VIOLENCIA ECONÓMICA Y PATRIMONIAL CONTRA LAS MUJERES:
UN ABORDAJE DEL SISTEMA ECONÓMICO
CON PERSPECTIVA DE GÉNERO
REVISTA DERECHO DE LAS MINORIAS VOLUME 1 2022
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consecuencias
contribuyente conocido como de “a pie”, que no siempre cuenta con un domicilio fiscal formal, que no
tiene una cuenta bancaria fiscal para recibir exclusivamente ingresos por su actividad (sin mezclar otros
ingresos y gastos) y por ende, tampoco cuentan con un método de facturación y un contador que le
auxilie a solucionar cualquier contingencia fiscal.
Debido
introduciendo
obligan a los contribuyentes a contar con un domicilio fiscal, estar ubicado, cumplir con los múltiples
requisitos
19
además,
comunicación, lo que considerando que la población objetivo del régimen no cuenta con una profesión,
lo
resulte fácil pagarlos.
La problemática consiste en que la legislación fiscal, prevé que todos los depósitos en efectivo
que
Impuesto Sobre la Renta (ISR), cuando el fisco detecte a las mujeres que no tributan formalmente en el
Registro
enviará una notificación solicitándole aclare esos ingresos y le “invitará” a que pague el Impuesto sobre
la Renta, sin distinguir si se trata de ingresos netos o no.
Si bien en México existe actualmente un régimen fiscal, denominado Régimen de Incorporación
Fiscal
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millones de pesos anuales de ingresos, que tienen su propio negocio y realicen actividades empresariales
o que presten servicios que no requieran de un título profesional. Es cierto que una de las ventajas más
importantes
posteriormente
contribuyentes
denominado “Actividad Empresarial y/o Profesional” en el cual se tributará como mediano y/o grande
contribuyente dependiendo de los ingresos obtenidos.
El artículo 102 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, señala que los depósitos en efectivo, se
presumirán ingresos salvo prueba en contrario, por lo que si una micro empresaria que ya no puede
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Código Fiscal de la Federación Mexicano: artículos 10, 29 y 29 A.
20
Ley del Impuesto sobre la Renta: articulo 111.