LA EDUCACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
REVISTA DERECHO DE LAS MINORIAS VOLUME 1 2022
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tutores, los docentes; el Consejo Inter-universitario Nacional, además de los particulares, componen el
"Sistema Educativo Nacional", que abarca tanto a la educación formal como la no formal.
Es
fundamentales
docentes, y no, como es ahora, que las mismas bajan sólo de las autoridades federales o provinciales.
7. Como bien expresa el llamado Pacto de San José de Costa Rica: "los padres, y en su caso los
tutores,
acuerdo con sus propias convicciones" (Art. 12, 4.); el artículo 13 de Pacto Internacional de Derechos
Económicos Sociales y Culturales dispone que: "3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a
respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, de escoger para sus hijos o pupilos escuelas distintas de
las creadas por la autoridades públicas, siempre que aquellas satisfagan las normas mínimas que el Estado prescriba o
apruebe en materia de enseñanza, y de hacer que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa o moral que esté de
acuerdo con sus propias convicciones."; y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo
18 expresa: "4. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su
caso, de los tutores legales, para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus
propias
privada, sino que dicho derecho debe ejercerse también en los establecimientos de gestión estatal, como
bien señala la Constitución de la Provincia de Córdoba, en el artículo 62 inciso 5, cuando expresa: " Los
padres tienen derecho a que sus hijos reciban en la escuela estatal, educación religiosa o moral según sus convicciones". Ello
debe
pluralismo
imposiciones
necesariamente
18.411 del 31de diciembre de 1943, ratificado luego por ley 12.978 y derogado por Ley 14.401 de 1955.
El estudio de Dios, de las religiones –teístas y no teístas- y de los libros sagrados -como la Biblia,
la
pública estatal, respetando y no afectando los derechos de los educandos y de sus padres o tutores, ni
desconociendo la dimensión transcendente de las personas.
8.
gratuita",
Faustino Sarmiento y dando las siguientes razones, que: "siendo por otro parte falso que pudiese existir
una educación gratuita, desde que sus gastos se han de cubrir con el dinero de los contribuyentes que