26
89.
Adicionalmente,
implementado la mayoría de los Estados Miembros de la OEA otorga al Presidente ciertas
facultades que influencian el funcionamiento de los otros Poderes Públicos. En particular, es
frecuente que los Presidentes tengan la facultad de participar en el proceso de formación de
las leyes
93
, y que puedan convocar a sesiones extraordinarias del Poder Legislativo
94
. En su
relación con el Poder Judicial, en seis Estados Miembros de la OEA los Presidentes nombran a
los jueces de las Cortes Supremas para posterior aprobación del Poder Legislativo
95
. En tres
Estados
determinados jueces
96
90.
Tomando en cuenta las amplias facultades que tienen los Presidentes en los sistemas
presidenciales y la importancia de asegurar que una persona no se perpetúe en el poder, la
mayoría de los Estados Miembros de la OEA incluyen en su normativa límites a la reelección
presidencial en sistemas presidenciales. De este modo, la reelección presidencial es prohibida
Política de la República de Chile, artículo 32.18; Constitución Política de la República de Colombia, artículo 189.3;
Constitución Política de la República de Ecuador, artículo 147.16; Constitución de los Estados Unidos de América,
artículo 2 sección II.1; Constitución Política de la República de Guatemala, artículo 182; Constitución Política de la
República
Constitución Política de la República de Nicaragua, artículo 144; Constitución Política de la República del Paraguay,
artículo
Dominicana, artículo 128; Constitución Política de la República Oriental del Uruguay, artículo 168.2, y Constitución
Política de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 236.5.
93
Así ocurre en, por ejemplo, Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala,
Honduras, México, Nicaragua, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. Cfr. Constitución de la
Nación
Constitución Política de la República de Chile, artículo 32.1; Constitución Política de la República de Colombia, artículo
154; Constitución Política de la República de Costa Rica, artículo 123; Constitución Política de la República de Ecuador,
artículo
República
Constitución
Nicaragua, artículo 140.2; Constitución Política de la República del Paraguay, artículo 238.12; Constitución Política de
la República del Perú, artículo 107;
de la República Dominicana, artículo 96.2;
Política de la República Oriental del Uruguay, artículo 168.7, y Constitución Política de la República Bolivariana de
Venezuela, artículo 204.1.
94
Así
Honduras,
Constitución de la Nación Argentina, artículo 99.9; Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, artículo
172.6; Constitución Política de la República Federativa de Brasil, artículo 57.6; Constitución Política de la República
de Chile, artículo 32.2; Constitución Política de la República de Colombia, artículo 138; Constitución Política de la
República de Costa Rica, artículo 118; Constitución Política de la República de Ecuador, artículo 147.15; Constitución
Política de la República de Guatemala, artículo 183 (l); Constitución Política de la República de Honduras, artículo
245.6; Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 89(XI); Constitución Política de la República de
Nicaragua, artículo 150.6; Constitución Política de la República de Panamá, artículo 183.4; Constitución Política de la
República del Paraguay, artículo 238.11; Constitución Política de la República del Perú, artículo 118.6; Constitución
Política de la República Dominicana, artículo 89; Constitución Política de la República Oriental del Uruguay, artículo
168.8, y Constitución Política de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 236.9.
95
Este es el caso de, por ejemplo, Argentina, Brasil, Chile, Estados Unidos, Nicaragua y México. Cfr. Constitución
de
Constitución Política de la República de Chile, artículo 78; Constitución de los Estados Unidos de América, artículo 2
sección II; Constitución Política de la República de Nicaragua, artículo 150.14, y Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, artículo 89(XVIII).
96
Así ocurre en, por ejemplo, Argentina, Brasil, y Chile. Cfr. Constitución de la Nación Argentina, artículo 99.4;
Constitución
República de Chile, artículo 32.12.