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Adriana Gallo
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Resumen
En los últimos tiempos, diversos países de América Latina
atravesaron sucesivamente por una profunda crisis integral
de la política que provocó caídas anticipadas de gobiernos y
colapsos institucionales. No obstante las diferencias entre
cada uno de los contextos particulares, el denominador co-
mún fue la emergencia de un quebranto en los vínculos au-
toritativos, que condujo al establecimiento de fórmulas que
llevaban implicadas la postulación de la capitulación defini-
tiva de toda autoridad política.
En este trabajo nos circunscribiremos fundamentalmente al
análisis teórico del concepto de autoridad. De este modo,
nos plantearemos la cuestión de la autoridad política, en
abstracto y a partir de allí procuraremos entender qué dispo-
sitivos institucionales y simbólicos fallan cuando se produce
una crisis en la relación de autoridad.
La crisis de autoridad en las
democracias latinoamericanas
Un abordaje teórico a la concepción
normativa de autoridad
STUDIA POLITICÆ Número 08 ~ otoño 2006.
Publicada por la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales,
de la Universidad Católica de Córdoba, Córdoba, República Argentina.
Código de Referato: SP.32.VIII-IX.educc/2006.
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Becaria CONICET.
STUDIA POLITICÆ
08 ~ otoño 200644
Abstract
Lately several Latin American countries have gone through
profound political crises which have caused early downfa-
lls of governments and institutional collapses. In spite of
the differences in specific context, the common denomina-
tor was the weakening of bonds with authority, which led
to the setting up of formulas which implicitly carried the
definitive breakdown of all political authority. In this pa-
per we shall limit ourselves mainly to the theoretical
analysis of the concept of authority. Thus we shall ques-
tion the issue of political authority in the abstract and from
there we shall try to understand which institutional and
symbolic devices fail when a crisis in the relations with
authority occurs.
Introducción
E
n los últimos tiempos, diversos países de América Latina
atravesaron sucesivamente por una profunda crisis integral
de la política —inédita en algunos de ellos, reiterada en
otros— que provocó caídas anticipadas de gobiernos y colapsos
institucionales. No obstante las diferencias entre cada uno de los
contextos particulares, el denominador común fue que el inusita-
do rechazo hacia la clase dirigencial y la disconformidad con los
mecanismos institucionales que establecen el accionar de las auto-
ridades democráticas, generó un quebranto de los vínculos entre
quienes poseen autoridad y aquellos que deben sujetarse a ella.
Este trabajo ha estado inspirado, primordialmente, en la debacle
política de la Argentina de los año 2001 y 2002; en ese momen-
to, el demoledor colapso financiero y la usurpación de ahorros y
beneficios de una importante porción de la población, ocasionó
la renuncia forzada del presidente Fernando De la Rúa y sumió
al país en una profunda crisis, de la cual paulatinamente se ha
ido recuperando. No obstante, a partir de entonces se produjo un
cambio en el modo en que los ciudadanos se vinculaban con sus
autoridades políticas, haciendo aparecer en el escenario nuevos
actores sociales que rechazaban las estructuras tradicionales de
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representación política e impugnaban cualquier referencia al
universo partidario, como asambleas barriales, movimientos pi-
queteros, agrupaciones sectoriales, asociaciones vecinales, etc.
Estos diversos sectores, hermanados en la enigmática consigna
‘que se vayan todos’ (presentada como la consecuencia del has-
tío producido a partir de los hechos mencionados), buscaron de
este modo suprimir todo tipo de intermediación política —sin
aclarar modalidades de reemplazo y sustitución de los poderes
formales del Estado— arribando a un modelo cercano al autogo-
bierno del pueblo, que llevaba implicado la idea de negación de
la autoridad política.
Por otro lado, partiendo de circunstancias diferentes, cabe men-
cionar los casos de Bolivia y Ecuador, dos países históricamente
perturbados y revueltos, en los cuales, durante el año pasado,
también se vivenciaron renuncias forzadas de sus respectivos
presidentes, ante situaciones de polarización y enfrentamiento
entre agrupaciones étnicas y regionales. En Bolivia, a la debili-
dad y falta de institucionalización de su sistema partidario se le
sumó la territorialización y localización del conflicto político.
Esto se tradujo en una discordancia entre las fuerzas neopopulis-
tas representadas en los órganos institucionales de poder, y con-
llevó a la proliferación de liderazgos locales. La apremiante si-
tuación económica de la mayoría de la población condujo a un
rechazo hacia los sectores que avalaron la apertura económica y
la liberalización comercial, al punto que dos presidentes, Sán-
chez de Losada, en 2003 y Mesa, en 2005, tuvieron que renun-
ciar en medio de masivas manifestaciones de protesta. Así es
que, la hostilidad y la desconfianza entre los diferentes regiones
y grupos étnicos y los actores políticos establecidos ha constitui-
do una amenaza a la unidad del país —que probablemente recién
en este momento está encontrando la clave para revertir este fe-
nómeno— provocando una desavenencia en los vínculos de auto-
ridad.
En Ecuador, otro caso que experimenta una extrema desigualdad so-
cial y un sistema de partidos incoativo, Lucio Gutiérrez se transfor-
mó en el tercer presidente consecutivo que se vio forzado a renun-
ciar tras enfrentar protestas populares, en una muestra de las
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exorbitantes dificultades de gobernabilidad que sufre el país (Alco-
nada Mon, 2005). En un comienzo, Gutiérrez había podido forjar un
eje a partir del cual las fuerzas coligadas se alinearan detrás suyo,
fundado en las reivindicaciones de su base electoral. De todas ma-
neras, el problema fue que la excesiva fragmentación y la radicali-
zación del planteo inicial, redujo la capacidad real de gobierno, y fi-
nalizó en la caída del presidente y en la constatación de la dificultad
que implica lograr la aceptación y permanencia de una fórmula au-
toritativa adecuada a sectores políticos y sociales lábiles y endebles.
