Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (art.XI), la
Convención Americana sobre Derechos Humanos (arts.4, 12,13,15, 16 y 22) y su
Protocolo Adicional en materia de derechos económicos, sociales y culturales –
Protocolo de San Salvador-(art.10), y la Declaración Universal de Derechos
Humanos (arts.1 y 25). Estas normas internacionales han pasado a conformar el
denominado “bloque de constitucionalidad federal”, por lo que su jerarquía
equivale a la que tiene la Constitución en nuestro sistema jurídico.
Por fuera del bloque, existen también otros instrumentos internacionales que
tratan vastamente el derecho a la salud y que pueden ser perfectamente
invocados por nuestros tribunales o considerados por los poderes políticos para
la elaboración de políticas públicas sanitaria. Algunos de ellos son la Declaración
Universal de Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO (2005); las
Declaraciones de Alma-Ata (1978) y de Astaná (2018) sobre atención primaria de
la salud; los Objetivos del Milenio (2000); el Informe Final de la Comisión de
Determinantes Sociales de la Salud (OMS, 2008); los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (2015); la Declaración y Programa de Acción de Viena (1993); los
Folletos informativos de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos, particularmente el Nro.31; las Observaciones
Generales del Comité de DESC (CESCR); las Reglas de Brasilia sobre Acceso a
Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad (2008), etc.
En cuanto al sistema de salud argentino, se trata de un sistema
descentralizado, en el que encontramos tres esferas: la salud pública, de
cobertura gratuita; el sistema de la seguridad social, donde el servicio es prestado
por las obras sociales a los trabajadores en relación de dependencia y
monotributistas (ley 23.660); y el sistema privado, en el que actúan las empresas
de medicina prepaga, personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos
de la ley de Medicina Prepaga (ley 26.682), y en extenso los de la leyes 23.660 y
23.661, por la que se creó en 1989 el Sistema Nacional del Seguro de Salud. Estas
tres esferas, en los tres niveles estatales de nuestro sistema federal -esto es,