ANÁLISIS JURÍDICO DEL CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO ECUATORIANO
Y EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO COLOMBIANO, A LA LUZ DE LOS PRINCIPIOS
CONSTITUCIONALES Y EL ROL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
REVISTA DERECHO DE LAS MINORIAS VOLUME 1 2022
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En lo relacionado con Colombia, se realizará un breve recuento de la evolución de la Jurisdicción
Contenciosa
Administrativa

hasta

llegar

al

actual

Código

de

Procedimiento

Administrativo

y

de

lo
Contencioso Administrativo con la Ley 1437 de 2011, y posteriormente realizar un análisis del impacto
de
la

Constitución

de

1991

tanto

en

materia

del

funcionamiento

de

las

autoridades

o

entidades
administrativas, así como en lo relacionado con el fundamento de los medios de control establecidos en
este texto normativo.
II.
FUNDAMENTOS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
El
estado

de

derecho

se

manifiesta

con

el

conjunto

de

leyes

y

principios

que

demarcan

los
derechos y obligaciones de los gobernados, así como el límite del poder de la autoridad.
A
partir

de

la

Constitución

de

Montecristi,

el

Ecuador

se

compone

como

un

estado
constitucional
de

derechos

(Constitución

de

la

República

del

Ecuador,

2008),

debiendo

garantizar

y
respetar
sin

discriminación

alguna

el

efectivo

cumplimiento

y

goce

de

los

derechos

de

las

personas,
como la seguridad jurídica, el debido proceso, el derecho de petición, entre otros, mediante la aplicación
directa e inmediata de la Constitución de la República del Ecuador.
En ese orden de ideas, es preciso referir a la imposición de los poderes públicos de asegurar la
tutela de los derechos constitucionales, con el objeto y fin del Derecho Administrativo, como ciencia
que estudia la organización y funcionalidad de las instituciones estatales o públicas, entendiéndose por
tal
no

sólo

a

las

que

conforman

la

función

ejecutiva,

sino,

al

sentido

más

amplio

y

diverso

de
dependencias.
Dentro del derecho público, el derecho administrativo se manifiesta mediante la concesión de
determinadas prerrogativas y poderes a la administración, que la sitúan en una posición de supremacía
sobre los sujetos pasivos, para que pueda cumplir su misión de servicio a los intereses generales, pero
sometiéndola en contrapartida a un régimen de controles igualmente estricto.
Al
Derecho

Administrativo,

se

lo

define

como

el

conjunto

de

normas,

reglas

y

principios
jurídicos, que regulan la organización, dirección, ejecución, coordinación, evaluación y control de los
bienes y servicios públicos, entre la administración y los administrados, para conseguir al bien común, y
atender el interés colectivo. (Aguirre, 2009, pág. 50).