En suma, para abordar la problemática de la crisis de autoridad
política común a estos casos diferentes habría preliminarmente
que resaltar que a lo largo de muchas décadas, la respuesta a tales
controversias hubiese sido indefectiblemente la irrupción de go-
biernos militares de facto; contrariamente, hoy en día, en nuestro
continente la forma política democrática ha prevalecido y ha echa-
do raíces, pese a las agudas crisis y derrumbamientos anticipados
de gobiernos.
Esto tiene múltiples implicancias: por un lado, significa que fren-
te a un desequilibrio entre demandas sociales y capacidad de res-
puesta gubernamental, se busca obtener una salida dentro de los
canales democráticos, lo cual, sin lugar a dudas tiene connotacio-
nes positivas. Empero, esto también ha llevado a que se naturali-
zara la coexistencia de instituciones democráticas con situaciones
de profunda crisis y debilitamiento de los lazos de autoridad y re-
presentación política.
De cualquier modo, en este trabajo no profundizaremos en los
múltiples factores sociales, económicos y políticos que condujeron
a las diversas situaciones críticas y escenarios conflictivos, sino
que intentaremos plantearnos la cuestión de la autoridad política,
en abstracto y a partir de allí entender qué dispositivos institucio-
nales y simbólicos fallan cuando se produce una crisis en la rela-
ción de autoridad.
Por un lado, la idea de crisis de la autoridad política se relaciona
con la percepción generalizada de una ausencia de control hacia
quienes ejercen la autoridad pública, en especial aquellos que ocu-
pan los más altos cargos gubernamentales. La idea subyacente es
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que no se establece una accountability horizontal
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, es decir, no
existen agencias estatales encargadas de velar por el cumplimiento
de las leyes, lo cual consiguientemente, repercute en una profunda
desconfianza en los gobernantes y en una abulia política en general.
Efectivamente, el reconocimiento y respeto por las autoridades
políticas constituye una pieza clave en el establecimiento de cual-
quier poliarquía formalmente
institucionalizada
3
; por tal razón, en
América Latina ha prevalecido un tipo de democracia intermiten-
te, de baja intensidad, que, al no haber podido resolver las persis-
tentes tensiones entre la legitimidad de la autoridad del Estado y
de quienes ocupan altos cargos dirigenciales, ha generado un fuer-
te distanciamiento entre la esfera del sistema político y la esfera
de lo social. A la vez, esto se ha conjugado con el declive mun-
dial de la política de masas, articulada por identidades ideológicas,
vinculada a una concepción orgánica de pueblo, con un fuerte
componente solidario y enlazada con alguno de los grandes rela-
tos políticos de la Modernidad.
Por otro lado, la disconformidad con los mecanismos legales e
institucionales que establecen el accionar de las autoridades polí-
ticas suscitó una pérdida de representatividad de los partidos polí-
ticos —que han de ser los núcleos que entretejen de un modo
constante y permanente a la sociedad con el régimen político (Al-
cántara Sáez, 2002)— los cuales tuvieron mayores dificultades
para ejercer sus roles constitutivos y dejaron de ser los únicos de-
positarios de la voluntad política de la ciudadanía.
Consecuentemente, se generó, por parte de la sociedad civil, una
búsqueda de instrumentos de acción política alternos que favore-
2
Según Guillermo O’ Donnell (1997) implica la idea de que los gobernantes es-
tán sujetos a la obligación de rendir cuentas de su gestión y responsabilizarse le-
gal y políticamente por ella, no solamente en el momento de las elecciones sino
continuamente, frente a diversas organizaciones sociales y públicas.
3
La poliarquía, para Robert Dahl (1987), consiste en un conjunto de siete insti-
tuciones, a saber: 1) Electividad de los cargos públicos importantes. 2) Eleccio-
nes libres, limpias y regulares. 3) Sufragio universal. 4) Derecho a postularse
como candidato a los cargos públicos. 5) Libertad de expresión. 6) Fuentes de in-
formación variadas. 7) Libertad de asociación.
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cieran y estimularan la presencia no mediatizada del ciudadano
independiente (por ejemplo, mandatos imperativos y revocables,
iniciativa popular en las decisiones, mecanismos de control popu-
lar, etc.), con el objeto de amortiguar los efectos de la crisis. Sin
embargo, esto se combinó con un desentendimiento, por parte de
una gran cantidad de ciudadanos, respecto a los asuntos públicos,
con una delegación progresiva de poder y con un consiguiente res-
guardo en la esfera privada en donde las acciones colectivas ten-
dieron a circunscribirse a hechos puntuales.
En definitiva se gestó una sociedad civil que rechazaba a la prác-
tica política como el instrumento apropiado para transformar la
vida de la gente, como espacio de encuentro y de fijación de
orientaciones, y como campo legítimo en el cual se determina la
conducción de la sociedad en su conjunto.
Recapitulando, como la crisis de autoridad política constituye un
fenómeno integral, para su análisis se requerirá un estudio de las
diversas aristas que ha adoptado, por tal motivo en este trabajo
nos circunscribiremos fundamentalmente al análisis teórico del
concepto de autoridad. Se exhibirán, en primer lugar, diferentes
definiciones de autoridad, y se explicará detalladamente porqué
ésta ha de ser legítima; luego se intentará pasar revista por las
fuentes que históricamente legitimaron a la autoridad política.
