DERECHO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
REVISTA DERECHO DE LAS MINORIAS VOLUME 1 2022
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señas de 2001, Ley 9.975 de Reconocimiento y garantía para acceder a lugares públicos a personas con
capacidades diferentes acompañados por perros de asistencias o guías de 2010, entre otras.
II.
EL

DERECHO

DE

LAS

PERSONAS

CON

DISCAPACIDAD

EN

LA

REFORMA
DE 1994.
La reforma constitucional de 1994 recepta una nueva particularidad al reconocer como titulares
de derechos y por tanto sujetos a su ejercicio a las personas con discapacidad.
Fue así, que el convencional constituyente vio oportuno y conveniente establecer en el capítulo
correspondiente
a

las

atribuciones

del

Congreso

de

la

Nación

la

posibilidad

de

sancionar

aquellas
normas jurídicas que creyera conveniente para resguardar el derecho de las personas con discapacidad;
en ese sentido, se plasmó en el artículo 75 inc. 23 “Legislar y promover medidas de acción positivas que
garanticen
la

igualdad

real

de

oportunidades

y

de

trato,

y

el

pleno

goce

y

ejercicio

de

los

derechos
reconocidos
por

esta

Constitución

y

por

los

tratados

internacionales

vigentes

sobre

derechos

de

los
niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad” y en uso de esta facultad que se le
otorga al Congreso de la Nación ha sancionado diversas leyes tendientes a garantizar el pleno goce de
los derechos por parte del colectivo de personas con discapacidad.
Entre esas leyes sancionadas por el Congreso de la Nación podemos mencionar la Ley 23.592 de
Medidas
contra

Actos

Discriminatorios

de

1988,


Ley

24.314

de

Accesibilidad

de

personas

con
movilidad
reducida

de

1994,

Ley

24.901

del

Sistema

de

Prestaciones

Mínimas

en

Habilitación

y
Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad de 1997, Ley 26.285 de Eximición del
pago de derechos de autor, a la reproducción y distribución de obras científicas o literarias en sistemas
especiales para ciegos y personas con otras discapacidades perceptivas de 2007, Ley 26.522 de Servicios
de Comunicación Audiovisual de 2009, la ley 26.653 de Acceso a la Información Pública de 2010 y Ley
27.269
que

establece

el

deber

de

comunicar

sus

derechos

al

momento

de

otorgar

el

certificado

de
discapacidad de 2016.
Supone la ubicación de que son víctimas de desigualdades por parte del Estado y de la sociedad,
y ello asimismo plantea, lo que se denomina igualdad fáctica, teniendo en cuenta que se los considera
individualmente, pero como parte de un grupo excluido.
La consagración por parte de la Constitución Nacional de establecer medidas de acción positiva
para
las

personas

con

discapacidad,

nos

interpela

como

sociedad

entera.

Ello

supone

cuestionar

la
conciencia de relaciones entre las personas y generar situaciones superadoras de injusticias.