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(*) El ensayo que aquí se presenta —ahora prácticamente en formato de artículo—
tiene una historia particular, que considero apropiado reseñar. Durante el otoño de
2001, el profesor Ernesto Garzón Valdés fue invitado para dictar un seminario se-
manal en la Universidad Católica de Córdoba que versaba sobre la posibilidad de
hallar una justificación ética a las intervenciones humanitarias. No obstante esto,
el disertante dedicó la mitad de los encuentros a exponer y discutir, de manera in-
troductoria al tema anunciado, un reciente trabajo suyo titulado “¿Puede la razo-
nabilidad ser un criterio de corrección moral?”, que abordaba temas tan novedosos
como complicados para un auditorio de estudiantes de grado y algunos profesores
que lo escuchaba con atención. Uno de los estudiantes en particular, que por ese
entonces cursaba el quinto año de la licenciatura y hoy suscribe estas líneas, que-
Patricio Nazareno
Resumen
En torno a la idea de razonabilidad, varios filósofos con-
temporáneos han intentado definir un criterio para la justifi-
cación última de las normas morales, de aplicación restrin-
Algunos interrogantes sobre
la razonabilidad (como
criterio de corrección moral).
Un intercambio con Ernesto
Garzón Valdés. *
STUDIA POLITICÆ Número 05 ~ otoño 2005.
Publicada por la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales,
de la Universidad Católica de Córdoba, Córdoba, República Argentina.
Código de Referato: SP-22.V.educc/2005.
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005170
dó particularmente fascinado tanto por los temas desarrollados y discutidos, cuan-
to por la calidad expositiva y cálida receptividad del docente para con las inquie-
tudes de todos quienes asistimos. Después de algunos muy cordiales intercambios
personales durante los recesos y algún que otro debate en público, me atreví a pe-
dirle al profesor su dirección de e-mail para enviarle algunas preguntas por escri-
to, a lo que no sólo accedió de inmediato con sorprendente gentileza, sino que bien
supo después recalcarme el hecho —con entidad de compromiso— mientras se re-
tiraba entre los aplausos finales: “—Entonces... ¿me escribes, no?” Con el lógico
entusiasmo por la oportunidad recibida, el trabajo fue iniciado casi de inmediato.
Sin embargo, el escrito que en un iluso principio fuera mentalmente proyectado
para cinco o seis páginas, fue excediendo con cada nueva temática toda estimación
posible, una y otra vez. Ello, con el aditamento de mis obligaciones como estudian-
te, que provocaron su forzosa interrupción por varios meses en más de una oportu-
nidad, resultó en que todos los plazos se fueran dilatando. Aún así, la decisión por
terminarlo siempre se mantuvo firme; algo más de un año después de comenzado,
ya por Agosto de 2002, el eminente profesor cordobés recibió un e-mail segura-
mente inesperado, cuyo contenido —salvo ajustes menores y retoques de estilo—
tiene hoy el lector en sus manos. Esta es la mejor oportunidad de que dispongo
para agradecer los de seguro exageradamente halagadores comentarios que el pro-
fesor Garzón Valdés me formulara sobre el presente, durante una imborrable con-
versación café de por medio, una mañana de invierno de 2003. Agradezco también
las generosas y francas opiniones de Alejandro Dujovne y Andrés Matta, quienes
tuvieron la gentileza de lidiar con versiones más crudas de este escrito.
gida para aquellos ámbitos propios de las instituciones polí-
ticas, económicas o sociales. La reciente propuesta de E.
Garzón Valdés de la vía negativa, pretende superar los obs-
táculos con que parecen haber tropezado intentos anteriores
en este sentido, como los de los autores J. Rawls y B. Barry.
El propósito de este ensayo en estilo coloquial, es analizar
con cierto detalle algunas de las implicancias del intento
teórico del profesor Garzón. Comienza por considerar bre-
vemente sus perspectivas y supuestos; luego pasa a exami-
nar la crítica que el autor expone de las teorías precursoras;
y finalmente se concentra con mayor detenimiento en la
construcción teórica propuesta, intentando dar una idea de
cuáles podrían ser sus principales problemas.
Abstract
Revolving around the idea of reasonability, several
contemporary philosophers have attempted to define some
171
criteria to provide an ultimate justification for moral norms,
with restricted applicability to political, economical or
social institutions. E. Garzón Valdés’ recent proposal of the
negative way intends to overcome the obstacles that appear
to have seriously affected previous attempts to follow that
line, as those of authors J. Rawls and B. Barry. The purpose
of this colloquial-style essay is to analyze with certain
degree of detail some of the implications of professor
Garzon’s attempt. It begins by considering briefly its
perspectives and suppositions; then it proceeds to examine
the authors criticism of those precursory theories; and
finally it centers the attention over the whole theoretical
proposal, trying to give an idea of which their principal
problems might be.
D
e entre los grandes temas de filosofía moral y política que
tuvieron su renacer con la publicación de Una teoría de la
justicia de John Rawls en 1971, uno de los más destaca-
dos y debatidos trataba precisamente sobre la posibilidad de dar
una justificación última —científica y objetiva— a las normas
morales. Ello significó la reedición de una discusión ancestral
acerca de un problema mayor de la filosofía práctica de todos los
tiempos, sólo que ahora desde propuestas muy novedosas y carga-
das de ingenio, ideadas por una gran cantidad de autores a lo lar-
go de estos tres frondosos decenios. El propio profesor de Harvard
tuvo su segunda intervención, realizando una nueva y más refina-
da contribución al debate con la publicación de su último gran tra-
bajo, Liberalismo político (en 1993), cuyos ecos mantienen la in-
tensidad hasta hoy.
La discusión sigue todavía plenamente vigente, a pesar de los
atendibles cuestionamientos recibidos sobre el planteo y sobrelle-
vando el casi siempre poco feliz etiquetamiento ideológico que
suele realizarse de quienes se enrolan en una u otra postura; inclu-
sive a pesar de nuevos y significativos intentos por desactivar su
trascendencia (Waldron, 1999).
Es sobre aquella propuesta rawlsiana de Liberalismo político, y un
posterior aporte de Brian Barry titulado La justicia como impar-
PATRICIO NAZARENO
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005172
cialidad (1995), pero fundamentalmente a partir de las críticas a
ambos, que Ernesto Garzón Valdés ha formulado una muy intere-
sante y profunda contribución al debate, en uno de sus más recien-
tes ensayos (Garzón Valdés, 2000a).
El problema, evidentemente, pasa por establecer la conformación
de la razonabilidad. De ello parece depender por completo la po-
sibilidad de justificar científicamente las normas morales; además
de la obvia cuestión de que sólo sería justificable aquello que al-
cancemos a definir integrando el universo de lo razonable. El pro-
fesor Garzón comienza entonces por preguntarse si la razonabili-
dad puede servir de criterio de corrección para la moral, y para
terminar respondiendo afirmativamente debe tratar la ardua cues-
tión de cómo debería ser definida de manera que pueda cumplir
con esta trascendental tarea.
En los trabajos referidos, John Rawls y Brian Barry ya lo habían
intentado, pero sus construcciones parecen adolecer de defectos
que amenazan con poner en jaque todo el planteo acerca de un cri-
terio de corrección. Ante este escenario, el primer paso de Garzón
Valdés consiste en analizar las deficiencias en dichas formulacio-
nes previas, para luego, y sobre esta crítica, presentar su renova-
dora propuesta de definir lo razonable apelando a un recurso tan
novedoso como interesante: la “vía negativa”.
En efecto, ante las dificultades que presenta definir lo razonable
por vía del “agente razonable” (medio técnico al que tanto Rawls
como Barry recurren), Garzón propone como idea superadora que
enfoquemos el problema desde un ángulo completamente opuesto:
La vía que deseo proponer es examinar no lo que es lo bueno sino
lo que es lo malo” (2000a:259). Antes que buscar establecer lo ra-
zonable, debemos concentrarnos en precisar aquello que resulta
irrazonable. Tal el punto de partida y eje del trabajo del profesor.
La propuesta de Garzón Valdés sobre una razonabilidad concreta-
da mediante el camino de la “vía negativa”, es a la vez ingeniosa
y convincente, y tiene el mérito de plantear la discusión desde una
perspectiva muy diferente de la tradicional, precisamente para res-
catar el planteo del criterio de corrección de los importantes cues-
tionamientos que se ciernen sobre aquella.
173
El objetivo del presente ensayo es efectuar un análisis acerca de
las implicancias (bondades y críticas, aunque principalmente éstas
últimas) de esta nueva contribución que ha efectuado el prestigio-
so profesor argentino. No obstante ello, no pretende ser un análi-
sis completo del planteo, ni mucho menos comprensivo de la to-
talidad de cuestiones que podrían suscitarse a partir del mismo, de
hecho son muchas las aristas que quedarán sin siquiera una escue-
ta referencia. Es tan sólo uno de los análisis posibles, y como tal
tiene el propósito de “tomar la posta” de Garzón y ahondar en la
discusión de su rica propuesta.
Ya a modo de presentación, el trabajo aparece articulado en tres
partes, la última de las cuales se subdivide en dos. En el § 1 se
propone una puntual interpretación de la teoría, en relación con la
línea en que se inscribe; el § 2 está dedicado a los supuestos bá-
sicos, discutiendo uno en particular; y en el § 3 se analizan [A] la
crítica a las teorías precedentes, y [B] la construcción mediante el
nuevo recurso, para terminar intentando esbozar una crítica global
al planteo.
Una aclaración final. La peculiar historia de este trabajo le ha
impreso un estilo particular que he decidido conservar en la pre-
sente edición, por dos razones: primero, porque estimo que la
forma en que se exponen los planteos es la que mejor conviene
a su sentido, desde aquí temo que reescribirlo íntegro resulte de-
masiado perjudicial para el propio contenido; segundo, porque la
idea rectora durante toda su confección –ya ambiciosa de por sí–
fue la de un intercambio con el profesor Garzón Valdés (como he
pretendido receptar en su título), y considero que sustraerlo de
estas primeras y más puras intenciones lo afectaría en demasía.
El texto con que el lector está a punto de encontrarse tiene pre-
tensiones de intercambio, de diálogo entre un estudiante de gra-
do y uno de los filósofos políticos contemporáneos de trabajo
más relevante en el universo académico europeo y latinoamerica-
no (como interlocutor directo), y es como tal que debe ser leído.
Valga también esto como aclaración respecto del uso de las per-
sonas y el estilo coloquial.
* * *
PATRICIO NAZARENO
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005174
Estimado profesor Ernesto Garzón Valdés:
[…] Es mucho más que probable que usted haya recibido plantea-
mientos similares miles de veces, y seguramente habrá consegui-
do refutarlos —tal vez con extrema sencillez— otras tantas. Mi
objetivo no es ni puede ser, desde una posición sobria, pretender
que con este escrito vaya a conseguir una condecoración intelec-
tual en forma de mención a mis ideas en alguna página dorada del
pensamiento ético-político moderno y contemporáneo. Hacerlo se-
ría imprudente, radicalmente irrazonable, y probablemente me
acreditaría como candidato a la magra corona de la ingenuidad...
Sin embargo, dado que en este caso podemos hablar de caracterís-
ticas que lo hacen particular, y atendiendo principalmente a que el
intercambio pueda realizarse en condiciones de fluidez aceptables,
voy a permitirme ciertas atribuciones especiales al efecto. Desde
ya pido que no se me malinterprete; apelo a su buena voluntad
para que permita que el ‘experimento’ se realice y a su compren-
sión para que no considere que me excedo en audacia, irreveren-
cia, o en ambas a la vez.
Esta ficción —porque no es más que eso— consistirá en que, al
menos por estas páginas, usted, una autoridad en lo que al tópi-
co en discusión se refiere; y yo, sólo un estudiante que apenas
lleva algunos años iniciándose en la materia, quedaremos equipa-
rados en cuanto a investidura intelectual. De tal forma, me per-
mitiré escribir mis líneas como si fuera a leerlas un simple cole-
ga que no detentara superioridad académica o intelectual alguna.
Es decir, por supuesto que me referiré a usted como ‘profesor y
‘doctor alternativamente, pero sólo por cuestiones de respeto y
estilo, y nunca con el fin de marcar distancia alguna entre usted
y yo. Reitero mi apuesta a que al menos consienta mis razones
para esta aventura; realmente confío en que el intercambio —o
por lo menos este escrito, en cuanto parte del mismo— resultará
más provechoso de esta forma. Por supuesto que será su lectura
de los apartados subsiguientes la que determinará si tuve o no
razón.
