ANÁLISIS JURÍDICO DEL CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO ECUATORIANO
Y EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO COLOMBIANO, A LA LUZ DE LOS PRINCIPIOS
CONSTITUCIONALES Y EL ROL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
REVISTA DERECHO DE LAS MINORIAS VOLUME 1 2022
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En virtud a ello, y solo 27 años después se expide la Ley 1437 de 2011, es decir el Código de
Procedimiento
Administrativo

y

de

lo

Contencioso

Administrativo,

el

cual

trató

de

incorporar

la
oralidad a los asuntos que fueren de conocimiento de la jurisdicción contenciosa pero que también trató
de
incorporar

mucha

de

la

jurisprudencia

ya

establecida

por

el

Consejo

de

Estado

y

la

Corte
Constitucional, este complejo normativo regula en la primera parte esto es de los artículos del 1 al 102
todo
lo

relativo

al

procedimiento

administrativo

propiamente

dicho,

esto

es

los

principios

y

cuyo
ámbito de aplicación son todos los organismos y entidades que regulan las ramas del poder público, los
órganos
autónomos

y

los

particulares

cuando

cumplan

funciones

públicas,

así

mismo

establece

los
derechos
de

las

personas

ante

las

entidades

públicas,

pero

también

los

deberes

de

la

administración
frente a los administrados, regula la forma y procedimiento del derecho de petición, el procedimiento
administrativo
sancionatorio,

las

formas

de

notificaciones,

los

recursos

vía

administrativa,

el

silencio
administrativo, la revocatoria directa de actos administrativos, el procedimiento de cobro coactivo y la
extensión de jurisprudencia.
En el artículo primero del Código establece:
Artículo 1. Finalidad de la parte primera. Las normas de esta Parte Primera tienen como finalidad
proteger y garantizar los derechos y libertades de las personas, la primacía de los intereses generales, la
sujeción
de

las

autoridades

a

la

Constitución

y

demás

preceptos

del

ordenamiento

jurídico,

el
cumplimiento de los fines estatales, el funcionamiento eficiente y democrático de la administración, y la
observancia de los deberes del Estado y de los particulares.
Se
resalta

entonces,

que

la

finalidad

u

objetivo

del

código

es

la

protección

de

los

derechos

y
libertades de las personas y su vez cobra importancia el hecho que se establezca que las autoridades se
deben sujetarse a lo dispuesto en la constitución reconociéndose la supremacía de esta ante cualquier
tipo de norma de carácter ordinario.
Posteriormente el artículo tercero del código se enlista una serie de principios que también se
observa
se

encuentra

relacionados

en

la

constitución

política,

estos

son

los

principios

de

debido
proceso,
igualdad,

imparcialidad,

buena

fe,

moralidad,

participación,

responsabilidad,

transparencia,
publicidad,
coordinación,

eficacia,

economía

y

celeridad,

lo

cuales

también

se

ven

referidos

en

el
articulo 209 de la constitución política.