51
Alejandra Ruiz
Abstract
The globalization process and the change of paradigms
have contributed to create new ways of interpreting the
traditional concepts. The role of the State and the
governmental management associated to the notion of
“good government” constitutes an example.
The leading theme dealt in the 2
nd
Congress of Public
Administration allows a reflection about the Argentine
State. It was seen as a prognosis of the framework which
makes possible to establish the criteria of the design in the
long term to assure the feasibility of overcoming the
challenges that may appear. One way to achieve this is the
open debate covering many aspects. However, in our
opinion, it is necessary to develop an agenda to substitute
“Creación de valor para la
gobernabilidad”
La mediación como
política pública sostenible
1
1
El presente trabajo, con ligeras modificaciones, fue presentado en Córdoba en
el mes de noviembre de 2003 ante el II Congreso de Administración Pública:
“Reconstruyendo la estatalidad: transición, instituciones y gobernabilidad”.
Código de Referato: SP-18.IV.educc/2004 y SP-19.IV.educ/2004.
STUDIA POLITICÆ Número 04 ~ primavera/verano 2004.
Publicada por la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales,
de la Universidad Católica de Córdoba, Córdoba, República Argentina.
STUDIA POLITICÆ
04 ~ primavera/verano 200452
the 90´s which in our country was particularly
characterized by the treatment of the State Reform and its
paradigms. After undergoing different situations, a “new
agenda” is required. The stability of the democracy
achieved as a political regimen in Argentina even marked
by the impact of the critical events of “The Crisis of
2001” should be socialized for the development of a
democratic society and for a State based on genuine
mechanisms of participation. This may be viable in the
light of a Constructive Management Which Generates
Value For The Governmental Managament, keeping a clear
distinction between the political management and the
policy management to produce high quality political
decisions embracing a deep process of steady search and
agreement. As cited by PNUD, the Gobernmental Ma-
nagement is the exercise of the economic, political and
administrative authority to manage any country affair. This
requires mechanisms, processes and institutions through
which the citizens and groups can materialize their
interests, rights, meet their responsibilities and solve the
differences. In some writings, this last remark is replaced
by “agree on their differences”. Thus, the conflict, its
discussion and solution are part of the governmental
management. The RAC and RAD (Resolucion de Con-
flictos o Disputas – Resolution of Conflicts or Disputes),
and the Mediation as particular case, backs up this
postulates since it allows to solve the conflicts by
involving the members of the community. The movements
promoting the RAC have as aim to foster non conflictive
means or –if possible– non adversarial ones. On the
contrary, it enhances future justice based on prevention.
We believe that the Government understood this view: this
issue was declared “a national interest affair” (Decree
1480/92) and a progressive reinforcing Public Policy in the
last thirteen years was implemented. This process was also
shared by the provinces and town hall, private and public
organizations. This may be considered as a genuine public
policy of support for the society conflicts because it is
inflicting values and culture inherent in this process. A
sustained effort in the process of instauration and
dissemination is required.
53
Resumen
Los procesos de globalización y cambios de paradigmas han
contribuido a crear nuevos modelos de interpretación de
conceptos tradicionales. El rol del Estado y la gobernabili-
dad ahora asociada a la noción de “buen gobierno” son
ejemplo de ello.
El eje temático abordado en el II Congreso de Administra-
ción Pública permite una reflexión sobre el rol del Estado
argentino, en una visión de prognosis de los lineamientos
que posibiliten su configuración o diseño a largo plazo, para
garantizar su posibilidad de enfrentar los desafíos que se le
presentan.
El debate abierto lo es en múltiples ámbitos y direcciones
pero sin duda, en nuestra opinión, hay una agenda por cons-
truir que intenta sustituir la de los años 90, que en nuestro
país estuvo signada por los temas de la reforma del Estado y
sus paradigmas. Tras las distintas experiencias, habilita una
nueva “agenda”. La estabilidad democrática alcanzada a ni-
vel de régimen político en Argentina, aún teniendo presente
los impactantes hechos de la denominada “Crisis de 2001”,
debe socializarse para la construcción de una sociedad de-
mocrática y un Estado con mecanismos visibles de partici-
pación, no meramente formales.
Esto es posible a la luz de una Gestión Constructiva de
Creación de Valor para la Gobernabilidad, distinguiendo la
gestión política (political management) de la gestión de la
política (policy management), con el objeto de producir de-
cisiones políticas de calidad que implique un amplio proce-
so de consultas y búsqueda de consensos.
Según la PNUD, la gobernabilidad (Gobernancia) es el ejer-
cicio de la autoridad económica, política y administrativa
para gestionar los asuntos de un país a todo nivel, involucra
mecanismos, procesos e instituciones a través de los cuales
los ciudadanos y otros grupos articulan sus intereses, ejer-
cen sus derechos legales, cumplen sus obligaciones y resuel-
ven sus diferencias. En algunas traducciones se sustituye
este último apartado por medien sus diferencias. Es por tan-
to, el conflicto, su tratamiento y resolución un componente
de la gobernabilidad.
La RAC o RAD (Resolución Alternativa de Conflictos o
Disputas) y la mediación como caso particular, permite arti-
ALEJANDRA RUIZ
STUDIA POLITICÆ
04 ~ primavera/verano 200454
cular este postulado al otorgar protagonismo en la resolu-
ción de sus conflictos a los integrantes de una comunidad.
Los movimientos en torno a la promoción de la RAC conlle-
van el ideal de promover una vía no litigiosa y en lo posible
no adversarial, para el tratamiento de los mismos y sobre
todo a un ideal de justicia futura basada en la prevención.
Creemos que así lo ha entendido el Gobierno al declararla
oportunamente de “interés nacional” (Decreto 1480/92) y
mantener una política publica de afianzamiento progresivo
en los últimos trece años, proceso que ha sido compartido
por las provincias y municipios, privados y organizaciones.
Asimismo y en función de los valores que introduce y la
cultura que genera podrían ser consideradas como una ver-
dadera política pública de contención de conflictos en la
sociedad y para ello requiere de un esfuerzo sostenido en su
proceso de instauración y difusión.
Introducción
E
l eje temático del II Congreso permite una reflexión so-
bre el rol del Estado argentino, en una visión de prognosis
de los lineamientos que permitan su configuración o diseño
a largo plazo, para garantizar su posibilidad de enfrentar los desa-
fíos que se le presentan.
Es inevitable pensar desde qué perspectiva lo haremos, como así
también los procesos necesarios para materializar y legitimar este
“modo de ver” al Estado en un contexto caracterizado por la glo-
balización, los impactos de los nuevos paradigmas de la ciencia
y adelantos tecnológicos, desarrollo de las comunicaciones, su
acceso e inmediatez y un largo etcétera que permiten situarnos
en un arco de amplitud que puede pasar por las conceptualizacio-
nes de Raymond Aron o Fredercick Von Hayeck, las disquisicio-
nes filosóficas y su relación con la política de Jurgen Habermas,
el sentido de la realidad de Berlin o Fukuyama, la construcción
del conocimiento de Popper, el futurismo de Toffler, los descar-
nados análisis de Pierre Bourdieu o Noam Chomsky sobre capi-
talismo y exclusión social, o Revel y Sorman en su opuesto; es
decir “una época en la que la forma que adopta la ideología do-
55
2
JAMESON, Frederic. Ensayos sobre el postmodernismo, Colección El cielo por
asalto. Imago Mundi, 1991.
