
LINEAMIENTOS GENERALES SOBRE AUXILIO Y COOPERACIÓN
JUDICIAL INTERNACIONAL
REVISTA FACULTAD DE DERECHO NÚMERO 6 2023
V. Tendencias en materia de regulación del CJI
Existe en la actualidad una suerte de inclinación tendiente a armonizar las
normas procesales, algo similar a lo que ocurre en los foros internacionales en
cuestiones de fondo, principalmente en la esfera comercial
. En esta línea cabe
citar entre otras, la Propuesta para una ley modelo latinoamericana para juicios
internacionales
; el Proyecto de código procesal civil modelo para
Iberoamérica
, y los trabajos de la Unión Europea en el mismo sentido
.
Otra de las iniciativas en la misma dirección se ha desplegado
conjuntamente por dos institutos de registrada excelencia, como son el
American Law Institute y UNIDROIT.
Nos referimos a los Principios de procedimiento civil transnacional
: un
catálogo de principios y reglas procesales encaminadas a solventar las
Es muy ilustrativa la bibliografía acerca del significado que la palabra “uniformidad” reviste en
relación a la ley, particularmente del término vinculado a la labor que realizan organismos
internacionales dedicados a elaborar normas materiales de comercio internacional destinadas a
remover los obstáculos que trae consigo el tráfico comercial internacional. UNCITRAL y
UNIDROIT se encuentran entre los organismos que más contribuyen a alcanzar estos logros.
Sobre el tema véase: BAASCH-ANDERSEN, C., “Defining Uniformity in Law”, en Uniform Law
Review, NS – Vol XII, UNIDROIT, 2007, pp. 5-8.
Este proyecto se fundamenta en las carencias y/o en la antigüedad de que adolecen los códigos
procesales de los Estados para los cuales ha sido pensado. El objetivo es racionalizar y agilizar las
normas procesales aplicables a casos internacionales…” Véase: DAHL, H. S., “Propuesta para una
Ley Modelo latinoamericana para juicios internacionales”, en DeCITA 3, , Zavalía, Buenos Aires,
2005, pp. 392-399.
Acerca de este Proyecto, véase SOSA, G, “El Proyecto de Código Procesal civil modelo para
Iberoamérica: normas internacionales”, en: http: www.bibliojurídica.org/libros/2/592/28.pdf.
El Proyecto europeo preparado por la conocida como “Comisión Storme”, aspira a una
armonización jurídica de las reglas procesales de los Estados miembros abarcando los tópicos
sensibles de los ordenamientos que por sus diferencias podrían comprometer el funcionamiento
del mercado interior. Conf KEMELMAJER DE CARLUCCI, A, “Lineamientos Generales de los
Principios y reglas comunes para los procesos transnacionales (ALI-UNIDROIT) en DeCITA 4,
Zavalía, Buenos Aires 2005, p. 50, Véase también STORME, M, Approximation of Judiciary Law
in the European Union, STORME (editor), La Haya, Kluwer, 1994; OTERO GARCIA-
CATRILLÓN, C, “Cooperación judicial civil en la Unión Europea, ob. cit., pp 30-36.
Conf MESTRE, F, “La armonización del proceso civil internacional. Los principios y reglas
elaborados por ALI/UNIDROIT” en DeCITA 3, Zavalía, Buenos Aires 2005, pp. 406-413. El
propósito que ha guiado a sus autores, es facilitar el desarrollo de los procesos a nivel
transnacional, producto de la multiplicación y la dinámica que adquirió el comercio
internacional. El hecho que hayan intervenido en la elaboración juristas de diferentes sistemas
legales encuentra su razón de ser en la importancia de internacionalizar su empleo. Así,
efectuando un análisis de las reglas del civil law y del common law particularmente, y
atendiendo a las diferencias que se observan en las distintas tradiciones jurídicas, se intentó