ANÁLISIS JURÍDICO DEL CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO ECUATORIANO
Y EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO COLOMBIANO, A LA LUZ DE LOS PRINCIPIOS
CONSTITUCIONALES Y EL ROL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
REVISTA DERECHO DE LAS MINORIAS VOLUME 1 2022
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Artículo 209. La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla
con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y
publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Uno
de

los

títulos

que

causo

controversia

fue

el

titulo

II

capítulo

uno

llamado

derecho

de
petición ante autoridades regulado en los artículos 13 al 33, ya que la Corte Constitucional al realizar la
revisión
de

una

demanda

de

inconstitucionalidad

mediante

la

sentencia

C

-818

de

2011,

declara

la
inexequibilidad diferida de todo lo relacionado al derecho de petición hasta el 31 de diciembre de 2014,
con el fin que el congreso expidiera una ley de carácter estatuario para la regulación de este tema.
El anterior
pronunciamiento

ocurre

como

parte

de lo que

ha

sido

la

constitucionalización

del
derecho administrativo, lo anterior toda vez que si bien es competencia de la jurisdicción contenciosa
reglamentar la forma de ejercer y tramitar el derecho de petición, no se puede pasar por alto que se trata
de la reglamentación de un derecho fundamental, así entonces cuando dicho derecho va a ser objeto de
regulación
la

constitución

política

colombiana

establece

que

dicha

reglamentación

debe

realizarse

a
través de una ley estatutaria ya que así lo menciona el artículo 152 de la constitución política:
Artículo 152. Mediante las leyes estatutarias, el Congreso de la República regulará las siguientes
materias a) Derechos y deberes fundamentales de las personas y los procedimientos y recursos para su
protección;
b)

Administración

de

justicia;

c)

Organización

y

régimen

de

los

partidos

y

movimientos
políticos;
estatuto

de

la

oposición

y

funciones

electorales;

d)

Instituciones

y

mecanismos

de
participación
ciudadana,

e)

Estados

de

excepción.

f)

La

igualdad

electoral

entre

los

candidatos

a

la
Presidencia de la República que reúnan los requisitos que determine la ley.
Sin embargo, los códigos en Colombia son expedidos a través de leyes ordinarias que difieren del
procedimiento de formación de una ley estatuaria de tal suerte que la corte Constitucional exhortó al
Congreso de la República para que en el plazo fijado expidiera una ley que regulara la materia, y fue
como
consecuencia

de

ello

que

se

expidió

la

ley

1755

de

2015

la

cual

establece

la

forma

y
procedimiento para el ejercicio del derecho de petición.
La otra figura importante que trajo el nuevo código y que está relacionada directamente con la
constitución política es la extensión de jurisprudencia del Consejo de Estado, lo cual implica que un
ciudadano del común mediante una petición que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo
102 del CPACA, puede solicitarle a una autoridad pública que si se encuentra en la misma situación de