3
GUTIÉRREZ, Alicia. Pierre Bourdieu, las prácticas sociales, Ediciones Cáte-
dra, UNC.
minante es la de un pensamiento del fin de todas las cosas sin
que se prevea el comienzo de ninguna”
2
, como horizonte utópi-
co valedero.
Es ineludible hacer presente que en torno al Estado, hay en térmi-
nos puros, un largo debate sobre lo que se consideran sus proble-
máticas relevantes: crisis del Estado-Nación absolutamente autó-
nomo, su descontextualización en relación a las tradicionales ideas
de soberanía, las crisis del llamado Estado Social de Derecho o
Estado de bienestar, su reformulación mediante las reingenierías
en Estado Empresario y finalmente, la más preocupante de Estado
fallido. Sin dejar de lado los debates de lo que se considera su
evolución a las viabilidades conjuntas o Estados regionales o en
Red según el caso.
Ya en 1996 en el I Congreso Europeo de Latinoamericanistas, ce-
lebrado en Salamanca se tuvo como eje «la necesidad de generar
infraestructura epistemológica dentro del contexto de estudios...
revisión de los marcos referenciales teóricos, paradigmas y de las
utopías, tendientes a la integración en un mundo globalizado...
teorías de integración económica y jurídica» , particularmente.
Esto que en resumidas palabras podría plantearse como ¿Cuál
ha sido el rol del Estado tradicionalmente? ¿Cuál pensamos que
es hoy dicho rol y su tarea? y por sobre todo, ¿hacia dónde
quieren los actores sociales que se encamine su acción y cómo
lograrlo?
Es decir, Quien piensa el rol y desde dónde lo hace; Pierre Bour-
dieu
3
hablaba del ENJEU o cuales son las reglas del juego, y la
libertad resultante que da a los actores sociales conocer las re-
glas de ese juego. Como se verá el debate está abierto y lo es en
múltiples sentidos, pero sin duda hay una agenda por construir
que intenta sustituir la de los 90, que en nuestro país y también
ALEJANDRA RUIZ
STUDIA POLITICÆ
04 ~ primavera/verano 200456
4
ROMERO, Luis Alberto. La Crisis Argentina, siglo XXI, colección mínima, Bue-
nos Aires 2003 y nota de referencia en un artículo central aparecido en La Voz del
Interior, sección F, pág. 4, domingo 14/09/03.
en América Latina, estuvo signada por los temas de Reforma del
Estado y sus paradigmas. Indudablemente los procesos de redise-
ño del Estado configuraron su rol, con percepciones diferentes en
la sociedad. Tras las distintas experiencias habilita una nueva
agenda (no porque se hallan perfectizados aquellos procesos,
sino por la necesidad contextual). En nuestro país esta se halla
signada por hechos concretos: necesidad de redefinición interna
y externa, instituciones en crisis, aumento de demandas sociales
por crecimiento de pobreza y exclusión, preocupación por la go-
bernabilidad y la seguridad jurídica, redefinición de actores so-
ciales y clase dirigente representativa, percepción de ausencia de
políticas de estado e insuficiencia de políticas públicas a largo
plazo.
Estos procesos explicables a la luz de los hechos de noviembre
2001, caracterizados por una realificación repentina en el seno de
la sociedad de los denominados componentes de la crisis de Ar-
gentina: “... los días memorables de 2001 iniciaron la hora de los
iracundos. Caceroleros, ahorristas, asambleístas y piqueteros fue-
ron la expresión de distintos segmentos de la sociedad, clamando
por la calle por sus intereses afectados: el empleo perdido, los
ahorros evaporados, la confianza defraudada, superpuestos pero no
unidos, conformaron un coro de protesta generalizado, cuya vo-
luntad crítica y capacidad analítica se resumió en una consigna
dominante: que se vayan todos... Sobre este estado de ánimo ira-
cundo, un conjunto de políticos e intelectuales, es decir los res-
ponsables de interpretar los problemas y proponer las soluciones
eligió la actitud apocalíptica... otros con la mirada más serena...
procuraron examinar la crisis con más distancia, sacarla de su con-
texto inmediato y relacionarla con procesos más generales de la
Argentina...”
4
En definitiva, se trata de elegir dónde situarnos: críticos, pero ne-
cesariamente esperanzados.
57
5
Referencia al anterior Congreso de Administración “Sociedad, Gobierno y Ad-
ministración Pública”, realizado en 2001.
6
En referencia al artículo “La crisis y las Reformas del Noventa, El liberalismo
no fracasó; nunca se aplicó”, por Guillermo Y
ETTS, La Nación, Sección 7, pág. 5,
21/09/03.
Gobernabilidad Democrática
El desarrollo del presente trabajo tiene por objeto profundizar en la
utilización de herramientas disponibles para la constitución y desa-
rrollo de valores en la sociedad civil. Fuertemente desestructurados
por la avalancha de acontecimientos mencionados y también, lo
que no es un dato menor, la contienda de ideologías y posiciones
zigzagueantes de los últimos años, expresados en cómo explicar a
la misma sociedad los mismos procesos que a nivel de claustros
identificamos como el pasaje del mito del Estado mínimo a la ne-
cesidad de una verdadera reconstrucción de la estatalidad, con con-
figuraciones en pleno proceso de ebullición y que fueran objeto de
abordaje en el pasado Congreso de Administración
5
.
Las demandas sociales a principios de los 90 en un amplio sector
de la “clase media” argentina pasaban por nociones de aumentos
de la calidad de vida y prestaciones de servicios, de una posibili-
dad de acceso al mundo, mientras que al año 2000 se sitúan por
verdaderos niveles de sobrevivencia individual y colectiva, con los
matices que puedan ponderarse.
El paradigma de lo small is beautifull, que conlleva la dicotomía
de quienes dicen que la crisis es consecuencia directa del modelo
neoliberal, y para otros, esto es imposible, pues nunca se aplicó:
“Durante la década de 1990 no falló el liberalismo, porque, la-
mentablemente no fue aplicado. Lo que funcionó fue un sistema
prebendario, corporativo y rentístico. Las apelaciones al liberalis-
mo fueron meros efectos de marketing político para ganar la sim-
patía de los inversores financieros, que gozaban de un seguro de
cambio encubierto, como era la convertibilidad”.
6
Estas dicotomías necesitan de ser explicadas a la sociedad, que a
su vez las nutre y que requiere de un nivel de protagonismo para
ALEJANDRA RUIZ
STUDIA POLITICÆ
04 ~ primavera/verano 200458
7
El citado artículo de referencia de La Crisis Argentina.
8
Para mayor profundidad en el compilado de “La legitimidad en la Administra-
ción Pública”, pág. 55 a 60 de B
AÑON, Rafael y Ernesto CARRILLO, La Nueva Ad-
ministración Pública, Alianza, Madrid, 1997.
generar una Gestion Constructiva para la Creación de Valor, con
el objeto de producir decisiones políticas de calidad que implica
un amplio proceso de consultas y búsquedas de consensos.
“... pero advertirán, que de acuerdo a la experiencia, nada se cons-
truye ex nihilo, que probablemente la solución de la crisis habría
de seguir un camino tortuoso, que habrían de utilizarse materiales
humanos, sociales, institucionales, culturales y políticos deteriora-
dos, impuros, pues ellos mismos eran parte de la crisis”.