175
(*) Toda ulterior referencia a los trabajos de John Rawls y Brian Barry no datada
corresponde a sus obras respectivamente publicadas en 1993 y 1995 (que son pre-
cisamente los trabajos comentados por Garzón Valdés, 2000a), salvo que se indi-
que otra cosa.
§ 1. Una interpretación de la teoría
Luego de un lento análisis he podido determinar cuáles son, de
acuerdo a mi parecer, los méritos más destacables de su teoría (por
supuesto que no pretendo enunciarlos exhaustivamente, ni mucho
menos: la idea de esta primera parte es tratar de resaltar algunos
aspectos que posteriormente serán abordados por separado).
Partiendo desde una concepción que ubica su trabajo en el orden
del de aquellos autores que proponen una ética política mediante
un acuerdo social que estribe sobre la razonabilidad como criterio
de corrección, su gran mérito es —lisa y llanamente— el haber
conseguido plantear el acuerdo en términos de un minimum indis-
pensable, a partir del cual cada quien puede edificar su particular
concepción de lo bueno sin interferir con el prójimo en los conte-
nidos esenciales. Desde las ideas de Rawls (1993) o Barry
(1995) * no se sigue en forma necesaria que el acuerdo, ya por
solapamiento o por neutralidad, se integre con estos contenidos
tan esenciales y básicos a la vez. Los miembros de la sociedad
pueden prestarse a un overlapping de sus concepciones de lo bue-
no o a definir una neutralidad, pero de ninguno de estos mecanis-
mos (creo que menos todavía del primero) se sigue con carácter
de necesidad que el acuerdo recepte morfología de minimum, en-
tretanto que ello es directamente inducido mediante el empleo de
su vía negativa.
Entendamos que por minimum refiero a un mínimo no meramente
cuantitativo, sino fundamentalmente cualitativo; es aquí donde resi-
de el quid de la comparación. Resulta poco más que evidente que el
acuerdo, ya sea por solapamiento, por neutralidad o por vía negati-
va, va a constar de una cantidad menor de enunciados que cualquier
concepción de lo bueno con la que pretendamos enfrentarlo, por
ende, no es la perspectiva del quantum la que acusa un contrapunto.
Ahora bien, también resulta evidente que la razonabilidad que usted
PATRICIO NAZARENO
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005176
1
Su referencia al lenguaje como fiel reflejo de este orden me parece genial. No
vislumbro objeciones sensatas en contra del “gran plasmador” de las vivencias de
los hombres: siempre me pareció irrefutable el hecho de que la mejor de las prue-
bas de que hay hombres estúpidos es la sola existencia del adjetivo (más allá de
toda controversia sobre lo intrascendente de este razonamiento circular).
2
Respecto de mis referencias al orden de supra-subordinación de valores (térmi-
no que usted no emplea, y estimo pueda parecerle inadecuado), como forma de
atemperar los eventuales desacuerdos que le pueda provocar tal liberalidad, voy a
entender —por el momento— que este orden que de hecho existe es de carácter
eminentemente negativo: comprende un orden de males que todos entienden
como tales. Como expone el mismo Barry (1995:141), y usted recepta, en todos
los ordenamientos penales del mundo las sanciones son prácticamente las mismas
(muerte, prisión, multa...), y a la vez suele recurrirse a ellas respetando un tam-
bién compartido sistema de gradación según su gravedad.
plantea estriba en la existencia de un cierto orden jerárquico de su-
pra-subordinación entre los valores a custodiar: es peor abusar
sexualmente de menores que estafar para cualquier concepción de
lo bueno; todos acordaríamos que la vida es un bien más preciado
que el derecho político del sufragio. El acuerdo se conforma de de-
terminados valores precisamente porque son los más básicos para la
generalidad de las concepciones de lo bueno. Y es para destacar di-
cha nota saliente de su teoría que me he permitido introducir el lati-
nismo minimum. Lo que intento resaltar con él es, en definitiva, que
de las teorías criticadas no se sigue un acuerdo referido necesaria-
mente a los segmentos más bajos de la escala de valores, como ocu-
rre con la vía negativa, por su propia construcción conceptual.
Es la experiencia, como usted sostiene en su trabajo, la que deter-
mina este orden de supra-subordinación de bienes. Esta experien-
cia plasmada en una cantidad de fenómenos empíricamente cons-
tatables, como por ejemplo, en el lenguaje (y aquí lo sigo con lo
propuesto por Dasgupta, 1993): nadie dudaría de que la desnutri-
ción, el desempleo o la violencia son socialmente reprobadas.
1
El
punto es que ni Rawls, ni Barry (en principio, y siempre guiándo-
nos por la exposición que usted realiza de sus respectivas teorías)
demuestran o siquiera intentan demostrar la existencia de este or-
den de supra-subordinación de valores; al contrario, parecería que
rehuyen de siquiera considerarlo.
2
177
3
Es evidente que todos aceptamos un determinado orden de supra-subordinación:
todos actuamos (en cuanto seres morales) en base a valores que se enfilan en una
cierta bipolaridad. El problema se da, por supuesto, respecto del orden de supra-
subordinación social (compartido, digamos): si este no existe, porque lo que es bue-
no para algunos es malo para otros, no se pueden establecer patrones éticos con
cierta pretensión de universalidad. A no ser que —y aquí entramos en la propuesta
de esta vertiente teórica— podamos encontrar algún criterio de corrección alterna-
tivo, imparcial, que nos permita efectivamente poder operar tal juicio. Rawls y Ba-
rry postulan a la razonabilidad como criterio de corrección, pero incurrirían en una
suerte de petitio principii al querer encarnar la razonabilidad en agentes morales
que actúen razonablemente (o lleguen a acuerdos razonables).
Usted, ante las dificultades de sus predecesores y en sintonía con Dasgupta, Po-
pper y otros autores, ataca al problema de raíz: pretende demostrar que, en cierta
forma, existe un orden de supra-subordinación social (compartido), al menos res-
pecto de determinados valores. Podríamos sintetizarlo de la siguiente manera: lo
que es bueno para unos no necesariamente tiene que ser bueno para los otros, ni
lo que es malo para unos tiene que ser malo para otros, pero, lo que es radical-
mente malo para unos es radicalmente malo para otros: lo radicalmente malo es
apreciado y valorado como tal por todos.
Es por la argumentación particular que usted desarrolla que, ni
bien uno comprende su tesis, tiende —por una suerte de vicio— a
identificar como su principal nota saliente a la vía negativa. Yo no
creo que sea así, como vengo exponiendo, sino que opino que
aquella es solamente un medio operativo, un artificio que nos per-
mite llegar al verdadero carácter diferencial de su doctrina: la de-
limitación de un minimum. Esta lectura que he expuesto sintética-
mente será de gran ayuda para el planteo que intentaré efectuar
como posible crítica global (§ 3, [B]).
Pasando en limpio lo ya tratado y para redondear la interpretación
que he realizado, podríamos determinar su recorrido teórico en la
serie de pasos más elementales posibles, para exponerlos en forma
más depurada y accesible. Lo que usted hace es:
i) demostrar la existencia de este orden de supra-subordinación
social (compartido)
3
;
ii) postular / demostrar que es más fácil acceder “por debajo”:
que la determinación de pautas de percepción uniformes en-
tre los individuos de la sociedad se da respecto a contrava-
lores extremos (el mal radical);
PATRICIO NAZARENO
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005178
(*) En este escrito, toda referencia al trabajo bajo análisis (Garzón Valdés, 2000a)
se realiza directamente en el texto siguiendo la numeración que el mismo autor
efectúa de sus apartados.
En realidad, usted entrama los pasos i) y ii) en un sólo giro: de-
mostrando directamente el segundo, se sobreentiende el primero;
pero creo que es importante diferenciarlos como hitos separados
que estructuran la sucesión lógica de la tesis.
iii) proponer una “vía negativa” (con determinados supuestos)
para establecer el contenido de la razonabilidad como base
de la estructuración ulterior del conjunto de normas mora-
les (usted propone procedimientos); y, como consecuencia
de esto,
iv) concretar un acuerdo moral, razonable por su corrección,
negativo por su sentido, que opere de minimum y permita
la proyección armónica de cada concepción de lo bueno
hacia las ideas, creencias, supersticiones, etc. particulares,
siempre que no cuestionen el acuerdo.
Luego, usted rebautiza a la idea de razonabilidad: ahora la calidad
de ‘razonable’ no referirá a quienes formulen acuerdos razonables,
sino que ‘razonables’ serán quienes “rechacen máximas irrazona-
bles de acción”. Las personas razonables habrían dejado de ser un
medio técnico al que apelar para definir la razonabilidad (trascen-
dental rol que Rawls y Barry le asignan), para transformarse en un
mero calificativo que denota el resultado satisfactorio acusado por
el ‘ensayo de contraste’ entre el criterio de corrección —ya defi-
nido— y la conducta desplegada por aquéllas. Así las cosas, usted
habría logrado su propósito de des-subjetivizar la razonabilidad
por medio de una referencia al mal radical.
Es en este marco —el paso iv) en particular— que no alcanzo a
comprender el sentido de lo expresado en el p. 20*, punto v): “En-
tre dos concepciones de lo bueno razonablemente aceptables,
aquella que permita una promoción mayor del bienestar (entendi-
da como un mayor alejamiento del malestar) será mejor.” Dentro
de mi forma de explicar su planteo, esta deducción rompe con la
179
4
Quizás el ejemplo no sea el mejor, pero voy a entrometerme con su amado ci-
garrillo (¡aunque más no sea para molestarle!). Sería (i) radicalmente irrazonable
que a alguien se le cruzase por la cabeza fumar en una sala de maternidad de un
hospital, comprometiendo la salud respiratoria de las criaturas, por el sólo hecho
de la incontinencia ante su deseo personal de fumar; correcto. Ahora bien, (ii) en
un cine donde hay gente adulta, y probablemente no comprometa la salud de na-
die (pero moleste a muchos), sería irrazonable que el fumador diese rienda suelta
a su placer ya que su ‘buen rato’ puede hacer pasar un ‘mal rato’ a los otros no-
venta espectadores. En estos dos casos estaríamos de acuerdo en que nuestro fu-
mador empedernido infringiría el minimum de lo razonable ya que lo que resulta
bueno para él resulta: o bien penado moralmente por nuestro criterio de correc-
ción por ser una máxima absolutamente irrazonable de acción (caso i) [p. 19 ii)];
o bien censurado por tratarse de una conducta con consecuencias prima facie irra-
zonables (caso ii) [p. 19 iii)]. Sea cual fuere la vía lógica que termina por autori-
zar la prohibición, el comportamiento resulta moralmente reprimido por pecar de
irrazonable.
Hasta aquí todo muy transparente, pero veamos un tercer caso, algo más limítro-
fe. Supongamos que cansado de vérselas en la piel de una “persona irrazonable
por querer poner en práctica su concepción particular de lo bueno (de acuerdo
con el criterio de corrección moral que él mismo ha contribuido a conseguir: p.
20, punto i), nuestro fumador opta por (iii) prender su cigarro en la intimidad de
su hogar. El buen sentido nos indica que no hay nada que razonablemente se pue-
da esgrimir para impedírselo, esto es, dentro del minimum razonable que hemos
consagrado por vía negativa no se encontraría el postulado “fumar sin perjudicar
lógica argumental: parece como si usted se estuviese saliendo de
la idea política de un mínimo, ideando una proyección ambiciosa
y hasta peligrosa de la razonabilidad (cualquier lector malintencio-
nado podría ver en ella una suerte de imposición autoritaria de cri-
terios hacia su concepción particular de lo bueno, ya totalmente
fuera del “coto razonable” definido y avanzando sobre lo que se
suponía queríamos preservar). Aparentemente, usted estaría llegan-
do a predicar sobre la calidad inter-relativa (...será mejor que) de
concepciones particulares de lo bueno cuyas premisas ya hubieren
sido satisfactoriamente sometidas al ‘ensayo de contraste’ y, por
tanto, ostentarían la rúbrica de razonables. Si me pregunta a mí, la
línea aparece aquí como muy delgada entre derivaciones remotas
de la irrational perversion (es claro que no podemos estar hablan-
do de los casos flagrantes sino de cuestiones bastante limítrofes)
y postulados particulares de lo que prudentemente resulta bueno
para cada uno.
4
PATRICIO NAZARENO
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005180
a terceros es irrazonable” (lo que salvaría esta práctica). Sin embargo, de acuerdo
a lo expresado en el p. 20, ni siquiera se necesitaría una elaborada argumentación
para predicar, de la concepción de lo bueno del fumador, que es “menos mejor”
que la del no-fumador.
Ahora bien, si el objetivo de la teoría es dar razones para eliminar las reglas de
conducta irrazonables, no se alcanza a comprender de qué nos sirve calificar las
ya razonables en mejores y peores. Habría dos posibilidades: (1º) que no haya
ninguna utilidad en ello, ergo, el criterio es sobreabundante; o bien (2º) se preten-
de detectar un potencial de irrazonabilidad latente en la regla de conducta. Lo pri-
mero no presenta problemas, pero lo segundo —estimo— puede llegar a ser peli-
groso, como veremos.
Voy a intentar una explicación breve: los individuos que fuman (donde sea: i,
ii o iii) exponen su cuerpo al tabaco generando una crecida población de casos
afectados por el cáncer en determinados órganos del sistema respiratorio, como
la etiología ha sabido demostrar. Ello innegablemente genera una importantísi-
ma desviación estatal y privada de recursos de salud hacia el tratamiento de
aquellas enfermedades y derivadas (los últimos estudios en EE.UU. revelan una
relación de siete dólares en gastos por cada etiqueta vendida), recursos que
bien podrían ser utilizados para paliar otros sufrimientos contraídos con mayor
grado de fatalidad y por tanto menor de intencionalidad (enfermedades varias,
hambruna, etc.). En concreto: parecería bastante irrazonable que la sociedad
toda tenga que cargar con sostener vicios particulares en lugar de dedicarse a
aliviar otros sufrimientos menos estúpidamente conseguidos. Confieso que he
elegido este ejemplo porque su condición de fumador me exime de tener que
demostrar la existencia de argumentos en pro de la causa del tabaco —usted ya
los tendrá—, razones éstas que podremos considerar prudenciales y hasta sen-
satas, pero en modo alguno razonables. Todo esto, a mi entender, establecería
razones suficientes para introducir dentro del marco de lo irrazonable el sólo
hecho de fumar empedernidamente, lo que podría significar que la conducta
(iii) sea considerada irrazonable. ¡Nuestro fumador estaría verdaderamente mo-
lesto con nuestro criterio de corrección!
Lo único que aparentemente impediría en el desarrollo de su teoría que yo pro-
ceda de esta forma para ampliar considerablemente el marco de lo irrazonable (a
costa de las concepciones particulares de lo bueno “menos mejores”, como la de
los fumadores aquí) sería su concepto de la irrazonabilidad a ‘prima facie’, que
querría decir que sólo se pueden prolongar en ascenso (desde lo radicalmente
malo) las irrazonabilidades hasta un “nivel inmediato” de análisis. Pero —si esto
es así— el coto parece ciertamente endeble: si bien faltarían explicaciones y jus-
tificaciones, aún proporcionadas éstas no se alcanza a ver de qué manera podría
§ 2. Los supuestos basamentales y la crítica al quinto supuesto
Quiero dedicar algunas reflexiones a discutir las suposiciones que
aparecen cimentando su tesis [p. 15], ya que una de ellas llama
181
justificarse razonablemente un criterio lógico particular que despierta fuertes sos-
pechas de arbitrariedad en cuanto a su emplazamiento.
Por último, más allá de lo acertado o equivocado que pueda estar con el prece-
dente planteo, su objetivo nunca ha sido el de predicar criterios para la evalua-
ción de concepciones de lo bueno ya razonablemente aceptables, todo lo contra-
rio: usted bien sabe que estamos en un terreno complicado (si no en lo científico,
al menos en lo político). El problema es entonces que no se alcanza a compren-
der qué quiere usted decir con que una concepción razonable puede ser “mejor
que otra, tal calificación no parece menos que disonante en el marco de los pro-
pósitos de su teoría.
mucho mi atención. Usted hace más extensa la lista de supuestos:
a los básicos (1, 2, 3 y 4), les agrega otros tres (digamos: 5, 6 y
7) que soportarían su reformulación de la razonabilidad como cri-
terio de corrección moral:
1. SUPUESTO BÁSICO: Concepción del ser humano como
agente moral (rechazo de vertientes deterministas) [p. 1];
2. CRITERIO BÁSICO DE ADMISIBILIDAD: la imparcialidad
[p. 2];
3. CONDICIÓN DE ACCESIBILIDAD: postulado del puente
[p. 3];
4. Tesis del solapamiento parcial de los juicios morales y los
juicios empíricos [p. 4].
+
5. CONCEPCIÓN DEL AGENTE HUMANO: No es susceptible
de formular reglas de comportamiento que correspondan a
un “club de suicidas” [p. 15];
6. Ninguna concepción de lo bueno puede dejar de ser puesta
en duda razonablemente (pero de aquí no se infiere una neu-
tralidad razonable que se apoye a sí misma) [p. 15];
7. Asimetría entre lo Bueno y lo Malo [pp. 15-16].
Donde, si bien el meollo de la tesis se encuentra vinculado al pos-
tulado nº 7, que es el que se lleva la mayor cantidad de las expli-
caciones y justificaciones, nos topamos aquí con una especie de
PATRICIO NAZARENO
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005182
5
Me veo obligado a destacar que la formulación se presente convertida a los tér-
minos negativos que, a esta altura, no pueden ocultar su preferencia: la sociedad
no es un “club de suicidas”.
“cláusula de salvaguarda” que no parece merecer un tratamiento
tan depurado como el de sus pares: me estoy refiriendo a la enun-
ciada en quinto término (o supuesto nº 5).
Postula una concepción del agente moral que aparecería ontológi-
camente vinculada al supuesto básico (enunciado como el primer
supuesto); sólo que esta vez nos introduce directamente en el con-
tenido propio del criterio de corrección: contrariaría la propia na-
turaleza humana una regla de comportamiento que viole este as-
pecto. Esto es: la eventual regla, candidata a formar parte del
sistema, podría perfectamente superar el criterio de admisibilidad
y hasta la condición de accesibilidad pero quedaría descartada por
este tamiz, que operaría... ¿previamente al criterio de corrección?
Estimo que esto no es así; lo que usted quiere hacer con este postu-
lado (de carácter muy general y poco comprometido) es simplemen-
te orientar a la ulterior definición del contenido de la razonabilidad.
Está muy claro que no se pretende introducir al criterio de correc-
ción (todavía por definir) un sesgo muy marcado, ciertamente us-
ted no ha dicho que el valor vida debe ser protegido absolutamen-
te y a rajatabla bajo cualquier circunstancia, algo que seguramente
sería muy complicado de justificar como independiente de cual-
quier concepción particular de lo bueno. El supuesto no puede ser
cuestionado desde tal perspectiva, porque usted ha sido muy cui-
dadoso y prudente al formularlo: decir que el objetivo es, en tér-
minos generales, seguir viviendo, parece estar muy lejos de tener
una carga que evidencie compromisos con alguna posición en par-
ticular.
5
En suma, el postulado se muestra sustancialmente impe-
cable; representa —desde todo punto de vista— una postal de sen-
satez. Con todo esto estoy de acuerdo, pero ¿cuál es el verdadero
objetivo de emplazarlo en tal sitio?
Doy por aceptado que todo supuesto tiene su razón de ser en la
economía de una tesis, está claro que operan a manera de blindaje
183
frente a cuestionamientos que pretendan desconocer el sentido ge-
neral del planteo (serían críticas “de afuera”, esto es: ajenas a la
lógica que se expone en el trabajo).
6
Pero en este caso está muy
claro qué es lo que va a resultar como contenido del criterio de
corrección luego de la aplicación de la sucesión lógica que usted
propone, ya sabemos de antemano la orientación de las premisas
que resultarán rectoras del orden moral. ¿Qué sentido tiene ade-
lantarse a lo inevitable, y en calidad de supuesto? ¿Qué críticas
pretende usted descartar? Concretamente: ¿a qué le teme? No he
podido dilucidar esto, creo que el simple hecho de que venga al-
gún gracioso y le cuestione —con ínfima percepción del asunto—
acerca de si usted (por su teoría) estaría dispuesto a aceptar como
premisa que la sociedad consensuara una especie de “suicidio co-
lectivo”, algún tipo de prácticas masoquistas generalizadas, o algo
semejante en calibre de imbecilidad, no parece a mi criterio justi-
ficación válida para la inclusión excesiva del más juicioso de los
supuestos. ¿Son éstos los tipos de situaciones ante las cuales us-
ted sacaría a relucir tal suposición?
7
6
Estas críticas habitualmente rebosan ligereza y superficialidad, y por lo tanto no
suelen plantear objeciones demasiado trascendentales. Si yo estoy haciendo física
y viene alguien y me dice “—Todo lo que estás haciendo es en vano puesto a que
no hay realidad externa a nosotros que sea susceptible de conocimiento, ya que
hay un genio maligno que nos está engañando” (en sintonía con el conocido ejem-
plo de R. Descartes), en vez de ponerme a discutir bizantinamente con él sobre la
existencia de su ‘genio’ voy a sacar a relucir mi supuesto básico: existe cierta rea-
lidad objetiva susceptible de conocimiento. Quizás el mayor mérito de los supues-
tos fundamentales sea entonces el de permitir al científico abocarse a su objeto sin
distraerse en planteos que lo exceden en sus posibilidades cognitivas.
7
En concordancia con lo que vengo exponiendo, voy a tratar de redondear la im-
presión que me provoca el tema que nos ocupa refiriéndome a una suerte de sáti-
ra metafórica (en el mejor de los sentidos), que creo puede llegar a hacer más
comprensivo mi punto de vista. Si bien probablemente usted no haya sido un fa-
nático de las novelas infantiles o de —su versión más contemporánea— los dibu-
jos animados (aquéllas más de su época y estos más de la mía), habrá advertido
una curiosidad que se presenta con cierta frecuencia en sustratos argumentales re-
ferida a la caracterización de los personajes: probablemente con una finalidad
simplificativa, los autores de estas historias diseñan un mundo en el que se dan
dos polos opuestos (dicotómicos), de un lado los ‘buenos’ y del otro los ‘malos’,
sin posibilidad alguna de mezcla o superposición.
PATRICIO NAZARENO
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005184
En este panorama cobran significación las categorizaciones de amigo y enemi-
go, que son tan propias de los personajes infantiles, conjuntamente con polariza-
ciones extremas de una situación y la otra: mientras que por un lado en el mundo
del protagonista —el ‘bueno’— todo es belleza y amor, las praderas son verdes,
las flores coronan su perfecto castillo, la bondad es extrema, el coraje el máximo,
la luz y la pureza todo lo invaden y la felicidad es la regla; por el otro, en el
mundo de los malvados la crueldad reina con el odio, todo es oscuro y deficien-
te, el terror y la desolación se perciben en el contaminado aire, las tinieblas y la
noche envuelven un castillo negro y tenebroso (recuerdo que los nombres de los
enemigos eran sumamente negativos: Destructor, Skelletor). El punto es que es-
tas simplificaciones —que encuentran un campo muy fértil en torno a la fantasía
infantil— nada tienen que ver con la vida real, porque su maniqueísmo es total:
está el mundo de lo bueno y lindo, donde todo es bueno y lindo, y el de lo malo
y feo, donde todo es malo y feo.
Pero pretendo llegar a una situación bien puntual. Hay ocasiones en que los au-
tores de este tipo de historias, con cierto aire irónico, llevan tan hasta las últimas
consecuencias la mencionada polarización que quitan toda posibilidad de manifes-
tación de lo que es propio de un mundo en el otro, esto es: nada es malo en el
“mundo bueno”, ahí no hay lugar para el odio... Y lo más pintoresco se da en
cuanto a los personajes afines al “polo negativo”, su radicalización llega a tales
extremos que la negación de todo lo bueno en su órbita llega al absurdo: a los ma-
los no les gusta que les digan que su atuendo les queda bellísimo, esto es un insul-
to para ellos, un verdadero halago es que les digan que les queda horripilante o
espantoso, y entonces sus rostros se llenan de regocijo. Esta situación es propia de
varios personajes populares infantiles, pero su mayor exponente parece ser la anti-
gua serie y película norteamericana “T
HE ADDAMS FAMILY” (“LOS LOCOS ADDA-
MS”, en la versión en español), por la sencilla razón de que centra absolutamente
toda su temática en torno a la paradoja recién descripta: para los Addams es bueno
lo ‘malo’ (Somos Addams y pueden retorcernos, destriparnos, enterrarnos vivos
o descuartizarnos; aún así seguiremos siendo felices! ¿Y quieren saber por qué?
inquiere en tono drástico Morticia“—¡Porque nos gusta!!!” —sentencia el
resto de la familia).
