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y experiencia política de varios de los juristas que tomaron
parte
Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Las respuestas de la mayoría de esta Corte ilustran muy
ampliamente sobre tratados e instrumentos internacionales,
en
indefinidas de los titulares de los poderes ejecutivos de los
Estados.
Es impensable imaginar que ese tema haya sido pasado
por
considerar como sus legisladores históricos, que elaboraron
tan meticulosa y pormenorizadamente sus textos, cuando se
cuidan hasta las formas verbales y los más mínimos detalles
semánticos y de puntuación.
La conclusión del recorrido por esos instrumentos y la
consiguiente verificación del mutismo sobre las reelecciones
indefinidas, no tiene otra posible interpretación que la omisión
voluntaria de su consideración, o sea que, si los habilidosos y
verdaderos
porque no quisieron hacerlo, o sea, que no tuvieron voluntad
de prohibirla.
6. Competencia según
Pero el
voluntad del legislador histórico es
relativo, pues éste –como señaló alguna vez Gustav Radbruch-
cuando sanciona la ley, se queda en el muelle y la ley navega
libremente, no pudiendo tirar cabos para recoger la nave que
ya surca los mares. Interesa fundamentalmente interpretar