claro que la esfera pública es la fuente primaria de
innovación y aprendizaje en la democracia deliberativa. Así, uno de los
roles vitales de la esfera pública es que los ciudadanos puedan detectar y
problematizar las maneras en que la deliberación falla, como resultado
de entendimientos culturales y debido a limitaciones institucionales. En
esos momentos cruciales en que la revelación de nuevos entendimientos
es necesaria, debe ser posible que emerjan nuevos públicos para poner
nuevos temas en la agenda pública, y así desafiar los entendimientos dis-
ponibles.
Bohman concluye que la democracia deliberativa implica grandes deman-
das para los ciudadanos ordinarios y para las instituciones políticas. Los
obstáculos que se le presentan —pluralismo, complejidad, graves conflic-
tos sociales y de desigualdad, instituciones poderosas y una esfera pública
fuertemente contestataria— requieren ir más allá de los orígenes cívico-re-
publicanos kantianos de las teorías de la democracia deliberativa, ya que
esas concepciones de razón pública no pueden resolver los nuevos desafíos
de las democracias contemporáneas.
El éxito de la democracia deliberativa depende de la creación de condicio-
nes sociales y de arreglos institucionales que fomenten el uso público de la
razón. La deliberación es pública cuando estos acuerdos permiten el diálo-
go libre y abierto entre los ciudadanos, quienes emiten juicios informados
y razonados sobre maneras de resolver situaciones problemáticas. Así, se
pueden utilizar los mecanismos dialógicos que hacen creíbles las razones
públicas y los acuerdos cooperativos. Basando este proceso en el objetivo
pragmático de la cooperación continua de ciudadanos políticamente igua-
les, se ofrece un ideal de democracia deliberativa menos normativo que el
de los planteos kantianos o comunitarios. Esto nace de considerar la deli-
beración pública primariamente como una actividad articulada en forma so-
cial, dinámica y realizada por un sujeto plural; precisamente, la clase de ac-
tividad que es mantenida por el “toma y daca” de razones que mejoran la
calidad de la justificación de las decisiones políticas.
Asimismo, el proceso dialógico debe tener lugar en un marco institucional
e interpretativo en continua revisión; el diálogo entre el público deliberati-
vo y las instituciones que organizan la deliberación mantienen este marco
abierto y democrático. En caso contrario, la democracia pierde su capaci-
dad de generar poder político legítimo, porque el diálogo permite la inno-
vación y el cambio, volviendo las instituciones más responsables y efecti-
vas. No obstante, la opinión pública emerge fuera de las instituciones
79
organizadas cuando las necesidades del público no se encuentran ampara-
das en el marco existente.
Notas finales sobre la democracia deliberativa. Conclusión.
Luego de examinar varias miradas acerca de la democracia deliberativa,
podemos concluir que sin duda, una vez más, Habermas abre el camino
para una nueva propuesta teórica
8
. Como lo dictan sus orígenes kantia-
nos, recreando las bases para una conciliación entre el individuo y su co-
munidad, entiende el valor fundamental liberal en cuanto al respeto hacia
el individuo y su variedad de formas de identificación, forjadas en el plu-
ralismo. Asimismo, encuentra que el liberalismo encierra una fuerte para-
doja: es la única doctrina que históricamente pudo plasmarse a través de
la institucionalidad democrática. A su vez, significó la puesta en eviden-
cia de sus contradicciones, con un capitalismo implacable que llevó a la
formación de una democracia de tipo formal, o dicho en términos más ac-
tuales y menos connotados, a un régimen electoral que requiere para sí de
la apatía ciudadana y de la autopoiesis de la clase política. Es el reino de
la política despolitizada, la actividad que perdió su potencialidad de
transformación, que se “congeló” en un procedimiento para elegir autori-
dades, en tanto y en cuanto guarda ciertas formas marcadas por el sello
de la “eficacia”.
Por otro lado, al tomar la otra tradición de discurso, la republicana, en-
cuentra muchos de los méritos que la liberal no pudo, o no quiso, mante-
ner: la participación ciudadana como virtud y la política como actividad
por excelencia para el compromiso colectivo con bienes generalizables.