Posteriormente, se procurará mostrar que ante esta crisis de la au-
toridad política, las soluciones que aparecen como más tentadoras
para vastos sectores de la sociedad están implicadas en una suerte
de argumentos contradictorios y ambivalentes, que han oscilado
entre sustituir las bases de legitimación de la autoridad pública
hasta llegar al establecimiento de fórmulas que, como veremos
luego, llevaban implicadas la postulación de la capitulación defi-
nitiva de toda autoridad política.
Concepto de autoridad
El término “autoridad” —autoritas— tiene origen romano y era
comúnmente concebido como parte de una trilogía que incluía la
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religión y la tradición. En el sentido moderno del término, la au-
toridad se distingue del poder coercitivo y del liderazgo basado en
la capacidad de influir y en la persuasión por la legitimidad (Za-
bludovsky, 2004). Al tiempo que los diferentes fundamentos de la
legitimidad pueden definirse como la justificación interna de la
obediencia que está interiorizada, tanto en los gobernados como
en los gobernantes (Weber, 1974, Bobbio, 1984: 24).
Históricamente, cuando los individuos perciben que el orden so-
cial no constituye un designio divino inalterable (Abal Medina,
2004: 37), deberán tener una razón para obedecer, es decir la bús-
queda de una justificación interna a la obediencia irrumpe cuando
desaparecen los principios exógenos de justificación a los ordena-
mientos establecidos y es a partir de allí que se retoma la idea de
soberanía popular.
Desde el plano teórico, cuando cesa la inmediata correspondencia
entre titularidad y ejercicio de la soberanía, emerge una relación
que comunica a ambos elementos por medio del consenso de los
representados, el cual constituye la fuente de legitimidad que con-
fiere autoridad a los representantes.
La relación de autoridad es una relación de órdenes y obediencia
en la cual la autoridad tiene el derecho de mandar y los otros la
obligación de obedecer, y descansa en una estructura cuya razón y
legitimidad es reconocida tanto por unos como por otros (Arendt,
1976: 93; Biersted, 1964; Gerth y Mills, 1972; Wrong, 1980: 32-
49 en Zabludovsky, 2004).
A la vez, el concepto de autoridad implica también una serie de
identificaciones, demandas y expectativas que se vinculan a la fór-
mula política y que aquellos que adhieren a ésta, consideran que se
ejerce en forma justa y apropiada (MacKiver, 1947; Laswell y Ka-
plan, 1963, en Zabludovsky, 2004). De todos modos, como en la re-
lación de autoridad la importancia del contenido de la comunicación
es secundario frente al significado prioritario del status de quien da
la orden (Zabludovsky, 2004), el vínculo autoritativo trasciende la
adhesión o no a los principios sobre los cuales se sustenta.
En suma, la idea de autoridad implica un tipo de relación desigual
entre quienes poseen autoridad e imparten órdenes, y aquellos que
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Tipos de justificación: Basado en la legitimidad del título, apunta a la idea de
exclusividad —la autoridad legítima tiene competencias exclusivas—. Basada en
la legitimidad de ejercicio, apunta a la idea de corrección, esto es, a las razones
que tienen los destinatarios de tal autoridad. Basada en la pretensión normativa:
quien recaba autoridad para sí, además de mantener que sólo él está legitimado
para emitir mandatos correctos, mantiene también que de sus mandatos se derivan
razones para actuar, aunque sobre ello existen distintas interpretaciones (Ródenas
Catalayud, 1996).
deben obedecerlas, creada por medio de un acto de voluntad de
carácter público y actual, que es lo que confiere legitimidad a ese
vínculo, fundamentado, en primer término, en la convicción en —
o por lo menos asentimiento— que sus autoridades están aptas
para la conducción de la sociedad y la realización del bien común
de la misma, pero, a la vez, en la aceptación de sus disposiciones
y ordenamientos, aún en el caso de no adherir al contenido de los
mismos.
La autoridad legítima
Ante esta multiplicidad de definiciones, requeriremos preliminar-
mente de la adopción de alguna concepción normativa de autori-
dad adecuada a los sistemas democráticos. A partir de tal concep-
ción estándar de la autoridad legítima —el derecho a mandar y su
correlativo deber de obedecer y la postergación del propio jui-
cio— es conveniente repasar las concepciones normativas de la
autoridad política que operan en los contextos democráticos, esto
es, las que se basan en los rasgos formales del sistema político
(teoría procedimental de la democracia) y las que se fundamentan
en los efectos de las decisiones políticas (teorías elitistas, econó-
micas y epistémicas de la democracia) (Ródenas Catalayud,
1996).
4
Aquí, nos inclinaremos, por la tesis de Joseph Raz (1991) quien
propone una “concepción de la autoridad como servicio”, en la
medida en que para él, la función normal y primaria de la autori-
dad es servir a sus destinatarios, ayudándoles a actuar en virtud de
51
5
De tal manera, en su análisis se exponen sucesivamente argumentos conceptua-
les y justificativos. Los argumentos conceptuales, se esgrimen para defender el
planteamiento de las razones protegidas como el más adecuado para reconstruir
los razonamientos prácticos en los que intervienen relaciones de autoridad: la
idea de Raz es que las reglas permiten decidir por adelantado qué hacer, lo que
permite resolver conflictos prácticos excluyendo razones en conflicto. Pero tal
función requiere una justificación independiente, lo que nos lleva a tres argumen-
tos justificativos sustentadores de tres tesis: la tesis de la dependencia, de la jus-
tificación normal y del reemplazo. Si la primera postula que todas las directivas
de la autoridad deben estar basadas en razones que ya se aplican a los destinata-
rios de las mismas y que son relevantes para su acción en las circunstancias cu-
biertas por la directiva, la segunda sostiene que una persona tiene autoridad legí-
tima cuando es más probable que nuestra conducta se adecue mejor a las razones
que se nos aplican —distintas de la supuesta directiva— si se aceptan las directi-
vas de la presunta autoridad como vinculantes y tratamos de seguirlas, que si tra-
tamos de seguir directamente las razones que nos son aplicables. La tesis del re-
emplazo dice que la autoridad legítima tiene el derecho de reemplazar el propio
juicio de la persona sobre los méritos del caso: sus directivas reemplazan al me-
nos la fuerza de algunas de las razones que en otro caso debían haber guiado las
acciones de esas personas (Ródenas Catalayud, 1996).