Hemos llegado al punto en que usted exigirá, con razón, que precise el objeti-
vo con el que me he aventurado a profundizar in extenso acerca de personajes in-
fantiles fantásticos y series de televisión en un escrito que pretende modestamen-
te plantear una discusión sobre ciertas cuestiones de ética. Pues bien, para
redondear la crítica a su ‘cláusula de salvaguarda’ (nº 5) que estuve intentando
perfilar, he decidido sintetizar mi planteo refiriéndome a ella como “Cláusula
contra los Locos Addams”, en clara alusión a una situación ficticia que acabo de
describir y en representación de la cual he optado por los personajes de la cono-
Como habrá advertido, el planteamiento no tiene mayor trascen-
dencia y se resuelve en una cuestión meramente expositiva. Por
más que creo que el enunciado se encuentra en una suerte de so-
185
cida serie estadounidense. Como expresé oportunamente, la inclusión de tal enun-
ciado en calidad de supuesto no me deja otra cosa que entenderlo como una cláu-
sula de salvaguarda frente a planteos ultra-extremos que, dada la radicalidad de la
posición descartada (insusceptibilidad de formular reglas de comportamiento que
correspondan a un “club de suicidas”), me parece que de lo único que puede
proteger al criterio es de cuestionamientos imposibles, esto es, de los que formu-
larían personajes de parodia como los Locos Addams (paradigmas de la irrazona-
bilidad). Inclusive, si los encargados del doblaje al español hubiesen sido cono-
cedores de estas teorías de justicia probablemente los hubiesen rebautizado
—mucho más científicamente— como “Los Irrazonables Addams”.
La posibilidad de que vengan algunos “bichos raros” y planteen cuestiones de
este tipo sólo puede ser considerada en forma matemática y con total y absoluta
abstracción de lo que la realidad nos indica. Es cierto que dentro de las concep-
ciones y los planteos de los llamados procedimentalistas —en un afán por consi-
derar a la mayor cantidad posible de concepciones dentro del pretendido acuerdo
ético— las consideraciones probabilísticas (matemáticas) pueden asumir un rol
superlativo, pero a mi modo de ver esto ya nos conduciría a una suerte de extra-
vagancia. Y si tal posibilidad existiese, si pudiesen venir los Addams a socavar
nuestra razonabilidad, pues entonces el procedimiento que estamos estableciendo
no va a salvarnos de nada (ni esta cláusula nº 5 ni ninguno de los pasos posterio-
res), y probablemente debamos recurrir a la exclusión violenta de estos grupos
que llega a proponer Brian Barry (p. 168-169).
8
En definitiva y dejando de lado la parodia de los Addams, considero que la
fuerza de su teoría pasa directamente por refutarle al picaresco inquiridor con una
simple contextualización, una referencia a la realidad, al hoy y al ahora de todos
breabundancia —como lo he sostenido—, reconozco que su sensa-
tez ya es de por sí una defensa atendible. Sólo me resta aclarar
que, dado que considero que la faceta más fuerte de su planteo
está constituida por una irrefutable referencia a la realidad (piedra
angular de su tesis), el meollo de la crítica al supuesto nº 5 radica
en que entiendo que el mismo le incorpora alguna dosis de fanta-
sía, aspecto que tarde o temprano termina por menguar la fuerza
explicativa y lógica de la argumentación: si usted ya conoce ab
initio qué es lo que le va a dar como resultado el acuerdo (y jus-
tamente la solidez del resultado se ve acentuada por su referencia
a la realidad), ¿por qué salvaguardarlo para asegurarle un destino
que habrá de encontrarlo casi a título de fatalidad? La aplicación
de su teoría a cualquier sociedad real (supongamos) daría lo mis-
mo con o sin el supuesto nº 5, éste no aporta ni nos salva de
nada.
8
PATRICIO NAZARENO
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005186
(el sustrato de todo planteo moral). Es decir, frente a la pregunta de si usted estu-
viese dispuesto a considerar como razonable algún postulado sólo por el hecho de
ser sostenido como tal por los agentes, esto es, si la teoría avalase que formule-
mos normas de comportamiento suicida (porque bien podemos enunciarlas en un
plano teórico-potencial), yo no respondería que no “porque hay un supuesto que
lo descarta”, sino que no porque si se asoma a la ventana no va a encontrar per-
sonas capaces de ello, esta teoría no está considerada para una sociedad de fábula
en la que existen grupos antihumanos como los Addams, está pensada para la so-
ciedad real: ¿alguien ve eso en la calle?
9
Comprendo además, como usted ha explicado [p. 7], que la renuencia de Rawls
a universalizar (internacionalizando) su liberalismo razonable constituye algo
más que una piedra en el camino a la hora de evaluar la existencia de una “refe-
rencia contextual inevitable” y la consecuente relativización de su concepción de
la razonabilidad.
§ 3. Análisis crítico del recurso de la vía negativa
Aunque usted se ha preocupado por entroncar su propia formula-
ción dentro de la tradición liberal, en la que se inscriben los pen-
samientos de Rawls y Barry, a la vez ha criticado con agudeza sus
teorías por estar aparentemente edificadas sobre predeterminadas
concepciones particulares: habría en ellas una suscripción implíci-
ta a una determinada idea, de la que no pueden desprenderse, que
ronda en torno a los derechos de libertad e igualdad. Concreta-
mente, su acusación apunta a identificar en esa idea primitiva o
previa directamente una concepción de lo que es bueno. En fin,
dicha subyacente concepción particular hospedaría sensibles rela-
tividades en la razonabilidad alcanzada, ligándola inconsciente-
mente a contextos sociales predeterminados, en una entidad tal
como para dar por tierra con todo el experimento del criterio de
corrección moral (amén de que en estricto rigor lógico se incurri-
ría en una suerte de razonamiento circular).
9
En particular, su trabajo puede compendiarse en dos grandes mo-
mentos: por un lado, exponer de manera crítica aquellos vicios en
las teorías de sus predecesores; y por el otro, proponer la ‘vía ne-
gativa’ como una salida airosa a estos inconvenientes, de manera
que permita poder seguir considerando a la razonabilidad como
posible criterio de corrección moral. Me he molestado en delimi-
187
10
El que usted no las llame de ningún modo me obliga a ensayar estas denomi-
naciones provisorias, espero que no provoquen su disconformidad.
tar estas dos fases porque al abordaje de cada una de ellas están
dedicadas sendas secciones de este § 3, a continuación.
[A] Acerca de la crítica a las teorías de John Rawls y Brian
Barry
He visto y —algunas confusiones mediante— revisado mucho la
crítica formulada en contra de los planteos de Rawls y Barry, y
creo haber llegado a una impresión definitiva acerca de su expo-
sición [pp. 8 y 10, dejo de lado las pp. 11; 12 y 13]. Pero antes de
considerarla quiero dejar en claro que comparto el sentido de su
crítica hacia aquellas teorías, en cuanto a que presuponen determi-
nadas pautas básicas (referidas a la libertad e igualdad) que serían,
en última instancia, propias de una determinada concepción de lo
bueno. En razón de su ubicación contextual, aquellas pautas bási-
cas serán referidas como ‘pautas filtro o colador’, con un objeto
meramente funcional y descriptivo.
10
El planteo que usted realiza, en su totalidad, está dirigido a hacer
evidentes los problemas que trae aparejada la definición del ámbi-
to de lo razonable mediante un recurso al agente “persona razona-
ble” como medio técnico. Éste sería el resumen de su línea argu-
mental:
Primero. Si yo, como Rawls y Barry, pretendo definir lo razona-
ble según resulte o no “acordado por las personas razona-
bles” tengo que definir qué entiendo por “persona razona-
ble”. Aquí, luego de considerar lo que se sostiene respecto a
la racionalidad, y lo que puntualmente expone Rawls en
cuanto a qué resultarían “convicciones políticas objetivas
(Rawls, 1993:119 [p. 8]), cabe la afirmación de que no re-
sulta razonable la imposición unilateral de la propia concep-
ción de lo bueno.
PATRICIO NAZARENO
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005188
11
Además de estas pautas generales, ambos autores plantean determinadas cen-
suras concretas aparentemente en un afán por descartar cuestionamientos que no
creen haber desterrado con las pautas filtro de razonabilidad (Rawls: concepcio-
nes de lo bueno que propician la represión o la degradación de ciertas personas
por razones raciales o étnicas, o perfeccionistas, por ejemplo la esclavitud en la
antigua Atenas o en el sur estadounidense antebellum; Barry: los tomistas, los
nietzscheanos y los iusnaturalistas católicos romanos sustentan concepciones de
lo bueno que no les permiten llegar a acuerdos razonables). En lo que a mí res-
pecta, pienso que lo que era necesario descartar fue eliminado oportunamente
mediante la prohibición de la imposición unilateral de la propia concepción de lo
bueno; planteo receptado por usted en el postulado nº 6 de su teoría, el cual re-
sulta —según sus palabras— una “concesión parcial” a Rawls y Barry. Cierta-
mente no veo qué tanto podría subsistir de esas concepciones después del proce-
dimiento postulado, de tal manera que se justifique su censura individual.
Segundo. Sin embargo, me enfrento con el problema de la referen-
cia contextual inevitable (a): si defino lo razonable en refe-
rencia a los agentes, ¿hasta qué punto no lo estoy haciendo
relativo a las condiciones particulares de éstos? Tengo que
asegurarme de que lo razonable no se verá influido ni con-
dicionado por el nivel epistémico (experiencias) y las reglas
de comportamiento (pautas) de cada sociedad determinada
(aquí cobra importancia el ejemplo de la sociedad S* que
cree en las brujas [p. 8]).
Tercero. Para evitar esto es que necesito establecer ‘pautas filtro o
colador —para llamarles de algún modo— que me permitan
purgar a los agentes de estos condicionamientos que relati-
vizan la razonabilidad. Entre ellas:
o se requiere que los representantes de las diferentes teorías
de verdad o de la validez de las normas reconozcan el ideal
de libertad e igualdad ciudadanas (Rawls).
o sólo se requiere que los acuerdos sociales puedan ser
razonablemente aceptados por personas libres e iguales
(Barry).
11
Estas pautas terminarán por agregarse a la establecida en un
principio para componer íntegramente los requisitos de las
personas razonables [p. 10, punto ii)].
189
12
Más adelante en esta sección trataré sobre esta cuestión de las referencias
contextuales inevitables (o “inescapables”, para usar sus propios términos) de ti-
pos a y b, como un pequeñísimo aporte a su crítica.
13
Creo que la interferencia del p. 9 (que se sale un tanto de la línea argumental)
introduce algo de ruido a la exposición: divide en dos al planteo dando lugar a
que la crítica (única) se interprete en dos partes independientes (el p. 8 por un
lado, y el p. 10 por el otro) que no es fácil articular con precisión.
Veamos esto con mayor detenimiento. Cuando refiere al problema de la “re-
ferencia contextual inevitable” en p. 8, usted parece entender por ello que lo
Cuarto. Pero estas ‘pautas filtro’ siempre terminarán siendo pro-
pias e inseparables de una determinada concepción de lo
bueno, y por tanto dependientes de ella [p. 10, punto iii)]. A
la vez que también constituyen en cierta forma una referen-
cia contextual inevitable (pero no como las referidas en el
punto cuarto, sino bastante distintas, llamémosles ‘b’), pues-
to a que dejan afuera a las sociedades que no las comparten
y a ciertos elementos de las sociedades no homogéneas (en
definitiva: a todos los que no adhieren a la concepción de lo
bueno que se invoca previamente).
Quinto. Como lo dicho vicia los planteos de Rawls y Barry por
igual [p. 10, punto iv); más lo vertido en pp. 11; 12 y 13],
usted pretende cortar el problema de raíz proponiendo un
camino alternativo que nos permita definir lo razonable sin
tener que trabajar sobre la idea de “persona razonable” [p.
14 en adelante]. Este camino nos permitiría sustraer a lo
propiamente razonable de toda referencia contextual inevita-
ble —tanto (a), como (b)— y desplazar el problema del con-
texto hacia confines en apariencia menos susceptibles de
cuestionamiento [p. 18].
12
Ahora bien, si este planteo en cinco momentos es correcto, me
gustaría comentarle que la exposición que usted ha realizado del
mismo me ha resultado un tanto confusa. Esto no quiere decir que
no se saque en limpio inmediatamente su crítica hacia los autores
citados (el aspecto que yo he reseñado en el punto primero), sino
que quizás es complicado entender cabalmente el camino comple-
to que usted recorre para llegar a ella.
