9
Clínica Jurídica de derecho internacional de los derechos humanos de la Facultad de Derecho
de
Iberoamericana; 39) Escuela Libre de Derecho de México; 40) Facultad de Ciencias Jurídicas
y Sociales de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala; 41) Facultad de Derecho de la
Universidad Autónoma de México; 42) Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica;
43) Grupo de Prisiones y Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión Social (PAIIS) de
la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes; 44) Impact Litigation Project of the
Center for Human Rights and Humanitarian Law, American University Washington College of
Law; 45) Instituto de Estudios Jurídicos de Ejecución Penal (INEJEP) de la Universidad de
Palermo (UP); 46) International Human Rights Law Institute, DePaul University College of
Law
Humanos
School;
Veracruzana; 49) Netherlands Institute of Human Rights, Utrecht University; 50) Núcleo de
Estudos em Sistemas de Direitos Humanos e Clínica de Acesso à Justiça e Educação nas
Prisões da Universidade Federal do Paraná; 51) Núcleo Interamericano de Direitos Humanos
da Faculdade Nacional de Dereito da Universidade Federal do Rio de Janeiro; 52) Programa
de Estudios Internacionales por la Justicia y los Derechos Humanos de la Facultad de Derecho
y
Sistemas
Penitenciario
Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia en asocio con la Corporación Everyday House
y
Pontificia
College London, Public International Law Pro Bono Project; 57) Ángel Albornoz; 58) Carlos
Uriel
Sanchez, Paola Alessandra García Rubio y María del Carmen Rangel Medina; 60) Fernando
Delgado Rivera; 61) Luis Peraza Parga; 62) María Guadalupe Yenira Arriaga Reséndiz y Laura
Karen Cedillo Torres; 63) Mauren Roxana Solís Madrigal; 64) Rafael Andree Salgado Mejía,
Enrique Flores Rodríguez, Sindy Osorto Velásquez, y José Roberto Izaguirre; 65) Rolando E.
Gialdino y Mariano R. Gialdino; 66) Rosalva Rafaela Chao Gámez y Jesús Guillermo Belman
Leal;
Francisco Cortes Guerrero y Alejandra Isabel Plascencia López; 69) Vinícius Alexandre Fortes
de Barros, y 70) Xochithl Guadalupe Rangel Romero.
7.
Una vez concluido el procedimiento escrito, el 8 de marzo de 2021 la Presidenta de la Corte,
de
6
7
mediante
observaciones escritas, con el propósito de presentar al Tribunal sus observaciones orales respecto
de la consulta.
8.
La audiencia pública se llevó a cabo los días 19, 20, 21 y 22 de abril de 2021, en el marco del
141° Período Ordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, celebrado de
forma virtual mediante una plataforma de videoconferencia.
9.
Comparecieron ante la Corte las siguientes personas:
6
El artículo 73.4 del Reglamento establece lo siguiente: “Una vez concluido el procedimiento escrito, la Corte decidirá si
considera conveniente la realización del procedimiento oral y fijará la audiencia, a menos que delegue este último cometido
en la Presidencia. En el caso de lo previsto en el artículo 64.2 de la Convención se hará previa consulta con el Agente”.
7
Cfr.
Interamericana
de
Derechos
Humanos
de
8
de
marzo
de
2021.
Disponible
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