LA EDUCACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
REVISTA DERECHO DE LAS MINORIAS VOLUME 1 2022
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La política educativa, por ser una de las más importantes de la República, merece un profundo
debate, que nos permita acordar como actualizarla y mejorarla, tanto a nivel nacional, como provincial,
en
comunidades educativas. A ello estamos todos convocados.
V.
RELIGIOSA EN ESCUELAS ESTATALES
La CSJN en un discutido fallo del 12 de diciembre de 2017 en autos “Castillo, Carina Viviana y
otros
declarado constitucional el artículo 49 de la Constitución de Salta que dispone que: “(…)los padres y en su
caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban en la escuela pública la educación religiosa
acuerdo con sus propias convicciones” (texto similar al del artículo 12 punto 4 de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos), ya que en “nada modifica las normas del bloque de constitucionalidad federal, razón
por la cual se puede afirmar que respeta los principios de neutralidad del Estado en el ámbito religioso y de igualdad y no
discriminación
adelante, que “también (es) válido el inciso m del art. 8° de la ley 7546 que, en el marco de la enunciación de
principios,
Constitución provincial.”
El fallo reconoce que el estudio de las religiones como fenómeno socio-cultural constituye un
contenido válido de los planes educativos siempre que se impartan en forma imparcial y objetiva, que
respete la libertad de opinión de conciencia y de expresión. Esto es, dictar clases donde se brinden
conocimientos sobre las principales religiones y de una forma no sesgada.
Sin embargo, cuando el Alto Tribunal se refiere al inciso ñ del artículo 27 de la ley 7546, que
dispone que “son objetivos de la Educación Primaria en la provincia de Salta (…) brindar enseñanza
religiosa, la cual integra los planes de estudio y se imparte dentro de los horarios de clase, atendiendo a
la creencia de los padres y tutores quienes deciden sobre la participación de sus hijos o pupilos” afirma
que
tiene
discriminación que debe orientar e inspirar las políticas con miras a alcanzar una educación inclusiva
que
constitucionalidad
producción,