13
PATRICIO NAZARENO
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005190
razonable, siempre que se apele al concepto de “persona razonable”, se da-
ría condicionado por el nivel epistémico (experiencias) y las reglas de com-
portamiento (pautas) de cada sociedad determinada, en ejemplo de lo cual
propone el caso de la sociedad S* que cree en las brujas poseídas por el de-
monio.
No obstante ello, en p. 10 usted refiere nuevamente al ejemplo de la sociedad
S* donde indica su improcedencia, es decir: que las teorías de Rawls y Barry no
se verían afectadas por este tipo de problemas (por más que recurran a la idea de
“persona razonable”) por quedar descartado por las “pautas filtro o colador” que
incluyen ambos autores.
Sin embargo, por el tono y tenor de sus afirmaciones en p. 8, usted parecería
estar efectivamente criticando a Rawls y Barry en cuanto a que la ‘idea de lo
razonable’ que sustentan sus teorías no puede evadirse de referencias contextua-
les (que —como usted apunta— resultarían ‘inescapables‘ para aquella cons-
trucción de la razonabilidad). En ejemplo de esto es que propone el caso de la
sociedad S* que cree en las brujas, gente que detentaría “convicciones políticas
objetivas” según Rawls (1993:119). Todo ello para después terminar por acep-
tar la improcedencia del problema ilustrado con el ejemplo de la Sociedad S*,
y utilizar justamente la causal de esa improcedencia como blanco de las críticas
[ya en el p. 10].
Cuando refiero al tono y tenor de sus afirmaciones quiero decir que este apare-
ce bastante inquisitorial: “Pero ¿hasta qué punto [en las teorías de Rawls y Ba-
rry] la idea de lo razonable no posee una referencia contextual inescapable, es
decir, hasta qué punto lo razonable no es un concepto eminentemente relativo?
[en p. 8]; para luego aceptar que ello no ocurriría porque los sujetos razonables
deben partir desde una posición de libertad e igualdad que tanto Rawls como Ba-
rry efectivamente prevén [en p. 10].
No obstante estos inconvenientes, he comprendido (como final-
mente he sacado en limpio en los cinco momentos de arriba) que
en realidad usted no está criticando a las teorías de Rawls y Ba-
rry por poseer una ‘referencia contextual inevitable’ (como al
principio surge de p. 8), puesto a que después acepta que éstas
salvaguardan tal posibilidad (en p. 10). Usted simplemente esta-
ría haciéndonos notar el hecho de que una ‘referencia contextual
inevitable’ —como la que afectaría a la sociedad S*— constitu-
ye un problema latente siempre que se trate de definir lo razona-
ble mediante la idea de “persona razonable”. Como tanto Rawls
como Barry entienden esto, tratan de evadir esta complicación
mediante la incorporación de las ‘pautas filtro o colador’; aspec-
to —este sí— que merecerá toda su crítica.
191
Aclarada mi confusión, una circunstancia que contribuyó pesada-
mente al ruido entre las pp. 8 y 10, ha terminado promoviendo
una lectura que creo muy aprovechable, cuyo producto ya he ade-
lantado en parte y sólo me resta explicitar: sugiero hacer extensi-
vo el rótulo “referencia contextual inevitable” a las pautas básicas
(pautas filtro o colador) que ambos Rawls y Barry incluyen, pre-
suponiendo una determinada concepción de lo bueno. Creo que
esto ayudará a remarcar cuán problemática es la definición de la
razonabilidad por medio del recurso “persona razonable”, ante la
permanente asechanza del problema del contexto.
De esta forma —como escuetamente adelanté— tendríamos dos
sentidos para la expresión “referencia contextual inevitable”,
esto es:
Referencia contextual inevitable (a): queriendo significar el
nivel epistémico (experiencias) y las reglas de comporta-
miento (pautas) de cada sociedad determinada como con-
dicionamiento de lo razonable, que es la que usted expo-
ne en su p. 8 proponiendo como ejemplo a la sociedad S*
que cree en las brujas.
Referencia contextual inevitable (b): queriendo remarcar la
dependencia para con alguna determinada concepción de
lo bueno de aquellas pautas básicas introducidas a modo
de filtro o colador como condicionamiento de lo razo-
nable. Es decir: es el rótulo que propongo como desig-
nación conceptual del vicio que usted ha identificado en
las respectivas teorías de Rawls y Barry, más que nada
con el propósito de hacer notar la íntima relación que
habría entre este problema puntual y el genérico que us-
ted hace notar con el concepto originalmente propuesto
(ver a, supra).
Resulta interesante comparar ambos tipos de referencia contex-
tual puesto a que ambos atacan puntualmente la idea de lo razo-
nable, degradándola con particularismos nocivos al objetivo de
universalidad. Con este cuadro espero clarificar las diferencias
entre ambas:
PATRICIO NAZARENO
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005192
Me parece que esto resulta interesante para redondear su idea,
recalcando cómo es que Rawls y Barry “se salen de la sartén
para caer al fuego” en cuanto a la idea de razonabilidad. Es de-
cir, dando por sentado que ambos autores son conscientes de
cuánto pueden verse socavadas sus construcciones teóricas por
la presencia de referencias contextuales (de tipo a) en las per-
sonas razonables a las que apelan, se han visto forzados a in-
corporar mecanismos destinados a salvaguardar esta circunstan-
cia: las pautas básicas (filtro o colador) restrictivas de la idea
de “persona razonable”. Sin embargo, estos mecanismos los
hacen, a su vez, caer en referencias contextuales (tipo b, aho-
ra). Con lo cual, pareciera que la única forma de evitar condi-
cionamientos particulares a la razonabilidad termina siendo la
realización de una opción concreta en lo que a esos particula-
rismos refiere: si concretamente me decido por la concepción
Tipo
(a)
(b)
Queriendo referir a
Condicionamientos
vinculados al nivel
epistémico y las reglas de
comportamiento de la
sociedad de que se trate.
Condicionamientos
respecto de la vinculación
de lo razonable para con
determinadas
concepciones de lo
bueno.
Que afectarían a
La razonabilidad obtenida
mediante teorías que
pretenden definirla
apelando a la idea de
“persona razonable”, pero
sin incluir salvaguardas
respecto de la
razonabilidad de las
personas.
La razonabilidad obtenida
mediante teorías que
incluyan dentro de sus
presupuestos pautas que
deriven de una
determinada concepción
de lo bueno
(precisamente incluidas
como salvaguardas de la
razonabilidad de los
agentes).
Caso de aplicación
No hay un caso concreto,
pero el problema es
latente para el caso en
que teorías como las de
Rawls o Barry pretendan
prescindir de las “pautas
filtro” de razonabilidad.
Las teorías de Rawls y
Barry.
NOTA: Cada vez que en este trabajo se utiliza la expresión “referencia contex-
tual inevitable” sin explicitar el sentido, debe entenderse en su sentido origina-
rio: el que usted le dio en p. 8 y que yo denominé (a). Nunca debe entenderse en
el sentido (b) a no ser que se encuentre expresamente indicado.
193
imperante en un determinado grupo social (una determinada idea
de lo que es bueno) para evitar una malformación de lo razona-
ble por los particularismos sociales (distintos niveles epistémi-
cos, distintas reglas de comportamiento), estoy consecuentemen-
te renunciando a la universalidad de mi idea de lo razonable, y
quedándome para su aplicación con mi grupo social dilecto (el
que enarbola los estandartes de la concepción de lo bueno elegi-
da). Subrayo aquí, entonces, la absoluta ‘inescapabilidad’ o
‘inevitabilidad’ que caracteriza a la referencia contextual como
verdadera tragedia —destino edípico— de esta idea de razonabi-
lidad.
Creo que no se encuentran grandes deficiencias en este razona-
miento, y me parece que es una buena manera de explicar el vi-
cio cíclico en el que incurren las teorías mencionadas (por su-
puesto que entre que yo así lo crea y que realmente se dé de esta
forma puede haber una distancia más que considerable...).
Ya expuesta su crítica y la lectura que realizo de la misma, tengo
necesidad de destacar muy brevemente un último aspecto, que
apunta a la manera en que ella engarza con el resto de su planteo.
No he podido evitar relacionar la visión particular y contextuali-
zada sobre la libertad y la igualdad que usted hace notar como
“punto flaco” en Rawls y Barry, con las implicancias de los su-
puestos que usted mismo ha concatenado (que enumeré en § 2).
En el postulado nº 1 [p. 1] se comienza adscribiendo a una idea,
una concepción puntual y definida de la persona humana, que es
en definitiva la que posibilita la labor científica sobre las normas
de conducta; entretanto que en el postulado nº 2 [p. 2] llamado
de simetría’ se erige en criterio básico de admisibilidad a un re-
quisito que —en lo que a mí respecta— entiendo íntimamente vin-
culado al primero de los supuestos, como una directa inferencia de
aquél.
El problema sería el siguiente: me cuesta mucho no vincular ne-
cesariamente este cimiento de su teoría con una idea de igualdad
humana que actúe en cierta forma como predeterminadora de cual-
quier concepción ética ulterior. Esto es, descartando in limine pro-
PATRICIO NAZARENO
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005194
14
Digamos que estas máximas acordes —coherentes con el supuesto básico (nº
1) y respetuosas del criterio básico de admisibilidad (nº 2)— adscribirían a la
idea de igualdad no por opción propia, sino por única opción posible.
posiciones que no la contemplen (como las conductas parasitarias:
los esclavistas, algún sexismo extremo, los racistas...), y a la vez
aceptando como únicas posibles aquellas que así lo hagan.
14
En este orden de ideas —si es que no me equivoco—, no puedo
tachar de arbitraria y contextual (particular, relativa) la incorpora-
ción previa de la idea de igualdad en los pensamientos de Rawls
y Barry porque ésta se sobreentiende, y por tanto no puede dejar
de ser considerada. Usted ha dicho, para criticarlos, que “para que
las personas sean libres e iguales tiene que regir una concepción
compartida de lo bueno que exige el otorgamiento de esos dere-
chos de libertad e igualdad y que excluye de la celebración de los
acuerdos razonables a quienes no la comparten” [p. 10, punto
iii)]. Pues bien, si mi análisis tiene sentido, entonces dicha con-
cepción de lo bueno, para cuanto respecta a la igualdad, no es tal
(no representa una concepción particular de lo bueno) ya que este
derecho se presupone inferido desde los postulados más básicos
del sistema. Y no es que excluya de la celebración de acuerdos
razonables a quienes no la compartan (puesto a que la razonabili-
dad nutre recién al criterio de corrección), sino que quienes no la
comparten se ven descartados por el criterio básico de admisibili-
dad, y por tanto las normas de conducta que formulen no serán
morales (es decir que ni llegan a candidatearse para la considera-
ción de su razonabilidad, mueren mucho antes).
Ahora bien, luego he pensado que quizás usted ha dicho “igualdad
y libertad” en conjunto y con un sentido más bien “político”,
como propio de una concepción de lo bueno, frente a la concep-
ción del hombre como agente moral que tiene un sentido más bien
“metafísico”, y por tanto fundamental. En definitiva, que se está
refiriendo a una idea política, que lo que usted entiende por ‘liber-
tad e igualdad’ (juntas e inseparablemente, tal vez) no es compa-
rable a lo que yo estoy entendiendo por igualdad en particular
(habría aquí un cierto paralelismo con lo planteado por Rawls,
195
15
Concretamente, no veo la posibilidad de hablar de igualdad en un sentido ‘po-
lítico’ que pueda llegar a ser distinta de la igualdad que automáticamente se in-
fiere de los postulados nº 1 y 2, ni en una cuestión de planos, ni siquiera en una
de grados: o somos iguales o no somos iguales (no podemos ser más o menos
iguales).
16
En la libertad sí que podemos hablar de grados: la vida en sociedad es en sí
misma representa una limitación a la libertad individual, responde a cada concep-
ción de lo bueno un criterio de ‘lo aceptable’ en cuanto a tolerar limitaciones en
la libertad en pro de la persecución de otros fines valiosos como sociedad (segu-
ridad, salud, educación, derechos humanos en general,...).
1996). Pero de existir esta división en planos —si es que usted así
lo ha querido— no me parece muy clara; y aún en tal caso hipo-
tético considero que es inapropiado hablar de la igualdad como
idea propia de tal o cual concepción particular de lo bueno, des-
pués de la fuerte impronta que hemos determinado en los supues-
tos fundamentales de la teoría.