Aunque rápidamente el republicanismo tomó la forma de ideal, nunca
concretado realmente en la historia; tal vez, por su excesiva exigencia
con respecto a las virtudes de las que deberían hacer uso los ciudadanos
—ya no, individuos—, como partes anónimas, conformadoras del todo
armónico social.
Entonces, Habermas busca una síntesis posible y la encuentra en el modelo
de democracia deliberativa. A partir de él, variados autores surgen para
apoyar o criticar su propuesta; pero esta ya forma parte del debate de los
8
Como plantea Elster, la idea de democracia deliberativa adquiere nueva vigencia debi-
do principalmente a la “influencia de Jürgen Habermas”, ya que gracias a él la idea de
que la “democracia gira en torno de la transformación y no en torno de la mera acumula-
ción de ideas” se ha convertido “en una de las posturas principales de la teoría democrá-
tica” (ELSTER, 2001: 13).
MARÍA PASTORE
27 - invierno 2012
80
STUDIA POLITICÆ
últimos años de la teoría política, como respuesta para solventar una mejor
democracia posible.A pesar de que cada autor intenta aplicar nuevos enfo-
ques, se pueden encontrar numerosas coincidencias, que merecen tomarse
en cuenta para su análisis y su posible síntesis teórica.
Entre las coincidencias puede hacerse un bosquejo de lo que sería el mo-
delo deliberativo, con casi todos sus componentes posibles. Esta concep-
ción parte, por lo general, de una filosofía liberal, debido a que apunta a
una crítica excluyente al republicanismo en cuanto tradición, que exige la
definición de un único bien común, exigencia contraria a la realidad de
sociedades pluralistas y complejas; además requiere de un grado de virtud
cívica que se considera irrealizable, posiblemente debido a la constata-
ción histórica de que el hombre, desde la Grecia antigua, no comparte el
ideal organicista, sino que resulta más compatible con nuestra tradición
cultural individualismo racionalista. Es por ello que plantea sus exigen-
cias como exorbitantes, impropias del hombre contemporáneo.
A partir de la consideración del hombre como libre, igual y racional, sur-
ge la idea del respeto irrestricto del pluralismo razonable. Cada individuo
deberá tener garantizado el derecho a la tolerancia, a partir de la profe-
sión libre de su doctrina filosófica, moral y/o religiosa, en tanto y en
cuanto sea esta razonable, es decir, no contravenga la idea de una socie-
dad como un sistema de cooperación, en el que deben prevalecer los va-
lores políticos de la democracia por sobre los intereses personales, los
cuales también tendrán su lugar en tanto puedan ser generalizables. De
esta manera, se lograría la conciliación entre intereses individuales y co-
lectivos.
La deliberación persigue un acuerdo racionalmente motivado, a partir de
una normatividad procedimental. Ello se debe a que se intenta la construc-
ción de una voluntad común, a partir de presupuestos comunicativos o
dialógicos —propios de la deliberación— para lograr la justificación de
nuestros intereses pasibles de generalización, a partir de la argumentación,
la razón y la crítica. Todos estos pasos son necesarios para cumplimentar
la condición de que las normas que surjan de la deliberación puedan ser
aceptadas por todos, participen o no en ella, aunque sea por motivos dis-
tintos, porque responden a intereses generalizables. De esta manera, el
imperativo categórico cobra una fuerte actualidad: nuestra voluntad libre
decide aquello que podría ser elevado como máxima universal. Esto dará
legitimidad a las decisiones tomadas.
Sin embargo, en este punto los enfoques tienden a dividirse. La idea de
llegar a un acuerdo se vincula, para Rawls, Habermas, Cohen y Nino, con
el logro de la imparcialidad. Para otros, este principio se toca con el de la
81
unanimidad, por lo que consideran que se debe debilitar tamaña exigencia,
esperando tan sólo que continúe la cooperación y que, a partir de un con-
senso público, se logre un compromiso moral.
Este predicamento entre unanimidad y decisión lo resuelve la regla de la
mayoría a partir del voto. Todos los autores aceptan que la deliberación
tiene un tiempo político que debe ser respetado, por lo que, en última ins-
tancia, la decisión se toma por mayoría. Esto no le quita legitimidad a la
decisión, debido a que se comprende la posibilidad de llegar a distintas
conclusiones por medio de la argumentación; pero las minorías, que no
ven reflejada su opinión en esta oportunidad, podrán seguir luchando en el
espacio público, lo que debería garantizar su apoyo a las decisiones mayo-
ritarias hasta que les llegue el momento de convencer al resto.