6
Si p es una razón para que x haga f y q es una razón excluyente para que él no
actúe sobre la base de p, entonces p y q no son razones estrictamente en conflic-
to; q no es una razón para no hacer f. Es una razón para no hacer f por la razón
las razones que les son aplicables
5
y busca compatibilizar la pre-
tensión normativa de la autoridad con la concepción de que los
individuos son fines últimos de la acción política y no meros me-
dios para acciones estratégicas (Ródenas Catalayud, 1996).
Aclaremos que, en opinión de Raz, las razones que subyacen a las
acciones humanas pueden ser de distinto tipo y pertenecer a dife-
rentes niveles: por un lado, razones de primer orden o las razones,
consideraciones, fundamentos o factores inmediatos para dirigir
nuestra conducta (y frente a un conflicto entre ellas, se impone la
de más fuerza relativa, es decir que se actúa sobre la base de un
balance de razones y se sigue a aquella que supera a las otras); y
por otro, razones de segundo orden, o las razones para actuar por
una determinada razón o para abstenerse a actuar por una razón (a
esta última se la denomina razón excluyente). En consecuencia,
una razón excluyente es una razón para no actuar sobre un balan-
ce de razones
6
.
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de que p. El conflicto entre p y q es un conflicto entre una razón de primer orden
y una razón excluyente de segundo orden. Tales conflictos se resuelven no en vir-
tud de la fuerza de las razones en competencia sino en virtud de un principio ge-
neral del razonamiento práctico que determina que las razones excluyentes preva-
lecen siempre cuando están en conflicto con razones de primer orden (Las
razones excluyentes pueden variar en su alcance; pueden excluir a todas o sólo a
algunas de las razones que se aplican a determinados problemas prácticos. (Raz,
1991: 45)
La pretensión normativa de la autoridad debe sustentarse en ra-
zones de primer orden, es decir, que por alguna razón las órde-
nes o instrucciones dadas por la autoridad deben ser considera-
das como las de más peso en una determinada circunstancia
preestablecida. Al tiempo que la orden o instrucción no lograría
alcanzar su propósito si no fuera considerada como razón exclu-
yente. Así, tener autoridad implica que las órdenes y expresiones
sean concebidas como instrucciones autoritativas, por ende como
razones excluyentes.
Ahora bien, la pregunta que viene a la mente, entonces, es: ¿de
dónde proviene, o en qué se basa, o qué justifica, la autoridad le-
gítima?, ¿cómo se puede justificar la autoridad?, ¿por qué se con-
cibe a una autoridad como legítima?
Existen dos clases de autoridad justificada: en primer lugar, la au-
toridad teórica, es decir, la autoridad basada en conocimiento teó-
rico y en la erudición de quien la ejerce, cuya opinión es autorita-
tiva en tanto se considera que debe seguirse a pesar de la
incapacidad de uno para enjuiciar su solidez sobre la base de un
balance de razones. En un segundo lugar, la autoridad práctica o
política, que descansa en el hecho de que quien la ejerce ha sido
elegido democráticamente y se sustenta en su status como repre-
sentante, que ha de justificarse por las exigencias de coordinación
social, la cual sólo puede lograrse si los ciudadanos dejan de lado
su juicio y no actúan sobre la base de un balance de razones sino
siguiendo las instrucciones de la autoridad (Raz, 1991: 73). La
autoridad política es, en concreto, el poder de influir en la conduc-
ta de otros con el objetivo de regular la organización social o per-
seguir fines colectivos.
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Como expusimos, en ambos casos, las expresiones emitidas por la
autoridad se convierten simultáneamente en razones de primer or-
den y excluyentes. En el caso de la autoridad teórica, la erudición
e idoneidad de quien la ejerce, y en el caso de la autoridad políti-
ca, el consentimiento de los gobernados, son los dos justificativos
de la autoridad y operan per sé como razones de primer orden ya
que salen airosas de sendos balances de razones. A la vez, los su-
puestos de incertidumbre parcial, en el primer caso y las situacio-
nes en las que se produce un problema de coordinación, en el se-
gundo, conllevan a que el individuo —mediante el análisis
alternativo de las reglas indicativas— deje de lado su propio jui-
cio y considere las instrucciones autoritativas como razones de
obediencia a la autoridad, es decir como razones excluyentes.
Ahora bien, aceptar a una autoridad sobre estos fundamentos no
implica actuar de manera arbitraria o impositiva, en la medida en
que la necesidad de autoridad está bien fundamentada en razones,
aunque esto también implica la posibilidad de que las manifesta-
ciones autoritativas puedan ser incorrectas (Raz, 1991: 70 y ss.)
El concepto políticamente interesante es el de autoridad legítima o
autoridad de iure, que se refiere a una autoridad basada en alguna
razón, distinta de la fuerza o la amenaza de la fuerza, que los su-
jetos a la autoridad aceptan como ‘fuente’ de la misma. Raz co-
necta la noción de autoridad legítima con la de obligación: cuan-
do una persona o institución tiene autoridad legítima sobre otra,
esa segunda tiene paralelamente una obligación moral de obedecer
a la primera, dentro del ámbito de su autoridad.