15
De todas formas, entiendo que esta primera impresión que acabo
de verter no obsta en lo más mínimo a que su crítica prospere. Yo
he hablado de igualdad solamente sin tocar el problema de la li-
bertad, que es donde estoy totalmente de acuerdo con usted: evi-
dentemente Rawls y Barry mostrarían un déficit en este aspecto
(resabios de una concepción de lo bueno previa al acuerdo, sin la
cual el mismo parecería complicarse).
16
[B] Acerca del problema de los límites de la razonabilidad
obtenida mediante el recurso de la “vía negativa”
Con respecto a la segunda de las fases reseñadas en la introduc-
ción a este § 3 (proponer su modelo como alternativa que exime
de referencias a concepciones particulares de lo bueno), tengo un
cuestionamiento general que puede ser un tanto complicado de
expresar, intentaré en lo sucesivo que mi formulación no resulte
oscura, aún a riesgo de tornarme reiterativo.
Lo que voy a tratar de hacer notar es que, si bien —y como usted
insiste— definir alternativamente el criterio de corrección median-
PATRICIO NAZARENO
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005196
17
Usted comprenderá que la vía negativa no representa un mero “parche” en
una construcción vulnerable al reproche de su dependencia de una concepción
particular de lo bueno, como lo serían las teorías de Rawls y Barry. Todo lo con-
trario: su propuesta constituye una alteración radical en la naturaleza del procedi-
miento de definición del criterio de corrección. Este dato no menor es lo que mo-
tiva mi pretensión de un análisis más pormenorizado de los cambios que se
suscitarían de replantear la razonabilidad según la propuesta de la vía negativa.
te el artificio de la ‘vía negativa’ nos salva de determinados in-
convenientes que parecerían afectar la vía que opera mediante el
instrumento de la “persona razonable”, el cambio de foco pro-
puesto nos introduce —como contrapartida— en una serie de
cuestiones que no representaban inconveniente alguno en los plan-
teos originales en crisis. Esto es, al fundamentar el abandono de la
idea de persona razonable se hizo meticuloso hincapié en los pro-
blemas que tal recurso deparaba y en las consiguientes fallas que
introducía en nuestro criterio de corrección, mas nunca se trabajó
en relación a sus puntos fuertes y los beneficios concretos que di-
cho instrumento provee; por tanto, tengo que entender a priori
que la vía negativa poseería el doble beneficio de disolver los in-
convenientes de la vía originaria y, al mismo tiempo, no reavivar
otros que aquella tenía el mérito de salvar (y por ello es que no
habrían sido tratados en su momento). Tal afirmación me parece
demasiado aventurada para aceptarla a priori.
17
Esta cuestión se me ha ocurrido “en abstracto” (sin reparar en nin-
gún aspecto concreto que puntualmente me llamase la atención), a
partir de considerar que el cambio que su trabajo plantea es bas-
tante radical, se lo mire desde donde se lo mire. El sólo hecho de
desprendernos completamente de una idea (aquí, la de “persona
razonable”) por entender que como recurso resulta deficitaria, y
entrar a trabajar sobre una completamente nueva y distinta (su vía
negativa), con todo lo que ello implica dada la radicalidad del
cambio operado, resulta —a mi modesto entender— suficiente-
mente sospechoso como para encarar diligentemente un estudio
sobre la totalidad de las implicancias que tremendo giro traiga
aparejadas. No quiero que se me malinterprete en lo absoluto: lo
que quiero decir con “sospechoso” es que, si bien la instrumenta-
197
18
Vuelvo a insistir sobre lo mismo: la revocación del recurso de la “persona ra-
zonable” y su posterior suplantación por el aparato teórico de la ‘vía negativa
con el fin de resguardar al criterio de corrección definido (de las críticas de parti-
cularismo), puede llegar a descuidar otros aspectos o facetas también susceptibles
de crítica —probablemente tanto como aquella—, que hasta este momento no ha-
brían sido tenidas en consideración por la sencilla razón de que la vía original no
daba lugar a que se planteasen. El problema que creo haber identificado —si lo
es— sería uno de estos aspectos o facetas.
ción de la vía negativa aparece como satisfactoria ante la proble-
mática descripta respecto de la razonabilidad, el calibre del cam-
bio es tan considerable y cala tan hondo que realmente despierta
sospechas en cuanto a que sería altamente improbable que tamaña
reconfiguración no traiga aparejado algún efecto colateral, que
eventualmente hasta pudiere resultar perjudicial.
Creo que esta cuestión es quizás el asunto pendiente de su desa-
rrollo, y –por tanto– entiendo que es la veta que hay que seguir
para llegar a hacernos una idea de las posibles debilidades de la
propuesta, frente a las perspectivas criticadas. Aunque desde ya
aclaro, por si acaso no resultare obvio, que no voy a dedicarme a
efectuar tan fino emprendimiento (que harto excede mis posibili-
dades); tal no es el objeto de la presente sección. No obstante
esto, voy a intentar exponer un planteo que entiendo podría llegar
a ilustrar acerca de este aspecto mencionado. Se trataría, en defi-
nitiva, de una situación particular con la que creo se pone de ma-
nifiesto el problema que he tratado de describir “en abstracto”.
Voy a dedicar el resto de la presente sección [B] a desarrollar el
planteo que he prometido, pero previamente quiero detallar mejor
lo que pretendo hacer con él.
Si bien la cuestión que voy a tratar reflejaría cabalmente la si-
tuación recién expuesta (es decir: representaría un inconvenien-
te que afecta al criterio de corrección moral obtenido mediante
el recurso de la vía negativa por alterar el planteo original de
persona razonable
18
), no voy a presentarlo solamente como
caso paradigmático de ella, sino que pretendo dar una vuelta de
tuerca más sobre el mismo asunto, como intentaré explicar en-
seguida.
PATRICIO NAZARENO
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05 ~ otoño 2005198
Para subrayar la importancia que tendría el comprender acabada-
mente la cantidad y magnitud de las mutaciones acaecidas tras el
cambio de perspectiva que significa la vía negativa, puesto a que
en justificación de su introducción —como dije— no puede única-
mente aducirse la subsanación del defecto expuesto
19
, voy a tra-
tar de armar una explicación que tiene por fin hacer notar cómo el
hecho de que nos concentremos completamente en el problema del
particularismo, descuidando el resto de aspectos o facetas, hace
que a la larga dejemos vía libre para que se cuelen vicios que has-
ta podrían afectar a la propia situación de independencia (de con-
cepciones particulares de lo bueno), que es lo que usted pretende
lograr mediante la sustitución del recurso teórico. En otras pala-
bras: creo que lo que usted ha pretendido salvaguardar de la razo-
nabilidad como criterio de corrección puede ciertamente verse
afectado por una cuestión no prevista por la vía negativa, que es-
timo no presentaba problema alguno para la vía original a través
del recurso de “persona razonable”. Según mi pensamiento, lo
que ha ocurrido es que a través de un aspecto descuidado por la
vía negativa, se ha colado un inconveniente que quizás reintroduz-
ca la discusión acerca de la imparcialidad.
Supongamos que adoptamos sin más el recurso de la vía negativa
para la definición de lo que consideraremos irrazonable. Pues
bien, la idea es que nos quedemos con un cierto ámbito de bienes
o valores que resultará “moralmente inaccesible” [p. 19 punto
vii)], en base al cual cada quien podrá estructurar su ulterior cons-
trucción de normas de comportamiento hacia las más diversas di-
recciones (respondiendo a las distintas concepciones particulares
19
Concretamente me refiero al problema de la dependencia de una concepción
particular de lo bueno (o bien: referencia contextual inevitable tipo b”, según el
comentario que realicé de su crítica promediando la sección anterior). Aclaro,
para evitar confusiones, que cuando es esta sección [B] me refiero genéricamente
a: el problema que usted ha identificado; el defecto expuesto; la crítica que usted
formula; la cuestión del particularismo; los inconvenientes de la vía original; las
fallas o el vicio de la misma; etc. los utilizo de manera indistinta porque me es-
toy refiriendo a lo que usted ha criticado de las teorías de Rawls y Barry en su
trabajo, y que yo comenté en la pasada sección [A].
199
de lo bueno), siempre que sus máximas no se inmiscuyan con lo
que hemos definido como irrazonable. Este, palabras más palabras
menos, es el esquema. Y aquí es donde encaja la idea de minimum
que supe tratar en § 1.
Como con esto nos desprendemos de la idea de persona razona-
ble, no vamos a tener problemas referidos a la referencia contex-
tual inevitable, es decir: críticas de relativismo. Lo que delimita el
cerco de lo irrazonable es absoluto, no importa la sociedad parti-
cular de que se trate, ni la concepción de lo bueno que determina-
do grupo dominante sostenga.
Sin embargo, me gustaría ahondar un poco en lo que respecta a
las diferencias de construcción que presentan las teorías encausa-
das por la vía original y la suya, por la vía negativa. Me interesa
puntualizar alguna diferencia que, por ligera que parezca, a la pos-
tre podría traducirse en alguna variación en los productos finales
elaborados a partir de cada una de las vías en cuestión.
Concretamente, yo he halagado su planteo de referencia al mal radi-
cal porque éste llegaría por necesidad al establecimiento de un mi-
nimum, cuyo alcance no parece tan directo o automático por parte
de las otras teorías criticadas. Sustrayéndonos por un momento de
la crítica formulada, tomemos como ejemplo la de Rawls: el “con-
senso solapado” al que arribarían las personas razonables, traería
como resultado un acuerdo sobre determinados puntos (siempre me-
nos que los de una concepción de lo bueno, tal es la idea) que segu-
ramente versarían sobre cuestiones básicas, aunque no necesaria-
mente (no por construcción). Como no se hace referencia directa a
un determinado orden de supra-subordinación de valores comparti-
do para articular la construcción de lo razonable, el producto logra-
do mediante la asistencia del recurso de “persona razonable” no tie-
ne por qué versar sobre el extremo negativo de un hipotético orden
(el mal radical). Aunque de hecho probablemente lo haga (Rawls y
Barry seguramente esperan esto), este resultado no aparece lógica-
mente condicionado como cuando se opera mediante la vía negati-
va. Tal el principal punto de contraste expuesto en § 1.
A través de su recurso técnico, en cambio, llegaríamos a la deter-
minación de ciertos puntos (sobre los que —en cierta forma— ya
PATRICIO NAZARENO
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05 ~ otoño 2005200
existiría acuerdo) que constituirían necesariamente un minimum.
La referencia que este aparato teórico realiza del orden de supra-
subordinación social o compartido determina —y supone— la
existencia de interconexiones jerárquicas y funcionales entre los
valores morales que los individuos sustentan.
20
Entonces, resumiendo todo lo hasta aquí expuesto, habría dos ca-
racteres que subrayar en cuanto al contenido de estas pautas de
corrección moral:
(1) Con respecto a su extensión, evidentemente se conformarían
de una cantidad de valores / elementos / puntos menor que la
de cualquier concepción particular de lo bueno con que se le
coteje, podríamos hablar aquí de un mínimo cuantitativo. La
trascendencia de este carácter se explica de suyo: el acuerdo
versará sobre algunos determinados aspectos de la vida, mien-
tras que todas aquellas cuestiones no incluidas quedarían li-
bradas a lo que cada uno entienda encomiable, tolerable, o
merecedor de reprobación.
(2) En alusión a cierto orden de supra-subordinación podríamos
referir a la bipolaridad ‘malo – bueno aunque, según el argu-
mento de la asimetría entre éstos, quizás sea mejor la dicoto-
mía ‘básico – accesorio’.
21
Concretamente, para la construc-
ción del criterio de razonabilidad, usted hace referencia a una
escala de valores donde ubica puntualmente “los de abajo”,
que defenderían las cuestiones más básicas que toda concep-
ción moral particular tutela. Es a esto a lo que he estado refi-
riendo con el término “minimum”.
20
Jerárquicas porque supone que unos valores son más importantes que otros;
y funcionales porque supone que determinados bienes se encuentran relacionados
entre sí de tal forma que la violación de alguno de ellos trae aparejada la de otros
también. No pretendo teorizar al respecto, sólo quiero señalar a qué me refiero
con interconexión de valores.
21
Donde lo básico es lo que intenta captar con lo razonable, y lo accesorio tie-
ne carácter residual [p. 18 punto vii]. De su planteo puede surgir una suerte de
equivalencia de estos pares, para lo que hace al polo negativo, por supuesto (bá-
sico / radicalmente malo vs. accesorio / no radicalmente malo).
