-5-
General
y

el

Consejo

de

Derechos

Humanos)

han

rechazado

en

varias

ocasiones

adoptar
los
Principios

de

Yogyakarta

como

una

carta

global

de

derechos

LGBTI

que

represente

a
todo
el

colectivo

internacional

de

países.
Conviene
también

destacar

que

la

pretendida

universalidad

de

estos

principios

choca

con
el
hecho

de

que

el

escaso

número

y

nacionalidad

de

estos

expertos

que

se

reunieron

a
título
personal

demuestra

que

dicho

grupo

no

representa

ni

siquiera

a

sus

países

de
origen.
Menos

podrían

atribuirse

la

representación

de

todos

o

la

mayoría

al

menos

de
los
países

miembros

de

las

Naciones

Unidas.
La
legitimación

del

discurso

que

emana

del

documento

de

Yogyakarta

crea

nuevas
formas
de

opresión

contra

niñas

y

mujeres,

y

entra

en

conflicto

directo

con

la

CEDAW,
la
Convención

de

Belém

do

Pará,

los

acuerdos

de

la

Conferencia

de

Beijing

de

1995

y

el
Convenio
de

Estambul,

toda

vez

que

borra

de

un

plumazo

la

causa

de

la

desigualdad
estructural
entre

hombres

y

mujeres,

esto

es,

el

sexo.
La
aplicación

directa

de

los

Principios

de

Yogyakarta

como

fuente

de

derecho

crea
también
problemas

de

fondo.

Tal

como

señalé

en

mi

voto

parcialmente

disidente

del
Caso
Vicky

Hernández

y

otros

Vs.

Honduras

2
,

y

en

esta

oportunidad

lo

indiqué

supra,
sexo
y

género

son

categorías

que

nunca

fueron

intercambiables

3
.

Los

Principios

de
Yogyakarta
persiguen

equivocadamente,

diz

que

en

un

afán

de

proteger

a

grupos
vulnerables,
que

“identidad

de

género”,

un

sentimiento

que

incluso

puede

cambiar

de
un
día

al

otro,

sustituya

y

borre

el

sexo

con

el

que

se

nació.


No
existe

actualmente

en

el

derecho

internacional

ninguna

fuente

que

determine

que

la
libre
autodeterminación

de

género

es

un

derecho

humano.

Pero

si

está

muy

asentado
en
el

derecho

internacional

de

los

derechos

humanos

todo

lo

que

décadas

de

lucha

y
teoría
feminista

4

han

ido

conquistando

para

las

mujeres

y

que

ahora

se

pretende
desconocer.
Elizabeth
Odio

Benito
Jueza
Pablo
Saavedra

Alessandri













Secretario
2
Caso
Vicky

Hernández

y

otras

Vs.

Honduras.

Fondo,

Reparaciones

y

Costas.

Sentencia

de

26

de
marzo
de

2021.

Serie

C

No.

422.
3
Voto
parcialmente

disidente

de

la

Jueza

Elizabeth

Odio

Benito.

Caso

Vicky

Hernández

y

otras

Vs.
Honduras.
Fondo,

Reparaciones

y

Costas.

Sentencia

de

26

de

marzo

de

2021.

Serie

C

No.

422,

párr.

8.
4
Voto

parcialmente

disidente

de

la

Jueza

Elizabeth

Odio

Benito.

Caso

Vicky

Hernández

y

otras

Vs.
Honduras.
Fondo,

Reparaciones

y

Costas.

Sentencia

de

26

de

marzo

de

2021.

Serie

C

No.

422,

párr.

15.