Otro de los puntos que provoca divergencias es el referido al uso público
de la razón. Tanto para Rawls como para Habermas y para Nino, existe
la posibilidad de arribar a un consenso superpuesto, a un punto de vista
moral o a un punto de vista imparcial. Para los otros autores, los puntos
de vista son siempre plurales ya que existen diversas alternativas genui-
nas para resolver una situación conflictiva; el tema es cuál obtiene apoyo
mayoritario a partir de razones justificables, en clave de intereses genera-
lizables.
Existen otros puntos de acuerdo. Todos los autores tienden a considerar el
influjo de las condiciones sociales e históricas como formadoras de los
contextos deliberativos. Coinciden también en que las condiciones socia-
les, sin un umbral de igualdad, obstaculizan, cuando no nulifican, la deli-
beración para amplios sectores de la sociedad. En este punto, es Bohman
quien más enfáticamente trata el tema de la desigualdad social. Para él, la
igualdad política se verificará cuando cualquier grupo pueda iniciar el diá-
logo, para lograr así el respeto público y la igualdad en la deliberación. En
este sentido, deben lograr que su protesta sea considerada por el resto
como un problema social, atrayendo a la arena política nuevos temas e in-
terpretaciones. Esta es una tarea llevada a cabo más eficazmente por los
movimientos sociales que por grupos aislados —tema ya preconizado por
Habermas—, ya que los movimientos abren nuevos espacios de participa-
ción política al establecerse como nuevos públicos.
Es fundamental la tarea de los movimientos sociales en las democracias
deliberativas, debido a que si no reaccionan con las interpretaciones dadas
por sentado, muchos seguirán siendo excluidos públicamente, pero inclui-
dos políticamente.
Asimismo estos movimientos sociales encarnan los períodos de renova-
ción democrática por medio de ciclos de protesta, en los cuales se produ-
MARÍA PASTORE
27 - invierno 2012
82
STUDIA POLITICÆ
ce la “revelación”, que implica el cambio en la interpretación del mundo
mediante la transformación de los marcos deliberativos, con el propósito
de restaurar la cooperación social. Para amplificar una demanda en las
complejas sociedades actuales, se necesita de los medios masivos de co-
municación, que pueden ser tan útiles como perversos.
Creemos que los teóricos que defienden el modelo deliberativo confían tan-
to en el potencial del individuo, como en el de la transformación de las ins-
tituciones democráticas. En el derrotero de la lucha por más igualdad y li-
bertad habrá avances y retrocesos, pero debe mantenerse la firme
convicción de que el camino es siempre hacia delante, rompiendo, de esta
manera, el círculo vicioso de la impotencia.
Bibliografía
ACKERMAN, B. (1999), La política del diálogo liberal. Barcelona: Gedisa.
———. (1992), We the People. Harvard: Harvard University Press.
BOHMAN, J. (1996), Public deliberation. Pluralism, complexity and democracy. Cam-
bridge, Massachussets: The MIT Press.
———. (2000), “Distorted Communication: Formal Pragmatics as a Critical Theory”.
En: HAHN, L.: Perspectives on Habermas. Indianapolis: Open Court.
———. (2000), “La democracia deliberativa y sus críticos”. En: Revista Metapolítica,
vol. 4, n° 14, México.
COHEN, J. (1989), “Deliberation and Democratic Legitimacy”, en: HAMLIN, A. y PETTIT,
B. (eds.): The Good Polity. Oxford: Oxford University Press.
———. (2001), “Democracia y libertad”, en: ELSTER, J. (comp): La democracia delibe-
rativa. Barcelona: Gedisa.
ELSTER, J. (1990), Racionalidad, moralidad y acción colectiva. En: Zona Abierta, N°
54/55.
ELSTER, J. (comp.) (2001), La democracia deliberativa. Barcelona: Gedisa.
———. (1998), “Arguments for Constitucional Choice”, en: ELSTER, J. y SLAGSTAD, R.
(comps): Constitucionalism and Democracy. Studies in Rationality and Social
Change. Cambridge: Cambridge University Press.
HABERMAS, J. (1981), La reconstrucción del materialismo histórico. Madrid: Taurus.