7
Esto nos sitúa de lleno en la necesidad de crear valor para la go-
bernabilidad. Pero ¿qué entendemos por estos términos?
Antes del 2001 en general existía un acuerdo respecto a la creen-
cia de que el Gobierno es legítimo si su origen responde a eleccio-
nes libres. Por lo cual, se llegó a pensar que en Argentina, como
en la gran mayoría de Latinoamérica, las democracias no estaban
en riesgo respecto del establecimiento de regímenes autoritarios.
Pero tras los hechos, se hizo manifiesto la necesidad de que los
gobiernos de acuerdo a las leyes, respondan con eficacia a las de-
mandas de la sociedad civil. En este punto específico deseo dete-
nerme, habida cuenta que la eficacia guarda relación con la legiti-
midad. Según el esquema conceptual de Lipset
8
la eficacia
significa verdadera actuación, el grado en que el sistema satisface
las funciones básicas de gobierno tales como lo considera la ma-
yoría de la población, siendo la legitimidad la capacidad del sis-
tema para engendrar y mantener la creencia de que las institucio-
nes políticas existentes son las más apropiadas para la sociedad.
Según este autor la ineficacia prolongada puede arruinar la legiti-
midad. En las antípodas, pero coincidiendo, J. Habermas entiende
que la crisis de racionalidad del aparato administrativo puede ge-
nerar problemas de legitimidad en el sistema político. Situaciones
identificables en los hechos de Argentina de 2001.
59
9
FILMUS, Daniel. “Concertación educativa y gobernabilidad democrática en
América Latina”, Revista Iberoamericana de Educación Número 12 y pág. Infor-
mática.
Según Daniel Filmus
9
gobernabilidad es un concepto polisémico:
Término que adquiere una connotación imprecisa y ambigua” (Al-
cántara Sáez 1994:16), «que mueve a la confusión» (Rojas Bolaños
1995:21) o «concepto elusivo» (Tomassini, 1995:18)
No sólo no hay consenso sobre su uso, sino que suele tener con-
notaciones contrapuestas.
En su análisis sostiene, que la inclusión de la definición por parte
de la Trilateral durante los años 70 de gobernabilidad estuvo aso-
ciada a una sobrecarga de demandas sociales frente al Estado,
siendo la ingobernancia la falta de eficacia de los Estados para
responder a los reclamos de la sociedad en el marco de las econo-
mías existentes y a la pérdida de confianza de la ciudadanía hacia
la política y las instituciones al no encontrar cumplidas sus de-
mandas. Asimismo, quedaba comprendido en aquel presupuesto
que la elite gobernante era la única capaz de crear condiciones de
gobernabilidad a través de los mecanismos disponibles.
En los 90 se agregan elementos tales como la predictibilidad o la
responsabilidad en el manejo de cuentas (accountability).
Analizar las condiciones de las cuales realmente depende la esta-
bilidad de un gobierno nos sitúa en un marco donde la gobernabi-
lidad deja de ser una cuestión de ingeniería en el más alto nivel
del estado para ser un proceso donde interactúan el cojunto de ac-
tores sociales: «la gobernabilidad democrática no es sólo produc-
to de la capacidad de un gobierno para ser obedecido por sus pro-
pios atributos (transparencia, eficacia, accountability) sino la
capacidad de todos los actores político-estratégicos para moverse
dentro de determinadas reglas de juego, sin amenazas constantes
de ruptura que siembren incertidumbre en el conjunto de la socie-
dad» (Rojas Bolaños).
El término gobernabilidad presenta además dificultades por tra-
ducción de palabras inglesas. Es un problema de lingüística, de
ALEJANDRA RUIZ
STUDIA POLITICÆ
04 ~ primavera/verano 200460
10
FREIRE, Mila y Richard STREN, Los retos del gobierno urbano, Banco Mun-
dial y Alfaomega, 2001 y un artículo anterior de S
TREN para el Congreso de Mon-
tevideo año 2000 “Nuevos enfoques de gobernancia urbana en América Latina”.
conceptos, de la economía del lenguaje anglosajón que requiere
sólo del cambio de unas cuantas sílabas para situarse en otro or-
den simbólico.
Es en este sentido que algunos autores distinguen gobernabilidad de
gobernancia. Este último ha sido traducido del inglés “governance
distinguiéndolo del tradicional “gobernability” y fue utilizado ya en
los años 80 por el Centro Carter de Atlanta. Dicha conceptualiza-
ción constituía “una noción más amplia, más incluyente que el go-
bierno” “la manera general en que se gobierna a un pueblo. Se pue-
de aplicar a las estructuras formales del gobierno así como a las
miles de instituciones y grupos que conforman la sociedad civil en
una nación”.
10
Hay, claro, reticencias para su utilización.
Esto nos sitúa nuevamente ante otra problemática del término
como Gobierno (acción, pilotaje), y gobernabilidad como modo de
gobernar (coordinación multiniveles).
Sucede algo similar con la palabra política y su dificultad polisé-
mica al designar esfera (polity), actividad (politics) y dispositivos
político-administrativos (policy o policies).
La Gobernabilidad permite así definirse, siguiendo a Pierre Bir-
baum como «la capacidad de la sociedad y sus subsistemas polí-
ticos de tomar decisiones o iniciar acciones en reacción a deman-
das y necesidades. La ingobernabilidad, por oposición, será la
incapacidad del Estado para tomar las decisiones que debe to-
mar.» (R. Stren). Sintéticamente se podría decir que la goberna-
bilidad es la “posibilidad real de gobernar” mientras que la Go-
bernancia es un «modo de gobernar que implica la puesta en
coherencia de la acción pública ya no restringida a la elite polí-
tico administrativa, relativamente homogénea y centralizada, si
no por la puesta en marcha de coordinación multiniveles y mul-
tiactores cuyos resultados, siempre inciertos, depende de la capa-
cidad de los actores públicos y privados para definir un espacio
61
de sentido común, movilizar competencias, responsabilidades y
legitimar decisiones»... «Un modelo de gobierno horizontal, es
decir la evolución de la acción pública a la construcción de re-
des» (Muller y Surel, 1998: 94).
11
El término gobernancia implica también, teniendo presente a algu-
nos autores franceses un modo de entender la complejidad cre-
ciente de las formas de ciudadanía.
La gobernancia por tanto tiene que ver con la construcción que
requiere el gobierno (expresado en su clase dirigente) para lograr
apoyos y legitimación en las medidas o decisiones políticas que
deba tomar.
En la Argentina de 2001 ambas: la capacidad para tomar decisio-
nes de calidad que la situación requería y los procesos de legiti-
mación de esas decisiones se encontraban fuertemente acotadas en
medio de una crisis institucional casi sin precedentes.
El término gobernancia nos lleva a introducirnos muy brevemente
en el abordaje de Richard Stren en el cual la gobernancia urbana
se constituye en un término superador del que conocemos como
gobernancia local, pues sugiere “... funciones y acciones de go-
bierno que no admite estandarización e implica mayor diversidad
en la organización de los servicios, mayor flexibilidad, variedad
de actores, incluso una transformación de las formas que la demo-
cracia local pueda asumir, y toma en cuenta a los ciudadanos y
consumidores y la complejidad de las nuevas formas de ciudada-
nía”. Supera la de mero consumidor de servicios. Es un pasaje in-
verso, ampliado, y enriquecido de aquel que decantó de ciudada-
no en usuario de éste, merced a la noción de consumidor de
servicios en cliente y ahora retorna como ciudadano participativo
o clienteciudadano.