Así, en esta instancia surge el concepto de autoridad, como aquel
por el cual esas normativas tienen una validez intrínseca al ser
aceptadas por la comunidad, por un demos amplio, por un sujeto
colectivo que las asume como propias. De esta forma, la idea de
autoridad se erige como un constructo relacional en el cual hay
alguien que tiene el derecho de mandar y, consiguientemente,
otros tienen la obligación de obedecer.
Así, para Raz la existencia de autoridad y, por consiguiente, el
deber de obediencia emerge de un tipo de obligación voluntaria o
semivoluntaria surgida de un sentido de identificación o de perte-
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Esta está integrada por un conjunto de reglas procedimentales que concierne a
la competencia por un poder político electo a través de comicios periódicos libres
y competitivos, llevados a cabo entre partidos o alianzas de ciudadanos, en un cli-
ma de respeto a ciertos valores fundamentales del liberalismo político.
nencia a una comunidad. En la medida en que el gobierno y el
derecho son los órganos formales u oficiales de la comunidad,
nuestra actitud hacia ellos surge del sentimiento de pertenencia y
es el respeto por el derecho, que fundamenta una obligación cuasi
voluntaria, porque no tenemos un deber moral de identificarnos
con esta comunidad. En suma, la idea de Raz es que en este pun-
to estriba el fundamento de la autoridad política a la cual le debe-
mos obediencia porque es propia y nos representa e instituye
como colectividad.
En esta instancia, se puede articular la exposición de Raz con la
justificación de la democracia como forma de gobierno, en la me-
dida en que la benevolencia del procedimiento democrático no
implica una aceptación acrítica de las decisiones de quienes ejer-
cen la autoridad política. Precisamente porque la idea de democra-
cia refiere a la forma de designación legal y pacífica de la autori-
dad, es el acuerdo de todos —es decir de este demos ampliado—
sobre las reglas de juego institucionalizadas, lo que le confiere le-
gitimidad al sistema democrático como tal.
A la vez, la democracia como forma o lógica procedimental
7
tie-
ne dos implicancias: por un lado, posibilita la elección de los go-
bernantes que resulten más representativos para la mayor parte de
los individuos, es decir aquellos cuyo ideario de bien común sea
compartido por el mayor número, lo cual conllevará probablemen-
te a una adhesión a los contenidos y una aquiescencia con la co-
rrección de los resultados. Por otro, contempla en su propia matriz
constitutiva mecanismos correctivos frente a desviaciones particu-
lares, como así también normas que garantizan el respeto a las
minorías y la posibilidad de alternancia en el poder.
En definitiva, la aceptación de los procedimientos democráticos
constituye la fuente de autoridad democrática, y a la vez, estable-
ce el punto de partida para la construcción de una categoría imbui-
55
da de un contenido más sustantivo, en el cual se busque vertebrar
una voluntad colectiva, producida por la integración y cooperación
de grupos con intereses diversos dentro de un arreglo institucional
determinado.
La autoridad legítima en América Latina
Ahora bien, en esta instancia cabría preguntarse si en la historia
reciente de las democracias latinoamericanas, estas reglas procedi-
mentales han operado en la práctica como una fuente generadora
de autoridad legítima. Aquí se pone en evidencia que dichas re-
glas, en tanto formales, no se legitiman per se, automáticamente,
sino en el contexto de un sistema de justificación de la autoridad
que merezca una adhesión general. Es decir, se legitiman sobre la
base del acuerdo que otorga validez a esos procedimientos (Qui-
roga, 1997).
La crisis de la política antes mencionada ha producido, precisa-
mente, una desintegración de ese acuerdo que validaba las reglas
formales del funcionamiento democrático y ha repercutido en una
deconstrucción del andamiaje que operaba como basamento legi-
timante del sistema democrático, atizando la fuente legítima de la
autoridad política.
Siguiendo nuevamente a Raz, quien sostiene que la fuente de una
autoridad legítima es la razón de primer orden que los sujetos a la
autoridad aceptan como la principal razón para actuar, a lo cual se
le suma la idea de obligación de obedecer a autoridad, consideran-
do sus expresiones y órdenes como razones excluyentes, concebi-
mos que la erosión de las diferentes expresiones de la fuente de
autoridad política ha invalidado sucesivamente las razones de pri-
mer orden subyacentes.
Esto nos lleva a sostener que el descrédito hacia las reglas y nor-
mativas democráticas han desintegrado el concepto relacional de
autoridad, produciendo un veto progresivo a las razones de primer
orden para la acción como fuentes de autoridad, lo cual inevitable-
mente derivó en la anulación de la autoridad misma como ema-
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nante de razones excluyentes que regulan la conducta de los ciu-
dadanos.
¿Qué autoridad se invoca?
Procuraremos mostrar en lo que sigue que la negación de la auto-
ridad política estuvo precedida por una etapa en la que se produjo
una variación en las fuentes de autoridad y simultáneamente, se
trató de sustituir a la autoridad política por una autoridad basada
en el conocimiento y la experticia, hasta llegar al agotamiento de
las fuentes de la misma.
Así, intentaremos desandar el camino que ha conducido hacia la
búsqueda de disolución de la autoridad política, la cual ha estado
relacionada con una pérdida de las fuentes de autoridad alternati-
vas y con el reemplazo de la autoridad práctica por una autoridad
teórica.
