
80 STUDIA POLITICÆ Nº 59 otoño 2023
Al contrario de lo que supone, por ejemplo, Althusser (2012, pp. 346-348),
Rousseau no maniesta una preferencia por la democracia como forma de
gobierno, de la misma manera que tampoco lo hace con la monarquía o la
aristocracia. El criterio del lósofo ginebrino es más bien otro del orden de
lo relativo: “En todo tiempo se ha discutido mucho sobre la mejor forma de
gobierno, sin considerar que cada una de ellas es la mejor en ciertos casos,
y la peor en otros” (2010a, p. 91). Parece que no hay una forma de gobierno
que sea mejor que las demás por sí misma: cada una de ellas puede ser buena
o mala según del contexto o la coyuntura en que se desenvuelve. Hay muchas
variables que inciden en esta elección. Rousseau menciona, a priori, una que
tiene que ver con el tamaño del Estado: a los pequeños les conviene la demo
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cracia, a los medianos la aristocracia y a los grandes la monarquía.
De hecho, si enfocamos nuestra atención estrictamente sobre el régimen de
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mocrático, puede advertirse con facilidad que el propio Rousseau no demues-
tra un gran optimismo por ella
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. Cuando se detiene sobre la democracia, el
pensador advierte que, aunque el gobierno le pertenezca a todos o a la mayo
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ría
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, en ella quien hace las leyes no debe ejecutarlas, ya que sería un craso
error. Eso sería peligroso porque haría que lo general y lo particular entren
en contacto y, por lo tanto, se correría el riesgo de que la voluntad particular
pueda llegar a inuenciar a la voluntad general, viciándola y pervirtiendo su
espíritu. A su vez, también podría derivar en un abuso de poder por parte de
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En este punto, Caram (2012) recalca una distinción entre el régimen político en Rousseau,
distinto de la forma de gobierno, lo que le permite armar que, según el primero, toda co-
munidad política es siempre democrática, mientras que, de acuerdo a la segunda, el Estado
puede organizarse, en lo que concierne estrictamente al gobierno, de forma variada, esto es,
como monarquía, aristocracia o democracia (pp. 149-150). Por más productiva que dicha
diferenciación pueda resultar, contraargumentamos que la misma no existe como tal dentro
del pensamiento de Rousseau y hace discernir dos elementos (régimen político y forma de
gobierno) que, como tales, no se discriminan nítidamente entre sí.
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Cabe destacar aquí también la ausencia de las mujeres en la propuesta rousseauniana. De
acuerdo al libro V del Emilio o De la educación, “una vez que se ha demostrado que el hom-
bre y la mujer no están ni deben estar constituidos igual, ni de carácter ni de temperamento,
se sigue que no deben tener la misma educación” (Rousseau, 2014, p. 573). A su vez, unas
páginas más adelante, Rousseau refuerza esta idea de que las mujeres deben tener una edu-
cación y formación distinta a la de los hombres al agregar que ellas deben ser educadas con
menos contenidos que los hombres cuando arma que las mujeres “deben aprender muchas
cosas, pero sólo las que les conviene saber” (Rousseau, 2014, p. 575). Para abundar más al
respecto, cfr. Calderón Quindós (2005), Piau-Gillot (1981) y Weiss (1987).