201
Como usted hace referencia directa a este orden de supra-subordi-
nación existente (compartido o social), de su análisis se infiere
que lo razonable ha de tener por construcción carácter de mini-
mum. Sólo de su planteo es predicable la nota (2). Distinto en los
de Rawls y Barry donde, si bien el acuerdo llegaría a plantear una
situación muy similar y hasta probablemente idéntica (teniendo en
miras a la realidad), no arribamos a ella por rigor lógico: aquí no
existe lo malo o lo básico con anterioridad a que las personas ra-
zonables así lo convengan.
Está muy claro que todas estas teorías, desde las innovaciones de
Rawls (1971) y siguiendo una pista que remonta directamente a
Hume, estriban sobre un supuesto básico que posibilita la cons-
trucción, impidiendo que nuestro enfoque moral crítico degenere
en inofensivos pero improductivos nihilismos, o directamente ac-
titudes peligrosas
22
: el simple hecho de que las personas tenemos
apreciaciones y valoraciones morales comunes, aunque más no
sea hasta cierto punto. Usted ha optado por llamar a esta consta-
tación —luego de exponerla a su manera— la “tesis del solapa-
miento parcial de los juicios morales y los juicios empíricos” [en
p. 4]. Como buena heredera de esta tradición contemporánea, su
teoría recepta este cimiento, aunque con un importantísimo aditi-
vo: como usted refiere al orden de supra-subordinación social, una
determinada jerarquía de valores queda configurada, al menos en
las proximidades de su polo ‘negativo’.
23
Usted no está diciendo,
como Rawls y Barry: “las personas están de acuerdo en algunas
22
Como las posiciones de tipo kantiano que habrían conducido a Von Kleist al
suicidio, o la más moderna ironía moral de Richard Rorty, a las que usted hace
ilustradora referencia (2000a:241-2/268-9).
23
Para ello usted ha apelado a dos elementos: por un lado la existencia misma
de un orden de supra-subordinación compartido, evidenciado en el solapamiento
parcial de los juicios morales y empíricos (su postulado nº 4, según mi compen-
dio); y por el otro al hecho de que es más fácil acceder por debajo a este orden
de supra-subordinación (es más fácil y necesario evitar un mal que promover un
bien), concretamente la asimetría entre lo bueno y lo malo que yo me permití
enumerar como postulado nº 7. Es en base a estos dos elementos, hasta cierto
punto el primero incluido en el segundo, que usted construye la vía negativa
como recurso eficiente para la definición de la razonabilidad.
PATRICIO NAZARENO
STUDIA POLITICÆ
05 ~ otoño 2005202
Escala de valores individual
Escala de valores social (compartida)
bueno
malo
Que, por agregación,
definiría
bueno
malo
>
pautas morales, ergo: hay posibilidades de acuerdo (...estipulemos
pautas para definir lo que es una persona razonable, y dejemos
que ellas determinen el contenido del mismo)”; lo que usted sos-
tiene es que no sólo las personas están de acuerdo en algunas pau-
tas morales, sino que están de acuerdo en cuanto a determinadas
pautas morales, que a su vez representan las proximidades al polo
negativo de sus respectivas escalas de valores individuales.
Por esto se define automáticamente un orden de supra-subordina-
ción de valores social (compartido) a partir del polo negativo. Lo
que significa que, si bien habría distanciamiento de opinión en
cuanto a lo que cada persona considera bueno, todas están de
acuerdo en lo que consideran radicalmente malo. Esto configura,
como usted ha dicho, un esquema de valoraciones sociales en el
que se integra un sinnúmero de ideas del bien, inclusive hasta an-
tagónicas, con un cúmulo de ideas del mal que son prácticamente
compartidas por todos (por esto es que podríamos hablar de una
idea del mal radical). Podríamos expresarlo gráficamente, según el
siguiente boceto:
Esta ‘pirámide invertida’ constituye el sustrato sobre el que
asienta su construcción teórica.
Pero hay todavía un aspecto más sobre el que quiero ilustrar, para
forzar una comparación entre los resultados obtenidos mediante
cada una de las vías. Supongamos, al efecto, que existe un univer-
so delimitado y finto de valores (representados por las letras del
alfabeto); llamémosle omega:
w = [a; b; c; d; e; f; g; h; i; j;... x; y; z]
203
24
Vuelvo a aclarar que no quiero decir que desconozcan o nieguen esta condi-
ción, sólo que no refieren a ella para que asista en la definición de lo razonable.
Como para Rawls y Barry no habría orden jerárquico aceptado o
compartido respecto de los distintos valores que integran el uni-
verso
24
, las personas razonables tendrían plena “libertad” para
trazar el cerco de lo irrazonable donde quisiesen. En realidad, lo
que convendrían es lo razonable, mientras que lo irrazonable que-
daría definido de manera residual (por descarte); sólo que en el
caso del universo finito omega podemos llegar a identificar lo
irrazonable, que es lo que me interesa comparar. Supongamos, en-
tonces:
razonable = [a; b; c; d; f; h; i; j;... u; w; x; y; z]
irrazonable = w – razonable
= [e; g; v]
Resulta evidente que el emplazamiento particular y concreto de la
separación entre lo razonable y el resto, no tiene otra explicación
que la mera circunstancia de que las personas razonables se hayan
puesto de acuerdo en ello, nada más (entonces las críticas no pue-
den apuntar a otro sitio que la idea de persona razonable).
Pero en su vía negativa lo razonable se define de manera muy
distinta. Al usted referir como sustrato a la realidad que he ex-
puesto y graficado arriba, entre los distintos valores que compo-
nen nuestro universo ficticio se suponen interconexiones (jerár-
quicas y funcionales), al menos en cuanto a aquél segmento
próximo al polo negativo. Por esto, la enumeración desordenada
de valores del universo omega que efectué antes deja ya de ser
desordenada, y comienza a exhibir una cierta concatenación je-
rárquica funcional. Por supuesto que usted me hará notar que
existe una asimetría entre lo bueno y lo malo y que en lo único
que podríamos aceptar la existencia de un orden es con respecto
a los valores próximos al polo negativo, vale decir: algunos pri-
meros estarán ordenados, mientras que de los restantes no pode-
mos predicar esto (las ideas de bien pueden ser muy distantes, y
hasta antagónicas).
PATRICIO NAZARENO
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05 ~ otoño 2005204
Entonces, recordando que se trata de una situación harto simplifi-
cada, nuestro universo omega se compondrá tanto de aquellos va-
lores ordenados cuanto de los que no lo están (para connotar or-
den voy a utilizar guiones), así:
w = [a – b – c; d; e; f; g; h; i; j;... x; y; z]
Desde aquí se construye su razonabilidad: partiendo como base de
que éste orden de valores es predicable precisamente porque los
miembros de la sociedad los perciben de esta forma, cada uno en
su escala particular. Entonces, el acuerdo —que ya existe se tra-
duce en considerar irrazonable aquello que los agentes entienden
radicalmente malo, y lo razonable es lo que queda residualmente
luego de la purga [p. 19 punto vii)]. Es decir:
irrazonable = [a – b – c]
razonable = w – irrazonable
Es imperioso para seguir con este desarrollo entender que cuando
usted plantea la asimetría entre lo bueno y lo malo [p. 15, en parti-
cular su cita de Margalit, 1997], está queriendo decir que el abor-
daje del problema es más sencillo y fecundo si se lo efectúa de esta
manera (proponiendo la consideración del bienestar como conjunto
de males evitados, etc.), pero usted no quiere decir que exista una
distinción tajante entre considerar el problema de una u otra forma.
No se está planteando que no exista un continuum entre evitar ma-
les determinados y promover bienes, esto es: no hay mayor distin-
ción en la realidad entre aquellos valores que usted planteó como
socialmente compartidos y aquellos otros de los que no se puede
predicar esta propiedad. El hecho de que haya un acuerdo tácito en
base a algunos valores determinados (referidos al extremo inferior
o negativo de la “escala”) no determina que estos revistan una ca-
lidad distinta a los demás. En las escalas individuales de cada
agente se da un continuum —supuestamente coherente— en el que
se integran todos los valores, desde los que condenan el mal radi-
cal hasta los que promueven el máximo bienestar posible. No quie-
ro ponerme a entrar en consideraciones de este tipo porque estimo
que entiendo bien lo que usted quiere decir, sólo me he molestado
en señalar un aspecto que creo importante para evitar malentendi-
205
dos en lo que sigue. En suma, la vía negativa propone un recurso
teórico de abordaje del problema y nada más que ello; de la con-
clusión de que el planteo es más sencillo “desde lo malo”, no pue-
den predicarse cuestiones inherentes a la “calidad” de los valores
próximos a uno u otro polo (cuestiones sustanciales).
Pues bien, para proseguir necesito que centremos nuestra aten-
ción en un problema muy puntual. Una vez definido lo que cada
una de las vías en cuestión entiende por razonable e irrazonable,
podemos entrar a considerar el problema de los límites de lo uno
para con lo otro, quizás la cuestión más importante a la que de-
ben responder, teniendo especialmente en cuenta que la situación
hipotética planteada (mediante el universo omega) dista mucho
de ser la que se presenta en la realidad, donde precisamos de un
criterio que nos asista a la hora de encarar una enorme cantidad
de cuestiones por de más imposible de predeterminar.
Rawls y Barry refieren a un eventual acuerdo entre las personas
razonables, sosteniendo que lo razonable es tal porque estos
agentes así lo convienen; con ello no se meten con el orden de
supra-subordinación de valores y, en consecuencia, se salvarían
de lo que quiero hacer notar de su vía negativa. Las personas se
pondrían de acuerdo en tales cuestiones no en virtud de su ma-
yor o menor condición de básicas, sino porque siendo personas
razonables están dispuestas a aceptarlas. De la razonabilidad de
los agentes se extrae el criterio que regirá en cuanto a los lími-
tes del “coto moral”: lo que ellos consideren razonable, será ra-
zonable; lo que no consideren razonable, no será razonable, y
ello con independencia de cualquier conexión lógica, jerárquica o
funcional que pueda detectarse entre estos valores. Aquí entrarán
en juego —por supuesto— todos los prejuicios y hasta mañas
sociales que no hayan sido dejadas de lado por el cuestionado
filtro de razonabilidad de los agentes: si la sociedad cree que el
vicio de fumar es un lujo que puede permitirse no obstante los
siderales gastos en investigación médica que trae aparejados, no
considerará ésta práctica irrazonable, independientemente de que
alguien pueda demostrar —con impecable rigor lógico— que la
misma vulnera una derivación automática de algún otro valor
expresamente considerado dentro del cerco de lo irrazonable.
PATRICIO NAZARENO
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05 ~ otoño 2005206
En su vía negativa esto no es tan así. Usted no refiere a un even-
tual acuerdo sino directamente a consideraciones tácitas en los
agentes morales sobre el mal radical. Por otro lado, se presupone
la existencia de un orden de supra-subordinación social —al me-
nos desde el polo negativo—, con lo cual los miembros de la so-
ciedad “acordarán” valores que reconocen como ordenados en al-
gún tipo de jerarquía (precisamente por esto, entre otras cosas).
Creo que esta alusión al orden de supra-subordinación determina
implícitamente una continuidad entre los valores, que hace impo-
sible la diferenciación o separación tajante entre aquellos que in-
tegran el conjunto de lo irrazonable y aquellos que quedan fuera
de este.
25
Lo que quiero decir es que el hecho de que usted recu-
rra como sustrato a la situación descripta más arriba (mediante la
‘pirámide invertida’ y el universo omega parcialmente ordenado)
puede paradójicamente llegar a complicar el carácter de mínimo
que pretende tener el criterio de corrección.
El problema es que no se encuentran límites inherentes al planteo
de la vía negativa para poner algún tipo de coto a las cuestiones
comprendidas dentro de la razonabilidad. Con esto puede haber
derivaciones tan remotas como la lógica lo permita, sin reparar en
25
Por más que en una sociedad sean diversas las concepciones de lo bueno im-
perantes, y hasta muy distantes entre sí, entretanto que puede considerarse que
hay una sola idea de lo radicalmente malo (según he pretendido graficar median-
te la pirámide invertida), las distintas formas de pensar se van separando de a
poco, a medida que avanzan hacia la definición de lo que es bueno. No se puede
pretender que exista una delimitación precisa entre lo que todos convienen o
aceptan (lo radicalmente malo) y aquello sobre lo cual no hay consenso posible
(todo lo demás). Es evidente que la diversidad se iría dando en una suerte de “de-
gradé ascendente”: mientras más relativa a lo bueno es la cuestión, mayor el di-
senso, justo como en la pirámide invertida. Creo que la causa de este fenómeno
es evidente, y radica en la circunstancia de que la supuesta escala de valores que
se daría en una sociedad se vea constituida por agregación de escalas individua-
les, siendo que en éstas últimas no es lo más común que se registren quiebres o
incoherencias entre los valores que las conforman: dado un individuo determina-
do X, de quien conocemos comparte ciertos valores, podemos predecir con cierto
grado de certeza que su particular concepción de lo bueno tendrá una marcada
predisposición a compartir también un valor determinado, cuya relación lógica,
jerárquica y/o funcional es demostrable para con los valores que sabemos X com-
parte.