Tradicionalmente el derecho divino, la tradición, la herencia,
etc. han sido consideradas fundamento suficiente de la autori-
dad. En efecto, aquella persona que por derecho divino gober-
naba un Estado, o lo recibía por herencia, no necesitaba apelar
a su fuerza para defender su dominio, por lo tanto ejercía una
autoridad legítima sustentada, precisamente en tales fuentes de
legitimidad.
En las sociedades modernas occidentales, tras la desaparición de
los principios religiosos y dinásticos, la Nación pasó a constituir
el componente esencial del núcleo prescriptivo inmodificable, in-
dispensable para la supervivencia de cualquier sociedad (Germani,
1985). Esta idea establece una nueva concepción entre el pueblo
como totalidad política abstracta, titular de la soberanía y sus re-
presentantes, ya que el mandatario no representa fragmentariamen-
te a grupos o distritos aislados, sino a la Nación entera. Como
mencionamos anteriormente, el Estado Nacional, basado en la so-
beranía de instituciones políticas sobre un territorio y en la ciuda-
danía definida por esas instituciones, se convirtió en el espacio en
el que se desenvolvía la autoridad práctica.
57
Sin embargo, la emergencia de ciertos cambios en el sistema inter-
nacional —el fin de la guerra fría, la caída del bloque soviético,
la revolución electrónica y tecnológica, la primacía del capitalis-
mo financiero, etc.— originó una nueva configuración mundial ca-
racterizada por la globalización y la unificación a escala planeta-
ria de casi todas las esferas de la vida social.
Así, la globalización de los mercados comercial y financiero, la
crisis de las identidades corporativas y los cambios tecnológicos
fueron erosionando las realidades nacionales gestadas por la histo-
ria, provocando que el Estado Nación se volviera cada vez más
una institución obsoleta y resignara su capacidad de integración
social y de edificación de solidaridades colectivas.
De tal manera, la globalización puso en entredicho el rol tradicio-
nal, tanto del Estado, como de la política, a tal punto que este pro-
ceso, para muchos implicara la señal del fin de la política. Así,
como se mencionó previamente, se produjo un proceso de crisis
de los relatos emancipadores de la Modernidad, una pérdida de
sentido de las grandes temáticas de gravitación ideológica que
provocó que los actores políticos y los ideólogos intelectuales fue-
ran reemplazados por los economistas, tecnócratas y policy
makers. De este modo, la autoridad práctica fue sustituyéndose
por una autoridad teórica, concepción que alude a las cualidades
del gobernante en tanto cualidades de experto y lleva implicada la
idea de objetividad, es decir la idea de que existe una verdad ob-
jetiva y de que quiénes la conozcan deberán ser los gobernantes.
Esto deja subyacer una noción de la política mínima, en la cual el
papel de los políticos será organizar y administrar un sistema po-
lítico objetivo, verdadero y autosubsistente.
Como la globalización implica la promoción de la eficiencia por
medio de la competencia, la división del trabajo y la especializa-
ción, cada sector se concentró en lo que mejor sabía hacer y esto
nos lleva a remontarnos a la idea de la especialización del trabajo
desarrollada por Sieyès quien plantea que como un especialista es
aquél que logra mejores rendimientos gracias a la mayor destreza
y sabiduría concreta que otorga la división del trabajo, esto tam-
bién debe aplicarse a los asuntos de la política, de modo que el
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representante, como especialista, será un individuo idóneo para
desarrollar los labores que conduzcan al bien de la Nación.
De esta manera, la práctica política se consideró como una activi-
dad confinada a aquellos conocedores de los resortes del mundo
político y poseedores de un saber específico que les permitía en-
cargarse de la administración reproductiva de lo existente, en el
que no se aceptaban diferencias de valores, concepciones o inter-
pretaciones.
En efecto, los expertos comenzaron a exigir que sus opiniones
fueran de hecho vinculantes, difuminándose la diferencia entre la
obligación de pedir una opinión y la obligación de acatarla. Los
policy makers y la elite tecnocratizada se propusieron nada menos
que determinar la política, ya que esto es precisamente lo que ha-
ría una “opinión vinculante”, extrayendo justificación para esto de
sus conocimientos. En la actualidad —contrariamente al substrato
de la política democrática que se basa en principios de represen-
tación, y no de erudición, conocimientos o competencia— se en-
cumbran instituciones de carácter tecnocrático a las que se les
concede el privilegio de dictar decisiones políticas concebidas
como acertadas e inapelables.
Vemos que la incorporación de una noción de la política objeti-
va, atestada de certezas anuló el componente decisivo que, para
Lefort (1985), tiene la dinámica democrática y que es, precisa-
mente, la disolución de los referentes de la certidumbre. Así, la
difusión de la creencia de que en política debe regir una autori-
dad teórica, produjo una entronización de la racionalidad instru-
mental que dejó inermes a los individuos y fue obturando los
canales para la acción y cercenando cualquier espacio para la
construcción de una dimensión que generara sentido y significa-
ción a la vida política.
Ahora veamos la otra tendencia que se produjo concomitante-
mente: con la degradación del Estado Nación, la identidad nacio-
nal se diluyó y la consecuencia directa de esto fue la reformula-
ción de microidentidades centradas en las particularidades de
cada individuo. Cuando el Estado se fue desvinculando de cada
vez más esferas de la vida social, se originó una sociedad de in-
59
dividuos determinados por el sistema del mercado. En ausencia
del Estado —es decir, en ausencia de un centro que totalizara
cada una de las prácticas sociales— los flujos macroeconómicos
se encargaron de la producción de la subjetividad dominante, lo
cual también influyó en la transformación en la relación del in-
dividuo con respecto a la política: el ciudadano sujeto a la auto-
ridad política fue sustituido por el individuo maximizador gene-
rado por la lógica del mercado, provocando un retraimiento del
mismo a la vida privada.