Resulta muy interesante el denominado “enfoque de servucción”
en cuanto a los requerimientos del cliente-ciudadano en función
de la prestación de servicios con características y niveles de cali-
ALEJANDRA RUIZ
11
Sobre un Abstract de Jean François JOLLY sobre problemáticas de gobernancia
con incidencia en Colombia.
STUDIA POLITICÆ
04 ~ primavera/verano 200462
12
WALLERSTEIN, Immanuel. Un mundo incierto, libros El Zorzal, 2002, pág.
51 y 58 “... luego está la cuestión de Argentina. El país está de hecho en banca-
rrota, debido a la combinación de la codicia y la inflexibilidad del Tesoro esta-
dounidense y el FMI... ¿Pero puede contagiarse el ejemplo de alzamiento de la
clase media? En cualquier caso, la frustración Argentina reforzará con seguri-
dad la voluntad de quienes, en todo el mundo, anhelan desafiar los más locos
decretos del FMI.
dad prefijados, como así también los aspectos visibles (front offi-
ce) o invisibles (back office) de la organización (Ramió, 132).
Según un informe de la ONU sobre Índice de Desarrollo Humano
cita en el punto 5 “una sociedad que no se resigna: un activo a la
hora de imaginar los cambios” y analiza los nuevos movimientos
surgidos tras 2001 como esfuerzos de reconstrucción de los lazos
sociales a través de nuevas formas de participación. Con énfasis
especial en las denominadas asambleas barriales, calificándolas
como herederas directas del colapso institucional 2001. El informe
se pregunta si estas formas de participación tenderán a institucio-
nalizarse o a desaparecer cuando las cosas mejoren.
Creemos en este sentido que lo que debe institucionalizarse es la
tendencia a la participación.
Entendemos por institucionalización a la definida por Huntington
“proceso mediante el cual las organizaciones y los procedimientos
adquieren valor y estabilidad”.
Esto es posible mediante una gestión constructiva para la creación
de valor donde la participación sea un horizonte deseado y no ex-
presiones forzadas de la anomia institucional.
Asimismo, es posible encontrar espacios de participación en la
ONG, surgidas de esa misma necesidad y ante la ausencia de es-
pacios legítimos.
Inmanuel Wallerstein, en su obra Un mundo incierto analiza con
mirada crítica la situación de Argentina, preguntándose si además
existe un riesgo de contagio de los componentes de la crisis
“¿veremos caceroleros en otros países?” se pregunta
12
. La exis-
tencia de una sociedad civil globalizada permite aventurar que la
63
gobernabilidad de los países guardará una gran relación con lo
que es percibido por la misma como legítimo y democrático.
Necesariedad de Políticas Públicas
Durante los últimos meses ha sido tema de debate en la sociedad
la necesariedad de contar con un proyecto estratégico de desarro-
llo que oriente el establecimiento de políticas públicas, que se per-
ciben como insuficientes, cortoplacistas y coyunturales, a lo que
se suma la ausencia de una verdadera política de estado.
13
Con preocupación, puede observarse también los atravesamientos
del clientelismo político (con el ropaje de política pública), donde
el aparato de partido tiende a sustituir a la estructura de estado.
Siguiendo a Bruno Jobert se considera a la política pública como
“la construcción y puesta en marcha de un conjunto de normas
con el fin de lograr una cohesión social”. O también, “conjunto de
objetivos, decisiones y acciones que lleva a cabo un gobierno para
solucionar los problemas que en un momento determinado la ciu-
dadanía y el propio gobierno consideran prioritario”.
El ciclo de construcción de políticas públicas incluye por lo me-
nos 5 (cinco) fases:
1. Definición del problema (¿cuál es? ¿A quiénes afecta —po-
blación— prognosis de no actuación en él [–inacción]).
2. Búsqueda de alternativas (menú de posibilidades y pondera-
ción de impactos).
3. Elección de la mejor alternativa (viabilidad técnico-política
y administrativa).
ALEJANDRA RUIZ
13
Durante el desarrollo del Seminario “Un análisis estratégico de Argentina”
UCC, 2003 se pudo observar que de los 12 informes finales de trabajo de Comi-
sión encontraron como denominador común en la aplicación de una matriz FODA
(Debilidades), a la Ausencia de Política de Estado en por lo menos las últimas
cuatro décadas, como así también insuficiencia de política pública a largo plazo,
con una constante de medidas cortoplacistas y coyunturales.
STUDIA POLITICÆ
04 ~ primavera/verano 200464
4. Implantación (definición de responsable de implementación,
dotación de herramientas apropiadas y medios).
5. Evaluación (definición de criterios e índices, output de ob-
jetivos, necesidad de mantenimiento).
“Una vez que un gobierno conoce la existencia de un problema, lo
define y rechaza la opción de no actuar sobre él, comienza la ela-
boración de la política pública para proporcionar soluciones... para
que una política sea pública es requisito indispensable que esté
revestida de legalidad, es decir que sólo desde el ámbito público
se puede formular una política pública.” (Tamayo Saez, 292, Ba-
ñon y comp.).
En el razonamiento que venimos llevando se podría decir que en
general ha sido una política de las Administraciones Públicas en el
mundo la instauración de los procesos de reforma, que luego se
denominaron de modernización, pues estos últimos a diferencia de
aquellos, implican dotar a los procesos de los apoyos necesarios
para acortar las distancias entre el diseño y la implementación.
El éxito de los procesos de modernización pasan por:
Conseguir propuestas serias y realistas, es decir, realizables.
Que las estrategias de mejora sean respaldadas y dirigidas
por las máximas instancias políticas.
Que se realice una interpretación mucho más plural de los
problemas administrativos (estructura y procesos, pero tam-
bién cultura y entorno administrativo). (Ramió: 284).
Es posible interrelacionar los términos de procesos de cambios en
el mundo, en las organizaciones, la necesidad de repensar a la
Administración Pública como rostro visible del Estado acompa-
ñando estos procesos, definiendo la necesidad de diseñar y aplicar
Políticas Públicas posibles y concertadas para alcanzar los benefi-
cios que los clientes-ciudadanos reclaman en un marco de legali-
dad y legitimidad.
Esto se hace aún más visible, cuando por oposición se tiene una so-
breabundancia de políticas públicas cortoplacistas e insuficientes y
65
los procesos no terminan de perfectizarse quedando sin efecto por
cuestiones de orden político o simplemente, por olvido u omisión.
La instauración de políticas públicas implica una voluntad de Ge-
rencia Pública que acompañe los procesos, con participación de ac-
tores variados, mantenimiento de los beneficios en el tiempo y co-
rrecciones necesarias para su perfeccionamiento: es decir que como
se dice popularmente no borre una mano lo que escribió la otra, sin
evaluar con justeza su utilidad. En este sentido las “auditorías ope-
rativas y organizativas“ pueden ser un elemento objetivo a tener
presente cuando se las utiliza no sólo como elemento de control
sino también como actividad de apoyo y asesoría a las unidades in-
mersas en procesos de transición o cambio (Ramió: 179 y 289).
