No estamos sosteniendo con ello que el principio de soberanía estatal haya quedado superado,
sino, en todo caso, que se han redefinido o permeabilizado sus contornos, para poder
responder a los nuevos desafíos que enfrenta la sociedad actual.
Parece una obviedad que emergencias mundiales, como la pandemia ocasionada por el
COVID-19, deben afrontarse a nivel global, ya que la eficacia de la respuesta dependerá de la
articulación y coherencia de las medidas que se adopten.
Sin embargo, como sucede en materia de migraciones internacionales, en la lucha contra el
cambio climático, en las distorsiones proteccionistas al comercio internacional, por citar
algunos problemas globales, la práctica estatal demuestra la vigencia y tal vez revitalización del
principio de soberanía. Incluso ha quedado claro que la creación de órganos supranacionales
no evita este fenómeno, como da cuenta el conocido proceso del Brexit, con el consecuente
recupero por el Reino Unido de competencias delegadas a la Unión Europea.
Ante la coyuntura de la emergencia sanitaria los Estados se encaramaron sobre su soberanía y,
ejerciendo la summa potestas, los gobiernos nacionales ensayaron respuestas distintas y
claramente desarticuladas, en general con el objetivo de aplanar la curva de contagio, evitar el
colapso de sus sistemas de salud y ganar tiempo para poder robustecerlos. Algunos adoptaron
vigorosas medidas de aislamiento voluntario u obligatorio (incluso poniendo en tensión ciertas
garantías individuales) y otros tomaron medidas más tibias. Ciertos Jefes de gobierno
minimizaron los efectos de la pandemia, escépticos al principio se rindieron luego ante la
evidencia y aún están quienes persisten en desacreditar las recomendaciones de los hombres de
ciencia, planteando una falsa dicotomía entre salud y economía. El tiempo y los resultados
darán la razón a unos u otros.
Hacia el afuera, los Estados limitaron o impidieron el ingreso de extranjeros, cerraron
fronteras, llegando incluso a generarse tensiones diplomáticas por el tratamiento dispensado a
extranjeros y comenzaron una carrera frenética para la adquisición de insumos e instrumental
sanitario.
observance or violations of human rights, and the deterioration of the environment, to require responses of
reparation or regulation. To the contemporary global approach to human rights and environment corresponds a
global or integral protection.” CANÇADO TRINDADE, Augusto. O Direito Internacional em um mundo em
transformação, Renovar, Rio de Janeiro - San Pablo, 2002, p.982.