LA EDUCACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
REVISTA DERECHO DE LAS MINORIAS VOLUME 1 2022
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Por
sancionado,
universidades
debían aportar
estatales, para que aquellas personas que tienen mejores ingresos contribuyan también al financiamiento
de los estudios universitarios.
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Igualmente, hoy es necesario reglamentar el arancelamiento de la educación de grado y postgrado
que reciben los extranjeros no residentes en establecimientos de educación superior de gestión estatal,
el principio de equidad así lo exige.
10.
jerarquía constitucional desde 1994 (Art. 75, 19) que debe conjugarse con la libertad de cátedra derivado
del derecho a enseñar (Art.14), el de la estabilidad docente (Art. 14 bis), que es extensible a todos los
niveles del sistema educativo, y al acceso a las cátedras por concurso para evaluar la condición de la
idoneidad (Art. 16). Los docentes merecen una mejor remuneración.
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Respecto de la autonomía universitaria el convencional constituyente Jesús Rodríguez en 1994
definió la autonomía y autarquía de las universidades al decir: “(…)consiste en que cada universidad nacional se
dé su propio estatuto, es decir sus propias instituciones internas o locales y se rija por ellas, elija sus autoridades, designe a
los profesores, fije el sistema de nombramientos y de disciplina interna(…)Todo esto sin interferencias alguna de los poderes
constituidos que forman el gobierno del orden político, es decir, el Legislativo y el Ejecutivo”
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11.
nacionales ya que no son pocas las denuncias que ha habido sobre ello. Hubo denuncias a políticos y
funcionarios del gobierno nacional y de distintas universidades por abusar de su autarquía, desviando
fondos estatales, por no rendir cuenta de dinero recibido, por contratar a miles de empleados públicos
4
Nación del 3 de agosto al 31 de diciembre de 1989”, pág. 209. Editado por el Congreso de la Nación, 1990.
5
Ver “Constitución de la Nación Argentina comentada y concordada”, María Angélica Gelli, Editorial La Ley,
2003, página 580, “Políticas públicas en materia de educación. Principios de gratuidad y equidad de la educación
pública estatal.” Y
Nación
Sabsay
siguientes: Aporte de Eduardo Pablo Jiménez Las potestades del Congreso de la Nación Argentina en materia de
Educación,
gratuidad y equidad de la educación pública desde la mira de la Corte Suprema”, página 633 y siguientes: Aporte
de Andrés Gil Domínguez “Autonomía y autarquía de la universidades nacionales.”
6
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente de 1994, tomo III, pág. 3183.