La Mediación y Gobernabilidad (Gobernancia)
Según la PNUD, la gobernabilidad o (Gobernancia según Stren) es
el ejercicio de la autoridad económica, política y administrativa
para gestionar los asuntos de un país a todo nivel, involucra meca-
nismos, procesos e instituciones a través de los cuales los ciudada-
nos y otros grupos articulan sus intereses, ejercen sus derechos le-
gales, cumplen sus obligaciones y resuelven sus diferencias. En
algunas traducciones se sustituye este último apartado por medien
sus diferencias.
Esta definición que nos sitúa nuevamente en la necesidad de
acuerdos sobre los términos gobierno, gobernabilidad y el más re-
ciente gobernancia (aunque este último fuera utilizado por prime-
ra vez en los años 80 por el Centro Carter de Atlanta, y en el sen-
tido que justificamos en la ponencia), remite tanto a la gestión
como a los procesos de articulación de la sociedad. Governance”
como “buen gobierno” significa “crear consenso, obtener el con-
sentimiento o aquiescencia necesaria para llevar a cabo un progra-
ma, en un escenario donde están en juego diversos intereses”. (Al-
cántara, 1998).
En la definición encontramos una importante asignación a la temá-
tica de cómo los ciudadanos resuelven (median) sus diferencias.
ALEJANDRA RUIZ
STUDIA POLITICÆ
04 ~ primavera/verano 200466
Es por tanto, el conflicto, su tratamiento y sus resoluciones un
componente de la gobernabilidad.
De allí la fundamental creación de valores para la gobernabilidad
que incluyan esta temática.
Pero ¿qué entendemos por conflictos?
Aventurar una sola definición que resulte abarcativa y apropiada,
se presenta como un desafío, dada la amplitud de la literatura so-
bre el mismo.
Sucintamente podríamos decir que los estudios sobre el conflicto
y su problemática se remonta a las culturas de la antigüedad, par-
ticularmente Grecia, con desarrollos que podemos percibir en dis-
tintas épocas.
Apartándonos de este enfoque historicista, acordamos en que según
el contexto y el enfoque disciplinarios (política, economía, ciencias
jurídicas, antropología, psicología, etc.) tendremos un aspecto que
lo define en el universo simbólico. Sin embargo como entidad
abarcativa hablamos de una “Teoría del Conflicto” “... queda así
planteada la viabilidad de elaborar una teoría general del conflicto
que abarque los distintos niveles y áreas de la sociedad, quizás cir-
cunscriptos a los conflictos interpersonales, intergrupales, interor-
ganizacionales e internacionales, dejando a otras disciplinas como
objeto independiente de estudio, el conflicto intrapersonal”. El con-
flicto se presenta, entonces, como “una percibida divergencia de
interés” o una “creencia de que las aspiraciones corrientes de las
partes no pueden lograrse simultáneamente” (Highton y Álvarez:
42; 46).
No obstante, la existencia de conflictos implica una cuestión ma-
yor: el abordaje para resolverlos.
“...lo bueno o lo malo no es el conflicto sino la forma como se lo
encara y el proceso que deviene a partir de él, que lleva a agudi-
zarlo y producir verdaderas guerras o a manejarlo o conducirlo
para buscar solucionarlo” (Suárez, Marinés: 41).
Esto tiene una relación con el modo en que los sujetos se posicio-
nan en el contexto y crean las formas para resolverlos, que según
67
14
También citado por FILMUS en el artículo.
Foucault en su obra La verdad y las formas jurídicas “son acordes
a costumbres y creencias del momento”.
Y tal es su importancia que uno de los elementos que tuvieron en
cuenta los colonizadores fue el cambio de los sistemas de resolu-
ción de conflictos de los habitantes primigenios y su sustitución
por los propios.
Por lo tanto es posible preguntarnos cuál es la idea o la ideología
de la resolución de los conflictos que se intenta impulsar en rela-
ción a los presupuestos de creación de valor para la gobernabili-
dad en el marco de profundos cambios descriptos.
Estos valores para la gobernabilidad incluyen el reconocimiento de
una necesidad de fortalecimiento de la democracia profundizándola.
En el paradigma clásico (que asociaba la gobernabilidad con la
elite de estado) subyace la idea de que la democracia al permitir
la articulación de mayores demandas por parte de la sociedad ci-
vil frente al Estado, se deslegitima como sistema, pues en dicha
perspectiva aparece como contradictorio: «un exceso de democra-
cia significaría un déficit de gobernabilidad, una gobernabilidad
fácil sugiere una democracia deficiente.» (Rojas Bolaños)
14
.
Pero en consonancia con el concepto adoptado de gobernabilidad o
gobernancia que venimos desarrollando y que tiene que ver con las
construcciones que requiere el gobierno para lograr apoyos y legi-
timación en las decisiones políticas que deba tomar, el aumento de
participación y protagonismo son valores deseables, sobre todo
para el establecimiento de métodos de resolución de conflictos.
“...la democratización de la democracia depende también del fo-
mento de una cultura cívica sólida. Los mercados no pueden crear
esa cultura. Y tampoco un pluralismo de grupos de interés. No
debemos pensar que sólo hay dos sectores en la sociedad —el Es-
tado y el mercado, o lo público y lo privado. En medio está la es-
fera de la sociedad civil. Que incluye a la familia y otras institu-
ciones no económicas. Construir una democracia de las emociones
ALEJANDRA RUIZ
STUDIA POLITICÆ
04 ~ primavera/verano 200468
es parte de una cultura cívica progresista. La sociedad civil es el
terreno en el que han de desarrollarse las actitudes democráticas,
incluidas la tolerancia. La esfera cívica puede ser fomentada por
el sistema pero, es a su vez, su base cultural” (Giddens: 90).
El introducir entonces los métodos alternativos de Resolución de
Conflictos implica una ideología de reconocimiento de su valor
como fundantes de democracia y gobernabilidad, en el marco del
resurgimiento de identidades localistas motorizadas por la globa-
lización.
“La globalización es pues, una serie compleja de procesos y no
sólo uno. El sociólogo norteamericano Daniel Bell lo describe
muy bien cuando dice que la nación se hace no sólo pequeña para
solucionar los grandes problemas, sino también demasiado grande
para arreglar los pequeños”. “La globalización es la razón del re-
surgimiento de identidades culturales locales” (Giddens: 25).
Y también la idea vinculada a una resolución de conflictos más
local, con intervención de actores sociales calificados a ese fin,
mediadores de los conflictos surgidos de la comunidad o prepara-
dos para actuar en ella.
Esto implica la revisión de cuáles son los mecanismos de que dis-
pone una comunidad para resolver sus conflictos habitualmente.
Schvarstein, al analizar el presupuesto de diferenciación entre su-
jeto moral y sujeto ético permite establecer que el primero se ajus-
ta a la ley preexistente, mientras que el sujeto ético se constituye
sólo por su relación con la ley a la que adhiere.
“Nuestra adscripción a la ley, manifestación de una conducta moral,
nos ha llevado a dirimir nuestras disputas en el ámbito del poder ju-
dicial, no como una elección sino como una imposición cuando
creemos que ya nada podemos hacer por nosotros mismos. La efi-
ciencia de la administración de justicia en los tribunales se ha visto
resentida en la medida en que ha crecido el orden de estas imposi-
ciones. Los jueces no conocen a quienes juzgan, los abogados recu-
rren a prácticas dilatorias en beneficio propio y de sus clientes, los
recursos son cada vez más escasos y la demora judicial se constitu-
ye en una irritante manifestación de injusticia, allí donde precisa-
69
mente se debe impartir justicia. El encriptamiento de los códigos
transforma a los procedimientos judiciales en algo completamente
incomprensible para los legos, que venimos a ser casi todos.