207
que la idea siempre ha sido la de resguardar un mínimo, abste-
niéndonos de invadir lo dejado al libre arbitrio de los agentes mo-
rales en el ámbito de despliegue de sus concepciones de lo bueno.
Ello frente a la vía originaria, donde poco importan las derivacio-
nes lógicas y la coherencia, cuando el criterio de corrección se ve
controlado ipso facto por la misma razonabilidad de los agentes a
los que recurrimos: nada tiene por qué ser incluido dentro del cer-
co de lo irrazonable si las personas irrazonables así no lo conside-
ran (después de todo, éste es el criterio).
El punto es el siguiente: recurriendo al orden de supra-subordi-
nación como sustrato, su criterio de corrección se edifica sobre
una base que tiene sus implicancias. Si los valores a, b y c están
ordenados y constituyen lo irrazonable apoyándose en el sustra-
to descrito... ¿qué es lo que impide que se pase a incluir al va-
lor d dentro del cerco? Y luego, ¿por qué no al e? Siendo los
valores d y e —y tal vez los que vinieren después— lógicamen-
te derivables de los primeros, no veo por qué no podamos pro-
ceder de esta forma. (Para ilustrar sobre esta cuestión véase el
caso del fumador que expuse supra en § 1 en una extensa nota
al pie, la número 4).
En los prolegómenos de esta sección [B], supe prometer la expo-
sición de un aspecto que consideraba una faceta descuidada por el
recurso de la vía negativa, siendo que no aparecía como tal en la
construcción de la vía original (mediante la idea de “persona ra-
zonable”). Esto es lo que he intentado mostrar con el problema de
los límites a la razonabilidad. Sin embargo, como también adelan-
té, estimo que este inconveniente destacado puede llegar tan lejos
como para comprometer la propia situación de independencia del
criterio de corrección resultante (en cuya salvaguarda se instauró,
precisamente, el nuevo recurso). Voy a tratar de plantear esquemá-
ticamente cómo creo que el aspecto señalado amenaza con socavar
el universalismo en la vía negativa.
El hecho es el siguiente: más allá del problema que hice notar [en
§ 1] con respecto a concepciones de lo bueno ya razonables y su
condición de mejores y peores entre sí (donde la dificultad se hace
más manifiesta), hasta qué punto la construcción de la vía negati-
PATRICIO NAZARENO
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05 ~ otoño 2005208
26
Creo que un ejemplo ilustrativo puede ser el caso del fumador, expuesto en §
1 (nota al pie número 4). Una sociedad en la que rige la prohibición de fumar es-
taría todavía muy lejos de tender hacia un infierno moral, sin embargo, podemos
tranquilamente considerar a dicha derivación políticamente indeseable.
27
Escogí el ejemplo del cigarrillo porque usted, siendo fumador y un gran filó-
sofo práctico, tiene una opinión seria (contrastable, no un mero “porque si”) for-
mada al respecto, que es contraria al planteo que he formulado. Usted “no
sient[e]”, respecto de la acción de fumar, “la menor inclinación a incluirla en la
categoría de los actos que deberían ser prohibidos” (Garzón Valdés, 2000b:186).
Esto hace que usted viva en carne propia el problema de ‘la barrera’: una deri-
vación lógicamente posible (correcta) podría llevar razonablemente a la inaccesi-
bilidad moral del acto del fumador, hecho contrario a sus intereses y entender.
Por ello usted tratará de erigir una barrera que no permita tales derivaciones...
¿sobre qué razones la sustentará? El sentido de mi planteo aparece cuando usted
no encuentre razones lógicas y se vea obligado a recurrir a cuestiones prudencia-
les, de conveniencia, en definitiva: políticas.
va no estaría dando pie a que alguien —como yo ahora— efectúe
el siguiente análisis:
· Hay derivaciones que son lógicamente posibles (correctas) a
partir de los postulados de su teoría, pero por el momento
resultan políticamente indeseables ya que alcanzarían a
romper el beneficio (político, por supuesto) de la idea de un
mínimo.
· Usted debe explicar en profundidad y conseguir justificar
puntualmente las razones para el levantamiento de la barrera
(o “muro de contención”) ante la posibilidad de que se ope-
ren derivaciones secundarias o remotas —pero indeseables
políticamente— del mal radical.
26
· Pero la razón de la erección de las barreras no tiene una últi-
ma instancia lógica, sino eminentemente política (vendría a
tratarse de una suerte de criterio prudencial).
27
· Entonces ¿hasta qué punto no podría usted ser criticado por
adherir a —o inconscientemente presuponer— tal o cual con-
cepción de lo bueno (supongamos, un liberalismo determina-
do) que justifique la adopción de los criterios que erigen las
barreras?
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El dilema se configura cuando usted debe optar entre permitir de-
rivaciones remotas de la irrazonabilidad, a costa de romper con la
idea política de un mínimo; o, por el contrario, decidir ponerles
coto levantando barreras que las impidan, lo que en última instan-
cia implica recurrir a una concepción particular de lo bueno.
Entonces, como las derivaciones no encuentran límites inherentes
al planteo de razonabilidad, nuestro criterio de corrección resulta
dependiente de una concepción particular de lo bueno que en gran
medida lo condiciona: en definitiva, cada agente entenderá lo que
quiera por “razonable”. Cuanto mucho estarán definidas algunas
escuetas pautas básicas —aunque no por esto poco importantes—
y el resto quedará a discreción de la posición individual. Desde
aquí se percibe que tan importante como definir por dónde empie-
za lo irrazonable es determinar dónde termina: el límite es algo de
lo que no se puede prescindir, so riesgo de caer en relativismos.
Debo referir a los dos criterios externos que usted ha introducido
en su trabajo aparentemente para poner coto a las derivaciones re-
motas de lo que resulta irrazonable: por un lado ha introducido el
criterio lógico de la irrazonabilidad absoluta y prima facie; y por el
otro ha hablado del infierno moral por el avance sobre la “razona-
ble parcialidad” de los agentes. Como el primero se trata simple-
mente de una pauta lógica y ya dije algo sobre él (en § 1), no voy
a volver a tratarlo; simplemente quiero recordar su contingencia.
En cuanto al segundo, ha llegado a hablar puntualmente de un lími-
te a la “marcha moral”, de manera que las inferencias a partir de lo
que resulta irrazonable no se prolonguen en exceso y lleguen a con-
figurar una suerte de “infierno moral”: usando terminología presta-
da (de Nagel, 1996), usted urge a respetar la “razonable parciali-
dad” de cada agente [p. 18 punto a)]. Honestamente, cuesta un poco
entender qué es lo que se quiere decir aquí con “razonable”.
Todo su trabajo se aboca al desarrollo y defensa de un criterio de
corrección moral: la razonabilidad en cuanto representa lo que us-
ted quiere decir con ello (concretamente: un cúmulo de valores
que delimitarían la inaccesibilidad moral del mal radical). Si esto
es lo razonable, entonces ¿qué debemos entender por razonable
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STUDIA POLITICÆ
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De seguro, lo que provoca el problema es el simple hecho de que la terminología
propuesta no sea propia sino ajena: evidentemente Nagel no entiende lo que usted
por “razonabilidad”. Su planteo se reduce a estipular algunas pautas muy interesan-
tes para orientar en la construcción de lo razonable en las comunidades políticas,
principalmente teniendo en cuenta los puntos de vista personales. Sin embargo y a
diferencia de usted, se abstiene de ingresar en lo sustancial: “No he ofrecido nor-
mas substantivas para tal tipo de razonabilidad, sino solamente he indicado los
factores que son relevantes en cada caso individual” (Nagel, 1996:43). Esta dife-
renciación me es necesaria porque de lo contrario podría llegar a pensarse que el
concepto de “razonable parcialidad” es una suerte de derivado del criterio de co-
rrección que usted intenta definir, idea que resultaría muy equivocada.
cuando habla de “razonable parcialidad” del agente? A esta altu-
ra, tal terminología parece confusa; creo que usted ha vuelto al
sentido lego del término, queriendo significar ‘prudente’ o ‘sensa-
to simplemente. Si esto es así —como entiendo que surge del
contraste entre su trabajo y la obra de Nagel— mi objeción es
para con la terminología empleada: entiendo que los conceptos re-
lativos a la razonabilidad deberían reservarse para el aspecto sus-
tancial que usted se ha preocupado por establecer y justificar,
mientras que cuando habla de “razonable parcialidad del agente
debe leerse ‘prudente parcialidad del agente’, concepto no tan
pertinentemente justificado.
28
Si bien puedo estar de acuerdo con la pauta referida para los casos
extremos de las conductas “supererogatorias”, entiendo que resulta
cuestionable para los casos más difíciles (es discutible que no se
sustente en criterios prudenciales). Pero no considero necesario en-
trar en este debate puesto a que, como sea, usted estará de acuerdo
conmigo en que se trata de una barrera muy alejada y que —por
tanto— no nos brinda la más mínima asistencia en la mayoría de los
problemas eventuales: hay muchísimas consideraciones que harto
rompen con el sentido político de un mínimo y que ni siquiera aso-
man a configurar un infierno moral como el que usted pretende evi-
tar con él (es decir: pretender imponer en las personas actitudes de
santos o fakires, para usar uno de sus tradicionales ejemplos).
Usted ha propuesto una vía por de más interesante para comenzar a
rescatar al criterio de corrección “razonabilidad” de las críticas de
211
particularismo que pesaban sobre el mismo. Evidentemente, su uni-
verso de lo irrazonable tiene muy bien definido el comienzo (aque-
llas proximidades al polo negativo en el orden de supra-subordina-
ción de valores social o compartido); sin embargo, estimo que
quedan algunos problemas con la definición del final de este coto
de inaccesibilidad moral: lo irrazonable y lo razonable parecen que-
rer, por momentos, entremezclarse y superponerse. El problema —
como usted bien lo sabe— es que todo el planteo, todo el sentido de
la idea del liberalismo político, pende de que el límite entre estos
dos universos resulte perfectamente identificable. Y ciertamente,
como he intentado exponer, creo que para que esto ocurra en su pro-
puesta, no se puede dejar de recurrir a determinadas pautas pruden-
ciales que, en última instancia, son propias de cada concepción par-
ticular de lo bueno: el límite no aparece definido, ergo, la
razonabilidad como criterio de corrección de pretendida universali-
dad pareciera caer, en cierta forma, dentro del abismo de lo relativo.
* * *
A modo de cierre, y ya con la ficción que supe proponer al comien-
zo definitivamente levantada, no puedo dejar de señalar el anhelo
que inspiró tiempo atrás este ensayo, porque se trata —en lo sus-
tancial— del mismo que hoy me hace decidir por su publicación
definitiva: estimo que urge promover la discusión dentro de la co-
munidad académica, inclusive y hasta principalmente, entre alum-
nos y docentes (después de todo, si al menos de algo sirve este tex-
to, es buen ejemplo de ello). Estoy convencido de que, más allá del
aliento al pensamiento independiente y la defensa de las propias
ideas, ésta es la mejor manera de generar conciencia genuina sobre
la trascendencia de los temas que permanentemente se debaten en-
tre los autores (aquí, en particular, los de filosofía política).
Finalmente, estas páginas no pueden terminar sin que exprese mi
más profundo agradecimiento para quien verdaderamente hizo po-
sible este episodio, transformándose, aunque de manera bastante
inusual, en mi primer profesor de filosofía política. Ernesto Gar-
zón Valdés es una personalidad harto consagrada en el ámbito aca-
démico internacional, y nada puede un joven graduado agregar a
la inacabable lista de homenajes que tan merecidamente ha cose-
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chado en los últimos años. Sin embargo —o todavía más por
ello—, no puedo dejar de destacar aquí la enorme generosidad in-
telectual del profesor Garzón. Aunque en nada más, pero al menos
en cuanto a esto, mi opinión puede considerarse autorizada.
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