9
Clínica Jurídica de derecho internacional de los derechos humanos de la Facultad de Derecho
de
la

Universidad

de

Aix-Marseille;

38)

Departamento

de

Derecho

de

la

Universidad
Iberoamericana; 39) Escuela Libre de Derecho de México; 40) Facultad de Ciencias Jurídicas
y Sociales de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala; 41) Facultad de Derecho de la
Universidad Autónoma de México; 42) Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica;
43) Grupo de Prisiones y Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión Social (PAIIS) de
la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes; 44) Impact Litigation Project of the
Center for Human Rights and Humanitarian Law, American University Washington College of
Law; 45) Instituto de Estudios Jurídicos de Ejecución Penal (INEJEP) de la Universidad de
Palermo (UP); 46) International Human Rights Law Institute, DePaul University College of
Law
en

coordinación

con

el

Instituto

Internacional

de

Responsabilidad

Social

y

Derechos
Humanos
(IIRESODH);

47)

International

Human

Rights

Practicum,

Boston

College

Law
School;
48)

Maestría

en

Derechos

Humanos

y

Justicia

Constitucional

de

la

Universidad
Veracruzana; 49) Netherlands Institute of Human Rights, Utrecht University; 50) Núcleo de
Estudos em Sistemas de Direitos Humanos e Clínica de Acesso à Justiça e Educação nas
Prisões da Universidade Federal do Paraná; 51) Núcleo Interamericano de Direitos Humanos
da Faculdade Nacional de Dereito da Universidade Federal do Rio de Janeiro; 52) Programa
de Estudios Internacionales por la Justicia y los Derechos Humanos de la Facultad de Derecho
y
Ciencias

Políticas

de

la

Universidad

Nacional

de

Trujillo;

53)

Semillero

de

Litigio

ante
Sistemas
Internacionales

de

Protección

de

Derechos

Humanos,

Semillero

de

Derecho
Penitenciario
y

el

Semillero

de

Discusiones

Constitucionales

de

la

Facultad

de

Derecho

y
Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia en asocio con la Corporación Everyday House
y
el

Colectivo

Feminista

Bolívar

en

Falda;

54)

Semillero

en

Derecho

Penitenciario

de

la
Pontificia
Universidad

Javeriana

55)

Universidad

Externado

de

Colombia;

56)

University
College London, Public International Law Pro Bono Project; 57) Ángel Albornoz; 58) Carlos
Uriel
Ramírez

Carrillo

y

Gabriel

Alejandro

Virgen

Torres;

59)

Diego

Alejandro

Sanchez
Sanchez, Paola Alessandra García Rubio y María del Carmen Rangel Medina; 60) Fernando
Delgado Rivera; 61) Luis Peraza Parga; 62) María Guadalupe Yenira Arriaga Reséndiz y Laura
Karen Cedillo Torres; 63) Mauren Roxana Solís Madrigal; 64) Rafael Andree Salgado Mejía,
Enrique Flores Rodríguez, Sindy Osorto Velásquez, y José Roberto Izaguirre; 65) Rolando E.
Gialdino y Mariano R. Gialdino; 66) Rosalva Rafaela Chao Gámez y Jesús Guillermo Belman
Leal;
67)

Sebastián

Desiata

y

Paula

Monsalve;

68)

Sonia

Esmeralda

Padilla

Nava,

Juan
Francisco Cortes Guerrero y Alejandra Isabel Plascencia López; 69) Vinícius Alexandre Fortes
de Barros, y 70) Xochithl Guadalupe Rangel Romero.
7.
Una vez concluido el procedimiento escrito, el 8 de marzo de 2021 la Presidenta de la Corte,
de
conformidad

con

lo

dispuesto

en

el

artículo

73.4

del

Reglamento ,

6
emitió

una

Resolución ,
7
mediante
la

cual

convocó

a

una

audiencia

pública

e

invitó

a todos aquellos

que

remitieron

sus
observaciones escritas, con el propósito de presentar al Tribunal sus observaciones orales respecto
de la consulta.
8.
La audiencia pública se llevó a cabo los as 19, 20, 21 y 22 de abril de 2021, en el marco del
141° Período Ordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, celebrado de
forma virtual mediante una plataforma de videoconferencia.
9.
Comparecieron ante la Corte las siguientes personas:
6
El artículo 73.4 del Reglamento establece lo siguiente: “Una vez concluido el procedimiento escrito, la Corte decidirá si
considera conveniente la realización del procedimiento oral y fijará la audiencia, a menos que delegue este último cometido
en la Presidencia. En el caso de lo previsto en el artículo 64.2 de la Convención se hará previa consulta con el Agente”.
7
Cfr.
Solicitud

de

Opinión

Consultiva

OC-29.

Convocatoria

a

audiencia.

Resolución

de

la

Presidenta

de

la

Corte
Interamericana
de
Derechos
Humanos
de
8
de
marzo
de
2021.
Disponible
en:
http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/solicitud _08_03_2021_spa.pdf