Así, el individuo se fue volviendo absolutamente autorreferencial,
perdiendo toda vocación de intervenir en un colectivo y pasó a
vincularse con la política de una manera personalista, directa y
ausente de mediatización institucional. Justamente, la instauración
de una trabazón representativa cifrada en términos de vínculo in-
tersubjetivo entre representantes y representados establecida a tra-
vés de los medios de comunicación
8
, y el declive del debate so-
bre ideas políticas o proyectos colectivos fueron minando la
eficacia del marco institucional indispensable para garantizar el
ejercicio de una autoridad política legítima en una genuina demo-
cracia pluralista.
Esto implicó que se echaran por tierra las diversas fuentes de la
autoridad legítima y que, frente a la imposibilidad de trascender el
espacio subjetivo y emprender una acción conjunta, se limitara
metodológicamente a una única fuente de autoridad legítima: la
autodeterminación individual; aseverando como dato empírico
que, en tanto el individuo no está sujeto a ninguna entidad que lo
comprenda, la autoridad del individuo sobre sí mismo ha de ser la
única autoridad originaria no cuestionable, de la cual deriva la au-
toridad sobre toda la comunidad política.
8
La afirmación de la centralidad de los medios perfila lo que Sartori (1992) ha
dado en llamar la videopolítica, definida como la introducción de la cultura au-
diovisual en las relaciones sociales, particularmente en las de poder, y cuyo peso,
desde el punto de vista institucional, depende directamente de su contraparte: los
partidos políticos. Desde esta perspectiva, en el nuevo espacio público diagrama-
do por los medios, la política tiende a perder su contenido y los partidos su iden-
tidad como mediadores de intereses entre la sociedad y el Estado.
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La negación de la autoridad
Hasta aquí hemos mostrado el tránsito de una etapa en la cual se
intentó sustituir a la autoridad política por una autoridad funda-
mentada en el conocimiento, a una instancia en la cual las fuen-
tes de autoridad caducaron a favor de una autoridad unidireccio-
nal y autorreferida, lo cual equivale a la negación de la
autoridad, en tanto esta se instituye como concepto relacional,
donde el derecho a impartir órdenes se lía a la obligación de su
cumplimiento.
Acá volvemos a conectarlo con la crisis de autoridad en ciertos
países de nuestro continente y con la emergencia de manifestacio-
nes populares —y con esto nos referimos, particularmente a lo
ocurrido en la Argentina, en 2001 y 2002— que pretendían simbo-
lizar el sentido patriótico del pueblo arribando por sus propios
medios a un ideario de bien común que reemplazara la vinculación
interpósita de una autoridad política.
Así, intentaremos demostrar que los argumentos principales por
los que se justifica la negación de la autoridad política entran en
franca contradicción con la construcción de una idea de bien co-
mún. Por empezar, uno de los principales argumentos por los que
se intenta construir un tipo de autoridad no política se resume en
la idea de que el problema que ha aquejado a los sucesivos gober-
nantes anida en la práctica política misma, esto es, en la política
como actividad, la cual es concebida como espuria, corrompida y
degradante (Palma, 2002).
Ahora bien, como la actividad política se puede definir como el
hecho de tener la capacidad de disponer acciones y prácticas des-
de el aparato estatal, procurar edificar una autoridad no política
para manejar los asuntos societales sería ir en contra del sentido
del propio término. Por ende, concebir acciones o prácticas del
Estado o del gobierno como no políticas, no sólo implica una con-
tradicción en los términos, sino que además supone el riesgo de
aceptar un estado de cosas sujetado a la ley del más fuerte en un
estado prepolítico dominado por el caos y la anarquía (Palma,
2002).
61
Por otro lado, desde otra perspectiva, se hace hincapié no en la
actividad política en general sino en las falencias de los indivi-
duos que circunstancialmente han guiado en los últimos tiempos
el destino de nuestras tierras (Palma, 2002), los cuales son con-
siderados como incapaces de ejercer idóneamente una mandato
autoritativo.
Sin embargo, ¿es posible atribuir las causas de una crisis integral
y estructural meramente al carácter anecdótico de la actuación de
las personas? A la vez, ¿qué sistema formal tendría la capacidad
de garantizar la incorporación de individuos que consideraran
que el desempeño de funciones públicas constituye una actividad
enaltecedora que requiere ineluctablemente, sujeción a la ley y
entrega al servicio del bien público, en detrimento de sus intere-
ses privados?
Demasiados interrogantes quedan, entonces, flotando sobre la po-
sibilidad de reconstruir alguna fuente de autoridad en las democra-
cias latinoamericanas actuales cuya estabilidad se halla amenaza-
da la poca confianza de los ciudadanos en las instituciones del
Estado, la identificación de los gobernantes con democracia, el
descrédito de la clase política en general, etc.
Así, el origen de las diversas crisis de la autoridad política no tie-
ne que ver ni con la práctica política ni con las características pe-
culiares de quienes han tenido puestos de autoridad. En primer lu-
gar, no sólo que no se sostiene ni lógica ni empíricamente el
restablecimiento de una autoridad política por medio de una fuen-
te no política, sino que, justamente, a partir de ese presupuesto, lo
político no ha podido instalarse en su especificidad y, ante la de-
bilidad y deterioro de las organizaciones partidarias, fueron cier-
tas formaciones surgidas de la sociedad con arreglo a intereses
cortoplacistas, las que fueron ocupando los espacios cedidos en
este universo.