No entendemos qué pasa, ni porqué nos pasa. No sabemos cómo
ni cuándo se pueda resolver”.
15
Por ello es que se entiende la necesidad de generar alternativas para
el tratamiento de los conflictos en el cual se devuelva a las personas
su protagonismo y responsabilidad, en un marco ético y de valor.
Por ello, de los posibles métodos alternativos a la resolución de
conflictos se ha seleccionado la mediación como representativa de
lo que venimos sosteniendo: los cambios en el mundo por los
efectos mencionados de sociedad global, de necesidad de redefini-
ción de los componentes de gobernabilidad, las configuraciones de
lo estatal y el reconocimiento de lo local-urbano, como así tam-
bién las innegables cuestiones de exclusión y pobreza para algu-
nos que implica la imposibilidad de participar, del convite de este
mundo al alcance, donde para algunos sectores la privación de ac-
ceso es de género. Concretamente la imposibilidad de acceder a la
justicia por su carácter oneroso, lejano, etc.
Bien cierto es que la mediación no puede crear un mundo pero es
innegable que las condiciones del mundo han permitido su surgi-
miento e institucionalización.
Por ello, es que en este trabajo abordamos la Mediación como una
creación de valor social y humano para la resolución de los con-
flictos, y no solamente como el subgénero Mediación Judicial que,
paradójicamente, es como más se la conoce.
La Mediación y el ideal de la prevención
Los movimientos en torno a la promoción de la RAC o RAD (Re-
solución alternativa de Conflictos o Disputas) conlleva el ideal de
ALEJANDRA RUIZ
15
En el Prólogo realizado por Leonardo SCHVARSTEIN a la obra Mediación, Con-
ducción de disputas, comunicación y técnicas de S
UÁREZ, Marinés, Paidós, 1996.
STUDIA POLITICÆ
04 ~ primavera/verano 200470
promover una vía no litigiosa y en lo posible no adversarial, para
el tratamiento de los mismos y sobre todo a un ideal de justicia
futura basada en la prevención.
Por ello es que se prefiere hablar de resolución “adecuada”, en lu-
gar de alternativa, pues este último término parecería sugerir que la
vía natural es el litigio y la alternativa todos los diversos métodos:
arbitraje, mediación, negociación, conciliación y formas mixtas.
Los antecedentes pueden rastrearse en todo el mundo y en distintas
épocas, incluida la antigua Grecia o en Roma donde la justicia co-
mienza siendo arbitral procurando la conciliación de las partes, Baja
y alta Edad Media, por ejemplo el Tribunal de Aguas de Valencia
(1321), instituciones indígenas y colonizadores españoles, como así
también puritanos, cuáqueros, holandeses, inmigrantes que desarrolla-
ron mecanismos para la resolución de conflictos comunitarios. Asi-
mismo en lo que hace a la faz comercial o mantenimiento de paz.
En suma, los métodos ya tenían desarrollo, mas lo que cambió es
el enfoque, buscándose darle aplicación plena y adecuación a los
tiempos.
Puede situarse en la década de los 70 el inicio de este reverdecer
de los métodos alternativos, y de la Mediación en específico, con
distintos desarrollos en diferentes países. Pero ¿cuál es la explica-
ción de este auge?
Las explicaciones formales han pasado por la necesidad de encon-
trar solución a la sobrecarga de Tribunales Judiciales que podrían
así concentrarse en las controversias que no pudieran hallar solu-
ción por otras formas o también para garantizar el acceso a la jus-
ticia de personas carenciadas.
Pero y también, comenzar a desarrollar la idea de una justicia más
coexistencial “...los desafíos de la época moderna de la sociedad
de masas, con conflictos colectivos, disputas de vivienda común
(propiedad horizontal, programas de vivienda concretados en
construcciones para la vida comunitaria, etc.) requerían soluciones
de consenso y de pacificación. Para que al otro día de arreglado el
conflicto pudiera continuar la vida en paz en el seno de la fami-
lia, de la fábrica, de las casas colectivas. También todas las pro-
71
16
VESCOVI, Enrique. Vías alternativas del Servicio de Administración de Justi-
cia, Homenaje a la Escuela Procesal de Córdoba, pág. 678.
blemáticas derivadas de la defensa del Medio ambiente, de los
consumidores, en general de los intereses colectivos. Creemos que
en este punto es donde resulta más beneficioso como creador de
valor democrático y social.
“En definitiva, sea para resolver la cuestión que se plantea por sobre-
carga de los tribunales, problema muy actual, de la necesidad de faci-
litar el acceso a la justicia o en busaca de una solución de mayor con-
tenido de seguridad y paz que de estricta justicia, lo cierto es que se
ha producido, en nuestro mundo moderno, una extraordinaria difusión
de los métodos alternativos que es plenamente justificado”.
16
Ha habido interesantes aportes en los distintos países en relación a
la RAD. Por ejemplo en Lisboa mediadores en conflictos vecinales,
en Turín como mediadores culturales, Perpignan en cuestiones co-
munitario-asistenciales, en Abidján, mediadores en cuestiones étni-
cas o religiosas, en China y Taiwán con desarrollo extraordinario
donde la conciliación es la regla y lo jurisdiccional la excepción.
En Brasil los denominados juzgados de pequeñas causas, en Uru-
guay experiencias en conciliación, en Colombia conciliación y me-
diación, en Argentina se encuentran previstas la conciliación, el ar-
bitraje y la mediación.
En EE.UU. la mediación se utilizó primero en el ámbito comunita-
rio, empresario y posteriormente, se lo incorporó al sistema legal,
dado sus excelentes resultados.
Se hace hincapié en este último debido a que los desarrollos teóricos
o modelos tradicionales de la mediación son americanos: Modelo de
Harvard, Modelo Transformativo y Modelo Circular Narrativo.
Razón por la cual este instituto recibió algunas críticas al comenzar
su implementación por ser considerado como una técnica foránea.
La respuesta pasó más por la noción de que mediadores somos to-
dos, en un sentido extendido, y la opción por enfrentar el conflic-
to constructivamente resulta preferible.
ALEJANDRA RUIZ
STUDIA POLITICÆ
04 ~ primavera/verano 200472
La mediación integra el campo de la RAC o RAD, caracterizada
por ser no adversarial, colaborativa, voluntaria, confidencial y
con alto protagonismo de las partes; en donde un tercero neutral
ayuda a que estas puedan llegar a un resultado mutuamente acep-
table.
¿La Mediación en Argentina es Política Pública o enfoque
de servucción?
La mediación en Argentina ha venido de la mano del denominado
Plan Nacional de Mediación del Ministerio de Justicia (año 1991),
el mismo contemplaba la implementación de programas en distin-
tos sectores de la sociedad, comunidad, colegios profesionales, es-
cuelas, Poder Judicial e inclusive planes de estudio de carreras
universitarias. Como antecedente previo puede citarse la creación
de los primeros Centros de Mediación Comunitaria: La Boca, Vi-
lla Crespo, San Telmo y Liniers (circa 1990).