———. (1982-a), Historia y crítica de la opinión pública. Barcelona: Gustavo Gilli.
———. (1982-b), Conocimiento e interés. Madrid: Taurus.
———. (1985), Conciencia moral y acción comunicativa. Barcelona: Edicions 62.
———. (1986), Perfiles filosófico-políticos. Madrid: Taurus.
———. (1987), Escritos políticos. Barcelona: Península.
———. (1988-a), Teoría y praxis. Madrid: Tecnos.
———. (1988-b), La lógica de las Ciencias Sociales. Madrid: Tecnos.
83
HABERMAS, J. (1989), El discurso filosófico de la modernidad. Madrid: Taurus.
———. (1990-a), Sobre la relación entre política y moral. Madrid: Almagesto-rescate.
———. (1990-b), Pensamiento postmetafísico. Madrid: Taurus.
———. (1990-c), Identidades postnacionales y nacionales. Madrid: Tecnos.
———. (1992), “Ciudadanía e identidad nacional: algunas reflexiones sobre el futuro
de Europa”, en: Praxis Internacional, Nº 12, pp. 1-19.
———. (1994-a), Ciencia y tecnología como “ideología”. Madrid: Tecnos.
———. (1994-b): Tres modelos de democracia. Sobre el concepto de una política deli-
berativa. Valencia: Episteme S.L., vol. 43.
———. (1995), Problemas de legitimación en el capitalismo tardío. Buenos Aires:
Amorrortu.
———. (1996): Conciencia moral y acción comunicativa. Barcelona: Península.
———. (1998-a), Facticidad y validez. Sobre el derecho y el Estado democrático de de-
recho en términos de teoría del discurso. Madrid: Trotta.
HABERMAS, J. y RAWLS, J. (1998-b), Debate sobre el liberalismo político. Barcelona:
Paidós.
HABERMAS, J. (1998-c), Between Facts and Norms. Contribution to a Discourse Theory
of Law and Democracy. Cambridge, Massachusetts: MIT Press.
———. (1999-a), Teoría de la acción comunicativa. Crítica a la razón funcionalista.
Bogotá: Taurus.
———. (1999-b), La inclusión del otro. Estudios de teoría política. Barcelona: Paidós.
———. (1999-c), “Introduction”, en: Ratio Juris, 12, N.° 4, pp. 329-335.
———. (2000), La constelación posnacional. Ensayos políticos. Barcelona: Paidós.
———. (2001), “Constitutional democracy”. En: Political Theory, vol. 29, N° 6. Sage
Publications.
———. (2002), Acción comunicativa y razón sin trascendencia. Buenos Aires: Paidós.
HABERMAS, J. (2004), Tiempo de transiciones. Madrid: Trotta.
HORKHEIMER, M. (1974), Eclipse of Reason. New York: Seabury.
———. (1982), Critical Theory. New York: Seabury.
NINO, C. (1997), La constitución de la democracia deliberativa. Barcelona: Gedisa.
RAWLS, J. (1986), Justicia como equidad. Materiales para una teoría de la justicia. Ma-
drid: Tecnos.
———. (1993), Teoría de la Justicia. Buenos Aires: FCE.
———. (1996-a), Liberalismo político. México: FCE.
———. (1996-b), “La justicia como equidad: política, no metafísica”. En: Ágora, Nº 4.
Buenos Aires.
RODRÍGUEZ, R. y LERUSSI, R. (2002):, Notas sobre la democracia deliberativa en torno a
la propuesta de J. Habermas, Córdoba, Universidad Nacional de Córdoba - Secreta-
ria de Ciencia y Técnica.
ROUSSEAU, J. J. (1992-a), El contrato social. México: Porrúa.
MARÍA PASTORE
27 - invierno 2012
84
STUDIA POLITICÆ
ROUSSEAU, J. J. (1992-b), Discurso sobre el origen de la desigualdad de los hombres.
México: Porrúa.
SEN, A. (1992), Inequality reexamine. Oxford: Claredon Press.
———. (2000): Desarrollo y libertad. Buenos Aires: Planeta.
———. (2003): Sobre ética y economía. Madrid: Alianza.
Fecha de recepción: 13/03/2010.
Fecha de aceptación: 17/08/2011.