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otro
instrumento

convencional

se

menciona

la

relección
indefinida y que, por ende, su inclusión por vía analógica hace
avanzar a la jurisdicción internacional sobre la soberanía de
los
Pueblos

más

allá

de

lo

acordado,

entiendo

que

a

las
anteriores
consideraciones
debe
agregarse
una
seria
preocupación, esta vez acerca de las consecuencias negativas
que un avance por esta senda pueda provocar al futuro mismo
del derecho internacional de los Derechos Humanos.
El
derecho

internacional

de

los

Derechos

Humanos
positivizó universalmente la norma básica que impone el deber
de respetar y tratar a todo ser humano como persona (de la
que en definitiva se derivan todas las normas más precisas en
la materia), sembrando una semilla de ciudadanía planetaria.
Los
hechos

que

decidieron

esta

positivización

son

de
larguísima data, impulsados por la presión de la experiencia
acumulada
de

victimizaciones

por

crímenes

masivos

que
fueron alimentando un verdadero patrimonio cultural negativo
de la humanidad, cuya producción comenzó con el mundo, si por
tal entendemos el momento en que se iniciaron las relaciones
mundiales
por

efecto

del

conocimiento

de

la

existencia

de
todos los humanos, o sea, a fines del siglo XV.
Millones
de

muertos

se

fueron

acumulando

en

la
experiencia
criminal

que

configuró

ese

patrimonio

cultural
humano
negativo

hasta

que,

quienes

hasta

ese

momento

y
practicando el más despiadado colonialismo, habían sembrado
muerte
por

América,

África,

Asia

y

Oceanía,

entraron

en
brutal conflicto y uno de ellos no dudó siquiera en emplear los
mismos
métodos
coloniales,
pero
en
forma
aún
más
estremecedora, porque para su comisión se valió la tecnología