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labores penitenciarias, distinto a los cuerpos policiales y militares
187
.
110.
Por otro lado, la Corte Interamericana ha señalado que, dentro de las medidas de seguridad
que los Estados deben adoptar en el contexto carcelario, se incluya el entrenamiento adecuado del
personal penitenciario que presta la seguridad en el penal
188
. La Corte también ha indicado que, para
asegurar
penitenciaria, deben realizarse requisas de forma periódica, destinadas a la prevención de la violencia
y
competentes
189
. En varios casos, la Corte ha ordenado como garantía de no-repetición fortalecer las
capacidades de los sistemas penitenciarios, mediante la capacitación de sus funcionarios en materia
de derechos humanos, atendiendo también a la jurisprudencia del Tribunal
190
.
111.
De acuerdo con las diversas fuentes de derecho internacional aplicables, la Corte deriva una
serie de criterios orientadores que propenden a una gestión penitenciaria basada en el respeto de
los derechos humanos de las personas privadas de libertad centrados especialmente en el rol del
personal
191
.
selección
ofrecimiento de una remuneración que atraiga y mantenga al personal adecuado; (ii) establecer
canales de comunicación entre la administración, el personal y las personas privadas de libertad; (iii)
la capacitación inicial y luego periódica del personal sobre la normativa interna e internacional de
prevención
penitenciario,
penitenciario;
penitenciarios con la normativa interna e internacional, y (vi) la dotación de recursos suficientes a la
administración penitenciaria.
112.
determinadas
características o calificaciones para atender las necesidades de las distintas poblaciones privadas de
libertad. Así, por ejemplo, en las cárceles de mujeres se requerirá de personal femenino (infra párr.
135), y será fundamental la contratación de intérpretes y facilitadores culturales para la atención de
la población penitenciaria indígena (infra párrs. 299 y 327).
113.
Por
187
Cfr. Caso Olivares Muñoz y otros Vs. Venezuela, supra, párr. 92.
188
Cfr. Asunto de Determinados Centros Penitenciarios de Venezuela. Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental
(Cárcel
Humanos del 13 de febrero de 2013, Considerando 11, y Asunto de las Penitenciarías de Mendoza respecto de Argentina.
Medidas
Considerando 52.
189
Cfr., inter alia, Asunto de Determinados Centros Penitenciarios de Venezuela. Centro Penitenciario de la Región Centro
Occidental
Derechos Humanos del 13 de febrero de 2013, Considerando 11.
190
Cfr., inter alia, Caso Mendoza y otros Vs. Argentina. Excepciones Preliminares, Fondo y Reparaciones, supra, párr. 337,
y Caso Chinchilla Sandoval y otros Vs. Guatemala, supra, párr. 274.
191
Véase, inter alia, Reforma Penal Internacional, Manual de Buena Práctica Penitenciaria, Implementación de las Reglas
Mínimas
Justicia
Penal
en
el
Tratamiento
de
los
reclusos,
aprobados
en
2010.
Disponible
en:
atmentprisoners/ ; Centro Internacional de Estudios Penitenciarios de Londres, La administración penitenciaria en el contexto
de
los
derechos
humanos.
Manual
para
el
personal
penitenciario.
Segunda
edición,
2009.
Disponible
en:
Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer, Sistemas Penitenciarios y Ejecución Penal en América Latina.
Una
mirada
regional
y
opciones
de
abordaje
de
junio
de
2021.
Disponible
en: