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REVISTA FACULTAD DE DERECHO NÚMERO 6 2023
EL IMPACTO DEL COVID-19 EN MUJERES MIGRANTES EN
LATINOAMÉRICA Y LA APLICACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS
CON ENFOQUE DE DERECHOS Y PERSPECTIVA DE GÉNERO
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COVID-19 IMPACT ON MIGRANT WOMEN IN LATIN AMERICA AND THE
IMPLEMENTATION OF PUBLIC POLICIES WITH A RIGHTS-BASED APPROACH AND
GENDER PERSPECTIVE
Por Daniel Pavón Piscitello

Diego Puente Rosa

Resumen: El presente trabajo tiene como objetivo visibilizar la especial afectación que para las
mujeres migrantes ha implicado en el contexto latinoamericano la pandemia COVID-19, y
1
Artículo recibido el 15/12/2022 y aprobado para su publicación el 15/01/2023.
(*) Profesor Investigador (Director de Investigación), Profesor Titular de Derecho Internacional Público,
Director de la Cátedra Abierta sobre Derechos Humanos, Migraciones, Refugiados, Director del Diplomado
sobre Derecho de los Personas Migrantes en Argentina (Universidad Católica de Córdoba, Argentina).
Profesor de Derecho del Comercio Internacional (Universidad Nacional de Quilmes, Argentina). Profesor de
Derecho de la Integración (Universidad de Buenos Aires, Argentina). Profesor de la Maestría en Relaciones
Comerciales Internacionales (Universidad Nacional Tres de Febrero, Argentina). Profesor de Género y
Desarrollo (Universidad Complutense de Madrid, Universidad de Salamanca, Banco Interamericano de
Desarrollo). Delegado Regional e Investigador de la Fundación CIDEAL de Cooperación e Investigación
(España). Especialista en gestión de proyectos de desarrollo. Abogado (Universidad Católica de Córdoba,
Argentina). Doctor en Derecho (Universidad Complutense de Madrid). Magister Iuris en Derecho de la
Integración (Universidad Complutense de Madrid). Experto Investigador Universitario en Derecho
Internacional y Relaciones Internacionales (UNED). Especialista en Derecho Internacional de los Derechos
Humanos (Institut Internacional des Droits de l´ Homme, Francia); Universidad de Alcalá-Instituto Nacional
de Administraciones Públicas. Especialista en Administración Pública y Gobernabilidad (Instituto Nacional
de Administración Pública, Argentina; Instituto Nacional de Administraciones Públicas, España). Especialista
en la Unión Europea (Escuela Diplomática).
(**) Integrante de equipos de investigación e integrante de la Cátedra Abierta sobre Derechos Humanos,
Migraciones, Refugiados (Universidad Católica de Córdoba, Argentina). Ex Delegado de la Dirección Nacional
de Migraciones en la Provincia de Córdoba (Argentina). Director de la Sala de Relaciones Internacionales y
Cooperación Internacional del Colegio de Abogados de Córdoba (Argentina). Especialista y consultor en
derecho migratorio refugio y movilidad humana. Abogado (Universidad Nacional de Córdoba). Doctorando
en Relaciones Internacionales (Universidad Católica de Córdoba).
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reflexionar sobre la necesidad de adoptar políticas públicas integrales y multinivel con enfoque de
derechos y perspectiva de género para intentar mejorar su situación.
Palabras clave: Mujeres migrantes - Pandemia - Políticas blicas multinivel
Abstract: The objective of this work is to make visible the special impact that the COVID-
19 pandemic has implied for migrant women in the Latin American context, and to reflect
on the need to adopt comprehensive and multilevel public policies with a focus on rights
and a gender perspective to try to improve your situation.
Keywords: Migrant women - Pandemic - Multilevel public policies
Artículo publicado bajo Licencia Creative Commons Atribución-No Comercial-Sin Derivar. ©
Universidad Católica de Córdoba
DOI http://dx.doi.org/10.22529/rfd.2022(6)12
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I. Mujeres migrantes: su doble discriminación en situaciones de
normalidad
Se estima que de los 271,6 millones de personas migrantes que hay en el
mundo, aproximadamente la mitad son mujeres (48,1% a nivel global y 50,8% a
nivel latinoamericano y caribeño)
2
. Esta proporción, que ha ido equilibrándose
en las últimas décadas, obedece a la paulatina y casi siempre creciente
feminización de las migraciones internacionales en los últimos años, siendo cada
vez más las mujeres migrantes, incluidas jefas de familia, que lo hacen por cuenta
propia, como trabajadoras y profesionales migrantes, como estudiantes o incluso
refugiadas.
Mujeres migrantes que en Latinoamérica y el Caribe deciden migrar hacia
otros destinos por razones especificas, vinculadas principalmente a su
subsistencia y/o desarrollo socioeconómico (búsqueda de mejores condiciones
laborales), a su seguridad personal derivada de situaciones de violencia basada
en género, a su autonomía personal. En este contexto, si las mujeres sufren
situaciones de discriminación y violencia a nivel general, las mujeres migrantes
son víctimas de una doble afectación y discriminación, tanto como mujeres,
como por su condición de migrantes, esto último asociado a situaciones de
irregularidad, de pobreza y vulnerabilidad social, de origen étnico, racial o
nacional, de desconocimiento de los marcos legales, de falta de acceso a las redes
de contención, de barreras de acceso a la justicia, y de abuso, explotación y trata
de personas en los lugares de tránsito y de destino.
2
Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas (2019), International Migration
2019, disponible en:
https://www.un.org/en/development/desa/population/migration/publications/migrationreport/docs/
InternationalMigration2019_Report.pdf.
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II. Mujeres migrantes en pandemia: su mayor afectación
La pandemia del COVID-19 desnudó y hizo aun más visible la situación de
vulnerabilidad e indefensión de las mujeres migrantes, puesto que en términos
generales el contexto incrementó situaciones de discriminación para con ellas, en
materia de empleo e ingresos, de acceso a la salud, de servicios de protección
social, y de seguridad personal asociada a la violencia basada en género, entre
otras diversas manifestaciones.
En materia de discriminación en general, la necesidad por parte de los
diversos Estados de promover y/o acentuar oportunamente medidas de
protección y cuidado frente a la pandemia, exacerbó situaciones de desconfianza
y estigmas relacionados con la procedencia y lugares de origen de las personas
extranjeras, incluyendo prejuicios sobre hábitos culturales y formas de vida.
Por otra parte, en el contexto latinoamericano y caribeño, en materia de
empleo e ingresos y considerando. que mayor parte de las mujeres migrantes
vinculan sus medios de vida a la economía informal
3
, el escenario de pandemia se
tradujo en el hecho que las mujeres migrantes han sido en gran medida las
primeras y las principales afectadas por la reducción de los niveles de actividad
económica a escala global y regional, lo que se vio materializo en despidos y/o en
disminuciones significativas de sus niveles de ingreso
4
; según la Comisión
Económica para América Latina y el Caribe - CEPAL, la crisis generada por el
COVID-19 generó una contundente salida de mujeres de la fuerza laboral y un
retroceso de más de una década en los avances logrados en materia de
3
Naciones Unidas. Objetivo 5: Lograr la igualdad entre los gneros y empoderar a todas las mujeres y las
ninas. Objetivos de desarrollo sostenible. Recuperado el día 8 de mayo de 2021.
https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/gender-equality/
4
OIT. Trabajadores domésticos migrantes. https://www.ilo.org/global/topics/labour-migration/policy-
areas/migrant-domestic-workers/lang--
es/index.htm?fbclid=IwAR26ChCK8V5JmYuj2DOLeLQAzi2O0qdh-JKiSLkR7Scwhepo9KVNZHREklA
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participación y condiciones laborales de las mujeres en Latinoamérica y el
Caribe
5
.
Estas situaciones críticas se han visto agravadas en el caso de los mujeres
migrantes al no estar este colectivo por lo general amparado por protecciones
derivadas de la legislación laboral o por otros sistemas de protección social de la
mayor parte de los países de la región, lo que se sumó al riesgo de que los
despidos implicaron en muchos casos la expiración de los visados o permisos de
trabajo (debido a la pandemia, las oficinas de migraciones nacionales estuvieron
cerradas durante largos periodos de tiempo, privando a las personas migrantes
de la posibilidad de regularizar su situación durante ese tiempo), quedando en
condición de personas indocumentadas o en situación irregular, y/o obligadas a
regresar a sus países de origen
6
.
En vinculación con lo anterior, interesa señalar que en la región las
mujeres migrantes ocupan un rol central en los servicios de cuidados
(enfermería, geriatría y atención de personas dependientes) y en el trabajo
doméstico (según estimaciones de la Organización Internacional del Trabajo -
OIT, del total de personas trabajadoras del hogar remuneradas en América
Latina, un 17,2% son migrantes y aproximadamente las tres cuartas partes son
mujeres, concretamente un 73,4%), lo que implicó, por una parte, un mayor
riesgo de contagio asociado a estar en la primera línea de combate contra el
COVID-19 tanto en los centros de salud como en casas de familia (ante la
imposibilidad de realizar labores de forma remota), y por otra parte, una mayor
carga de trabajo no remunerado derivado de las cuarentenas o de los
5
Informe Especial COVID-19 N9: La autonomía económica de las mujeres en la recuperación sostenible y
con igualdad dado a conocer hoy por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). La
pandemia del COVID-19 generó un retroceso de más de una década en los niveles de participación laboral de
las mujeres en la región. Recuperado el día 10 de febrero de 2021.
https://www.cepal.org/es/comunicados/la-pandemia-covid-19-genero-un-retroceso-mas-decada-niveles-
participacion-laboral
6
OIT. La OIT advierte de una crisis en relacin con los migrantes dentro de la crisis de la COVID-19.
Recuperado el día 24 de junio de 2020. https://www.ilo.org/global/about-the-
ilo/newsroom/news/WCMS_749000/lang-es/index.htm
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confinamientos totales o parciales obligatorios
7
, ya sea en sus empleos o en sus
propias familias (donde las tareas extras vinculadas al trabajo del hogar, al
cuidado de menores como consecuencia del cierre de establecimientos escolares
y al cuidado de adultos mayores o de otras personas en situación de riesgo, no se
repartieron de igual manera entre mujeres y hombres -mujeres que por tener que
atender las demandas de cuidados en sus hogares, incluso no han retomado la
búsqueda de empleo-)
8
.
En lo referente a la seguridad personal, las situaciones de violencia basada
en género se vieron incrementadas de manera exponencial como consecuencia de
las medidas del aislamiento y confinamiento domiciliario, medidas que en su
momento obligaron a las mujeres a permanecer encerradas con sus agresores y/o
abusadores e imposibilitadas de acudir a las redes de denuncia, protección y
derivación (en Argentina, por ejemplo, las llamadas de emergencia para los casos
de violencia doméstica aumentaron en más de 25% desde que comenzaron
medidas de confinamiento
9
). En el caso de la mayor parte de las mujeres
migrantes, la afectación fue mayor al resto de las mujeres por las condiciones de
hacinamiento en las que viven
10
, y/o por el miedo a denunciar situaciones de
violencia como consecuencia del estatus migratorio y/o de refugiadas (en
7
ONU Mujeres, OIT, CEPAL. Trabajadoras remuneradas del hogar en América Latina y el Caribe frente a la
crisis del Covid-19. Recuperado el día 10 de noviembre de 2022.
https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---americas/---ro-
lima/documents/publication/wcms_747874.pdf
8
Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (SG/OEA) (2019). “Guía Práctica de
Respuestas Inclusivas y con Enfoque de Derechos ante el COVID-19 en las Américas” (OAS. Documentos
oficiales; OEA/Ser.D/XXVI.16).
9
ONU Mujeres. Covid-19 and Ending Violence Against Women and Girls. 2020. Recuperado el día 10 de
febrero de 2021.
https://www.unwomen.org//media/headquarters/attachments/sections/library/publications/2020/issue-
brief-covid-19-and-ending-violence-against-women-and-girls- en.pdf?la=en&vs=5006
10
OIM - CEPAL. “Covid-19: Desafíos para américa del sur 11 - mujeres migrantes en el contexto de la
pandemia”. Recuperado el día 10 de febrero de 2021. https://oig.cepal.org/sites/default/files/n-11-
mujeres_migrantes_en_el_contexto_de_la_pandemia.pdf
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Argentina, también a título ejemplificativo, los feminicidios registrados de
migrantes se incrementaron en un 110% entre 2019 y 2020)
11
.
Siempre en términos de seguridad personal, cabe destacar que albergues y
centros de acogida de personas migrantes y refugiadas cerraron y/o limitaron el
ingreso de nuevas personas en pandemia para cumplir con las medidas de
prevención y evitar contagios, disminuyendo consecuentemente las opciones de
alojamiento seguro y exacerbando riesgos de explotación para las mujeres
migrantes. Por otra parte, los servicios de justicia y acompañamiento o apoyo a
víctimas y sobrevivientes de violencia de género, vieron disminuidos sus niveles
de actuación en el marco de la pandemia.
En lo referente al acceso a la salud, las mujeres en general y las mujeres
migrantes en particular, vieron reducido su acceso a los servicios de salud
ordinarios, incluidos los servicios de salud reproductiva, como resultado de la
emergencia sanitaria En el caso de las mujeres migrantes, los riesgos de contagio
se vieron agravados, atento a las condiciones de hacinamiento en las que muchas
de ellas viven en el contexto latinoamericano, que tornaron inviable la aplicación
práctica de las normas de higiene y distanciamiento social en barrios y en medios
de transporte, y a las condiciones de infraestructura e insumos de muchos
refugios para personas migrantes, que ha sido confirmado por informes de
Naciones Unidas, a través de ONU Mujeres
12
.
III. Necesidad de adoptar políticas públicas y programas de
desarrollo con enfoque de derechos y perspectiva de género
11
Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de la República Argentina. Registro
Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina. Recuperado el día 10 de febrero de 2021.
https://www.csjn.gov.ar/omrecopilacion/omfemicidio/homefemicidio.html
12
ONU Mujeres - OIM - ACNUR. Mujeres migrantes y refugiadas en el contexto de la COVID-19. 2021.
Recuperado el día 10 de febrero de 2021. https://www.acnur.org/es-mx/5eb5ac714.pdf
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Como bien sabemos, el COVID-19 provocó una situación de emergencia
sanitaria, económica y social a nivel global y regional
13
, que profundizó en su
momento situaciones de afectación y discriminación de colectivos vulnerables,
entre ellos el de las mujeres migrantes.
Frente a esta realidad visible y dolorosa, tanto organismos internacionales
como Estados se vieron y se ven obligados a promover políticas, programas y
proyectos de desarrollo eficaces para minimizar el impacto negativo de la
pandemia en las mujeres en general y de las mujeres migrantes en particular, a
partir de enfoques y perspectivas que permitan realizar abordajes integrales y
respetuosos de los derechos de las mujeres, ello en función de mandatos
dispuestos por los tratados internacionales de derechos humanos aplicables e
independientemente de la situación o status migratorio de las mismas.
En este marco, se entiende que al menos dos cuestiones resultan
gravitantes y complementarias en orden a lo señalado:
Por una parte, la incorporación efectiva y transversal del enfoque basado
en derechos humanos en la construcción de políticas públicas y programas de
desarrollo, enfoque impulsado por Naciones Unidas a partir del año 2003, que
plantea que todas las políticas públicas y los programas de desarrollo debieran
basarse en los derechos humanos y orientarse a garantizar el ejercicio efectivo de
derechos, lo que implica considerar, al menos, lo siguiente:
- Cuando se formulen y ejecuten políticas públicas y programas de
desarrollo el objetivo principal debiera ser la realización de los derechos
humanos de las personas, con énfasis en los colectivos más vulnerables, en lo que
aquí interesa en de las mujeres migrantes. A partir de lo anterior, los principios y
los derechos humanos de las mujeres reconocidos en tratados internacionales
13
RIGGIROZZI, A, P., GRUGEL, J., & CINTRA, N.. Protecting Migrants or Reversing Migration? COVID-
19 and the risks of a protracted crisis in Latin America. Recuperado el día 26 de junio de 2020.
https://1bec58c3-8dcb-46b0-bb2a-
fd4addf0b29a.filesusr.com/ugd/188e74_543cbb0400824084abcea99479dfa12 4.pdf
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debieran guiar las intervenciones de desarrollo, en tanto estándares de
obligatorio cumplimiento.
- Se trata de impulsar y llevar adelante procesos participativos e integrales,
para que las personas destinatarias de las políticas públicas y los programas de
desarrollo, en este caso las mujeres migrantes en tanto titulares de derechos,
conozcan, reclamen y contribuyan a hacer efectivos sus derechos
(empoderamiento); para que las autoridades públicas en tanto titulares de
obligaciones dispongan de las capacidades y de los recursos suficientes para
cumplirlas (fortalecimiento institucional); y para que otros actores sociales, en
tanto titulares de responsabilidades, puedan contribuir a la tutela efectiva de los
derechos de las mujeres migrantes.
Por otra parte, la perspectiva de género, perspectiva que conlleva
considerar el impacto diferencial que tienen o pueden tener las las políticas
públicas y los programas de desarrollo para hombres y para mujeres, en este caso
para mujeres migrantes. Lo anterior exige considerar las opiniones, experiencias
y preocupaciones de las mujeres en los distintos momentos del ciclo de las
políticas públicas y de los programas de desarrollo, orientando las intervenciones
en orden a disminuir las brechas de género y las situaciones de desigualdad y de
discriminación que experimentan las mujeres.
En coincidencia con lo expresado, la Comisión Interamericana de Mujeres,
propuso la incorporación de tres ejes transversales en las políticas públicas
migratorias de los Estados de la región como respuesta a la pandemia: el enfoque
de derechos humanos, la perspectiva de género y la interseccionalidad.
En la misma línea y siempre a nivel regional, la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos - CIDH, hizo expresas recomendaciones a los Estados
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para la tutela o protección de derechos de las personas migrantes en tiempos de
pandemia y pos pandemia, entre las que destacan
14
:
1. Tomar medidas específicas para incluir a las personas en situación de
movilidad humana en las políticas y servicios de respuesta al COVID-19,
garantizando el acceso equitativo a la información, las pruebas y la atención
médica, independientemente de su situación migratoria.
2. Adecuar las medidas de contención de la pandemia adoptadas, como la
imposición de cuarentenas, medidas de aislamiento y cierre de fronteras, con las
obligaciones de protección internacional y en armonía con los principios de
solidaridad y responsabilidad compartida que le caben a los Estados de origen,
de tránsito y de destino.
3. Establecer canales de cooperación, intercambio de información y
coordinación entre países de origen, tránsito y destino para garantizar la
repatriación de personas migrantes de manera voluntaria, coordinada, asistida y
segura.
4. Implementar medidas de extensión de plazos administrativos, de
vigencia de visas, autorizaciones y otros documentos que prueben la regularidad
migratoria de las personas, especialmente los otorgados por razones
humanitarias o bajo procedimientos de protección, como el refugio y la apatridia,
facilitando el uso de nuevas tecnologías para trámites relevantes de regularidad y
vigencia de documentos.
5. Evitar implementar acciones de control o represión de carácter
migratorio, y bajo ninguna hipótesis implementar tales acciones en las cercanías
de hospitales, albergues y otros centros de asistencia, o de cualquier manera
14
OEA. Recomendaciones 58 a 62 de la Resolución No. 01/20, “Pandemia y Derechos Humanos en las
Américas”. “La CIDH urge a los Estados proteger los derechos humanos de las personas migrantes,
refugiadas y desplazadas frente a la pandemia del COVID-19”. Recuperado el día 17 de abril de 2021.
https://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2020/077.asp
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obstaculizar el acceso de personas migrantes y refugiadas a las acciones,
programas y políticas de respuesta y atención ante la pandemia.
6. Establecer protocolos e implementar los ajustes necesarios para crear
las condiciones adecuadas en albergues, estaciones, casas de acogida,
instalaciones semejantes a campos o asentamientos y otras estructuras
destinadas a la acogida o estadía de personas migrantes y refugiadas,
considerando las exigencias sanitarias y de higiene para la protección contra la
propagación del COVID-19 y otras enfermedades.
7. Evaluar e implementar medidas que reduzcan las deportaciones y
expulsiones de personas a países donde puedan ver su situación de salud
agravada por la pandemia, evaluando la implementación de medidas como el
otorgamiento o prórroga de residencia temporal
15
.
En sintonía con lo anterior, Naciones Unidas a través de sus agencias
especializadas, el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados -
ACNUR y la Oficina Internacional para las Migraciones - OIM, en el Informe de
Respuesta sobre Mujeres Migrantes y Refugiadas en el contexto de la COVID-19,
incluyó recomendaciones en orden a minimizar el impacto de la pandemia, entre
las que destacan: ofrecer información oficial y fiable acerca de la COVID-19;
garantizar el acceso a la atención médica, incluyendo servicios de salud sexual y
reproductiva y pruebas de detección; apoyar a albergues de la sociedad civil con
alimentación e insumos de higiene, y a refugios seguros para mujeres y niñas
sobrevivientes de violencia basada en género y sus familias; asegurar
mecanismos de apoyo psicosocial y contención a distancia.
A nivel global y regional, también otros organismos especializados ya
mencionados, la OIT y la CEPAL, presentaron también informes de referencia
15
A ello se suma la orientación vinculada a fortalecer al personal sanitario a través de la incorporación de
personas migrantes y refugiadas capacitadas, facilitando los trámites necesarios a su actividad profesional.
Un ejemplo interesante al respecto lo constituyen políticas públicas implementadas en Argentina, Chile y
Perú que permitió que médicos, enfermeras y otras personas migrantes con formación en el ámbito de la
salud trabajasen en sus áreas profesionales durante la respuesta al COVID-19.
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respecto de las consecuencias de la pandemia en las mujeres en general y en las
mujeres migrantes en particular, proponiendo ejes transversales para el diseño
de políticas públicas de respuesta a la pandemia con perspectiva de género, entre
los que destacan: garantizar la participación de las mujeres en todos los procesos
de planificación y toma de decisiones de respuesta al COVID-19; centrar en las
mujeres y en las niñas todos los esfuerzos para hacer frente a las repercusiones
socioeconómicas de la pandemia; integrar la perspectiva de género en las
evaluaciones nacionales para entender la repercusión de la pandemia en las
mujeres y las niñas; adaptar las metodologías de selección de beneficiarios/as de
programas nacionales de protección social vigentes para garantizar los ingresos
de los grupos afectados por la pandemia, especialmente en sectores donde las
mujeres están muy representadas (turismo, enseñanza, comercio minorista,
restaurantes, hostelería, etc.); introducir medidas para aliviar la carga fiscal de
las empresas cuyas propietarias son mujeres
16
.
A nivel estatal y considerando el marco anterior, diversos países de la
región han incorporando el enfoque de derechos y la perspectiva de género a
políticas públicas migratorias implementadas como respuesta a la pandemia,
siguiendo lineamientos de Naciones Unidas y de sus organismos especializados, y
estableciendo en algunos casos con estos acuerdos de colaboración y de
asistencia técnica y financiera específicos al efecto
17
.
IV. A modo de conclusión
Si bien la pandemia COVID-19 ha hecho más evidente las situaciones de
discriminación y vulnerabilidad de las mujeres migrantes en el contexto
latinoamericano y caribeño, lo que ha permitido visibilizar esta especial
16
Naciones Unidas. “Informe de políticas: Las repercusiones de la COVID-19 en las mujeres y las niñas”.
Recuperado el día 10 de febrero de 2021.
https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/informe_guterres_covid_mujeres.pdf
17
https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/comprehensive_response_to_covid-19_spanish.pdf
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afectación o situación de doble o incluso ltiple discriminación, y se han
desarrollado en respuesta a ello actuaciones tanto por parte de organismos
internacionales como de diversos Estados destinadas a las mujeres migrantes, a
partir de una mirada de derechos con perspectiva de género, se entiende que lo
anterior constituye un primer paso dentro de un proceso que debiera ser no
solamente circunstancial como respuesta a la emergencia, sino estructural en las
políticas públicas de la región.
En otros términos, se entiende que a costa de mucho sufrimiento humano
producto de la pandemia, se ha hecho aun más manifiesto el grado de
vulnerabilidad social de las mujeres migrantes, y se han dado pasos en orden a
atenuar la afectación de las mujeres. Ahora bien, si no se dieran otros pasos
tendentes a lograr políticas públicas y programas de desarrollo integrales
(considerando la indivisibilidad de los derechos humanos y la eficacia de la
ayuda), multiactor (a partir de un trabajo articulado entre titulares de
obligaciones, de derechos y de responsabilidades), y multinivel (a escala global,
regional, nacional y local), políticas y `programas identificados y gestionados con
enfoque de derechos y perspectiva de género, se perdería una oportunidad
histórica, y volverían a quedar en letra muerta principios y tratados de derechos
humanos de alcance universal.
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