ANÁLISIS JURÍDICO DEL CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO ECUATORIANO
Y EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO COLOMBIANO, A LA LUZ DE LOS PRINCIPIOS
CONSTITUCIONALES Y EL ROL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
REVISTA DERECHO DE LAS MINORIAS VOLUME 1 2022
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La
administración
pública,
ejerce
sus
potestades
delimitadas
en
la
norma
jurídica,
componiéndose así el principio de juridicidad que enviste al ente público. En un Estado Constitucional
de
Derechos

y

Justicia,

como

el

ecuatoriano,

las

mismas

están

establecidas

en

la

carta

fundamental,
específicamente en la parte orgánica del texto constitucional. (Ayala, 2011, pág. 53).
La esencia del derecho administrativo radica en la defensa de los derechos de los ciudadanos y
sus relaciones con la administración, y ésta a su vez, la racionalización del ejercicio del poder público en
beneficio de la colectividad. (Morales J. Morocho L. & Silva L., 2015, pág. 14).
Los
principios

del

derecho

administrativo,

se

muestran como

mandatos

que

permiten

guiar

la
adecuada manifestación de la voluntad administrativa, en efecto, resulta imprescindible recurrir a varios
de ellos como: (Castañeda, 2016):
1.
Legalidad,
supremacía

constitucional

y

formación

del

derecho

por

grados.

La
autotutela efectiva es la excepción de acudir ante el juez para ejecutar las decisiones, es un privilegio que
tiene la administración pública.
2.
Organización del Estado, a distribución del poder.
3.
Separación orgánica (horizontal) y el carácter ínter-orgánico del Poder.
4.
Funciones del Estado.
5.
Carácter inter-funcional de los actos estatales.
6.
Control.
7.
Seguridad jurídica.
8.
Auto tutela de la Administración Pública.
Los referidos principios, imponen a la administración una obligación de no hacer, es decir, que
se encuentra vedada de poder ejercer potestades de cualquier manera o en forma arbitraria, sino que,
por el contrario, ha de tramitarse previamente, por ejemplo, un procedimiento en el que se recabarán
informes,
se

comprobarán

hechos,

se

practicarán

pruebas

e

incluso

audiencia

a

los

interesados.

El
procedimiento
administrativo

es una garantía

imprescindible,

para

la

toma

de

decisiones.

(Morales

J.
Morocho L. & Silva L., 2015, pág. 14).