Posteriormente se avanzó sobre la creación de un Cuerpo de Me-
diadores y la realización de una Experiencia Piloto en la Justicia
Civil.
Por Decreto 1480/92 se la declara de interés nacional (Art. 1) y se
fijan sus “principios” Art. 4. Consecuentemente se invita a las
provincias y municipalidades a adoptar normas similares.
Desde entonces y a efectos de no abrumar con datos, surgen ex-
periencias tanto en el ámbito judicial como el comunitario.
Lo explicitado tiene como objeto sentar un precedente explicativo
a la luz de las circunstancias particulares que implican la creación
de un instituto cuya principal finalidad era constituirse en figura
preventiva de litigios judiciales y no meramente descongestiva de
los abarrotados Tribunales. Y su correlata divulgación y vincula-
ción con un determinado ámbito: el judicial.
Asimismo ha habido distintos desarrollos y algunas provincias
cuentan con ley, por ejemplo Capital Federal: Ley 24573/95 (Ley
de Mediación y Conciliación) y Decreto 91/98, Ley 11622/98 de
73
la provincia de Santa Fe, Chaco: Ley 4711/00 Plan Mediación Es-
colar, Córdoba: Ley de Mediación Nº 8858/00, Acordadas regla-
mentarias 555 serie A y 556 serie A del TSJ, Decreto Reglamen-
tario 1773/00 del Poder Ejecutivo, y Resoluciones de la DIMARC
(actual Promarc) y la provincia de Chubut, con la Ley Nº 4939/02.
El Instituto ha brindado beneficios en distintos campos, tal el caso
de la Mediación Comunitaria que reviste particularidades. De ella
resaltaremos el objetivo de la detección preventiva de conflictos
de convivencia, la posibilidad de abrir espacios de diálogo y evi-
tar, en lo posible, la instauración de un conflicto judiciable.
Los temas son de una amplitud tal definida por su propio campo:
la comunidad.
La mediación escolar se presenta a la vez como un subproducto de
la mediación comunitaria: la escuela como espacio privilegiado de
relaciones de una comunidad o, con independencia de ésta, como
ámbito propio y específico donde el educador por su calidad de
formador de personas puede generar un importante cambio en el
abordaje de los conflictos latentes o manifiestos.
Asimismo hay Centros de Mediación Comunitaria público y priva-
dos en las provincias, a modo de ejemplo se cita con incidencia en
los de carácter público especialmente Buenos Aires (Capital y pro-
vincia), Córdoba, Chaco, Formosa, Jujuy, Mendoza, Misiones,
Neuquen, Salta, Santa Fe y Tucumán.
De igual modo en el campo de la Mediación Educativa hay impor-
tantes desarrollos en la provincia de Buenos Aires, Río Negro,
Chaco, Catamarca, Corrientes, Mendoza, Chubut, La Rioja, Tierra
del Fuegos, Santa Fe.
Los programas en este campo en general están orientados a la ca-
pacitación de docentes, directores, alumnos y padres.
Un dato a tener presente es la configuración del mediador alum-
no o los denominados Programas de Prevención de Violencia es-
colar.
Asimismo hay programas de herramientas educativas basadas en
la negociación y que implica el concepto de autogobernabilidad,
ALEJANDRA RUIZ
STUDIA POLITICÆ
04 ~ primavera/verano 200474
es decir que las comunidades se rijan por valores sociales sin ne-
cesidad de la intervención de autoridades o terceros, permitiendo
a los estudiantes resolver sus conflictos de manera pacífica.
17
En
la provincia de Córdoba se capacitó en esta modalidad denomina-
do PYN (Programa jóvenes negociadores) en la Municipalidad de
Jesús María y para el nivel Medio de enseñanza. Está basado en
un programa similar que se aplicó para tratar temas de apartheid
en África, para problemas con la guerrilla en El Salvador, y tam-
bién en escuelas del Harlem. El mismo fue creado por Jared Cur-
ham y se basa en las ideas que usan los diplomáticos para resol-
ver conflictos internacionales. Se distingue de la mediación
porque no requiere de tercero neutral y se dirime de negociador a
negociador.
18
En este ámbito, el escolar, resultaría de particular
beneficio considerar a la mediación como una política pública,
pues de lo contrario se trata de aplicaciones puntuales, fragmenta-
rias y voluntaristas, cuya eficacia se ve acotada por insuficiencia
de institucionalización.
Los episodios de violencia escolar, cada vez más extendido, no se
concentra a lo urbano-marginal sino que afecta distintas capas de
la población escolar en diversos grados.
La mediación puede rendir excelentes frutos en el campo empre-
sarial y político, multipartes, y de hecho ya hay apreciaciones en
ese sentido.
Es por ello que se entiende que la RAC en general y la Media-
ción en particular podría considerarse como una verdadera polí-
tica pública de contención de conflictos en la sociedad y para
ello requiere de un esfuerzo sostenido en su proceso de instaura-
ción y difusión.
En Córdoba y a modo de visualización se puede decir que, además
de la citada Ley de Mediación 8858/00, se puede encontrar una
interrelación con lo dispuesto en la Ley Nº 9117/03 Estructura Or-
17
Boletín Informativo, Valores y contenidos básicos para la Gobernabilidad,
Poder Ciudadano. 2000.
18
La Voz del Interior, Sección A, pág. 16, 22 de junio 2003.
75
19
Entrevista al Defensor Adjunto del Pueblo de Buenos Aires, disponible en
www.mediadoresenred.org aparecido en Diario Judicial 03/12/02.
gánica del Poder Ejecutivo en su Art. 28 inc. 9 “propiciar y poner
en funcionamiento métodos alternativos para la resolución de con-
flictos (mediación, conciliación, arbitraje, negociación, etc.) y pro-
gramas de asesoramiento gratuito para personas sin recursos.”
También y no siendo mediación, hay una puesta en marcha de los
métodos alternativos, específicamente arbitraje y que encontramos
receptado en la Ley 8835/00, Carta del Ciudadano, en el Art. 39,
donde se crea el Sistema Provincial de Arbitraje de Consumo (SI-
PAC) y por Ley 8836/00 Modernización del Estado, capítulo 8
“solución de divergencias” Art. 77: Facúltase al Poder Ejecutivo a
someter a mediación, mediante el sistema que el mismo determi-
ne las divergencias existentes o que surjan en el futuro entre el
sector público provincial y sus co-contratantes y la creación en el
Art. 78 del Tribunal Arbitral del Sector Público. (TASeP)
En el ámbito municipal existe una dirección con programas orien-
tados a la Mediación Comunitaria que se efectiviza en los Centros
de Participación Comunal-CPC.
En ámbito más restringido, por ejemplo la Defensoría del Pueblo
de Buenos Aires, funciona un centro de Mediación Comunitaria
que, como muestreo, arrojó como saldo estadístico de noviembre
2002 intervención en 419 casos, tipificados en 54 relativos a la
administración de consorcios, 58 problemas de convivencia entre
vecinos, 87 por filtraciones en paredes o techos, 74 por ruidos
molestos, 15 deudas de expensas y otros sin tipificar. Según el
Defensor Adjunto, “podríamos decir que es un universo de proble-
mas de convivencia entre vecinos, esos conflictos que por su es-
caso monto económico, muchas veces no van a parar a la justicia
y permanecen ahí, latentes, hasta que estallan. En ese sentido, la
labor del Centro es servir de canal para que los vecinos puedan
resolver los problemas por sí mismos”
19
.
Hay, desde 1991 a la fecha, una tendencia de mantenimiento de
una política de instauración, modernización y aplicación de los
ALEJANDRA RUIZ
STUDIA POLITICÆ
04 ~ primavera/verano 200476
métodos alternativos con mayor incidencia, hasta el 2000, de la
mediación, pudiendo apreciarse un resurgir de la figura arbitral ya
prevista, o de la conciliación muy usada en cuestiones de derecho
de familia.
Los reparos que suelen identificarse para su mayor aprovecha-
miento suelen situarse en la necesidad de mayor difusión de las
instituciones y ventajas, en un medio que como sostiene Berizon-
ce “subsisten resquemores y desconfianzas para admitir soluciones
que no provengan de la propia autoridad judicial”
20
.
En el análisis que hemos propuesto la incidencia es sobre media-
ción, por lo cual es en ella donde se harán las siguientes aprecia-
ciones y que creemos contribuiría a la creación de valor a la que
aspiramos:
1- Es menester identificar frente a qué conflictos rinde más bene-
ficios, pues momentáneamente se la encuentra muy ligada a
cuestiones de menor cuantía o beneficio de litigar sin gastos.
2- Generar una mayor credibilidad colectiva basada en estadís-
ticas y experiencias comprobadas que lleguen a la comuni-
dad. Esto podría implementarse mediante el seguimiento del
ex post de los acuerdos: dicho de otro modo hay estadísticas
de los acuerdos a que se arriba, pero el denominado “segui-
miento” del cumplimiento de los mismos se presenta como
de menor incidencia.
3- Procurar que la idea de justicia futura basada en la preven-
ción se ponga en acto mediante el fortalecimiento de la idea
de ciudadanía participativa y responsable, es decir co-cons-
tructora de la resolución del conflicto.
4- Generar una clara distinción entre Mediación Comunitaria,
Educacional, Empresarial, Sociopolítica, Cultural, etc. y la
Mediación Judicial. Esta última es un tipo de mediación. La
pregunta es en este punto si las leyes de mediación han con-
20
BERIZONZE, Roberto. Medios Alternativos de Solución de Conflictos, Homena-
je a la Escuela Procesal Argentina, pág. 688 y siguientes.
77
tribuido al objetivo de prevención, o, más bien, han vuelto a
encriptar mediante procedimientos un instrumento cuyo va-
lor descansa en su accesibilidad e informalismo.
5- Acompañar el proceso fijando políticas remunerativas retri-
butivas para los mediadores comunitarios, educacionales,
etc. El hecho de que los programas de mediación comunita-
ria sean gratuitos para la comunidad no implica que deban
no ser remunerados institucionalmente.
6- Generar y difundir la creación de valor de una cultura de re-
solución de conflictos más “desacralizadas y amistosas”,
como sostiene Berizonce en relación a la cultura del litigio.
7- Para ello es útil avanzar en la “cultura del protagonismo”
por encima de la “cultura del acuerdo”, muy ligada a un tipo
de mediación, la judicial (aunque sin duda muy útil y nece-
saria para esta mediación).
En orden a la pregunta es posible pensar realmente a la mediación
como parte de una Política Pública orientada a la instalación de un
modo de resolver los conflictos en la sociedad, con efectos educa-
tivos, concientización del ideal de justicia futura basado en pre-
vención, o (y también) un modo de mejor prestación de servicio
en los órganos del Estado involucrados en la problemática.
En ambas posibilidades, su crecimiento paulatino en los últimos
años ha logrado instalar la temática en la sociedad.
A modo de conclusión
Los procesos de globalización y cambios de paradigmas de la
ciencia han contribuido a crear nuevos modelos de interpretación
de conceptos tradicionales.
La noción de gobernabilidad es un exponente claro del impacto de
estos nuevos paradigmas que deben considerar la inclusión de la
noción de “buen gobierno”, de gobernancia, para que resulte legí-
timo a la sociedad. Esto implica búsqueda de consensos, participa-
ALEJANDRA RUIZ
STUDIA POLITICÆ
04 ~ primavera/verano 200478
ción de múltiples actores y por sobre todo, una conciencia de la
necesidad de una profundización de la democracia.
También implica arrojar una nueva mirada a los mecanismos que
articulan a la sociedad. Entre ellos se ha seleccionado el de reso-
lución de conflictos, que no es antojadiza pues es uno de los com-
ponentes de la definición de PNUD de la Gobernancia.
En consonancia con una sociedad civil que reclama más protago-
nismo y que tiene una tolerancia menor a los desfallecimientos de
sus clases dirigentes, acentuado en América latina por procesos de
exclusión y pobreza de los cuales Argentina tampoco supo esca-
par, la noción de inseguridad jurídica ha venido a sumarse a los
componentes de la crisis.
No obstante ello, el surgimiento de la RAC y particularmente de la
mediación a principios de 1991 como una política pública, entende-
mos que obedeció a las consignas de modernización y descentrali-
zación, resurgidas con el denominado Acuerdo de Washington, que
delineó políticas económicas para América Latina. Y también, a la
evaluación de los excelentes resultados que venía dando en los paí-
ses donde se la aplicaba.
A la pregunta de si ha habido en Argentina un mantenimiento de
ésta como política pública no cabe una sola respuesta, debido a
la ya citada insuficiencia de políticas públicas a largo plazo o el
carácter errático de las mismas. Sin embargo podemos apreciar
una voluntad de mantenimiento ligada también al rol de los pri-
vados y ONG.
También es posible realizar una lectura en la que la mediación
puede ser considerada como una política de servucción que inten-
ta instalarse en relación con el bien que produce la organización
pública hacia los ciudadanos-clientes.
Por ello, en nuestra tesis creemos que es una política pública sos-
tenible, debido a que introduce el valor de la participación y la
responsabilidad correlata que da el protagonismo, para construir
un mecanismo más coexistencial para la resolución de los conflic-
tos. Permite la interacción de múltiples actores de la sociedad y
pone en el centro del debate las nuevas formas en que se expresa
79
ALEJANDRA RUIZ
la ciudadanía. El campo de la mediación promete una interesante
perspectiva de análisis en tanto y en cuanto es estructurado y
complejo el campo donde pretende convertirse en un proceso le-
gítimo y aceptado de resolución de conflictos.
La ortodoxia de lo instituido y el avance de las nuevas miradas
que quieren instituirse, sobre problemas de antigua data exige el
compromiso de la sociedad entera y no sólo de los actores intere-
sados en buscar mecanismos más eficientes y, por sobre todo, más
humanos de concebir las complejas relaciones que construye nues-
tra sociedad.
Bibliografía
GIDDENS, Anthony. Un mundo desbocado. Los efectos de la globalización en
nuestras vidas, Ediciones Taurus, colección Pensamiento, Argentina 2003
HIGHTON, Elena I. y Gladis ALVAREZ, Mediación para resolver conflictos, AD
HOC SRL. 1995
MOORE, Mark. Gestión estratégica y creación de valor. España. 1998.
RAMIÓ, Carles. Teoría de la Organización y Administración Pública. Univer-
sitat Pompeu Fabra, Editorial Tecnos, 1999.