En consecuencia, las adscripciones y congregaciones societales al-
ternativas a la política existente surgidas con las crisis recientes se
gestaron en un contexto signado por un deterioro de la vida públi-
ca, un retroceso del civismo y una acentuada despolitización y la
participación de los individuos en los asuntos públicos quedó
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acotada al mero ejercicio de los derechos políticos en su sentido
más lato.
Así, la postulación de la despolitización social puede conducir a
un robustecimiento unilateral de la sociedad, mediante el cual se
encapsulen las problemáticas particulares de los individuos, gene-
rándose dos espacios desvinculados: una sociedad civil activa,
pero centrada y clausurada en sí misma, sin un propósito de inter-
venir en el funcionamiento gubernamental, y un Estado, que se
remita a cumplir funciones distributivas y a garantizar el espacio
de actuación de aquélla.
Contrariamente a toda esa línea argumental, aquí consideramos
que la existencia de un espacio político en el que se produce una
conexión constante y permanente —sin que se origine una confu-
sión, ni fusión, ni aislamiento (Muñoz, 2003)— entre Estado y so-
ciedad es, precisamente, lo que impide que la autoridad política
sea vista como una voluntad exógena respecto a quienes deben
sujetarse a ella.
Conclusiones
A lo largo de este trabajo, se ha podido observar que en la cri-
sis institucional por la que pasaron varios países latinoamerica-
nos fue llevando a cuestionar profundamente todas las formas
de autoridad política como así también sus fuentes de legitimi-
dad. Se ha visto que este cuestionamiento se relaciona, por un
lado, con la percepción de ilegitimidad de los ordenamientos
estatuidos positivamente y, por otro, con la pérdida de identifi-
caciones, demandas y expectativas que se vinculan a la fórmu-
la política.
Es decir, o se concibe que las reglas no son legítimas (o sea que
no operan como razones de primer orden) o se cree que no son
cumplidas por las autoridades (entonces han de dejar de ser con-
sideradas razones excluyentes). De hecho, la crisis de autoridad en
América Latina tiene una raíz bicípite: por un lado, se debe a la
fragilidad en el reconocimiento de las instituciones democráticas,
63
y por otro a la desacertada identificación entre sistema democráti-
co y quien ejerce la autoridad democrática
9
.
En definitiva, los dos problemas planteados tienen que ver con
todo lo desarrollado hasta aquí: la legitimidad de la autoridad se
relaciona, por un lado, con la legitimidad misma del sistema (es
decir, con el convencimiento de la sociedad en la legitimidad de
las instituciones del Estado) y, por otro, con la representatividad
política de los gobernantes (que implica que las identificaciones,
demandas y expectativas de los ciudadanos logren vincularse a la
fórmula política adecuada para la coordinación social).
Para hallar un fundamento a ambos aspectos se requiere —inver-
samente a lo demandado públicamente— una reivindicación de la
política como el campo legítimo en el cual se define la vida en co-
mún, como el momento de unidad final en el que se dirimen dis-
tintas perspectivas sobre el destino general de la sociedad en su
conjunto y se cotejan diversas visiones sobre los fundamentos de
un orden político justo.
Por esa razón, nos aventuramos a sostener que la legitimidad de la
autoridad debe reificarse de dos maneras: por un lado, desde el
propio Estado, reactivando las reglas de juego democrático y revi-
talizando los mecanismos de control y de los órganos de supervi-
sión y fiscalización. Por otro lado, la autoridad ha de recomponer-
se a partir de la reconstrucción de la representatividad política de
quienes ocupan puestos de autoridad, a partir de la regeneración
de una serie de valores que operen como ideal regulador en el
quehacer político y deban ser concretados, efectivizados y lleva-
dos a la práctica a través de los órganos oficiales.
Para restaurar una fuente de autoridad política que para el ciuda-
dano sea vista como una razón excluyente para la acción es indis-
pensable que las autoridades confeccionen y exterioricen un pro-
yecto de país o de nación que, a su vez, debe estar insertado en un
9
En las democracias estables, la legitimidad del gobierno varía de intensidad sin
que se modifique la legitimidad del sistema; por el contrario, en las inestables, el
riesgo de confusión de ambos tipos de legitimidad está siempre presente.
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corpus ideológico que le proporcione significado y consistencia y
pueda ser compartido colectivamente.
Sólo así, la sociedad podrá reconstruir su identidad política y
cada miembro encontrará en esta última el fundamento de la
obligación cuasi voluntaria de obediencia a la autoridad políti-
ca. En definitiva, estos dos factores interrelacionados —la legi-
timidad y fortalecimiento de las reglas, por un lado, y la repre-
sentatividad política de los gobernantes, por otro— son los que
pueden reflotar y rearticular el concepto relacional de autori-
dad, o sea como la razón de más peso que subyace al compor-
tamiento ciudadano (en el caso de sentirse representado por los
dirigentes) y como la razón excluyente para actuar aceptada por
los sujetos a la autoridad (porque reconocen las normativas más
allá de su adhesión al contenido concreto del mandato autorita-
tivo).
En conclusión, en algunas sociedades latinoamericanas —en par-
ticular la nuestra— la terrible crisis terminal de los últimos tiem-
pos ha derivado en que se postulara una transfiguración del es-
pacio en el que genuinamente se debería haber producido la
conciliación de la sociedad con el Estado.
No obstante, sólo a partir del reconocimiento de la política como
el espacio pacífico de resolución de las diferencias, como el ám-
bito de confluencia de visiones del bien común y del orden jus-
to, se podrá constituir y desarrollar una dimensión fluida, activa
e instituyente que opere como una razón de obediencia cívica a
la autoridad política y tenga su traducción institucional en un
plexo de normas y prácticas reconocidas y respetadas colectiva-
mente.
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