DERECHO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
REVISTA DERECHO DE LAS MINORIAS VOLUME 1 2022
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V.
CONCLUSIONES
La recepción tanto en la Constitución de la Provincia de Córdoba como así también en el texto
de la Constitución Nacional luego de la reforma de 1994 viene a corolar un debate académico, científico
y social acerca del ejercicio pleno de las personas con discapacidad.
Se advierte que aún resta mucho por hacer en torno al tan mentado principio de igualdad (real de
oportunidades) en referencia a este colectivo castigado por la omisión de los poderes del Estado, sino
también
accesibilidad
vulnerados y vapuleados por aquellos que dicen ejercer el poder sino también en aquellos que pueden
brindar dichas herramientas.
Llama
Córdoba no haya adoptado mecanismos lo suficientemente fuertes y consolidados donde pueda aquella
persona
información en cuanto a lo que le corresponde a su ejercicio.
Se
derechos reconocidos, tanto en la Constitución Nacional, como de la Provincia de Córdoba que suplen
la ausencia de aquellas en las cuales la propia legislación menciona como encargadas de realizarlo.
VI.
BIBLIOGRAFÍA
BARFFI,
Convención Internacional de las Naciones Unidas" Ed. Editorial Universitaria Ramón Areces. 2007.
BIEL
GELLI, María Angélica “Constitución de la Nación Argentina. Comentada y concordada” Ed.
ThomsonReuters. 2018.
PARÉS, Susana “Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Comentarios
y herramientas” Ed. Babel.